Resolución de Empates |
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas,
hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mayor puntaje, quedando
más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta
que cuente con un mayor puntaje en el criterio, de acuerdo al siguiente orden:
Oferta económica; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor
puntaje en el siguiente criterio,
Tiempo de Instalación; De persistir el empate, se considerará a quien tenga
mayor puntaje en el siguiente criterio,
Soporte Técnico; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor
puntaje en el siguiente criterio,
Visita a Terreno; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor
puntaje en el siguiente criterio,
Cumplimiento de los requisitos formales: Finalmente, si aún persiste el empate, se
seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal
www.mercadopublico.cl
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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MULTAS Y SANCIONES |
La Municipalidad de Futrono podrá cursar multas de acuerdo al siguiente detalle:
N
º
INCUMPLIMIENTO
DESCRIPCIÓN
1 Atraso en tiempo de instalación de
ofertado por proveedor
1 UTM por cada
día de atraso en la
instalación, con un
tope de 5 días
hábiles
2 No dar respuesta a las Unidades
cuando se solicite soporte técnico
0,5 UTM por
evento.
Tope 3 UTM
3 Cualquier otro incumplimiento de las
bases que afecte directamente la
correcta prestación del servicio.
1 UTM por evento
y/o día según
corresponda.
Las multas se aplicarán de acuerdo a lo siguiente:
- El valor de la UTM corresponderá al valor del día en que se originó el
incumplimiento.
- En caso de que ITS evidencie un incumplimiento, el DESAM emitirá un oficio al
proveedor indicando el incumplimiento y el monto de la multa.
- El proveedor podrá hacer sus descargos emitiendo un oficio dirigido al ITS del
contrato y al Alcalde de la Comuna de Futrono, dentro de 5 días hábiles, desde
la notificación del DESAM.
- Vencido el plazo sin presentar descargos, el DESAM dictará el acto
administrativo aplicando la multa.
- Si el adjudicatario hubiese presentados descargos en tiempo y forma, el
DESAM tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los
mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se
determinará, mediante acto administrativo, el cual será notificado al
adjudicatario mediante correo electrónico.
- Las notificaciones por correo electrónico se entenderán practicadas a contar del
tercer día hábil siguiente a su envío.
- El monto de las multas será rebajado de la orden de compra emitida por
DESAM más próximas y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir
pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de 10
días hábiles siguientes a la notificación.
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SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES OMITIDOS |
El DESAM permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los
oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que
dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a
situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el
período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se
entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en
esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo
fatal de 1 día hábil, contados desde su comunicación al oferente por parte de la
entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información
www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho
sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos
oferentes.
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EMISIÓN ORDEN DE COMPRA |
El DESAM formalizará la adquisición del bien mediante la emisión de una Orden
de Compra, conforme al artículo 63° del Reglamento DS 250, de la Ley N° 19.886.
Ésta deberá ser enviada al proveedor dentro de los días 10 hábiles siguientes a la
notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Se deja expresa
constancia que en conformidad a lo estipulado en el artículo 25 inciso 5° del
Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, los servicios sobre los que
versa la presente licitación pública se califican en este acto como DE SIMPLE Y
OBJETIVA ESPECIFICACIÓN. Lo anterior, por cuanto la preparación de la oferta
consiste en revisión de conexión a internet en las dependencias indicadas en las
presentes Bases y la entrega de servicio de internet mensualmente, de acuerdo al
requerimiento que establecen las presentes bases.
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INSPECTOR TECNICO DEL SERVICIO |
El ITS será el responsable velar que el servicio se preste de acuerdo con lo
establecido en las presentes bases y su respectivo contrato. Además, será el
responsable de dar recepción conforme al servicio, de acuerdo a lo establecido en las
bases técnicas, la cantidad requerida por el CESFAM y lo ofertado por el proveedor.
El ITS de la presente licitación será el Ingeniero Informático o quien lo reemplace,
del CESFAM Belarmina Paredes de Futrono. El nombre, contacto telefónico y
correo electrónico del ITS será proporcionado al proveedor posterior a la
adjudicación.
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PAGOS |
a) El pago del servicio prestado se pagará de manera mensual y efectuado mediantecheque y/o transferencia electrónica dentro de los treinta (30 días) corridossiguientes desde la fecha de recepción de la factura respectiva, previo cumplimientoy recepción conforme.
b) Para proceder el pago, el proveedor deberá emitir una factura en relación a lainformación al certificado de recepción conforme del servicio emitida por ITS.
c) Con todo, el pago será en pesos chilenos, efectuado mediante cheque y/o
transferencia electrónica dentro de los treinta (30 días) corridos siguientes desde la
fecha de recepción de la factura respectiva y previo cumplimiento y recepción
conforme del servicio.
d) El proveedor deberá enviar a la Unidad de Adquisiciones del DESAM de
Futrono, al correo aguentrepan@munifutrono.cl, cmolina@munifutrono.cl,
dsoto@munifutrono.cl, la factura de los servicios adquiridos.
e) Cuando el resultado del monto a facturar sea un número con decimales, se
redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea
igual o superior a 5. En caso contrario, el monto deberá ser redondeado al número
entero anterior.
f) La emisión de la factura será a nombre de Ilustre Municipalidad de Futrono, RUT
69.200.700-K, dirección: Carlos Acharan Arce S/N - Futrono
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