Resolución de Empates |
en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con
un mayor puntaje en el criterio, de acuerdo al siguiente orden:
Oferta económica; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor
puntaje en el siguiente criterio,
Oferta de insumos; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor
puntaje en el siguiente criterio,
Plazo de Entrega; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor
puntaje en el siguiente criterio,
Cumplimiento de los requisitos formales: Finalmente, si aún persiste el empate,
se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES OMITIDOS |
El DESAM permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los
oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que
dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a
situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el
período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se
entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en
esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo
fatal de 1 día hábil, contados desde su comunicación al oferente por parte de la
entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información
www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho
sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos
oferentes.
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MEDIDAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO: APLICACIÓN DE MULTAS |
La Municipalidad de Futrono podrá cursar multas de acuerdo al siguiente detalle:
INCUMPLIMIENTO
DESCRIPCIÓN
El incumplimiento en el plazo de
entrega ofertado por el proveedor.
0,5 UTM por cada día de
atraso en la entrega, con un
tope de 5 días hábiles.
El incumplimiento de las
especificaciones técnicas de los
insumos entregados. Es decir,
entregar un insumo no ofertado en
las presentes bases.
1 UTM por incumplimiento.
Tope de 3 UTM.
Cualquier otro incumplimiento de
las bases que afecte directamente la
correcta prestación del suministro.
0,5 UTM por evento y/o día
según corresponda. Tope de
5 UTM
Las multas se aplicarán de acuerdo a lo siguiente:
- El valor de la UTM corresponderá al valor del día en que se originó el
incumplimiento.
- El incumplimiento será notificado por ITS a la Unidad de Adquisiciones del
DESAM, vía correo electrónico.
- En caso de que ITS evidencie un incumplimiento, el DESAM emitirá un oficio
al proveedor indicando el incumplimiento y el monto de la multa.
- El proveedor podrá hacer sus descargos emitiendo un oficio dirigido al ITS del
contrato y al Alcalde de la Comuna de Futrono, dentro de 5 días hábiles, desde la
notificación del DESAM.
- Vencido el pl azo sin presentar descargos, el DESAM dictará el acto
administrativo
aplicando la multa
- Si el adjudicatario hubiese presentados descargos en tiempo y forma, el DESAM
tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para
rechazarlos acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante acto
administrativo, el cual será notificado al adjudicatario mediante correo electrónico.
- Las notificaciones por correo electrónico se entenderán practicadas a contar del
tercer día hábil siguiente a su envío.
- El monto de las multas será rebajado de la orden de compra emitida por DESAM
más próximas y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos
pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de 10 días
hábiles siguientes a la notificación.
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EMISIÓN ORDEN DE COMPRA |
El DESAM formalizará la adquisición del bien mediante la emisión de una Orden
de Compra, conforme al artículo 63° del Reglamento DS 250, de la Ley N° 19.886.
Ésta será enviada al proveedor de acuerdo a cada requerimiento que realicen los
Centros de Salud. Se deja expresa constancia que en conformidad a lo estipulado
en el artículo 25 inciso 5° del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda,
los servicios sobre los que versa la presente licitación pública se califican en este
acto como DE SIMPLE Y OBJETIVA ESPECIFICACIÓN. Lo anterior, por cuanto
la preparación de la oferta consiste únicamente en la revisión de las
especificaciones técnicas indicados en las presentes bases y la constatación de stock
de insumos solicitados, lo que supone un esfuerzo comparativamente inferior de los
oferentes."
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INSPECTOR TECNICO DEL SERVICIO |
El ITS será el responsable velar que el bien y/o servicio se preste de acuerdo con
lo establecido en las presentes bases. Además, deberá será el responsable de dar
recepción conforme al servicio, de acuerdo a lo establecido en las bases técnicas, la
cantidad requerida por el CESFAM y lo ofertado por el proveedor.
El ITS de la presente licitación será la Encargada de Calidad o quien la reemplace,
del CESFAM Belarmina Paredes de Futrono. El nombre, contacto telefónico y correo
electrónico del ITS será proporcionado al proveedor posterior a la adjudicación.
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VIGENCIA DEL SERVICIO |
El suministro comenzará a regir desde la tramitación del acto administrativo que
apruebe la adjudicación de la presente licitación y hasta el 31 de diciembre de 2024,
a menos que ocurra alguna causal de termino anticipado del servicio, previo informe
técnico del Inspector Técnico Servicio (ITS), conforme a las bases administrativas y
técnicas de las presentes bases de licitación.
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PAGOS |
a) Los materiales e insumos se pagarán según requerimiento de la entidad licitante.
b) En cada requerimiento de la entidad, se realizará Orden de Compra.
c) El proveedor deberá facturar de acuerdo a los insumos o materiales realmente
entregados en CESFAM.
d) Las facturas deberán ser enviadas a los correos electrónicos
Dsoto@munifutrono.cl, cmolina@munifutrono.cl y aguentrepan@munifutrono.cl
e) La recepción conforme deberá ser acreditada por Encargada de Activo Fijo del
CESFAM de Futrono.
f) El pago será en pesos chilenos, efectuado mediante cheque y/o transferencia
electrónica dentro de los treinta (30 días) corridos siguientes desde la fecha de previo
cumplimiento y recepción conforme del servicio.
g) Cuando el resultado del monto a facturar sea un número con decimales, se
redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea
igual o superior a 5. En caso contrario, el monto deberá ser redondeado al número
entero anterior.
h) La emisión de la factura será a nombre de Ilustre Municipalidad de Futrono, RUT
69.200.700-K, dirección: Carlos Acharan Arce S/N - Futrono
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