DIRECTEMAR verificará que los antecedentes legales y técnicos presentados por los oferentes, cumplan con todos y cada uno de los requisitos indicados en las bases de la presente licitación.
b.- Sin perjuicio de lo anterior, DIRECTEMAR se reserva el derecho a admitir propuestas que presenten defectos de forma y de pedir que se salven errores u omisiones formales, en los términos contemplados en el artículo 40°, inciso 1°, del Reglamento de la Ley N° 19.886, siempre que las rectificaciones de dichos errores u omisiones no confieran una situación de privilegio en relación a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, lo que será informado a todos los participantes a través del portal www.mercadopublico.cl.
Asimismo, DIRECTEMAR podrá admitir propuestas que hayan omitido certificados o antecedentes solicitados en las presentes bases administrativas, dando estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 40°, inciso 2°, del Reglamento de la Ley N° 19.886.
De solicitarse aclaración o complementación de una propuesta, el oferente deberá subsanar errores u omisiones formales o acompañar los certificados o antecedentes omitidos, en un plazo máximo de 48 horas contados desde la solicitud.
c.- Mediante resolución fundada, DIRECTEMAR declarará inadmisible las ofertas cuando estas no cumplieren con los requisitos establecidos en las bases, sin perjuicio de lo señalado en la letra b.- precedente, y declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9°, de la Ley Nº 19.886.
d.- Los oferentes que hubieren cumplido con las exigencias de las bases administrativas, serán evaluados de conformidad con la tabla de evaluación contenida en las bases técnicas.
e.- Efectuada la evaluación, de conformidad con el documento antes indicado, se levantará un acta en la que se consignará el puntaje obtenido por cada uno de los oferentes.
f.- Proceso de evaluación y calificación de las ofertas.
La comisión evaluadora de las ofertas estará conformada por el Jefe del Proyecto “Fénix”, Jefe del Departamento Adquisiciones y Subdirector de la Dirección de Seguridad y Operaciones Marítimas, o quienes los subroguen.
La Comisión deberá aplicar en la evaluación de las ofertas recibidas, los criterios, puntajes y metodología, que se indica a continuación: