Licitación ID: 3051-16-L123
Servicio de Adquisición e instalación Neumáticos
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE ATACAMA, Depto. Educación
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 21
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Productos o servicios
1
Neumáticos para camionetas o automóviles 1 Global
Cod: 25172504
“SERVICIO DE ADQUISICIÓN, CAMBIO, ALINEACIÓN Y BALANCEO DE NEUMÁTICOS PARA VEHÍCULOS INSTITUCIONALES DEL D.A.E.M., SAN PEDRO DE ATACAMA”  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de Adquisición e instalación Neumáticos
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La adquisición, cambio, alineación y balanceo de neumáticos de los vehículos que actualmente posee el Departamento de Educación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública inferior a 100 UTM (L1)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE ATACAMA
Unidad de compra:
Depto. Educación
R.U.T.:
69.252.500-0
Dirección:
GUSTAVO LE PAIGE 328
Comuna:
San Pedro de Atacama
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-07-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 06-07-2023 15:59:23
Fecha inicio de preguntas: 06-07-2023 16:30:00
Fecha final de preguntas: 11-07-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-07-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-07-2023 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-07-2023 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 18-08-2023 8:41:11
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1 Datos del Oferente
2.- Anexo N°2_Declaración Jurada Simple
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°4_Oferta Técnica
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°5_Oferta Económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega X= Oferta más baja de plazo de entrega*10/Plazasos ofertados 15%
2 Precio X= Precio mínimo ofertado * 10 /Precio Oferta X 25%
3 Marca solicitada EVALUACIÓN PUNTAJE CUMPLE CON MARCA SOLICITADA 10 NO CUMPLE CON MARCA SOLICITADA (EQUIVALENTE CALIDAD) 5 45%
4 Fecha de Fabricación De 01 a 12 meses 10 puntos De 13 a 24 meses 5 puntos De 25 a 36 meses 2 puntos 5%
5 Garantía N= Plazo Ofertado x 10 / Mayor Plazo Ofertado 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: SUBVENCIÓN
Monto Total Estimado: 5800000
Justificación del monto estimado Presupuesto estimados disponible para el servicio solicitado.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Carlos Araya Ramos
e-mail de responsable de pago: serviciosgenerales@edusanpedrodeatacama.cl
Nombre de responsable de contrato: Paula Laport Díaz
e-mail de responsable de contrato: adqdaem@munispa.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-55-2569200-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Otras cláusulas
10.2 Consideraciones Generales
 1. Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula 7 de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite alguna de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras.
 2. La Municipalidad declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la Municipalidad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. 3. Los documentos solicitados por la Municipalidad deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en la cláusula 4 de las presentes bases y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas – en caso de ser requerido – por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, la Municipalidad podrá verificar la veracidad de la información entregada por el oferente.
 10.3 Subsanación de errores u omisiones formales Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la Municipalidad o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La Municipalidad no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o que no hayan sido enviados a través de la plataforma. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
 10.4 Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos La Municipalidad tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos o no firmados por quien se exija en estas bases, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. Para dicha presentación de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 48 horas corridas, contados desde su comunicación al oferente por parte de la Municipalidad, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes. El oferente que haya omitido certificaciones o antecedentes al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad en virtud de la presente cláusula, obtendrá menor puntaje en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
 10.5 Inadmisibilidad de las ofertas La Municipalidad declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos mínimos establecidos en las bases administrativas y en sus respectivas bases técnicas (Anexo N°3), sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Dicha declaración deberá materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no dará derecho a indemnización alguna a los oferentes.
 10.6 Facultad de declarar desierta la licitación La Municipalidad podrá declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses o a los intereses de los órganos públicos mandantes. Dicha declaración deberá materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no dará derecho a indemnización alguna a los oferentes.
10.9 Mecanismo de resolución de empates En caso de producirse empates en la evaluación de las ofertas, este se resolverá aplicando la siguiente sucesión de criterios: Primer Criterio: Menor Tiempo de Entrega Segundo Criterio: Menor Precio Tercer Criterio: Mayor Garantía Si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl. La comisión evaluadora se reserva el derecho de extender los plazos de evaluación cuando el análisis de las ofertas sea de alta complejidad técnica o cuando deba chequear alguna información con organismos externos a este Municipio, esta modificación se hará mediante un decreto que ratifique la modificación del cronograma de la Licitación. Los cálculos de evaluación se desarrollarán en una planilla excel, por lo cual no se considerarán aproximaciones de puntaje en notas parciales, salvo en el puntaje final, hasta dos decimales. De acuerdo al Decreto 250 en su artículo 40, inciso segundo, a aquellas ofertas que se declaren inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, se les especificará los requisitos incumplidos.
 10.10 Adjudicación Cada oferente deberá presentar una propuesta por el total de requerimientos descritos en el Anexo N° 3. Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases. La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente de la Municipalidad, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada. Cabe recordar que, de acuerdo con el artículo 6 del reglamento de la ley N° 19.886, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl.
 10.11 Resolución de consultas respecto de la Adjudicación Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse a la Municipalidad dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la publicación de la resolución en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del siguiente enlace: https://www.mercadopublico.cl/Portal/Modules/Site/Reclamos/IngresoReclamo.aspx. La Municipalidad dispondrá de 10 días hábiles para responder, contados desde el vencimiento del plazo para presentar estas consultas.
 10.12 Re-adjudicación La re-adjudicación podrá ser ejercida cuando el adjudicatario, incurra en alguna de las siguientes causales: 1. Se desiste de su oferta; 2. No firma oportunamente los contratos derivados del proceso de licitación; 3. No se encuentra hábil en el sistema de compras Mercado Público 4. No entrega la boleta de garantía de Fiel cumplimiento de Contrato; 5. Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado; o 6. No cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos. En caso de concurrir alguna de las causales señaladas, sea respecto de todos o alguno de los órganos públicos mandantes, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la totalidad de la adjudicación original y adjudicar al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación original. Dicha re-adjudicación procederá a menos que, de acuerdo con los intereses de la Municipalidad se estime conveniente declarar desierta la licitación.