Resolución de Empates |
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese
dos o más proponentes que hayan obtenido el mayor puntaje, quedando más de uno
en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un
mayor puntaje en el criterio, de acuerdo al siguiente orden:
Oferta económica; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor
puntaje en el siguiente criterio,
Plazo de Entrega; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor
puntaje en el siguiente criterio,
Cumplimiento de requisitos formales: Finalmente, si aún persiste el empate, se
seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES OMITIDOS |
El DESAM permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los
oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que
dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad
al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables
entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no
presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal
de 1 día hábil, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad
licitante, la que se informará a través del Sistema de información
www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema
durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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Inadmisibilidad de las ofertas y declaración desierta de la licitación |
El DESAM declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los
requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio
de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales
de acuerdo con lo establecido en el punto 15 de las presentes bases.
El DESAM podrá, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o
cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán
materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho
a indemnización alguna a los oferentes.
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SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
a) El DESAM formalizará la relación con un contrato por 12 meses del servicio, el
cual se suscribirá dentro de los 20 días hábiles siguientes a la notificación de la
resolución de adjudicación totalmente tramitada.
b) El responsable de la elaboración del contrato será de responsabilidad de la entidad
licitante.
c) Para suscribir el contrato el proveedor deberá acompañar la garantía de fiel
cumplimiento del contrato respectivo. Si por cualquier causa que no sea imputable a
la entidad licitante, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá
desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado.
d) También se entenderá como desistimiento si no se acompaña la Garantía de Fiel y
Oportuno Cumplimiento respectiva en los plazos establecidos para ello.
e) Para suscribir el contrato el adjudicado debe estar inscrito en el Registro de
Proveedores.
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COORDINADOR DEL CONTRATO |
El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá
ser informada al órgano comprador.
En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos:
a) Informar oportunamente al órgano comprador de todo hecho relevante que pueda
afectar el cumplimiento del contrato.
b) Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la
ejecución del contrato.
c) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de
este contrato.
La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el
adjudicatario al responsable de administrar de contrato por parte del órgano
comprador.
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INSPECTOR TECNICO DEL SERVICIO (ITS) |
El ITS será el responsable velar que el servicio se preste de acuerdo con lo establecido
en las presentes bases y su respectivo contrato. Además, deberá será el responsable
de dar recepción conforme al servicio, de acuerdo a lo establecido en las bases
técnicas, la cantidad requerida por el CESFAM y lo ofertado por el proveedor.
El ITS de la presente licitación será el Encargado de Bodega de Farmacia o quien lo
reemplace, del CESFAM Belarmina Paredes de Futrono.
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CESIÓN DE CONTRATO |
El proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los
derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los
establecidos en el respectivo acuerdo complementario que se celebre con la
institución contratante.
La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin
perjuicio de las acciones legales que procedan ante esta situación.
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MODIFICACIÓN DEL CONTRATO |
Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por
motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere,
formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30%
del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste.
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VIGENCIA Y RENOVACIÓN DEL CONTRATO |
El contrato comenzará a regir desde la tramitación del acto administrativo que apruebe
el contrato, posterior a la adjudicación de la presente licitación y hasta un plazo de 12
meses, a menos que ocurra alguna causal de termino anticipado del contrato.
El contrato podrá ser renovado fundadamente por el mismo período o por el periodo
que se estime necesario, por una sola vez, en la medida que exista disponibilidad
presupuestaria y previo informe técnico favorable del administrador de contrato del
DESAM, conforme a las bases administrativas y técnicas de las presentes bases de
licitación.
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
El Contrato quedará resuelto de pleno derecho y el Municipio facultado para declarar
administrativamente el término anticipado del mismo, en los siguientes casos:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones
entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del
contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años,
a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f) Las partes acuerdan que la Municipalidad de Futrono, podrá poner término al
presente contrato, en forma anticipada al plazo convenido, mediante acto
administrativo fundado, lo cual no dará derecho de modo alguno a indemnizar al
contratante.
g) Cuando de común acuerdo, la Municipalidad de Futrono, Departamento de Salud
y de respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
h) Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna
para el adjudicatario
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COBRO DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
Al Adjudicatario le podrá ser aplicada la medida de cobro de la Garantía por Fiel
Cumplimiento del Contrato por la entidad licitante, en los siguientes casos:
a) Incumplimientos en los insumos, posterior a los 5 días máximos expresando en el
numeral 3, letra e) de las presentes bases técnicas y administrativas.
b) Incumplimiento en el canje de los insumos.
c) Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes
Bases, que sea detectada por el ITS.
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PAGOS |
a) El pago será efectuado mediante cheque y/o transferencia electrónica dentro de los
treinta (30 días) corridos siguientes desde la fecha de recepción de la factura
respectiva y previo cumplimiento y recepción conforme de los insumos solicitados.
b) El proveedor deberá enviar a la Unidad de Adquisiciones del DESAM de
Futrono, al correo dsoto@munifutrono.cl la factura de los bienes adquiridos.
c) El pago de los productos será en pesos chilenos. Cuando el resultado del monto a
facturar sea un número con decimales, se redondeará al número entero siguiente en
caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario, el
monto deberá ser redondeado al número entero anterior.
d) El pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la
recepción conforme de la factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el
artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.
e) La emisión de la factura será a nombre de Ilustre Municipalidad de Futrono, RUT
69.200.700-K, dirección: Carlos Acharan Arce S/N - Futron
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MODIFICACIÓN A LAS BASES |
La Municipalidad se reserva el derecho de efectuar modificaciones a las Bases
Administrativas y Técnicas y sus anexos, hasta antes del cierre de recepción de
ofertas, para este efecto, se considerarán un plazo prudente para que los proveedores
interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
La entidad licitante tendrá la facultad discrecional de prorrogar el plazo para la
presentación de las propuestas, así también los demás aspectos que sean afectados por
esta decisión, a fin de dar un plazo razonable para la presentación de los antecedentes,
considerando lo estipulado en el párrafo anterior.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través de plataforma web
www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las Bases
desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
La entidad licitante tendrá la facultad discrecional de prorrogar el plazo para la
presentación de las propuestas, así también los demás aspectos que sean afectados por
esta decisión, a fin de dar un plazo razonable para la presentación de los antecedentes,
considerando lo estipulado en el párrafo anterior.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través de plataforma web
www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las Bases
desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
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