Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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MUNICIPALIDAD DE MACHALI
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Fecha de vencimiento:
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30-07-2024
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Monto:
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500000
Peso Chileno
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Descripción:
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7.4 CAUSALES DE COBRO DE GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA:
El Municipio podrá hacer efectiva esta Garantía, en cualquier de los siguientes casos:
A. Si el adjudicatario se desiste de la oferta.
B. Si el adjudicatario no suscribe el contrato oportunamente, de acuerdo con lo estipulado en el punto 9.1 de las presentes Bases.
C. Si se comprobare falsedad de los documentos o antecedentes constitutivos de la oferta o efectúa presentación de una oferta falsa, manifiestamente errónea o inductiva a error.
D. Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl) según lo indicado en el punto 9. de las presentes bases.
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Glosa:
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Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de las ofertas y de todas las obligaciones que se imponen al oferente, todos los proponentes deberán entregar una garantía, por un monto de $500.000 (quinientos mil pesos), la cual deberá ser extendida a nombre de la Municipalidad de Machalí, RUT 69.080.200-7, pagadera a la vista, irrevocable y tomada por el oferente o su representante legal.
La garantía deberá tener una vigencia de 90 días corridos a contar de la fecha de cierre de recepción de ofertas y deberá indicar en su Glosa lo siguiente: “Para garantizar la seriedad de la oferta de la propuesta pública “SEGUNDO LLAMADO HABILITACIÓN ZONA DE EQUIPAMIENTO, SECTOR MACHALÍ PLAZA” ID 3181-45-LQ24”
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Forma y oportunidad de restitución:
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E. Si el proponente no acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos para contratar en la presente licitación o no acompaña los documentos exigidos en las presentes bases de acuerdo con el punto 5.1 y punto 9.
F. Si el Contratista no entrega en forma oportuna la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato según lo indicado en el punto 9.1.
G. Si el Contratista no entrega en forma oportuna las Pólizas de Seguro de Responsabilidad Civil, según lo señalado en el punto 9.1 de las presentes bases.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación del Decreto Alcaldicio que dé cuenta de la inadmisibilidad.
Lo anterior deberá ser solicitado por el contratista al Departamento de la Asesoría Jurídica Municipal.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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MUNICIPALIDAD DE MACHALI
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Fecha de vencimiento:
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27-10-2025
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Monto:
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10
%
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Descripción:
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El Contratista deberá mantener vigente durante todo el plazo de duración del contrato la garantía, más los 420 días posteriores, debiendo renovarse si corresponde a lo menos 30 días corridos anticipados a su vencimiento.
La NO renovación de las garantías, faltado 30 días para su vencimiento, en aquellos casos en que sea necesaria su prolongación, constituirá una falta grave por parte del contratista, facultando al municipio para hacerlas efectiva la garantía.
La garantía deberá ser entregada por el adjudicatario físicamente al momento de la firma del contrato, o bien enviada por correo certificado y recibida en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Machalí, ubicado en Plaza de Armas N°11, piso 2° comuna de Machalí.
La boleta de garantía, el vale vista o depósito a la vista, la póliza de seguro electrónica o el certificado de fianza a la vista serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de fiel cumplimiento de contrato. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº19.799 sobre Documentos Electrónicos Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
No existe restricción respecto a un instrumento en particular, se acepta cualquier instrumento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en las presentes bases.
En caso de cobro de la garantía, el contratista deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, o pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.
La restitución de la respectiva garantía será realizada 420 días después del término de contrato.
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Glosa:
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Para garantizar el fiel cumplimiento del respectivo contrato, asegurar el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes (sin perjuicio de los dispuesto en el artículo 20 de la ley 17.322), y hacer efectivas las multas y demás sanciones que le afecten el adjudicatario deberá presentar una garantía con las siguientes características:
Por un valor equivalente al 10% del precio total del respectivo contrato, extendida en Unidades de Fomento (UF), a nombre de la Municipalidad de Machalí Rut 69.080.200-7, pagadera a la vista, tener carácter de irrevocable y ser tomada por el adjudicatario.
La garantía deberá indicar en su Glosa los siguiente “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y correcta ejecución de las obras y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante Licitación 3181-45-LQ24 “SEGUNDO LLAMADO HABILITACIÓN ZONA DE EQUIPAMIENTO, SECTOR MACHALÍ PLAZA”
La fecha de vencimiento de la garantía debe corresponder a 420 días corridos posteriores a la fecha contractual de término de contrato. En caso de ampliaciones de plazo, el contratista al momento de firmar la correspondiente modificación de contrato por este concepto deberá proceder al reemplazo o prórroga de la(s) garantía(s), por otra de igual monto (en UF) y con una vigencia del nuevo plazo legal de término más 420 días corridos.
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Forma y oportunidad de restitución:
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7.6 CAUSALES DE COBRO DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El Contratista será sancionado con el cobro de la garantía de fiel cumplimiento en los siguientes casos:
A. Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del contratista para con sus trabajadores.
B. Cuando el contratista no pague las multas aplicadas y no sea posible descontarlas de los respectivos estados de pago.
C. Cuando por una causa imputable al contratista, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato.
D. Por el incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes bases y el respectivo contrato.
7.7 AUMENTO DE GARANTÍA:
Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Municipalidad que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, la Municipalidad podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
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