Resolución de Empates |
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese
dos o más proponentes que hayan obtenido el mayor puntaje, quedando más de uno
en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un
mayor puntaje en el criterio, de acuerdo al siguiente orden:
Precio; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor puntaje en el
siguiente criterio,
Tiempo de entrega; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor
puntaje en el siguiente criterio,
Calidad técnica; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor
puntaje en el siguiente criterio,
Garantía del producto; De persistir el empate, se considerará a quien tenga
mayor puntaje en el siguiente criterio,
Cumplimiento de requisitos formales. Finalmente, si aún persiste el empate, se
seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal
www.mercadopublico.cl
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
El DESAM permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los
oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que
dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad
al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables
entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no
presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal
de 1 día hábil, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad
licitante, la que se informará a través del Sistema de información
www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema
durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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COMISIÓN EVALUADORA |
La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida
para tal efecto, que estará compuesta por 3 integrantes, designados por resolución o
acto administrativo del jefe de Servicio o quien tenga delegada la facultad.
Una vez dictado el acto administrativo que constituye la comisión evaluadora, cada
integrante deberá suscribir una declarada jurada, Anexo N° 6, en la que exprese no
tener conflicto de interés con los potenciales oferentes de la respectiva licitación, su
compromiso a no aceptar donativos de terceros (oferentes o no) mientras integre la
comisión Evaluadora, cualquiera sea su monto.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Jefe de
Servicio de la entidad licitante la adjudicación, de acuerdo con los criterios de
evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de
evaluación descrito a continuación.
Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la Comisión
designados por la entidad licitante, podrán ser personas ajenas a la Administración,
aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha
comisión.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos
regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.
- Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados
directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión
Evaluadora.
- Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre
otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades
consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
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Inadmisibilidad de las ofertas y declaración desierta de la licitación |
El DESAM declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los
requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio
de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales
de acuerdo con lo establecido en el punto 12 de las presentes bases.
El DESAM podrá, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o
cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán
materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho
a indemnización alguna a los oferentes.
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READJUDICACIÓN |
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, rechace la orden de compra
cuando ésta formalice la relación contractual, o no cumpliese con las demás
condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o
aceptación de los referidos documentos, el DESAM podrá, junto con dejar sin efecto
la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o
a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde
la publicación de la adjudicación original.
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Emisión Orden de Compra |
El DESAM formalizará la adquisición del bien mediante la emisión de una orden de
Compra, según lo estipulado en el artículo 63° del Reglamento de la Ley de Compra.
Ésta deberá ser enviada al proveedor dentro de los días 10 hábiles siguientes a la
notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
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PAGOS |
) El pago será efectuado mediante cheque y/o transferencia electrónica dentro de los
treinta (30 días) corridos siguientes desde la fecha de recepción de la factura
respectiva y previo cumplimiento y recepción conforme del producto solicitado.
b) El proveedor deberá enviar a la Unidad de Finanzas del DESAM de Futrono, al
correo kuribe@munifutrono.cl la factura de los bienes adquiridos.
c) El pago de los productos será en pesos chilenos. Cuando el resultado del monto a
facturar sea un número con decimales, se redondeará al número entero siguiente en
caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario, el
monto deberá ser redondeado al número entero anterior.
d) El pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la
recepción conforme de la factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el
artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.
e) La emisión de la factura será a nombre de Ilustre Municipalidad de Futrono, RUT
69.200.700-K, dirección: Carlos Acharan Arce S/N - Futron
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