|
1. ANTECEDENTES GENERALES |
|
En consideración al apoyo que deben recibir los alumnos de cuarto año medio del Liceo Leonardo Da Vinci de la comuna de La Cruz, en el marco de entregar verdaderamente posibilidad de igualdad de oportunidades educativas para nuestros alumnos, se hace urgente y necesario contratar servicios académicos especializados en la preparación de 20 estudiantes para el ingreso a la educación superior. Actividad considerada en el Plan de Mejoramiento Educativo (PME) de la Subvención Escolar Preferencial (SEP) del establecimiento.
|
|
|
|
2. REQUERIMIENTO BÁSICOS Y OBLIGATORIOS PARA PARTICIPACIÓN EN LICITACIÓN: |
|
Los proponentes en los formularios definidos para tal efecto y que forman parte de la presente Licitación deberán presentar sus ofertas, a través del portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas señalado en el cronograma, debidamente firmados por el representante legal del oferente, los que consistirán en los siguientes documentos:
a. Formulario N° 1 “Identificación del oferente”.
b. Formulario N° 2 “Declaración Jurada”.
c. Garantía Seriedad de la Oferta.
d. Fotocopia Rol Único Tributario, si el oferente se encuentra inscrito en Chileproveedores no se requerirá presentar este antecedente.
e. Fotocopia cédula de identidad del representante legal, si el oferente se encuentra inscrito en Chileproveedores no se requerirá presentar este antecedente.
f. Fotocopia de Certificado de Vigencia actualizado de la persona jurídica, si se encuentra vigente en Chileproveedores no se requerirá presentar este antecedente.
g. Fotocopia de la patente municipal vigente en cualquier comuna del país.
2.1 Antecedentes Económicos y Técnicos.
Los proponentes en los formularios definidos para tal efecto y que forman parte de la presente Licitación deberán presentar sus ofertas, a través del portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas señalado en el cronograma, debidamente firmados por el representante legal del oferente, los que consistirán en los siguientes documentos:
a. Formulario N° 3 “Oferta Económica”.
b. Formulario N° 4 “Experiencia del oferente”.
c. Formulario Nº 5 “Oferta o Propuesta Técnica”.
La no presentación de los documentos anexos individualizados dejará fuera de bases al oferente que omita su presentación, declarando inadmisible su oferta de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº19.886.
|
|
|
|
3. PRESUPUESTO DISPONIBLE |
|
Para la contratación de la totalidad del servicio se cuenta con un presupuesto de $15.000.000.- (quince millones de pesos) impuestos incluidos que serán financiados con fondos SEP del colegio Leonardo Da Vinci.
|
|
|
|
4. ESPECIFICACIÓN DE LOS PRODUCTOS REQUERIDOS |
|
Remitirse a los Términos de Referencia.
|
|
|
|
5. DE LA EVALUACION DE LAS OFERTAS: |
|
La Comisión Evaluadora nombrada procederá a evaluar las ofertas declaradas admisibles en base
a los siguientes criterios de evaluación:
a) Propuesta técnica: 20%
b) Experiencia: 10%
c) Precio: 70%
5.1 CRITERIOS DE EVALUACIÓN
5.1.1 PROPUESTA TÉCNICA, evalúa la propuesta técnica del oferente: 100% ponderación.
En la propuesta técnica se evaluarán la relación entre los objetivos, los contenidos, la metodología y el método empleado para la ejecución de las actividades del preuniversitario.
✓ FORMULA: Puntaje Calidad Técnica de la propuesta = 0.20 * Puntaje Obtenido.
Para evaluar los estándares de calidad técnica de la propuesta, la comisión debe considerar la siguiente tabla.
Categoría
Descripción
Puntaje
Muy Buena
La propuesta incluye los requerimientos solicitados en los TRD y realiza mejoras relevantes a lo solicitado. 100
Buena
La propuesta incluye los requerimientos solicitados en los TRD. 80
Suficiente La propuesta incluye al menos un 80% de los requerimientos solicitados en los TRD. 50
Insuficiente
La propuesta incluye menos del 80% los requerimientos solicitados en las bases administrativas especiales
20
5.1.2 EXPERIENCIA: 100% ponderación. Mide la experiencia del oferente en la prestación de servicios de preuniversitario a las Municipalidades del país por la cantidad de órdenes de compra emitidas en www.mercadopublico.cl, de acuerdo con la siguiente tabla de puntaje:
✓ FORMULA: Puntaje Experiencia del Oferente = 0.10 * Puntaje Obtenido.
Detalle Puntaje
05 o más órdenes de compra en portal de www.mercadopublico.cl
100 pts.
04 órdenes de compra en portal de www.mercadopublico.cl
80 pts.
03 órdenes de compra en portal de www.mercadopublico.cl
60 pts.
02 órdenes de compra en portal de www.mercadopublico.cl
40 pts.
01 orden de compra en portal de www.mercadopublico.cl
20 pts.
0 orden de compra en portal de www.mercadopublico.cl
10 pts.
5.1.3 PRECIO donde el menor valor tiene mayor puntaje: 100% ponderación.
✓ FÓRMULA: Puntaje Precio del Oferente = 0.70 * Puntaje Obtenido.
(MP) * 100/PO
Donde MP = Menor precio
PO = Precio Oferente
La Municipalidad de La Cruz aceptará la propuesta más ventajosa considerando los criterios de evaluación antes señalados, con sus correspondientes ponderaciones, no estando obligada a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea aquella de menor valor, sino a la oferta que resulte mejor evaluada y más conveniente para la institución. Además, que el oferente que se adjudique conoce y maneja todo y cada uno de los puntos expuesto en estos términos de referencia. Se podrá re-adjudicar al segundo mejor evaluado hasta el tercer mejor evaluado en caso que el primer adjudicado no acepte o no entregue oportunamente lo solicitado.
Se considerará para realizar la adjudicación final, al proveedor que oferte la mayor cantidad de productos del listado. Esto pensando en todas las condiciones solicitadas para la adquisición.
|
|
|
|
6. COMISIÓN APERTURA ELECTRÓNICA Y EVALUACIÓN DE OFERTAS |
|
La Apertura y Evaluación de Ofertas, estará a cargo de una Comisión conformada por a lo menos tres funcionarios municipales pertenecientes a esta Municipalidad, como asimismo podrá contar con la asesoría de expertos en las materias técnicas a revisar en el presente proceso.
La comisión de evaluación estará integrada por los siguientes funcionarios:
- Director de Educación Municipal
- Director del Liceo Leonardo Da Vinci.
- Encargado UTP
Los miembros de la Comisión no podrán tener conflictos de interés con los oferentes al momento de la apertura y de la evaluación.
La Comisión de Apertura y Evaluación deberá evaluar las propuestas en el período señalado en el cronograma tras lo cual, levantará y firmará un Acta de Apertura y una de Evaluación, atendidos los criterios de evaluación y ponderación desarrollado en las presentes Bases. Esta acta deberá contener una lista priorizada y una propuesta de adjudicación o en su caso, proponer declarar desierta la Licitación.
|
|
|
|
7. DE LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO |
|
La Municipalidad y el oferente adjudicado celebrarán un contrato si corresponde, en el que se establecerán sus derechos y obligaciones, debiendo ser este concordante con lo establecido en las presentes Bases de Licitación, la oferta del adjudicatario y demás antecedentes que forman parte integrante de la presente Licitación. Este contrato será redactado por la Municipalidad y deberá suscribirse dentro de los 05 días siguientes a la notificación de adjudicación.
La duración del contrato será por un máximo de 210 días, contados desde la fecha en que se suscriba el correspondiente contrato. Todos los gastos asociados a la suscripción del contrato serán de cargo del adjudicado.
|
|
|
|
8. DEL TÉRMINO ANTICIPADO |
|
La Municipalidad está facultada para declarar el término anticipado del contrato, por vía administrativa sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación, sin perjuicio de las causales establecidas en el artículo 13° de la Ley Nº 19.886:
a) Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. La parte interesada en resciliarlo deberá formular una presentación por escrito a la otra parte, y ésta aceptarlo. Se perfeccionará esta resciliación mediante la formalización del acuerdo respectivo.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución, la ejecución parcial o la ejecución tardía de las prestaciones que el proveedor adjudicado se obligó, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad por el incumplimiento, que implique un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones a la Municipalidad, o en caso de que las multas excedan del límite máximo estipulado en la cláusula vigésima sexta de las presentes Bases.
c) Quiebra o el estado de notoria insolvencia del adjudicatario.
d) Disolución del adjudicatario, cuando se trate de sociedad, sin tener continuadora legal.
e) Registrar el adjudicatario saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores, mientras dure la ejecución del contrato.
f) Que el adjudicatario, y personal directo o indirecto, no mantenga la confidencialidad de la información reservada, de que tomen conocimiento con motivo de este contrato.
Para concretar lo indicado en el párrafo precedente la Municipalidad, notificará por carta certificada escrito al proveedor, con un aviso previo de 10 días hábiles.
|
|
|
|
9. DEL RESPONSABLE DEL CONTRATO |
|
La Municipalidad designa al director DAEM quien tendrá a cargo la coordinación y control del contrato celebrado, tal designación no libera al adjudicado de la responsabilidad que le cabe durante la vigencia de este.
El responsable del Contrato, velará por el fiel cumplimientos de todas las obligaciones y derechos contenidos en los antecedentes que forman parte integrante de la presente Licitación, y además:
1) Deberá velar por el cumplimiento de cada una de las condiciones establecidas en las Bases de Licitación, oferta del adjudicatario y demás antecedentes que forman parte integrante de este proceso.
2) Deberá velar por el cumplimiento de las garantías y de los servicios ofertados.
3) Hacer efectivas las respectivas multas establecidas en las presentes Bases.
4) Será el nexo entre la Municipalidad y el oferente que se adjudique y resolverá en el ámbito de sus atribuciones, cualquier inconveniente que se produzcan entre las partes.
Asimismo, el adjudicatario deberá designar un profesional que se relacionará con el responsable del Contrato para todos los efectos señalados. Todas las definiciones adoptadas por el responsable, deberán contar en Actas firmadas por ambos.
|
|
|
|
10. DOMICILIO DE LAS PARTES |
|
Las partes fijan su domicilio en la comuna de La Cruz y para todos los efectos legales derivados del contrato, aceptan expresamente la competencia de sus Tribunales de Justicia.
|
|
|
|
11. RESOLUCIÓN DE EMPATES |
|
Al término de la evaluación, se confeccionará un cuadro comparativo, que establecerá el orden de prelación entre los oferentes evaluados, el cual estará dado por la nota que obtenga cada uno. De existir dos o más ofertas calificadas con igual puntaje primará aquella que tenga la oferta más económica en primera instancia, en segunda instancia la oferta técnica y como tercera instancia, la experiencia como mecanismo para resolver los eventuales empates que se produzcan.
|
|
|
|
12. DE SERIEDAD DE LA OFERTA |
|
Los oferentes deberán presentar una Garantía de Seriedad de la Oferta, consistente en una Boleta Bancaria de liquidez inmediata, Vale Vista o Certificado de Fianza, por un monto de $300.000.- (trescientos mil pesos), con una vigencia de 60 días corridos contados desde la fecha de Apertura de las Ofertas.
La Garantía de Seriedad de la Oferta, deberá ser extendida a nombre de la “Municipalidad de La Cruz”, RUT 69.060.200-8, con la siguiente glosa: “Garantía Seriedad de la Oferta licitación 3036-6-LE22”.
La Garantía de Seriedad de la Oferta, deberá ser entregada físicamente hasta las 13:00 horas del día de cierre de las ofertas indicado en el portal www.mercadopublico.cl, en la Oficina de Partes de la Municipalidad de La Cruz, ubicada en calle Gabriela Mistral Nº 03, de La Cruz o al correo electrónico MUNILACRUZ@LACRUZ.CL solo en el caso de ser boletas en formato electrónico para las que corre la misma hora de cierre de recepción que las boletas físicas.
La garantía debe ser entregada en un sobre cerrado, el que indicará en el exterior lo siguiente:
• Nombre del proponente, si es persona natural y razón social, si el proponente es persona jurídica.
• Rut del proponente.
• Nº del documento de garantía (Boleta de Garantía, Certificado de Fianza o Vale Vista).
• Banco o Institución que lo expidió. (Boleta de Garantía, Certificado de Fianza o Vale Vista).
En el evento que la Municipalidad de La Cruz, por cualquier causa, no pueda adjudicar la Licitación dentro del plazo de vigencia original, los oferentes deberán reemplazar esta garantía, con a lo menos 10 días corridos antes de la fecha de su vencimiento, por otra cuya vigencia incluya el período de dicha postergación. Esto será informado a través del portal www.mercadopublico.cl.
Esta garantía se podrá hacer efectiva en cualquiera de los siguientes casos:
• Si el oferente retira su oferta o se desiste de ella dentro del período de validez de la misma.
• Si el oferente no reemplaza la Garantía de Seriedad de la Oferta, en el supuesto que la Municipalidad no pueda adjudicar la Licitación.
• Si el adjudicatario no entrega en el plazo, forma y condiciones la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato que se establece en las Bases Administrativas.
• Si el adjudicatario no cumple con la obligación de suscripción del contrato, en el plazo, forma y condiciones indicadas en las presentes Bases.
La Municipalidad de La Cruz será responsable de la custodia de las garantías solicitadas y devolverá éstas a los oferentes no favorecidos, a partir del día 03 días a contar de la fecha de notificación del acto administrativo de adjudicación, del que declare inadmisible las ofertas o del que declare desierta la Licitación, según corresponda.
En el caso del adjudicatario, esta garantía le será devuelta cuando haga entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
Para la devolución de la boleta de garantía esta debe ser solicitada a través de carta o correo electrónico al email MUNILACRUZ@LACRUZ.CL dirigida a la alcaldesa solicitando la restitución del documento. Dentro de un plazo máximo de 2 días hábiles una vez publicados los resultados a los oferentes no favorecidos y de realizada la solicitud, debe ser el proponente o un representante debidamente autorizado quien retire desde la oficina de tesorería municipal ubicada en Gabriela Mistral #03 primer piso, el documento correspondiente.
|
|
|
|
13. DEL FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
|
El proponente que resulte adjudicado deberá presentar al momento de firmar el contrato una Boleta Bancaria de Liquidez Inmediata o Vale Vista, extendida a nombre de la Municipalidad de La Cruz, Rut. 69.060.200-8, con la siguiente glosa: “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, PREUNIVERSITARIO LDV - 2022”.
Esta garantía deberá materializarse a través de la entrega de una Boleta Bancaria o Vale Vista, por un monto equivalente al 7% del valor del contrato. Su vigencia será el plazo máximo del contrato extendida por otros 30 días más, el proponente adjudicado se obliga a mantener su vigencia durante todo el plazo indicado.
Esta garantía se otorgará para caucionar el cumplimiento de todas las obligaciones que se imponen al adjudicatario. Como, asimismo, asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante (Art. 22 Nº 6 y art. 68 del Reglamento de Ley Nº 19.886). Esta garantía será cobrada unilateralmente por la Municipalidad, si el proponente no cumpliera con lo establecido en el contrato.
Será responsabilidad de cada adjudicatario realizar los trámites pertinentes para mantener vigente la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. El incumplimiento de esta obligación, será motivo suficiente para que la Municipalidad haga efectivo el cobro de la misma y sin perjuicio de las demás facultades legales a efectos de exigir el cumplimiento forzado o término anticipado del contrato más las indemnizaciones legales que sean procedentes.
Esta garantía se restituirá al adjudicatario dentro de los 10 días hábiles siguientes a terminada la vigencia del contrato y, a su vez, que la Municipalidad declare cumplidas todas y cada una de las obligaciones del presente proceso de Licitación.
La Municipalidad podrá solicitar certificación de autenticidad de los documentos de Garantía ante la institución bancaria emisora.
Para la devolución de la boleta de garantía esta debe ser solicitada a través de carta o correo electrónico al e-mail MUNILACRUZ@LACRUZ.CL dirigida a la alcaldesa solicitando la restitución del documento. Dentro de un plazo máximo de 2 días hábiles debe ser el proponente o un representante debidamente autorizado quien retire desde la oficina de tesorería municipal ubicada en Gabriela Mistral #03 primer piso, el documento correspondiente. NO existe otra forma de restitución que el retiro presencial del documento entregado de manera física.
|
|
|
|
14. FORMALIZACIÓN DE LA ADQUISICIÓN |
|
La manera de formalizar la adquisición es a través de la emisión de la orden de compras y aceptación de la misma por parte del proveedor, ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 63 el D.S Nº250, que aprueba el reglamento de la ley Nº19.886. A su vez, se considerará la redacción de un contrato donde formalizar lo expuesto en estas bases Especiales, en las bases Generales y aquellos acuerdos que se tomen con posterioridad a la adjudicación.
|
|
|
|