Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Se procederá a adjudicar a aquel que cumpla más exactamente con las especificaciones técnicas”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Aquella empresa que oferte con el menor valor.”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "Aquella empresa que cumpla con menor tiempo de despacho.” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “
- Cuando se produzcan situaciones en que, a pesar de la aplicación de los criterios de desempate, éste se mantiene, se adjudicará la oferta que haya ingresado primero en la plataforma Mercado Público, según lo establece el Comprobante de Ingreso de Oferta que emite el Sistema de Información.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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MULTAS |
PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS:
En caso de incumplimiento en la entrega del producto dentro del plazo solicitado, se aplicará una multa según lo señalado precedentemente. Para estos efectos, la entidad edilicia por intermedio del Encargado de Adquisiciones le informará al adjudicatario, la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa, mediante carta certificada.
El adjudicatario tendrá un plazo de tres días hábiles para efectuar sus descargos desde la notificación respectiva, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Para efectos de contabilizar el plazo de notificación, se contará desde el tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente.
Recibidos los descargos del adjudicatario dentro del plazo establecido, el Director de Salud Municipal de Diego de Almagro, en un plazo de 3 días hábiles desde la recepción de los mismos, procederá a evaluar todos los antecedentes relativos a la aplicación de la multa y resolverá si mantendrá la misma, total o parcialmente, o bien la dejará sin efecto, emitiendo un pronunciamiento acogiendo o rechazando los descargos (total o parcialmente, documento que remitirá por carta certificada al mismo adjudicatario para su conocimiento. Ahora bien, una vez rechazados los descargos del adjudicatario, o bien vencido el plazo sin presentar descargos, la entidad procederá a aplicar la multa.
COBRO DE LA MULTA: El monto de las multas, será calculado en valores netos y se aplicará sobre el monto total en las facturas o boletas más próximas, y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se realizará la cobranza directamente al proveedor. Los montos percibidos por concepto de multas ingresarán al presupuesto de la respectiva entidad licitadora
ARTICULO DECIMO TERCERO:
MULTA POR INCUMPLIMIENTO EN LA ENTREGA DE LA TOTALIDAD DE LOS PRODUCTOS O SERVICIOS:
En caso que el Proveedor No entregue la Totalidad de los productos adjudicados, se aplicará una multa del 2% sobre el valor Neto de cada producto No despachados.
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