Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PRECIO OFERTADO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “PLAZO DE ENTREGA”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "GARANTÍA POST VENTA” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “EXPERIENCIA EN EL RUBRO”.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Forma de pago |
a.- El pago se efectuará mediante transferencia bancaria en pesos del Banco Estado a nombre del
adjudicatario, una vez que se tenga la conformidad de la recepción del servicio por la comisión de
reconocimiento y recepción de la Gobernación Marítima de Antofagasta y la factura debidamente
legalizada a nombre de la Gobernación Marítima de Antofagasta, R.U.T. 61.102.045-7.
b.- El pago se efectuará a más tardar dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de la factura
comercial, en el Departamento de Abastecimiento de la Gobernación Marítima de Antofagasta, en la forma
y condición descrita en el párrafo anterior, según lo señalado en la cláusula 79 bis, del reglamento de la
Ley N° 19.886.
c.-La factura electrónica debe ser enviada al correo crivero@dgtm.cl.
d.- El pago se realizará bajo la modalidad factura con IVA incluido. El adjudicatario, aceptará y deberá
estar en condiciones de facturar con la forma de pago aludida.
e.- No se aceptarán solicitudes de pago anticipado bajo ninguna circunstancia, aunque se haya cumplido
parte de las obligaciones pactada.
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Cesión y subcontratación |
a.- Los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la celebración del contrato son intransferibles.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos
contratos, podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
b.- La subcontratación parcial del contrato se autorizará excepcionalmente y para estos efectos, el
adjudicatario deberá poner a disposición de la Gobernación Marítima de Antofagasta toda la
documentación legal exigida en la cláusula 8.-, letra c.-, número 1), respecto del subcontratista, quien
deberá cumplir los mismos requisitos exigidos al adjudicatario, el cual no podrá estar afecto a ninguna de
las inhabilidades a que se refiere el artículo 4° del reglamento de la Ley N° 19.886. De autorizarse la
subcontratación parcial, la responsabilidad se mantendrá en el adjudicatario, de conformidad a lo
dispuesto en el inciso 1° del artículo 76° del reglamento de la Ley N° 19.886.
c.- No será procedente la subcontratación parcial del contrato en las hipótesis contenidas en el inciso 2°
del artículo 76° del reglamento de la Ley N° 19.886
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Fuerza mayor |
No será causal de término anticipado del contrato, el incumplimiento de las obligaciones del proveedor
derivado de una catástrofe natural que impida el acceso al área de trabajo u otra causal de Fuerza Mayor.
Se entenderá como Fuerza Mayor para los efectos del contrato, los hechos imprevisibles que no dependen
de la voluntad de las partes, que afecten o incidan directamente en sus respectivas capacidades para
cumplir con las obligaciones contraídas en virtud del contrato, las que destacan entre otras, el sabotaje,
catástrofes naturales, guerra declarada, rebelión o revolución u actos de gobierno.
Eventualmente si una u otra parte se ve impedida de cumplir con sus obligaciones contractuales por
alguna causa de Fuerza Mayor, deberá notificar a la otra parte por escrito, en un plazo no superior a 3
(tres) días corridos desde iniciada la causa de Fuerza Mayor, indicando la incidencia que dicha situación
tendrá en los plazos establecidos por el contrato. De no efectuarse dicha notificación oportunamente, la
parte afectada no podrá invocar la causal de Fuerza
Mayor para excusar el incumplimiento del contrato.
La causal invocada podrá ser aceptada o no por escrito por la otra parte, dentro del plazo de 5 (cinco) días
corridos desde que haya sido notificada, mediante Resolución Fundada de acuerdo al mérito de los
antecedentes.
En el caso de comprobarse la Fuerza Mayor, se otorgará un plazo al proveedor que será el número de
días que duró este imprevisto para que pueda cumplir su obligación. En caso contrario, se deberá terminar
anticipadamente el contrato.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas
en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada
necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose
por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º,
6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete
a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos
en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos
cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de
Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en
relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de
la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o
indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución
del contrato, si lo hubiere.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas
que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la
conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo
o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar
durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere, tomando todas las medidas que
sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la
misma.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y
transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere.
6. El oferente manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de
licitación y en el contrato respectivo, si lo hubiere.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta
seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que
aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general,
por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también
procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Domicilio y jurisdicción |
Las partes fijan su domicilio en la ciudad de Antofagasta y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales
Ordinarios de Justicia.
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Pago |
El/los pago/s al proveedor por los bienes adquiridos o servicios contratados por la entidad licitante, deberá
efectuarse por ésta dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo
instrumento tributario de cobro.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente la entidad licitante certifique la recepción
conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por aquella.
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Plazo de entrega |
Para la evaluación de este criterio será en base al tiempo indicado en días corridos como plazo para la
entrega del servicio solicitado según el informe "Especificaciones Técnicas" Remodelación de cocina y
baño adjunto, una vez aceptada la orden de compra en el portal mercado público.
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