Resolución de Empates |
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese
dos o más proponentes que hayan obtenido el mayor puntaje, quedando más de uno
en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un
mayor puntaje en el criterio, de acuerdo al siguiente orden:
Cobertura de reembolso; De persistir el empate, se considerará a quien tenga
mayor puntaje en el siguiente criterio,
1. Precio ofertado; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor
puntaje en el siguiente criterio,
2. Tiempo de reembolso. Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la
propuesta que se ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Se adjudicará al oferente con el mayor puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación
descritos en las presentes bases. La presente licitación se adjudicará a través de una
resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en
www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada. Consultar a correo dsoto@munifutrono.cl
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
El DESAM permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los
oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que
dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad
al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables
entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no
presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal
de 2 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad
licitante, la que se informará a través del Sistema de información
www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema
durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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Inadmisibilidad de las ofertas y declaración desierta de la licitación |
El DESAM declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los
requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio
de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales
de acuerdo con lo establecido en el punto 12 de las presentes bases.
El DESAM podrá, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o
cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán
materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho
a indemnización alguna a los oferentes.
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READJUDICACIÓN |
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, rechace la orden de compra
cuando ésta formalice la relación contractual, o no cumpliese con las demás
condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o
aceptación de los referidos documentos, el DESAM podrá, junto con dejar sin efecto
la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o
a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde
la publicación de la adjudicación original.
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SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
El DESAM formalizará la adquisición del bien o servicio con un contrato u orden de
Compra, según lo estipulado en el artículo 63° del Reglamento de la Ley de Compra.
Éste deberá suscribirse dentro de los días 15 hábiles siguientes a la notificación de la
resolución de adjudicación totalmente tramitada
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
El Contrato quedará resuelto de pleno derecho y el Municipio facultado para declarar
administrativamente el término anticipado del mismo, en los siguientes casos:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones
entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del
contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años,
a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f) Las partes acuerdan que la Municipalidad de Futrono, podrá poner término al
presente contrato, en forma anticipada al plazo convenido, sin expresión de causa, lo
cual no dará derecho de modo alguno a indemnizar al contratante.
g) Cuando de común acuerdo, la Municipalidad de Futrono, Departamento de Salud
y de respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
h) Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna
para el adjudicatario
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PAGOS |
a) El pago será efectuado mediante cheque y/o transferencia electrónica dentro de los
treinta (30 días) corridos siguientes desde la fecha de recepción de la factura
respectiva y previo cumplimiento y recepción conforme del servicio.
b) El proveedor deberá enviar a la Unidad de Finanzas del DESAM de Futrono, a más
tardar el día 20 de cada mes, el detalle del cobre del mes en curso (pre factura),
detallando el cobro de titulares y cargar para efectuar los descuentos correspondientes.
c) El pago de los productos será en pesos chilenos. Cuando el resultado del monto a
facturar sea un número con decimales, se redondeará al número entero siguiente en
caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario, el
monto deberá ser redondeado al número entero anterior.
d) El pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la
recepción conforme de la factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el
artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.
e) La emisión de la factura será a nombre de Ilustre Municipalidad de Futrono, RUT
69.200.700-K, dirección: Carlos Acharan Arce S/N - Futron
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