Licitación ID: 3178-45-LE24
SUMINISTRO CINTAS DE GLICEMIA INSUMOS Y COMODATO
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE MARINA HOSP NAVAL ALMIR
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 119
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Analizadores de glucosa 50 Unidad
Cod: 41115830
Suministro de cintas de glicemia, insumos y comodato de quipo de control de glucosa y equipo lancetero, según Formulario N°3 y Bases Técnicas, Título VIII.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUMINISTRO CINTAS DE GLICEMIA INSUMOS Y COMODATO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Que, existe la necesidad de contratar el Suministro de Cintas de Glicemia, Insumos y Comodato de Equipo de Control de Glucosa y Equipo Lancetero para el Hospital Naval “Almirante Adriazola” de Talcahuano.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
HOSPITAL NAVAL ALMIRANTE ADRIAZOLA
R.U.T.:
61.102.025-2
Dirección:
Michimalongo s/n Las Canchas
Comuna:
Talcahuano
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-09-2024 15:05:00
Fecha de Publicación: 13-09-2024 10:39:04
Fecha inicio de preguntas: 13-09-2024 18:00:00
Fecha final de preguntas: 20-09-2024 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 25-09-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-09-2024 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-09-2024 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 10-12-2024 11:06:42
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- SEGÚN LO EXIGIDO EN RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS ADJUNTOS.
Documentos Técnicos
1.- SEGÚN LO EXIGIDO EN RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS ADJUNTOS.
 
Documentos Económicos
1.- SEGÚN LO EXIGIDO EN RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS ADJUNTOS.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Técnica SEGÚN LO REQUERIDO EN BASES TÉCNICAS METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE OFERTAS. 45%
2 Evaluación Económica SEGÚN LO REQUERIDO EN BASES TÉCNICAS METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE OFERTAS. 35%
3 Cumplimiento de los requisitos SEGÚN LO REQUERIDO EN BASES TÉCNICAS METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE OFERTAS. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: FONDOS PROPIOS
Monto Total Estimado: 9520000
Justificación del monto estimado SEGÚN COTIZACIÓN REFERENCIAL PREVIA.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones PRECIO INCLUYE I.V.A.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días CONFORME A LA LEY DE PRESUPUESTO DEL 2024 LAS INSTITUCIONES DE SALUD ESTAN AUTORIZADAS AL PAGO A 45 DÍAS.
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: LUIS CASTRO ALVAREZ
e-mail de responsable de pago: lcastro@sanidadnaval.cl
Nombre de responsable de contrato: MANUEL ARREDONDO
e-mail de responsable de contrato: marredondo@sanidadnaval.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2743344-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
EL ADJUDICATARIO NO PODRA SUBCONTRATAR LOS BIENES ADJUDICADOS.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS
"A CONTAR 01 NOVIEMBRE 2014, ESTE HOSPITAL ES RECEPTOR DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS (DTE), POR LO ANTERIOR LOS DTE DEBEN SER REMITIDOS A CORREO 61102025-2@FEBOS.CL, PARA SU RECEPCIÓN CONFORME POR NUESTRO SISTEMA, DE LO CONTRARIO NO SE PODRÁ DAR CURSO AL PAGO."
LEY N° 19.983
PARA EFECTOS DE LA LEY N° 19.983, EL PLAZO PARA RECLAMAR EL CONTENIDO DE LA FACTURA SERÁ DE 08 DÍAS CORRIDOS.
FECHA DE PAGO
LA FECHA DE PAGO SERA DE 45 DIAS, A CONTAR DE LA RECEPCIÓN CONFORME DEL MATERIAL SOLICITADO, SEGÚN LO SEÑALADO EN LA LEY Nº 21.131 DEL 2019.
RESOLUCIÓN DE EMPATES
En el caso de empates en el puntaje ponderado final de alguna línea de la ficha de licitación, la adjudicación estará determinada conforme los siguientes criterios, en orden de prelación: 1° Dentro de “LOS OFERENTES” empatados, se adjudicará al oferente que haya obtenido mayor puntaje en la “Evaluación Técnica”. 2° Si aplicado el criterio anterior, aún existiera empate, se adjudicará al oferente que haya obtenido mayor puntaje en la “Evaluación Económica”. 3° Si aplicado el criterio anterior, aún existiera empate, se adjudicará al oferente que haya obtenido mayor puntaje en la “Evaluación de Cumplimiento de Requisitos formales”. 4° En caso de persistir el empate, se adjudicará a la Primera oferta publicada en “EL PORTAL”.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Art. 1.- “LOS OFERENTES” podrán efectuar consultas o solicitar aclaraciones a “LAS BASES”, las que deberán efectuarse exclusivamente a través de “EL PORTAL”, en el plazo establecido en el Cronograma. Art. 2.- “LA DIRECCIÓN” a través de “EL HOSPITAL” emitirá, para todos “LOS OFERENTES”, las aclaraciones a “LAS BASES” que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas durante “LA LICITACIÓN”. La entrega de respuestas a consultas y aclaraciones a través de “EL PORTAL” se efectuará hasta las 17:00 hrs. del día 7, contado desde la Publicación de “LAS BASES”, tales aclaraciones se entenderán notificadas a “LOS OFERENTES” transcurridas 24 horas desde su publicación en “EL PORTAL”. Art. 3.- El Hospital, ha designado como COORDINADOR, para la presente Licitación Pública a la Enfermera Jefe Sra. Cecilia Retamal Cavada, e-mail cretamal@sanidadnaval.cl
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Art. 1.- Personal administrativo y asesores técnicos del Servicio de insumos clínicos de “EL HOSPITAL”, procederá a la apertura electrónica de las ofertas, la que no constituye en ningún caso la aceptación o adjudicación de “LA LICITACIÓN”. Sólo implica un conocimiento de las ofertas de cada Oferente en “EL PORTAL”. Art. 2.- La apertura y aceptación de las ofertas recibidas en “EL PORTAL”, se realizará en forma electrónica, el día diez (10) contado desde la publicación de “LAS BASES”, conforme se establece en el cronograma inserto en el artículo 21. Art. 3.- La evaluación de los antecedentes de las ofertas se efectuará con posterioridad a su apertura electrónica, dentro de un plazo 30 días, por lo que este acto no significa la aceptación de los documentos contenidos en éstos. Sólo participarán en la evaluación aquellas ofertas que se hayan calificado como admisibles. Art. 4.- Conforme a lo establecido en Ley N° 20.730, que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, se considerarán sujetos pasivos de esta ley al personal evaluador constituido en el marco de la Ley Nº 19.886, sólo en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras las integren. Art. 5.- Durante la evaluación, se podrá solicitar a “LOS OFERENTES” que salven errores u omisiones formales de su oferta, siempre y cuando ellas no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás oferentes y en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de “LOS OFERENTES”, solicitud que será debidamente informada a través de “EL PORTAL”. Para ello, “EL OFERENTE” contará con un plazo breve y fatal de dos (02) días contados desde el requerimiento, el que se informará a través de “EL PORTAL. Art. 6.- El personal evaluador, no podrá tener contacto con “LOS OFERENTES”, salvo alguna de las circunstancias establecidas en los artículos 27° inciso final, 39° y 40° del D.S. N° 250 (Hda.) y sus modificaciones. Art. 7.- Las ofertas serán calificadas en una única instancia donde el personal evaluador, será responsable de su custodia y evaluación de acuerdo a los criterios establecidos en “LAS BASES” y emitirá un informe final denominado “Acta de Evaluación”, según lo establecido en el artículo 40° bis del D.S. (Hda.) 250, del 2.004 y sus modificaciones, que incluirá lo que se indica: 1) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 2) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en “LAS BASES”, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. 3) La proposición de declaración de “LA LICITACIÓN” como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de “LA DIRECCIÓN”. 4) La asignación de puntajes para cada criterio, subcriterios y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 5) La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Art. 8.- Si durante la evaluación de las ofertas, se retira alguno de los integrantes de una “UTP”, la propuesta será declarada inadmisible.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.