Resolución de Empates |
1.- En caso de igualdad de puntajes totales entre dos o más oferentes, se resolverá considerando el mayor puntaje obtenido en el Criterio “Precio ofertado”; de continuar el empate, se considerará el mejor puntaje obtenido en el criterio “Plazo de Entrega e Instalación”; si persiste el empate, se resolverá considerando el Criterio “Proyectos Realizados”; de permanecer la igualdad de puntajes, se considerará la mejor evaluación lograda en el Criterio “Garantía Técnica Post Venta”; si se mantiene el empate, se considerará el resultado del Criterio “Cumplimiento del Plazo y Forma de Presentación de Antecedentes”. Si aun así continúa la paridad de puntajes, se adjudicará a la primera oferta presentada en el Portal, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
1.- Los Oferentes participantes podrán efectuar consultas al proceso de Adjudicación, dentro de un plazo no superior a tres (03) días hábiles, contados desde el día siguiente a la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación, señalada en los números 1.- y 4.- que anteceden. Las correspondientes respuestas y/o aclaraciones, serán publicadas en el citado Sistema de Información, en un plazo no superior a los diez (10) días hábiles, de igual forma.
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D.- GASTOS ASOCIADOS A LA PROPUESTA |
Los gastos que demande participar en la presente Propuesta y todos los derechos e impuestos que pudieren originarse con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo del Oferente o Proveedor. En consecuencia, la ARMADA no responderá en caso alguno por impuestos, contribuciones, tasas, derechos fiscales, notariales o registrales, cargas o expensas de cualquier naturaleza, derivadas o vinculadas al Contrato, a Órdenes de Compra, o a los actos que de ellos se deriven.
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PLAZO DE ENTREGA E INSTALACIÓN |
1.- Los plazos de entrega del Mobiliario solicitado por esta Dirección, deberán adaptarse a la obra en proceso del proyecto CSIRT. Por lo tanto, la totalidad del Mobiliario solicitado se dividirá en dos (02) Hitos, según se define a continuación:
a. HITO UNO (01): En esta fase se solicitará la entrega de todo el Mobiliario que sea hecho a la medida, según se detalla en el Anexo “A” – Especificaciones Técnicas adjuntas.
ÍTEMS: 5 – 6 – 7 – 8 – 9 – 10 – 11 – 12 – 13 – 14 – 15 – 16 – 17
La fecha de inicio para esta fase es desde el día 14 de junio de 2024 y tendrá como fecha máxima veinte (20) días hábiles para su cumplimiento.
b. HITO DOS (02): En esta fase se solicitará la entrega de todo el Mobiliario que no sea hecho a la medida, según se detalla en el Anexo “A” – Especificaciones Técnicas adjuntas.
ÍTEMS: 1 – 2 – 3 – 4 - 18
La fecha de inicio para esta fase es desde el día 05 de agosto de 2024 y tendrá como fecha máxima diez (10) días hábiles para su cumplimiento.
2.- El Proveedor contratado deberá cumplir los plazos de inicio para la entrega e instalación del Mobiliario dispuestos en las presentes bases, ya que deben adaptarse al proceso de entrega de la obra “Proyecto CSIRT”. Por lo tanto, el oferente deberá ajustar los plazos de entrega según lo dispuesto (HITOS 1 y 2) en la Declaración Jurada Técnica contenida en Letra W.-, número 4.- literal a) de las presentes Bases. Lo que quedará consignado en la Orden de Compra correspondiente -conforme a los plazos de entrega indicados- señalándose la fecha tope en que se requiere contar con la totalidad de los artículos entregados e instalados; todo ello, de conformidad con lo establecido en la Letra N.- de las presentes Bases de Licitación.
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CONTRATO |
1.- La ARMADA y el Proveedor adjudicado suscribirán un Contrato en el plazo máximo de cuarenta (40) días contados desde el día siguiente a la fecha de la Adjudicación, en el que se incorporarán las condiciones y requerimientos de las presentes Bases.
2.- El Contrato tendrá una vigencia de doce (12) meses, a contar de la total tramitación de su Resolución aprobatoria.
3.- La vigencia del Contrato queda sujeta a la condición que se considere en el presupuesto anual de la ARMADA, la asignación de los recursos necesarios para tal fin. En el evento de que en dicho presupuesto no se consideren los recursos necesarios, se pondrá término al Contrato, sin responsabilidad alguna para la ARMADA y sin derecho a indemnización alguna para el Proveedor.
4.- El Proveedor adjudicado, tendrá un plazo máximo de diez (10) días hábiles para entregar a la ARMADA el Contrato firmado, contado desde el día siguiente de haberlo recibido para su firma. En caso de no dar cumplimiento a dicha exigencia en el plazo señalado por causa imputable al proveedor, la ARMADA podrá dejar sin efecto la Adjudicación y deberá hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta, pudiendo re adjudicar la licitación al siguiente oferente mejor evaluado.
5.- Según las causales especificadas en el Artículo N° 13 de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y en el Artículo 77° de su Reglamento, los términos del futuro Contrato a suscribir sólo podrán ser modificados con el consentimiento expreso de las Partes, mediante documentos escritos que serán incorporados al cuerpo principal del Contrato como adenda, siempre y cuando no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del Contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.
Las eventuales modificaciones que se suscriban, deberán ser aprobadas mediante la respectiva Rresolución fundada, totalmente tramitada.
6.- En caso de cualquier modificación societaria o de formalización de la UTP, el Proveedor contratado deberá informarla por escrito, adjuntando copia autorizada de la misma, a la Dirección de Inteligencia de la Armada, dentro del plazo de treinta (30) días de formalizada la modificación. Además, se deberá garantizar en dicho caso, la continuidad del servicio contratado producto de esta Llicitación.
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LUGAR DE ENTREGA, INSTALACIÓN Y RECEPCIÓN DEL MATERIAL |
1.- El mobiliario adjudicado deberá ser entregado e instalado en dependencias de la Dirección de Inteligencia de la Armada, ubicado en Av. Gran Bretaña, 980-A, Playa Ancha, Valparaíso; según los plazos de inicio y término señalados en letra K, de las presentes bases.
2.- Los costos y riesgos asociados a la entrega e instalación de los Bienes en el lugar antes indicado, serán de cargo exclusivo del Proveedor.
3.- El Proveedor contrae la obligación de entregar e instalar los Bienes, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas detalladas en la Letra Y.- y en el Anexo “A” – Especificaciones Técnicas de las presentes Bases de Licitación.
4.- El Mobiliario se considerará recibido e instalado oficialmente una vez que la Comisión de Reconocimiento y Recepción de la Armada, compuesta por el Jefe de Proyecto de la Dirección de Inteligencia de la Armada, la Diseñadora de Ambientes y el Arquitecto del Servicio de Obras y Construcción de la Armada, compruebe que los artículos cumplen con la calidad, cantidad y normas exigidas en las Especificaciones Técnicas y levanten el Acta de Recepción Conforme de los artículos, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la entrega e instalación de los mismos, en el lugar indicado en el número 1.- previo. Posterior a dicho trámite notificará al Proveedor contratado, con el objeto de que emita la respectiva factura. De encontrar la ARMADA deterioro, defectos de fabricación, incumplimiento de las Especificaciones Técnicas u observaciones en los artículos en su recepción, instalación o funcionamiento, aun cuando el Proveedor cumpla con el plazo de entrega, no emitirá dicha Acta, notificará el rechazo de la recepción al Proveedor y será responsabilidad de éste corregir los problemas encontrados, dentro de un plazo máximo de veinte (20) días corridos de ser notificado del rechazo de recepción de los artículos, asumiendo los costos inherentes al retiro, traslado, reposición y reinstalación, sin perjuicio de las multas en que pudiera incurrir por atrasos derivados de esta situación, de acuerdo a lo establecido en la Letra Q.
Trascurridos los veinte (20) días señalados precedentemente, si el Proveedor contratado no soluciona las observaciones encontradas, la ARMADA procederá a poner término anticipado e inmediato al Contrato y a hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de acuerdo a lo estipulado en la Letra S.-, número 1.-, literal h.- de las presentes Bases de Licitación.
5.- Todos los gastos necesarios para el despacho y entrega de los artículos serán de cargo exclusivo del Proveedor.
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MULTAS |
1.- En caso de atraso o rechazo en la entrega e instalación, el Proveedor estará obligado a pagar multas diarias de 0,16% a la ARMADA, calculadas sobre el valor total de la respectiva Orden de Compra, con un tope de treinta (30) días.
2.- Detectada una situación que amerite el cobro de multas, ello será notificado al proveedor contratado mediante carta certificada. Las notificaciones por carta certificada, se entenderán practicadas a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente al domicilio del proveedor, conforme a lo dispuesto en el artículo 46° de la Ley N°19.880.
El Proveedor contará con un plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la notificación de la referida carta para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes para acreditarlos.
Recibidos los descargos señalados en tiempo y forma, la ARMADA tendrá un plazo de hasta treinta (30) días hábiles, contados desde la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, pronunciándose sobre el incumplimiento y resolver respecto de la aplicación de la multa, lo que se determinará en la respectiva Resolución fundada.
Si habiendo transcurrido el plazo dispuesto, el Proveedor no hubiese ejercido su derecho a presentar descargos, acto seguido se procederá a dictar y notificar la respectiva Resolución, dentro del plazo de treinta (30) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para presentar descargos.
La medida que se adopte, según sea el caso, en relación a los dos párrafos precedentes y que constará en las respectivas Resoluciones fundadas, será publicada oportunamente en el Sistema de Información y notificada por carta certificada al Proveedor. En contra de dichas Resoluciones procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880.
3.- Para el caso de que la ARMADA resuelva declarar procedente el cobro de multa, el PROVEEDOR contratado deberá pagarla mediante vale vista, cheque nominativo, u otro documento equivalente, o mediante transferencia electrónica, a nombre de la Dirección de Contabilidad de la Armada, RUT. 61.966.700-K, con domicilio en calle Prat N° 620 de la ciudad de Valparaíso, en un plazo no superior a diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la Resolución señalada en el número 2.- precedente. En caso de que el PROVEEDOR contratado no pague la multa en tiempo y forma, la ARMADA la cobrará mediante descuentos de eventuales pagos pendientes o bien, haciéndose efectivo el pago con cargo a la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato otorgada a este efecto, reembolsando el saldo correspondiente al proveedor, de ser el caso.
4.- Transcurridos treinta (30) días de atraso en la entrega, la Institución podrá poner término anticipado al contrato por incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor, sin perjuicio del cobro de las multas que correspondan. En todo caso, si resulta conveniente a los intereses de la ARMADA, la Institución podrá recibir las especies aún después de transcurridos treinta (30) días de atraso, aplicando las multas que sean efectivas hasta el día de recepción conforme de los bienes, exigiendo la ampliación de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de ser procedente. En todo caso, las multas se aplicarán solamente hasta alcanzar en total, en forma acumulada, un 5% del monto total del contrato.
Se entenderá por atraso en la entrega, el tiempo transcurrido en días corridos contados desde la fecha de entrega fijada en el lugar que se indique en el Contrato y Orden de Compra, hasta la fecha de recepción efectiva, total y conforme de los artículos por la Comisión de Reconocimiento y Recepción.
La ARMADA estará facultada para rechazar definitivamente los artículos, si éstos no cumplen con las Especificaciones Técnicas del artículo adjudicado, una vez cumplido el plazo de reemplazo señalado en la Letra N.-, número 4.-. Lo señalado, será motivo suficiente para que la ARMADA no recepcione los artículos, quedando la Institución facultada para hacer efectiva la respectiva Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, y poner término anticipado al contrato.
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