1.-
BASES ADMINISTRATIVAS, PARA EL SERVICIO DE INSTALACIÓN DE VENTANAS PARA VIVIENDA FISCAL, DE LA ESTACIÓN NAVAL PUERTO HARRIS.
I. CONVOCATORIA Y CONDICIONES GENERALES
Artículo 1. La Estación Naval Puerto Harris, en adelante “LA ESTACIÓN”, llama a Licitación Pública, en adelante “LA LICITACIÓN”, a todas las personas naturales o jurídicas, en adelante “LOS OFERENTES”, a presentar Ofertas para el servicio de “Instalación de Ventanas para Viviendas Fiscales”, en adelante “LOS MATERIALES”, cuyas características, requisitos técnicos y plazos de recepción, entre otros, constan en estas Bases Administrativas y sus respectivos Anexos.
Artículo 2. La presentación de una Oferta implica, para quien la efectúa, la aceptación de las presentes Bases, sin exclusión ni excepciones. Además, es requisito ofertar por el servicio total según ANEXO “B”, de lo contrario será causal suficiente para que en el acto de apertura correspondiente se declare inadmisible su oferta.
Artículo 3. En todo caso, mediante resolución fundada, “LA ESTACIÓN NAVAL ISLA DAWSON” podrá dejar sin efecto la presente licitación por motivos de interés institucional o necesidades propias del servicio, hasta antes que se dicte la resolución de adjudicación.
II. ANTECEDENTES DE LA ESTACIÓN NAVAL PUERTO HARRIS
Artículo 4. Razón Social : Subsecretaría de Marina Est. Naval Puerto
Harris
RUT : 61.102.104-6
Representante Legal : Rodrigo FARÍAS Alfaro
Cargo Representante Legal : Comandante Est. Naval Puerto Harris
Domicilio : Calle Flamenco N° 001, Puerto Harris
Teléfono : (61) 22732622
Fax :
III. MARCO JURÍDICO
Artículo 5. Las disposiciones que regirán “LA LICITACIÓN”, serán las siguientes:
a.- Ley N° 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado;
b.- Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda.
c.- Resolución Nº 1600/2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
d.- Resolución que aprueba las Bases Administrativas y sus Anexos y sus modificaciones si correspondiere.
e.- Aclaraciones de las Bases, emitidas en respuesta a las consultas efectuadas por “LOS OFERENTES”.
f.- La Resolución de adjudicación de “LA LICITACIÓN”.
g.- Las demás disposiciones legales que rigen la materia.
h.- Dictámenes Contraloría General de la República.
i.- Condiciones de uso de Sistema de Chilecompra.
IV. TIPO DE LICITACIÓN Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 6. “LA LICITACIÓN” será Pública menor a 1000 UTM, en una etapa de Apertura para la Evaluación de las Ofertas, con adjudicación simple.
V. MODIFICACIÓN DE LAS BASES
Artículo 7. “LA ESTACIÓN” podrá modificar o complementar las Bases de “LA LICITACIÓN”, mediante resolución fundada dictada al efecto, debidamente tramitada, sólo hasta antes que venza el plazo para presentar Ofertas, lo que será notificado a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, y dichas modificaciones o complementaciones formarán parte integrante de las presentes bases. En este caso “LOS OFERENTES” deberán efectuar las modificaciones que sean necesarias en su Oferta, dentro del plazo que se fije para tal efecto. Asimismo, conforme lo dispone el Artículo 41 del Reglamento Complementario de la Ley Nº 19.886, “LA ESTACIÓN” podrá modificar la fecha de adjudicación, debiendo informar en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican esta situación.
VI. ESTRUCTURA Y CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN
Artículo 8. La estructura y plazos de “LA LICITACIÓN”, son las señaladas en el siguiente Cronograma:
Etapas y Plazos
FECHA DE PUBLICACIÓN 05/11/2021 11:30
PLAZO PARA REALIZAR CONSULTAS 05/11/2021 11:31
FECHA DE PUBLICACIÓN DE RESPUESTAS 09/11/2021 18:30
FECHA DE CIERRE DE RECEPCIÓN DE OFERTA 10/11/2021 11:00
FECHA DE ACTO DE APERTURA ELECTRÓNICA 10/11/2021 11:01
FECHA ESTIMATIVA DE EVALUACION Y ADJUDICACIÓN 06/12/2021 18:00
Todos los plazos de días que se hagan mención en estas Bases, se entenderán de días corridos, salvo que se mencione expresamente que serán de días hábiles. Son días inhábiles los sábados, domingos y festivos. Si el plazo termina en día inhábil, se extenderá hasta el día hábil siguiente.
VII. LOS OFERENTES
Artículo 9. Podrán participar como OFERENTES en esta propuesta, directamente o como apoderado de terceros, la persona natural o jurídica y los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores (UTP), asociación de personas naturales y/o jurídicas que formulen las ofertas conforme a las Bases de Licitación.
Artículo 10. No podrán participar en esta Propuesta, directamente o como apoderados de terceros, ninguna persona afecta a alguna de las inhabilidades del artículo 4°, inciso 6° de la Ley 19.886, ni personas jurídicas sancionadas en los términos señalados en los artículos 8° y 10° de la ley 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento de terrorismo y delitos y cohecho, para cuyo efecto deberá presentar la declaración jurada señalada en ANEXO “A”
Artículo 11. No podrán participar en esta propuesta, quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal.
Artículo 12. Respecto de la Unión Temporal de Proveedores, las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, afectarán a cada uno de sus integrantes individualmente considerados.
Artículo 13. El Oferente adjudicado deberá llenar una declaración Jurada “ANEXO A” en cual da la autorización para que la Armada de Chile verifique la veracidad de lo declarado en dicho formulario I.P.I. I-107.-
Artículo 14. El oferente Adjudicado, para ingreso a la Isla Dawson, tendrá 15 días hábiles para sacar certificado de acreditación en Comandancia de la Tercera Zona Naval, ubicada en Lautaro Navarro # 1150, una vez que personal adjudicado este acreditado, tendrá un plazo de 30 días para ejecutar trabajos. Proveedor que no cumpla con dicho certificado en la fecha dispuesta, Licitación se Readjudicara.
VIII. CONSULTAS Y ACLARACIONES
Los interesados podrán formular consultas y aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes bases. Éstas deberán formularse a través de www.mercadopublico.cl. Las respuestas a las consultas o aclaraciones se pondrán a disposición de “LOS OFERENTES”, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, en la fecha establecida en el Cronograma y una vez notificadas, se entenderán como parte integrante de las presentes Bases.
Artículo 15. La integridad y capacidad de lectura de la Oferta y los documentos anexos serán de responsabilidad exclusiva de “LOS OFERENTES”.
“LA ESTACIÓN” por resolución fundada podrá declarar inadmisible la Oferta cuando no se presente toda la información y antecedentes requeridos y en la forma solicitada.
Los gastos que origine la Oferta, serán de exclusivo cargo de “LOS OFERENTES”, por lo que estos no tendrán derecho a solicitar indemnización ni compensación alguna, sea por reembolso de gastos u otro concepto relacionado con el eventual costo de la Oferta, cualquiera sea la resolución que adopte respecto a “LA LICITACIÓN”.
De producirse discrepancias entre la información contenida en la Ficha de Licitación del Sistema de Información www.mercadopublico.cl y la información contenida en las Bases Administrativas, primará esta última, de igual forma primará ante discrepancias entre datos contenidos en las Bases Técnicas.
IX. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Artículo 16. Una Junta de selección de Ofertas, “Comisión Evaluadora”, integrada por el Sr. Comandante, Capitán de Fragata Rodrigo Farías Alfaro, Sr. Segundo Comandante Teniente Primero Mauricio Opazo Núñez, Jefe del Departamento de Abastecimiento de la Estación Naval Puerto Harris Teniente 2° (Ab.) José Casanova Farías y Encargado de Adquisiciones Marinero 1° (Ab.) Brian Zamora Pino, en adelante “LA COMISIÓN”, procederán a la apertura electrónica de las Ofertas en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. En este acto se revisarán los documentos requeridos en las presentes Bases. En el caso que no se presente alguno de los documentos requeridos o que los presentados no cumplan con las formalidades exigidas, la Oferta será declarada inadmisible.
Artículo 17. Durante la evaluación, “LA ESTACIÓN” podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de Estricta Sujeción a las Bases y de Igualdad de los Oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Artículo 18. “LA ESTACIÓN” podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, dentro del plazo de dos días contados desde el requerimiento, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido y obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, lo que debe ser informado a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Artículo 19. Las Ofertas serán calificadas en una única instancia por “LA COMISIÓN”, quien será responsable de la custodia y evaluación de las Ofertas.
Artículo 20. El proceso de evaluación de las ofertas se efectuará a través de un análisis técnico, económico y plazos conforme los criterios de evaluación indicados en el ANEXO “B” Metodología de Evaluación de Ofertas de la presente licitación, de no adjuntar dicho anexo y no ofertar por la totalidad del servicio o de los productos solicitados, oferente será rechazado en la apertura de la oferta, quedando inadmisible.
Artículo 21. La Estación Naval Isla Dawson, se reserva el derecho de adjudicar total, parcial o declarar desierta la presente propuesta, en el evento que las ofertas presentadas no cumplan con las bases o excedan el marco presupuestario previsto.
Artículo 22. En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en las presentes bases de licitación, la Estación Naval Isla Dawson publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones de modificación mediante resolución.
Artículo 23. En caso que oferente no adjunte ANEXO “A” “FORMULARIO DE ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS” quedará inadmisible en la apertura de ofertas.
X. LA ADJUDICACIÓN
Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, “LA ESTACIÓN” adjudicará “LA LICITACION”, a un Oferente, en adelante “EL ADJUDICATARIO” aceptando la Oferta mejor evaluada, emitiendo al efecto la Resolución de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de transcurridas 24 horas desde su publicación.
“LA ESTACIÓN” declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación y/o al sobrepasar el presupuesto disponible, al no ofertar la totalidad de los materiales requeridos, asimismo declarará desierta la Licitación cuando no se presenten ofertas, o si éstas no resultaran convenientes a los intereses institucionales.
La adjudicación podrá ser dejada sin efecto por “LA ESTACIÓN”, dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
a. Si “EL ADJUDICATARIO” rechaza la adjudicación.
b. Si “EL ADJUDICATARIO” no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la adjudicación el oferente deberá encontrarse en estado “Hábil” e sistema de mercado público..
c. Si “EL ADJUDICATARIO” infringiere, en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en las Leyes Nº 19.886 y Nº 20.393.
XI. FACTURACION Y PAGO
Artículo 24. El pago se ejecutará una vez que la factura haya sido aceptada por el Cargo de Finanzas del “DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO PUERTO HARRIS”.
Artículo 25. No se hará efectivo el pago a proveedor, hasta que la Orden de Compra haya sido aceptada.
Se hará efectivo por medio de vale vista, cheque nominativo u otro documento o medio de pago que el CENTRO FINANCIERO DE LA TERCERA ZONA NAVAL, estime pertinente dentro de un plazo de 30 días corridos, contados desde la fecha de recepción conforme de la factura respectiva.
XII. LAS MULTAS
En caso de atraso o rechazo en la entrega, la ARMADA sancionará al PROVEEDOR con multas diarias del 0,25%, calculadas sobre el valor total de la respectiva Orden de Compra, por cada día de atraso y con un tope de 30 días.
Artículo 26. Para el pago de las multas mencionadas, el de la Subsecretaría de Marina Est. Naval Puerto Harris, mediante Carta certificada notificará al proveedor, quien deberá entregar un Vale Vista nominativo u otro documento nominativo irrevocable y pagadero a la vista a nombre de la “DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD DE LA ARMADA”, RUT. 61.966.700-K.
Artículo 27. El Proveedor será notificado por la Armada, para que haga llegar el documento señalado en el inciso anterior, en un plazo no superior a diez (10) días hábiles. De no cumplir con este plazo, la Armada notificara por a través de carta certificada a la Dirección de Compras Públicas informando el incumplimiento de contrato y posterior sancionamiento por parte de esta Dirección.
Artículo 28. Se entenderá por atraso en la entrega el tiempo transcurrido en días corridos desde la fecha de entrega fijada en el lugar que se indique en la Orden de Compra, hasta la fecha de recepción conforme del equipamiento.
Artículo 29. Cuando se produzca atraso de hasta treinta (30) días, por entregas de los bienes y/o servicios indicados en orden de compra, estos generarán multas de acuerdo a lo señalado en la presente cláusula. Si existe atraso superior a treinta (30) días de la entrega en las dependencias de la Subsecretaría de Marina Est. Naval Puerto Harris, ubicado en calle Flamencos 001, Puerto Harris, la Armada notificara a través de carta certificada a la Dirección de Compras Públicas informando el incumplimiento de contrato y posterior sancionamiento por parte de esta Dirección.
Artículo 30. La Armada está facultada para rechazar los bienes y/o servicios si éstos no cumplen con las Especificaciones Técnicas de la Oferta Adjudicada y la Comisión de Reconocimiento y Recepción fundamentará las razones de tal decisión. Lo anterior, será motivo suficiente para que la Armada notifique sancionamiento, el cual será la eliminación de la orden de compra y posterior adjudicación al segundo mejor ponderado en matriz de evaluación.
Artículo 31. La Armada podrá hacer efectiva, previa resolución que así lo ordene, la notificación a través de carta certificada a la Dirección de Compras Públicas informando el incumplimiento de contrato y posterior sancionamiento por parte de esta Dirección., en caso del incumplimiento de la entrega, lo cual será comunicado mediante Carta Certificada al Proveedor.
XII. FUERZA MAYOR
Artículo 32. Se entenderá como fuerza mayor para los efectos de la orden de compra, los hechos imprevisibles que no dependen de la voluntad de las partes, que afecten o incidan directamente en sus respectivas capacidades para cumplir con las obligaciones contraídas, las que son entre otras, el sabotaje, catástrofes naturales, guerra declarada, rebelión o revolución, actos de gobierno.
Artículo 33. Si una u otra parte se ve impedida de cumplir con sus obligaciones contraídas en el presente proceso licitatorio por alguna causa de fuerza mayor, deberá notificar a la otra parte por escrito, en un plazo no superior a cinco (5) días corridos desde iniciada la causa de fuerza mayor, indicando la incidencia que dicha situación tendrá en los plazos establecidos por la orden de compra. La causal invocada podrá ser aceptada o no por escrito por la otra parte, dentro del plazo de diez (10) días corridos desde que haya sido notificada.
XIII. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Artículo 34. Cualquier dificultad que se suscite entre las partes respecto de la interpretación de la orden de compra, serán resueltos por la Junta Económica de la Subsecretaría de Marina Est. Naval Puerto Harris La cual estará compuesta por el Sr. Comandante, Segundo Comandante, Jefe Dpto. Adquisiciones y Encargado de Adquisiciones.
Artículo 35. Lo dispuesto en el punto anterior no implica de manera alguna una renuncia por parte del Fisco, de la Armada o del Proveedor a someter la controversia que se pueda suscitar, al conocimiento de los tribunales ordinarios de justicia, para cuyo efecto las partes fijan domicilio en la ciudad de Punta Arenas – Isla Dawson, prorrogando expresamente competencia a sus tribunales, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contratación Pública.
XIV. PACTO DE INTEGRIDAD
1.- El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
XV. TRABAJO TERMINADO
El Proveedor adjudicado deberá cumplir con el trabajo una vez que la Orden de compra sea aceptada, teniendo como plazo máximo 20 días para terminar la totalidad de los trabajos, una vez finalizado el servicio, el Supervisor de área inspeccionará el trabajo, verificando que este haya sido acorde a bases de licitación, dando por finalizado el trabajo, en el caso de existir observaciones, el proveedor tendrá un plazo máximo de 5 días para corregirlas, finalizando la supervisión por parte de la comisión especialista, se efectuará la Recepción conforme del Trabajo terminado.
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