2.-
Formulario N°2: Declaración Jurada simple de Probidad Administrativa del Oferente, o de su representante o mandatario designado al efecto, en la que consigne lo siguiente:
• Conocer las Bases de la presente Propuesta y aceptarlas en todos sus términos y condiciones.
• No incurrir en las inhabilidades descritas en el artículo 35° quáter de la Ley N°19.886.
• No encontrarse sancionado de acuerdo a lo establecido en los artículos 8° y 10° de la Ley Nº 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho.
• No haber sido condenado durante los dos últimos años desde la presentación de la oferta por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales en los términos señalados en los Artículos 463° y siguientes del Código Penal.
• No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el Artículo 26, Letra d), del Decreto Ley N° 211, de 1973, esto es, que no se le haya impuesto la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los que el Estado efectúe aportes, el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado; impedimento que regirá hasta por el plazo de cinco (5) años contados desde que la sentencia definitiva condenatoria quede ejecutoriada.
• No encontrarse el proveedor o alguna persona natural que sea directa o indirectamente socio, accionista, miembro o partícipe del mismo, con poder de influir en su administración y que mantenga participación en ella, condenado por sentencia ejecutoriada, por alguno de los delitos contemplados en la ley N° 21.595, que lo inhabilita para contratar con el Estado y con cualquiera de sus órganos o servicios reconocidos por la Constitución Política de la República o creados por ley, con cualquiera de los órganos o empresas públicas que conforme a la ley constituyen el Estado y con las empresas o sociedades en las que el Estado participe con al menos la mitad de las acciones que comprenden su capital, de los derechos sociales o de los derechos de administración, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 33 de la referida Ley.
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3.-
Formulario N°3: Declaración Jurada simple de Pacto de Integridad del Oferente, o de su representante o mandatario designado al efecto, en la que consigne lo siguiente:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, tanto durante la licitación como durante la ejecución del contrato, en caso que resulte adjudicado:
• El oferente declara que se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por estos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º y 16º; en conformidad al artículo 485, del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
• El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
• El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusoria, en cualquiera de sus tipos o formas.
• El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
• El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
• El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.
• El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
• El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas (según corresponda), haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Asimismo, deberá señalar si cuenta con Programas de Integridad que sean conocidos por su personal, debiendo adjuntar certificación comprobable que acredite que cuenta con la capacitación de integridad y probidad, dictada por un tercero (Ejemplo: Capacitación Chilecompra “La integridad como valor agregado en las compras públicas”).
d.- Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que formaliza la Unión, el que deberá establecer, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad Licitante para el caso de ser adjudicada y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Para contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la UTP deberá materializarse por escritura pública y adjuntarse como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
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