Licitación ID: 3159-39-LE23
SERVICIO RETIRO DE BASURA DOMICILIARIA - POBLACION NAVAL MARINERO UGARTE
Responsable de esta licitación: DEPTO. BIENESTAR SOCIAL DE LA ARMADA (I)
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 119
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Recolección, destrucción, transformación o eliminación de basuras 12 Mes
Cod: 76121501
Contratar servicios de retiro de basura y escombros, para la población naval “Marinero Ugarte” dependiente del Departamento de Bienestar Social de la Armada, Iquique, con todo lo que ello implica.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO RETIRO DE BASURA DOMICILIARIA - POBLACION NAVAL MARINERO UGARTE
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
SERVICIO RETIRO DE BASURA DOMICILIARIA- POBLACION NAVAL MARINERO UGARTE
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
DEPTO. DE BIENESTAR SOCIAL (I)
R.U.T.:
61.102.038-4
Dirección:
Las Gaviotas 2155.
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-10-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 06-10-2023 14:10:56
Fecha inicio de preguntas: 06-10-2023 17:48:00
Fecha final de preguntas: 12-10-2023 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-10-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-10-2023 15:15:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-10-2023 15:15:00
Fecha de Adjudicación: 31-10-2023 17:25:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO ADMINISTRATIVO N°1
2.- ANEXO ADMINISTRATIVO N°2
3.- BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS
Documentos Técnicos
1.- VISITA A TERRENO
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Detalle del servicio SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS 40%
2 Precio SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS 50%
3 Visita a terreno SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: JUNTAS DE ADELANTO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones MONTO DISPONIBLE SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS 9.700.000 NUEVE MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: PEDRO GALLARDO INOSTROZA
e-mail de responsable de pago: PGALLARDOI@ARMADA.CL
Nombre de responsable de contrato: SERGIO SWETT ARAYA
e-mail de responsable de contrato: SCORTESM@ARMADA.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-57-2507408-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Departamento de Bienestar Social de la Armada, Iquique, Rut 61.102.038-4.
Fecha de vencimiento: 31-01-2025
Monto: 5 %
Descripción: Con el objeto de garantizar el fiel cumplimiento del contrato.
Glosa: Para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato de la Propuesta Pública de “Servicio retiro de basura domiciliaria y escombros – Población “Marinero Ugarte, ID 3159-33-LE23”, del Departamento de Bienestar Social de la Armada, Iquique.
Forma y oportunidad de restitución: Una vez cumplida la vigencia del Documento Bancario de Fiel Cumplimiento.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates
En caso de generarse un empate entre dos o más propuestas, una vez evaluadas técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente, el Comité Técnico Evaluador aplicará el siguiente mecanismo de resolución de empates: • En primer lugar, se seleccionará a aquel oferente que presente el mayor puntaje técnico en el proceso de evaluación de las propuestas, • En segundo lugar, a igualdad entre dos o más propuestas, bajo el criterio técnico se escogerá aquella propuesta que presente el menor costo en la propuesta económica presentada a través del Sistema Mercado Público. • En tercer lugar, en caso de persistir en la igualdad entre dos o más propuestas en base a los parámetros de desempate 1 y 2, el Jefe del Departamento de Bienestar Social de la Armada, Iquique, o quien lo subrogue, será el encargado de decidir la adjudicación en base a los resultados del proceso de evaluación de las propuestas.
De la Notificación de la Adjudicación y Readjudicación.
3.1.7.- De la Notificación de la Adjudicación y Readjudicación. Él Departamento de Bienestar Social de la Armada, Iquique, se reserva el derecho de aumentar o disminuir unidades en los ítems, adjudicar total o parcialmente, o declarar Desierta la presente Propuesta Pública, con expresión de causa, según se estime conveniente a los intereses del Servicio. A su vez, se reserva el derecho de declarar inadmisible este proceso licitatorio, en el evento que las ofertas presentadas no cumplan con las Bases establecidas o excedan el marco presupuestario previsto. El o los adjudicatarios de la presente licitación se elegirán de entre los proponentes que, habiendo cumplido todos los requisitos señalados, específicamente en la propuesta técnica, presente la oferta más conveniente para el Departamento de Bienestar Social de la Armada de Iquique, cumpliendo con los requisitos exigidos en estas Bases. Esta adjudicación se formalizará mediante la formalización de un contrato, además de las emisiones de órdenes de compra mensuales, consignando los contenidos de las presentes bases de licitación y toda la documentación, anexos, preguntas y respuestas, que normen el cumplimiento de los compromisos adquiridos por ambas partes. Si el oferente adjudicado no se encuentra inscrito en el Portal de Chileproveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo fatal de 15 (quince) días corridos contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. En caso que el proveedor adjudicado se rehúse a cumplir con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta, no asista a la formalización del contrato dentro del plazo de 5 días hábiles posteriores a la adjudicación, o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley N° 19.886, sus modificaciones y su Reglamento, este Departamento de Bienestar recurrirá a la readjudicación, optando por el oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente, previa evaluación de los aspectos técnicos, velando por el cumplimiento del objetivo del servicio encomendado. En caso que las ofertas subsiguientes no cumplieran con los aspectos técnicos, no se considerarán y se realizará un nuevo proceso licitatorio. El Departamento de Bienestar Social de la Armada de Iquique, podrá modificar de común acuerdo con el oferente adjudicado las condiciones ya suscritas si así lo requiere, siempre que existan circunstancias o características fundadas de ejecución y que dichos cambios no se refieran cláusulas esenciales del mismo. De la misma forma podrá adquirir servicios adicionales extraordinarios al oferente seleccionado, cuando estos sean imprescindibles para llevar a cabo la ejecución de los servicios contratados, los cuales deberán ser requeridos y aprobados por la Contraparte Técnica de esta Institución, acudiendo artículo N° 10, numeral 7, letra a), del Reglamento que rige la Ley N° 19.886, de Compras Públicas.
Terminación Anticipada del Contrato, por parte del Departamento de Bienestar Social de la Armada, Iquique
3.1.12.- Terminación Anticipada del Contrato, por parte del Departamento de Bienestar Social de la Armada, Iquique. El Departamento de Bienestar Social de la Armada de Iquique, mediante notificación por escrito al oferente seleccionado, podrá poner administrativamente término anticipado al contrato, en todo o en parte, sin indemnización alguna para el oferente seleccionado, si concurre alguna de las causales que se señala a continuación: • Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes. • Si el oferente seleccionado no diere cumplimiento a cualquiera de las obligaciones previstas en las Bases de Licitación o en el Contrato que haya suscrito, de acuerdo al informe emitido para la Contraparte Técnica designada por este Departamento de Bienestar Social, para tales efectos. • Si el oferente seleccionado fuere declarado en quiebra, o se encontrare en estado de notoria insolvencia, o perdiere certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por la autoridad competente. • Si el oferente seleccionado falleciera o se disolviera la entidad contratada. En ambos casos se procederá a efectuar la liquidación del contrato. • Haber sido condenado el oferente seleccionado por crimen o simple delito. • Haber sido condenado el oferente seleccionado como consecuencia del incumplimiento de contrato celebrado con alguna entidad regida por la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, y siempre que no hayan transcurrido dos años a contar de la fecha de sentencia. • Haber sido suspendido el oferente seleccionado o haber sido eliminado del Registro Nacional de Proveedores, a través de una Resolución Fundada de la Dirección de Compras. • Registrar saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. • Incumplimiento de alguna de las disposiciones legales vigentes, en materias de legislación laboral. • No acatar las normas de orden y seguridad dispuestas al interior de los recintos navales, o de cualquier dependencia institucional. • Si el oferente seleccionado se encontrara en estado “INHABIL” para suscribir contratos con Organismos Públicos del Estado, de acuerdo a reporte entregado por el Sistema Chileproveedores. El contrato se entenderá resuelto administrativamente, por cualquier incumplimiento de parte del oferente seleccionado respecto de las obligaciones contraídas. En esta circunstancia, el Departamento de Bienestar Social de la Armada Iquique, podrá contratar servicios vía trato directo, por la falta de cumplimiento del contratante u otras causales, y cuyo remanente no supere las 1.000 UTM, según lo establecido en el Artículo N° 10, N° 7, del Reglamento que rige la Ley de Compras Públicas.
Otras Disposiciones.
3.2.8.- Otras Disposiciones. El Departamento de Bienestar Social de la Armada Iquique, quedará exento de toda responsabilidad civil o penal eventual como consecuencia de los accidentes laborales, de tránsito, daños o desperfectos causados al personal y/o terceros, por los trabajos definidos y materia del contrato, según los documentos integrantes de este. El personal del oferente seleccionado, en el cumplimiento de las funciones asignadas, deberá mantener un comportamiento y disposición acorde a las funciones de servicio público e imagen institucional de esta repartición, esto es, presencia, diligencia, buen trato y seriedad en todas sus actuaciones.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.