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A.- OBJETO DE LA PROPUESTA |
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1. La Dirección de Telecomunicaciones e Informática de la Armada, en adelante “LA ARMADA” llama a Propuesta Pública para la adquisición de nueve (09) PC con Sistema Operativo incluido y tres (03) monitores, en adelante “LA LICITACIÓN”, cuyas características, requisitos técnicos, plazos de recepción, entre otros, constan en ésta y en los respectivos Anexos, en adelante “LAS BASES”.
2. Las características y especificaciones técnicas de dichos PC con Sistema Operativo incluido y monitores, objeto de la “LICITACIÓN” se indicarán en la Cláusula respectiva.
3. Los Oferentes participantes en la “LICITACIÓN” o su representante o mandatario designado al efecto, estarán obligados a cumplir con los requisitos que en ésta se detallan y la presentación de una oferta, para quien la efectúa, la aceptación de las presentes “BASES” sin exclusiones ni excepciones.
4. Las disposiciones y documentos que regirán “LA LICITACIÓN” serán los siguientes:
a) Ley Nº18.928 sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas y su Reglamento.
b) Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicios y su Reglamento.
c) Ley Nº19.880 que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
d) Ley Nº19.983 del 15 de diciembre de 2004 sobre transferencia y mérito ejecutivo de la copia de la factura.
e) Ley Nº20.393 que establece Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que indica.
f) El Código Penal, artículo 463 y siguientes, que contienen los delitos concursales.
g) El Manual de Adquisiciones y Contrataciones Públicas de la Armada N°8-48/2, de fecha 01 de septiembre del 2016.
h) La Ley N°16.256 que dispone abrir las Cuentas de Depósito que indica para los fines que señala y, la Circular S.I.I. N°53 de septiembre de 1997 sobre facturas exentas de I.V.A. para pagos con recursos FO.R.A.
i) La Resolución Aprobatoria de Bases de la Propuesta Pública N°02/2021 “Adquisición de nueve (09) PC con sistema operativo incluido y tres (03) monitores”.
j) Las modificaciones y aclaraciones a las presentes “BASES” que emita la “ARMADA”, tanto las requeridas por los participantes como las impartidas por oficio.
k) La Resolución de adjudicación de la “LICITACIÓN”.
l) La oferta del “OFERENTE” adjudicado, en adelante “EL ADJUDICATARIO”.
m) Las demás disposiciones legales que rigen la materia.
5. La “LICITACIÓN” considera para el valor final una disponibilidad presupuestaria de $8.460.000 (ocho millones cuatrocientos sesenta mil pesos) en recursos FO.R.A. PESOS exentos de IVA. Si el valor ofertado supera el monto asignado, la oferta se declarará inadmisible.
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B.- DISPOSICIONES GENERALES |
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1. Los OFERENTES deberán tener presente que la Orden de Compra que se emita, incorpora las normas establecidas en las presentes “BASES”, aun cuando no se mencionen expresamente en los documentos indicados.
2. La “LICITACIÓN” será tipo LE, superior a 100 UTM. e inferior a 1.000 UTM, con una sola etapa de apertura para la evaluación de las ofertas, de adjudicación simple a la oferta más conveniente y con emisión automática de Orden de Compra.
3. La “ARMADA”, podrá modificar o complementar las presentes “BASES”, mediante una Resolución Fundada, debidamente tramitada, sólo hasta antes que venza el plazo para presentar las ofertas, lo que será notificado a través de la Plataforma Electrónica del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en adelante “EL PORTAL” y dichas modificaciones o complementaciones formarán parte integrante de las presentes “BASES”. En este caso, de ser necesario más tiempo para que los “OFERENTES” corrijan o preparen sus ofertas, la “ARMADA”, mediante Resolución, suspenderá o prorrogará el proceso para que estos efectúen las modificaciones que sean necesarias en sus ofertas, dentro del plazo que se fije para tal efecto. Asimismo, conforme lo dispone el Artículo 41 del Reglamento de la Ley Nº19.886, la “ARMADA” podrá modificar la fecha de adjudicación, debiendo informar en el “PORTAL” las razones que justifican esta situación.
4. Respecto a la presentación electrónica de la oferta, los “OFERENTES” deberán cumplir lo indicado en el Capítulo 4 del Manual Chilecompra del usuario proveedor.
5. El oferente al momento de presentarse a la Propuesta acepta lo estipulado en las presentes “BASES”.
6. Tratándose de personas jurídicas extranjeras, al momento de la adjudicación, estas deberán contar con agencia en Chile y con representante con mandato o poder suficiente, para comprometer a la persona jurídica y tener la capacidad para responder por las obligaciones que emanen de la “LICITACIÓN”, de acuerdo a la normativa vigente.
7. El” ADJUDICATARIO” deberá encontrarse inscrito y en estado “Hábil” en el Registro Electrónico Oficial de Chile-Proveedores. De no encontrarse, estará obligado a inscribirse dentro del plazo fatal de 15 días corridos contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. En el caso de que no cumpla con dicha inscripción, se readjudicará a la siguiente mejor oferta y así sucesivamente.
8. La “ARMADA”, por razones sobrevivientes de Fuerza Mayor o de Interés Institucional, se reserva el derecho, mediante resolución debidamente tramitada, para revocar el llamado a “LICITACIÓN”, antes del cierre de la recepción de ofertas.
9. En los casos de Unión Temporal de Proveedores, en adelante “UTP”, los “OFERENTES” deberán adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. La vigencia de esta Unión no podrá ser inferior a la duración de la garantía de la oferta, de acuerdo al artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas.
10. Los plazos que se establecen en las presentes “BASES” son de días corridos y el incumplimiento de los mismos por algún “OFERENTE” implicará su exclusión del proceso a partir de esa fecha. Para el evento que el vencimiento del plazo corresponda a un día inhábil (sábado, domingo o festivo) se entenderá prorrogado al día hábil siguiente. Con todo, el plazo de cierre para recibir ofertas no podrá vencer en días inhábiles, ni el día lunes, o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15.00 horas.
11. El material que se desea adquirir es de simple y objetiva especificación, y se considera que su oferta es de fácil preparación, por lo cual, no se suscribirá un Contrato formal, el que se entiende legalizado con la sola emisión de la Orden de Compra, la que incluye las obligaciones establecidas en las presentes “BASES”, que quedan reconocidas por parte del “PROVEEDOR” al ofertar y con la aceptación de la Orden de Compra, estableciéndose así el compromiso entre ambas Partes.
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C.- INTERPRETACIÓN DE LAS BASES |
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Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las presentes “BASES” o Especificaciones Técnicas, prevalecerá el criterio de la “ARMADA”, sin perjuicio de la facultad que compete a la Contraloría General de la República, al Tribunal de Contratación Pública y/o los Tribunales de Justicia.
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D.- GASTOS ASOCIADOS A LA PROPUESTA |
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Los gastos que demande participar en la “LICITACIÓN” y todos los derechos e impuestos que pudieren originarse con motivo de la misma, serán de cargo exclusivo del “OFERENTE”. En consecuencia, la “ARMADA” no responderá en caso alguno por impuestos, contribuciones, tasas, derechos fiscales, notariales, cargas o expensas de cualquier naturaleza derivados o vinculados a la Orden de Compra o a los actos que de ella se deriven.
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E.- PARTICIPANTES |
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1. Podrán participar como “OFERENTES” en la “LICITACIÓN”, directamente o como apoderado de terceros, la persona natural o jurídica o agrupación de las mismas y los integrantes de las “UTP”, quienes formulen las ofertas conforme a las presentes “BASES”.
2. No podrán participar quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal.
3. Las personas jurídicas extranjeras, al momento de la adjudicación deberán contar con agencia en Chile, representante con mandato o poder suficiente para comprometer a la persona jurídica y tener la capacidad para responder de las obligaciones que emanen de la “LICITACIÓN”, de acuerdo a la Normativa Vigente.
4. No se podrá participar en esta propuesta pública, directamente o como apoderados de terceros ninguna persona afecta a alguna de las inhabilidades del Artículo 4°, inciso 6° de la Ley 19.886, ni personas jurídicas sancionadas en los términos en los Artículos N°8 y 10 de la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho, para cuyo efecto el “OFERENTE” deberá presentar la Declaración Jurada Simple conforme a lo estipulado en el Formulario N°2.
5. Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la Ley N°19.913, en el artículo 8° de la Ley N°18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. La “ARMADA” verificará esta información a través del Registro que se lleva para tal efecto, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 20.931 de 2016, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
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F.- CRONOGRAMA |
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1. La estructura y fechas de la LICITACIÓN son las señaladas en el siguiente Cronograma:
ACTIVIDADES FECHA (año 2021)
Cierre de Consultas y Aclaraciones a través del “PORTAL”. Hasta las 15:00 horas del quinto día contado desde la fecha de publicación de las “BASES”.
Entrega de respuestas a consultas y aclaraciones a través del “PORTAL”.
Hasta las 16:00 horas del séptimo día contado desde la publicación de las “BASES”.
Cierre de ingreso de ofertas y documentos anexos en el “PORTAL”.
Hasta las 16:00 horas del décimo día contado desde la publicación de las “BASES”.
Apertura electrónica de las ofertas y sus documentos anexos.
A partir de las 16:01 horas del décimo día contado desde la publicación de las “BASES”.
Adjudicación de la Licitación Dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la apertura electrónica de las ofertas.
Emisión Orden de Compra Dentro de los 30 días siguientes a la fecha de adjudicación.
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G.- CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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1. Las consultas y aclaraciones a las presentes “BASES”, Especificaciones Técnicas o informaciones adicionales que requieran los “OFERENTES”, deberán formularse sólo a través del “PORTAL”, hasta las 15:00 horas del quinto día contado desde la fecha de publicación de las “BASES”, cuyas respuestas se publicarán por el mismo medio hasta las 16:00 horas del séptimo día contado desde la fecha de publicación de las presentes “BASES”.
2. La “ARMADA” publicará las aclaraciones a las presentes “BASES” que estimare necesarias o que hubieren surgido del proceso de “Consultas y Aclaraciones”, con anterioridad a la apertura de las ofertas. Tales aclaraciones se entenderán notificadas y conocidas por los “OFERENTES”, transcurridas 24 horas desde su publicación en el “PORTAL”.
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H.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Y ANTECEDENTES |
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1. Las ofertas deberán ser presentadas de acuerdo al Cronograma, exclusivamente en forma electrónica a través del “PORTAL”, indicando los valores en pesos chilenos considerando que se trata de recursos FO.R.A., exentos del pago del IVA. hasta las 16:00 horas del décimo día desde publicadas las presentes “BASES”.
2. El “OFERENTE” debe ofertar por la totalidad de los ítems requeridos y considerará que las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días, contados desde el día de su apertura.
3. Los antecedentes administrativos, parte de la oferta, que a continuación se indican deben ser presentados a través del Portal Mercado Público:
3.1 Formulario N°1: Adjuntar la Identificación completa del “OFERENTE”, del representante legal, si es persona jurídica o del mandatario designado para participar en la “LICITACIÓN”, según corresponda.
3.2 Formulario N°2 con una Declaración Jurada Simple del “OFERENTE” que consigne no le afectan las inhabilidades, incompatibilidades y prohibiciones para celebrar contratos con los órganos de la Administración del Estado, indicadas en el art. 4° de la Ley Nº19.886, en la Ley Nº20.393 y otros.
4. Igualmente, se deben publicar los antecedentes técnicos y económicos que se indican:
4.1. Formulario N°3 con la Declaración Jurada Simple del “OFERENTE”, donde exprese el plazo de entrega (en días corridos) y la vigencia de la Garantía Técnica y Post-Venta del equipamiento ofertado.
El plazo de entrega se debe considerar contado desde el segundo día de la fecha de emisión de la Orden de Compra y la vigencia de la Garantía Técnica, desde la recepción conforme del material en dependencias de la “ARMADA”, según lo indicado en Formulario N°3, letra a) de las presentes “BASES”.
4.2. Formulario N°4: Declaración Jurada Simple donde el “OFERENTE” indica que el equipamiento de su oferta cumple o supera las especificaciones técnicas exigidas en las presentes “BASES”. El incumplimiento de las especificaciones técnicas hará inadmisible la oferta.
4.3. Formulario N°5: El “OFERENTE” deberá señalar el valor del material ofertado, considerando la adquisición, en pesos chilenos y exentos del pago del IVA.
5. En el evento que un “OFERENTE”, al momento de la Apertura Electrónica (Administrativa y Técnica), no presente la documentación exigida en la letra H.- número 3 y 4 de la presente cláusula o éstas tengan errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las “BASES” y de igualdad de los oferentes, contará con un plazo máximo de setenta y dos (72) horas a contar de la hora y fecha de notificación respectiva, para presentarlos a través del Portal Mercado Público.
Esta posibilidad de enmienda, podrá efectuarse siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Lo anterior, en los términos y condiciones establecidas precedentemente y de acuerdo al artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.886. Sin embargo, esta situación quedará establecida en la Matriz de Decisión. Transcurrido el plazo señalado, y ante la no presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en el párrafo precedente, o no se subsanen las observaciones o se presenten otros errores, será causal para que se declare inadmisible la oferta del licitante mediante Resolución Fundada.
6. Cuando haya indisponibilidad técnica del Servicio de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras Públicas, mediante el correspondiente Certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso los oferentes afectados tendrán un plazo de dos (02) días hábiles contados desde la fecha del envío del Certificado de Indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información, según lo dispuesto en el Artículo 62 Nº2, del Reglamento de la Ley Nº19.886.
En el caso detallado anteriormente, el “OFERENTE” afectado deberá en forma obligatoria entregar su oferta en soporte papel, al personal del Departamento Adquisiciones de la Dirección de Telecomunicaciones e Informática de la Armada, ubicada en Avenida Gran Bretaña 980-B, Playa Ancha, Valparaíso, quienes emitirán un comprobante de Recepción de Oferta, en caso contrario su oferta será declarada inadmisible.
En el evento que un “OFERENTE”, da cumplimiento a lo señalado precedentemente y al momento de presentar su oferta fuera del Portal, omite documentación exigida en la letra H.- número 3 y 4 anteriores o éstas contengan errores, contará con un plazo máximo de setenta y dos (72) horas a contar de la hora y fecha de notificación respectiva, para presentar citados documentos. Dicha notificación se efectuará, al mail de contacto señalado por el “OFERENTE” al momento de entregar su oferta.
Las ofertas presentadas en conformidad a lo antes indicado, serán elevadas al Sistema de Información Mercado Público.
7. La no presentación oportuna de cualquiera de los antecedentes indicados en la Cláusula “H” podrá ser causal suficiente para que en el acto de Apertura correspondiente se declare inadmisible la oferta del licitante, según lo dispuesto en el punto 5 y 6 anteriores.
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I.- APERTURA. |
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1. La apertura de las ofertas se realizará a partir de las 16:01 horas del décimo día corrido desde la publicación de las presentes “BASES” y dicho acto, no constituye en ningún caso la aceptación o adjudicación de la “LICITACIÓN”, solo implica un conocimiento de las ofertas.
2. La evaluación de los antecedentes de las ofertas se efectuará con posterioridad, por lo que su apertura no significa la aceptación definitiva de los documentos contenidos en ella.
3. Los “OFERENTES” podrán efectuar observaciones dentro de las 24 hrs. siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del “PORTAL”, de acuerdo a lo indicado en el artículo 33 del Reglamento de la Ley de Compras.
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K.- ADJUDICACIÓN. |
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1. Una junta asesora integrada por personal de la Dirección de Telecomunicaciones e Informática de la Armada, evaluarán las ofertas, confeccionarán la Matriz de Decisión Técnica y Económica y propondrán la oferta más conveniente para su adjudicación a un solo oferente por la totalidad de los ítems requeridos.
2. En caso de igualdad en el puntaje final de dos o más ofertas, se desempatará considerando más conveniente la oferta con mayor puntaje en el criterio “Plazo de Entrega”. Si persiste el empate, este se resolverá según los más altos puntajes obtenidos en los criterios, siguiendo el orden de la mayor ponderación, de mantenerse el empate se considerará más favorable la oferta que haya sido ingresada primero al “PORTAL”, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de la oferta.
3. El plazo máximo para efectuar la adjudicación de la presente licitación en el Portal Mercado Público, será de treinta (30) días siguientes a la apertura de las ofertas y el plazo máximo para emitir la Orden de Compra será de treinta (30) días después de la adjudicación. En caso de no cumplirse con el plazo de adjudicación indicado, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopúblico.cl informando las razones de atraso mediante Resolución.
4. La “ARMADA” se reserva el derecho de adjudicar en forma parcial o total y de acuerdo a sus prioridades o declarar desierta la “LICITACIÓN”, en resguardo de los intereses Institucionales, en el evento que las ofertas presentadas no cumplan con las exigencias contenidas en las presentes “BASES” o excedan el marco presupuestario previsto.
5. Si el “OFERENTE” adjudicado no se encuentra inscrito en el Registro de Chile proveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo fatal de 15 días corridos contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. La misma exigencia se aplicará a todos los integrantes de una “UTP”.
6. Si los “OFERENTES” se encontraren inscritos en el Registro de Chile proveedores, no estarán obligados a presentar aquellos antecedentes que se encuentran disponibles en dicho Portal. Será responsabilidad de los “OFERENTES” cerciorarse que los antecedentes ahí disponibles, cumplan con los requerimientos solicitados y se encuentren vigentes.
7. Si el “OFERENTE” adjudicado fuere persona jurídica o apoderado de la “UTP”, dentro del plazo máximo de diez (10) días contados desde la notificación de la adjudicación, deberá presentar copia de la Inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio y copia de la personería de su representante, ambos con Certificado de Vigencia, con fecha de emisión no superior a treinta (30) días a la fecha de apertura de las ofertas. En caso de ser persona natural, dentro del mismo plazo signado precedentemente, deberá acompañar fotocopia legalizada de la cédula de identidad y de la iniciación de actividades. Estos documentos se anexarán a la Orden de Compra.
8. La vigencia de la “UTP” no podrá ser inferior al plazo de entrega ofertado y adjudicado.
9. Los “OFERENTES” participantes podrán efectuar consultas al proceso de adjudicación, dentro de un plazo no superior a los tres (03) días hábiles contados de la notificación respectiva, a través del Sistema de Información de Compras Públicas. Las respuestas y/o correspondientes aclaraciones, serán publicadas en el citado Sistema en un plazo no superior a los diez (10) días corridos contados desde la fecha de notificación de la respectiva Adjudicación.
10. En caso que haya sido emitida la Orden de Compra al “ADJUDICATARIO”, en adelante el “PROVEEDOR” y este la rechace, no cumpla con el compromiso comercial, no entregue los equipos dentro del plazo ofertado o no cumpla íntegramente los tramites posteriores a la adjudicación, se dictara una Resolución que deje sin efecto la adjudicación, quedando la “ARMADA” facultada para readjudicar al siguiente “OFERENTE” mejor evaluado.
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L.- ORDEN DE COMPRA |
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La “ARMADA” y el “PROVEEDOR” formalizarán la adquisición mediante la emisión de una Orden de Compra y su aceptación en el “PORTAL” por parte del “PROVEEDOR”.
2. Para fines de contabilizar los días el plazo de entrega, este se realizará a partir del segundo día siguiente de la fecha de emisión de la Orden de Compra, aun cuando el “PROVEEDOR” la haya aceptado con posterioridad, por ejemplo, si la Orden de Compra se emite un día 3, para efectos de contabilizar los días de entrega, el primer día será el día 5.
3. Si el “OFERENTE” adjudicado se desistiere de aceptar la Orden de Compra, a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento de la Ley de Compras, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes “BASES” para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la “ARMADA” podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la “LICITACIÓN” al siguiente “OFERENTE” mejor evaluado, dentro del plazo de sesenta (60) días corridos contados de la publicación de la adjudicación original, según lo preceptuado en el Articulo 41, inciso final del Reglamento de la Ley de Compras.
4. En el caso que la Orden de Compra no sea aceptada, la “ARMADA” podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde la emisión de dicha solicitud en la plataforma de Mercado Público.
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M.- ENTREGA Y RECEPCIÓN DEL MATERIAL |
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El “PROVEEDOR” contrae la obligación de entregar los equipos nuevos, sin uso y de acuerdo con las especificaciones técnicas detalladas en las presentes “BASES” y en su oferta.
11. Los costos y riesgos asociados a la entrega de los equipos en los lugares indicados, serán de cargo exclusivo del “PROVEEDOR”.
3. El equipamiento adquirido deberá ser entregado dentro del plazo ofertado en las siguientes direcciones y de acuerdo al detalle que se indica a continuación:
• 05 PC con Sistema Operativo incluido y 03 monitores deberán ser entregados en la Dirección de Telecomunicaciones e Informática de la Armada, ubicada en Avenida Gran Bretaña 980-B, Playa Ancha, Valparaíso.
• 03 PC con Sistema Operativo incluido, deberán ser entregados en el Subcentro de Telecomunicaciones Navales de Iquique, ubicado en Avenida Arturo Prat 706, Base Naval de la Cuarta Zona Naval, Iquique.
• 01 PC con Sistema Operativo incluido, deberá ser entregado en el Centro de Telecomunicaciones Navales de Santiago, ubicado en Avenida Portales 4040, Base Naval Estación Metropolitana, Quinta Normal.
4. Para coordinar la recepción del material, el “PROVEEDOR” informará oportunamente la fecha en que llegarán los equipos.
5. Si durante la recepción se encontrasen observaciones en los equipos, el “PROVEEDOR” deberá corregirlas dentro de un plazo máximo de 10 días de ser notificado. De no cumplir lo anterior, se aplicará la multa correspondiente por atraso, de acuerdo a lo estipulado en la respectiva Cláusula.
6. Posterior a la recepción conforme, sin observaciones, se procederá a levantar la respectiva “Acta de Recepción”.
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N.- GARANTÍAS DEL SISTEMA |
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1. El “PROVEEDOR” deberá dar solución a los problemas que presenten los “EQUIPOS”, durante la vigencia de la Garantía Técnica, sin costo para la “ARMADA”.
2. La “ARMADA” notificará al “PROVEEDOR” por problemas de los “EQUIPOS” que signifiquen una degradación de la capacidad esperada. En caso que el “PROVEEDOR” exceda los tiempos máximos de solución ofertados, la “ARMADA aplicará una multa por atraso, según se establece en la respectiva Cláusula.
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O.- FORMA DE PAGO Y FACTURACIÓN |
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1. Una vez recibido conforme los equipos, el “PROVEEDOR” podrá facturar con los datos que se indican:
• Dirección de Telecomunicaciones e Informática de la Armada.
• RUT: 61.966.700-K.
• Avenida Gran Bretaña 980-B, Playa Ancha, Valparaíso.
• Giro: fiscal.
2. El pago se efectuará mediante cheque nominativo, depósito en Cuenta Corriente Bancaria en pesos emitido por un Banco Nacional, a nombre del “PROVEEDOR” y corresponderá al monto total de las licencias activadas conforme, previa presentación de la factura debidamente legalizada a nombre de la Dirección de Telecomunicaciones e Informática de la Armada, RUT. 61.967.700-5.
3. La Armada pagará en un plazo de treinta (30) días siguientes a la recepción de la factura comercial en triplicado, en la forma y condición señalada en el párrafo anterior, según lo preceptuado en el Artículo 79 bis del Reglamento de la Ley de Compras. Este plazo comenzará a regir desde la fecha de recepción conforme de los equipos, este plazo no podrá exceder de los cinco (05) días hábiles, desde que el “PROVEEDOR” entrego conforme los equipos.
4. El pago se realizará con recursos FO.R.A. PESOS, exentos del cobro de IVA., imputándose el gasto que demandará el cumplimiento a los fondos disponibles según el Subtítulo 29, ítem 06 y Asignación 001.
5. Se hace presente que el proveedor acepta y está en condiciones de facturar con la forma de pago aludida.
6. Para los casos de la “UTP”, el pago se hará, en su totalidad, al Apoderado nombrado en la correspondiente Escritura Vigente.
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P.- MULTAS |
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1. De las Multas y su Aplicación:
a. El “PROVEEDOR” al momento de tomar en conocimiento y aceptar la Orden de Compra, acepta también esta cláusula de multas.
b. En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas, el “PROVEEDOR” se verá en la obligación de aceptar y cumplir lo dispuesto en la presente Cláusula. No darán lugar a cobro de multa los incumplimientos que se originen por situaciones de Fuerza Mayor, previamente y así aceptadas por esta Dirección.
c. Procederá el cobro de multa en caso que el proveedor incumpla sus obligaciones en la entrega de lo solicitado en el plazo acordado, de acuerdo a las siguientes situaciones:
• Incumplimiento de Plazo de Entrega: Se entenderá como tal al tiempo transcurrido en días calendario (corridos) desde la fecha pactada para la entrega o cumplimiento de lo solicitado en la respectiva Orden de Compra (bienes o servicios) hasta la fecha efectiva de entrega o cumplimiento de estos.
• Incumplimiento de Especificaciones Técnicas: Se entenderá como tal si al momento de la entrega o cumplimiento de lo solicitado por parte del “PROVEEDOR”, no cumple con las Especificaciones Técnicas que fueron requeridas y se ofertaron por el “PROVEEDOR”.
En ambas situaciones, se produce un atraso, procediendo el cobro de multa hasta que se ejecute la correcta entrega y/o cumplimiento, y recepción de la totalidad de lo solicitado en la Orden de Compra correspondiente.
2. Del Cobro de la Multa:
a. Por concepto de multa, al proveedor se le descontará del pago de la Orden de Compra un 2% por cada día corrido de incumplimiento, calculado sobre el valor neto de la Orden de Compra, sin perjuicio de las entregas parciales que pueda haber efectuado, con un tope de 10 días corridos.
b. El cobro acumulado de multas por atrasos en la entrega no podrá exceder de un 20% del valor total Neto de la factura.
c. El cobro de multas se realizará aplicando la siguiente fórmula:
Valor multa = Valor neto Orden de Compra X 0,02 X total días de atraso
d. En caso de no existir pagos pendientes, el pago de lo adeudado por concepto de multa se hará a través de Vale Vista o Cheque, emitido a nombre de la Dirección de Contabilidad de la Armada, Rut: 61.966.700-K, por el valor indicado en la resolución que la impone y enviado a Dirección de Telecomunicaciones e Informática de la Armada, ubicada en Av. Gran Bretaña 980-B, Playa Ancha, Valparaíso o bien, de ser procedente, con cargo a la Boleta Bancaria de Garantía otorgada a favor de la “ARMADA” por el “PROVEEDOR”.
3. Del procedimiento para la aplicación de Multas:
a. En caso de proceder el cobro de multa, conforme a lo dispuesto precedentemente, la Dirección de Telecomunicaciones e Informática de la Armada (en adelante “D.Tc.I.A”) levantará un informe de incumplimiento con el que se notificará al “PROVEEDOR” del no cumplimiento a sus obligaciones contractuales. Esta notificación se efectuará por el medio más expedito posible.
b. El “PROVEEDOR” tendrá un plazo de 05 (cinco) días corridos, siguientes a la fecha de notificación, para manifestar sus descargos en relación al eventual incumplimiento, mediante carta enviada a la “D.Tc.I.A”, Gran Bretaña 980-B, Playa Ancha, Valparaíso, o bien, mediante correo electrónico dirigido a mmiranda@armada.cl. No se aceptarán descargos fuera de la forma o plazo mencionado.
c. En los casos que el “PROVEEDOR” no realice sus descargos dentro del plazo y forma señalados precedentemente, se procederá a resolver con los antecedentes que exista en poder de la “D.Tc.I.A”.
d. Expirado el plazo antes señalado, con los descargos efectuados o sin que exista respuesta del “PROVEEDOR”, la Autoridad Administrativa correspondiente, procederá a su análisis y ponderación proporcional a la gravedad del incumplimiento, formalizando la sanción a través de una Resolución Fundada, la que se pronunciará sobre los descargos efectuados, si existieren.
e. En contra de la Resolución que aplique la multa, procederán los recursos dispuestos en la ley N°19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
f. En caso que el incumplimiento no haya sido correctamente justificado o el “PROVEEDOR” no formule descargos, se informará al “PROVEEDOR” del cobro de multas respectivo, a través de correo electrónico u otro medio disponible, donde se hará mención a la Resolución Fundada de Cobro de Multas.
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Q.- FUERZA MAYOR |
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1. No será causal de multa, el incumplimiento de las obligaciones del “PROVEEDOR” derivado de una situación que sea posible calificar como Fuerza Mayor, de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 del Código Civil.
2. Se entenderá como Fuerza Mayor, para los efectos de la “LICITACIÓN” y de la Orden de Compra, a los hechos imprevisibles a los que no es posible resistir, que no dependen de la voluntad de las Partes y que impiden el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el respectivo Contrato o en la Orden de Compra. Entre otros, se considera constitutivo de Fuerza Mayor a los supuestos de catástrofes naturales y actos de gobierno o de autoridad ejercidos por un funcionario público.
3. Si una u otra Parte se ve impedida de cumplir con sus obligaciones contractuales por alguna causa de Fuerza Mayor, deberá notificar a la otra Parte por escrito, en un plazo no superior a cinco (5) días desde iniciada la causa de Fuerza Mayor, indicando la incidencia que dicha situación tendrá en los plazos acordados. La causal invocada podrá ser aceptada o no por la otra Parte, por escrito, dentro del plazo de diez (10) días desde que haya sido notificada, mediante Resolución Fundada de acuerdo al mérito de los antecedentes.
4. En el caso de comprobarse la Fuerza Mayor, se otorgará un plazo a la empresa que será el número de días que durará el imprevisto, para que pueda cumplir su obligación. En caso contrario, se deberá terminar el acuerdo comercial o la Orden de Compra y se aplicarán las multas correspondientes.
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R.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS |
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a. Cualquier dificultad que se suscite entre las Partes respecto de la interpretación de las “BASES”, el proceso licitatorio o las obligaciones contraídas, será resuelta por la “ARMADA”.
2. Lo dispuesto en el punto anterior no implica de manera alguna la renuncia por parte del Fisco, de la “ARMADA” o del “PROVEEDOR” a someter la controversia que se pueda suscitar, al conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia, para cuyo efecto las Partes fijan domicilio en la comuna de Valparaíso, prorrogando expresamente competencia a sus tribunales, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contratación Pública.
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S.- DOMICILIO Y NOTIFICACIONES |
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1. Toda notificación, requerimiento de servicios o información y respuesta que debe practicarse o proporcionarse, de acuerdo a la Orden de Compra, deberá llevarse a efecto por escrito, dirigidos a la otra Parte. Solamente en esta forma se considerará efectivamente enviado.
2. En caso de dirigirse a la “ARMADA”:
2.1. Para coordinación técnica y ejecución de la Orden de Compra:
DIRECCIÓN DE TELECOMUNICACIONES E INFORMÁTICA DE LA ARMADA
Gran Bretaña N° 980-B, Playa Ancha, Valparaíso.
Email : karellano@armada.cl
Contacto de la Armada.
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T.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. |
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1. Cada PC deberá contar con las siguientes Especificaciones Técnicas:
Especificación por equipo Detalle
Gabinete OptiPlex 5080 SFF XCTO o equivalente o superior.
Procesador Intel(R) Core (TM) i7-10700 (8 cores/16MB/16T/2.9GHz to 4.8GHz/65W) décima generación, equivalente o superior.
Memoria RAM 16GB (1x16GB) DDR4 non-ECC Memory o superior.
Almacenamiento (01 NR) M.2 512 GB PCIe NVMe Class 35 Solid State Drive o superior.
Almacenamiento (01 NR) 1TB 7200rpm SATA 2.5" HDD o superior.
Sistema Operativo Windows 10 Pro 64 Multi - English, French, Spanish o superior.
Video AMD Radeon™ R5 430, 2GB, LP (DP/DP) o superior
Audio Waves Maxx Audio o superior.
Puertos USB 2.0, 3.0 ó 3.1; Rj-45 o superior.
Tarjeta de Red RJ-45 de 10/100/1000 o superior.
Dispositivos de Almacenamiento 8x DVD+/-RW 9.5mm Optical Disk Drive o superior.
Otros Black Dell MS116 Wired Mouse o similar, teclado numérico español o similar.
2.- Cada monitor deberá contar con las siguientes Especificaciones Técnicas:
Especificación por equipo Detalle
Monitor Dell 24 Monitor - P2419H, equivalente o superior.
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