- En el evento que un oferente al momento de la apertura electrónica (administrativa, técnica y económica), no presente la documentación exigida en el punto anterior o éstas contengan errores u omisiones formales que su rectificación no le confiera una situación de privilegio respecto a los demás participantes, contará con un plazo máximo de 48 horas (cuarenta y ocho horas) a contar de la hora y fecha de notificación respectiva, para presentarlos a través de la opción “Respuestas y Aclaraciones” del Portal Mercado Público, lo anterior en los términos y condiciones establecidas precedentemente y de acuerdo al artículo N° 40 del Reglamento de la Ley N°19.886, sin embargo, esta situación se reflejará en la matriz de evaluación respectiva.
Transcurrido el plazo antes señalado, y ante la no presentación de cualquiera de los antecedentes solicitados, o no se subsanen las observaciones o se presenten otros errores, será causal para que se declare inadmisible la oferta del licitante.
En el caso que la documentación exigida, presente errores o se omita su publicación en el portal, el oferente contará con el plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas, para elevar la documentación, la cual sólo podrá corresponder a antecedentes administrativos, excluyendo de este punto los Antecedentes Técnicos y Económicos, de acuerdo al siguiente detalle:
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Podrán ser solicitados, de acuerdo a Letra G., punto 4.
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- ANEXO “A”.
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No podrán ser solicitados, de acuerdo a Letra G., punto 4, por considerarse Anexos esenciales para la oferta.
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- ANEXO “B”.
- ANEXO “C”.
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