Las consultas deberán ser efectuadas exclusivamente a través del portal www.Mercadopublico.cl desde la fecha de publicación de la ficha de licitación, las bases administrativas generales y técnicas, no pudiendo los proveedores contactarse de ninguna forma con el Departamento de Salud Municipal de Los Lagos o sus funcionarios, por la respectiva licitación, durante el curso del proceso.
El plazo para realizar dichas consultas será el señalado en el punto “Etapa y plazos” de estas bases administrativas generales, y técnicas y anexos contempladas en la ficha de licitación del portal.
El Departamento de Salud Municipal de Los Lagos resolverá dichas consultas y las dará a conocer a todos los interesados en el portal www.Mercadopublico.cl el día señalado en el punto “Etapas y plazos” de las Bases Administrativas Generales.
Los proponentes no podrán delegar desconocimiento de las respuestas una vez publicadas en el portal www.Mercadopublico.cl
El departamento de Salud Municipal de Los Lagos, podrá, por propia iniciativa, efectuar aclaraciones sobre las bases administrativas Generales, si así lo estima necesario, hasta la apertura, comunicándolas a los interesados a
través del portal www.Mercadopublico.cl, las cuales pasaron a formar parte de los antecedentes de la licitación. Dichas aclaraciones en ningún caso constituirán modificación de las Bases. Las Respuestas y aclaraciones serán entendidas como interpretación de las Bases y los demás documentos que rijan los procesos en aquellos aspectos consultados.
Hasta antes de la recepción de la oferta, el departamento de Salud Municipal podrá modificar los documentos que rigen el proceso licitatorio si estima que ello resulta esencial para los fines y el correcto desarrollo del proceso, debiendo necesariamente extenderse el plazo fijado, para el cierre de la recepción de ofertas en, a lo menos, tres días hábiles contados desde la total tramitación de la correspondiente decreto modificatorio, a fin de que los proveedores participantes puedan oportunamente formular a adecuar sus ofertas, según corresponda.
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 24 horas corridas, establecidas en el foro de Aclaración de ofertas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la Entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La Entidad licitante no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.