Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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Ilustre Municipalidad de Machalí,
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Fecha de vencimiento:
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31-05-2022
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Monto:
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5000000
Peso Chileno
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Descripción:
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SE DEBERA ENTREGAR EL INSTRUMENTO DE GARANTÍA EMITIDO, dentro del plazo indicado en el calendario de licitación para la recepción de las ofertas, en la forma establecida en punto N°19, que en todo caso es requisito obligatorio para la aceptación de las ofertas. La presentación de esta garantía deberá estar consignada, antes del término del plazo para subir al portal el soporte electrónico.
La boleta de garantía, el vale vista o depósito a la vista, la póliza de seguro electrónica o el certificado de fianza a la vista serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de fiel cumplimiento de contrato. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
El texto del instrumento de seriedad de la oferta, es el siguiente: “Garantía de Seriedad de la Oferta, del Proyecto “AMPLIACION RED DE ALCANTARILLADO MACHALI A SECTOR NOGALES”, CÓDIGO BIP: 30161822-0, ETAPA I. Se deja en claro que la Garantía deberá caucionar la seriedad de la oferta del proyecto en cuestión.
Se otorgará para caucionar la seriedad de las ofertas y de todas las obligaciones que se imponen al oferente, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la Municipalidad, en caso de no suscripción del contrato definitivo por parte del adjudicatario, no entrega de los antecedentes requeridos de acuerdo con las presentes bases para la suscripción del referido contrato, desistimiento de la oferta , así como en caso de presentación de una oferta falsa, manifiestamente errónea o inductiva a error. De igual forma, la no inscripción en Chileproveedores dentro de los plazos establecidos en las presentes bases, facultará a la Municipalidad a materializar el cobro de dicha garantía.
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Glosa:
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La seriedad de la oferta del proponente se garantizará mediante la presentación de un instrumento de garantía, irrevocable, pagadero a la vista, tomada por el oferente a favor de la Ilustre Municipalidad de Machalí, Rut N° 69.080.200-7 y por un monto fijo en pesos, moneda nacional de: $ 5.000.000.- (cinco millones de pesos) y con una vigencia no inferior a 150 días corridos, a contar del día del cierre de recepción de ofertas en el Portal.
En el caso de participación de una Unión Temporal de Proveedores, la Garantía deberá ser tomada, por una de las empresas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.
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Forma y oportunidad de restitución:
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La Garantía de seriedad de la oferta será devuelta a los oferentes no adjudicados dentro de los 10 días contados desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato suscrito con el respectivo adjudicatario. La devolución de las garantías a los oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, se devolverán dentro de los 10 días contados desde que se realiza la aceptación o rechazo de las ofertas en el sistema de información de www.mercadopublico.cl (Acta de Apertura).
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Ilustre Municipalidad de Machalí,
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Fecha de vencimiento:
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29-02-2024
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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La fecha de vencimiento de la garantía debe corresponder a 420 días corridos (14 meses) posteriores a la fecha contractual de término del contrato. En caso de renovación del respectivo contrato, ésta garantía deberá renovarse, por el mismo plazo de renovación de éste, aumentado de 420 días corridos.
El Contratista deberá mantener vigente durante todo el plazo de duración del contrato la garantía, más los 420 días posteriores, debiendo renovarse si corresponde a lo menos 30 días corridos de anticipación a su vencimiento.
La no renovación de las garantías, faltado 30 días para su vencimiento, en aquellos casos en que sea necesaria su prolongación, constituirá una falta grave por parte del contratista, facultando al Municipio para hacerlas efectivas.
La boleta de garantía, el vale vista o depósito a la vista, la póliza de seguro electrónica o el certificado de fianza a la vista serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de fiel cumplimiento de contrato. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
No existe restricción respecto a un instrumento en particular, se acepta cualquier instrumento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en las presentes bases.
En caso de cobro de la garantía, el contratista deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.
Será responsabilidad del contratista mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 420 días corridos posteriores a la culminación del respectivo contrato.
Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del contratista.
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Glosa:
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Para garantizar el fiel cumplimiento del respectivo contrato, y además asegurar el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes (sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 20 de la ley 17.322), el adjudicatario deberá presentar una garantía por un valor equivalente al 5% del precio total del respectivo contrato. La garantía deberá ser entregada por el adjudicatario, físicamente al momento de la firma del contrato, o bien enviada por correo certificado y recibida en Oficina de Partes de la Municipalidad de Machalí, ubicado en Plaza de Armas N°11, piso 2° comuna de Machalí, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la adjudicación.
La garantía deberá ser extendida en Unidades de Fomento (UF), a nombre de la Municipalidad de Machalí, Rut. 69.080.200-7, pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser tomada por el adjudicatario.
La garantía deberá indicar en su Glosa lo siguiente “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y correcta ejecución de las obras y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante Licitación ID:3181-58-LR21 Proyecto “AMPLIACION RED DE ALCANTARILLADO MACHALI A SECTOR NOGALES”, CÓDIGO BIP: 30161822-0, ETAPA I.
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Forma y oportunidad de restitución:
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La restitución de la respectiva garantía será realizada 420 días después de la recepción provisora sin observaciones de la obra.
Causales de Cobro de la Garantía Fiel Cumplimiento Contrato
El adjudicatario será sancionado con el cobro de la garantía de fiel cumplimiento en los siguientes casos:
a) Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario para con sus trabajadores.
b) Cuando el respectivo proveedor adjudicado no pague las multas aplicadas y no sea posible descontarlas de los respectivos estados de pago.
c) Cuando por una causa imputable al respectivo adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato.
d) Por el incumplimiento de las obligaciones impuestas por las bases, Especificaciones Técnicas y el respectivo contrato
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Otras Garantías
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Beneficiario:
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Municipalidad de Machalí
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Fecha de vencimiento:
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01-05-2023
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Monto:
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5
Peso Chileno
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Descripción:
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Este documento deberá ser entregado al momento de la firma del contrato, sin deducible y exhibir el comprobante de pago.
El seguro que contratará la empresa deberá ser sin deducibles. En la eventualidad que no se pueda contratar un seguro bajo estas condiciones, el contratista asumirá el monto del deducible que la compañía de seguros imponga ante toda y cada eventualidad que se produzca, entregando una boleta de garantía a la vista e irrevocable por dicho monto, a nombre de la Municipalidad de Machalí, cuyo plazo de vigencia debe ser igual al del seguro.
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Glosa:
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El Contratista deberá tomar una Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil Cruzada, por el 5% del valor total del Contrato, tomada a favor de la Ilustre Municipalidad de Machalí, Rut N° 69.080.200-7, por el plazo de ejecución de la obra más 120 días corridos, que ampare cualquier daño que se cause a terceras personas o a sus bienes, entendiendo por tales a personas ajenas a la obra o dependientes de ella, como consecuencia de las acciones derivadas de la ejecución del Contrato, sean ellos originados por el Contratista o por cualquier Subcontratista o dependiente de él, y ya sea que se trate de daños causados por personas, máquinas, herramientas o elementos que de él dependan y por causas voluntarias, involuntarias, fortuitas o accidentales.
El Contratista deberá presentar a la Unidad Técnica, cada vez que ésta lo requiera, las pólizas de Seguro y los recibos de pago de las primas al día.
No obstante, los seguros, el Contratista será responsable por todos los riesgos no asegurados, así como por la diferencia que pueda existir entre lo pagado por el seguro y el valor total del daño producido por el siniestro, eximiendo de toda responsabilidad al Mandante (Ilustre Municipalidad de Machalí), Gobierno Regional de O’Higgins y la Unidad Técnica.
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Forma y oportunidad de restitución:
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En caso de ampliación del plazo del contrato, el contratista deberá ampliar el plazo de vigencia del Seguro por el lapso de dicha ampliación, de manera que durante todo el periodo que corresponda, el seguro se encuentre vigente.
En caso de que el Seguro no cubra casos fortuitos, la responsabilidad será directamente del contratista, cubriendo con cargo a la empresa los gastos que se generen producto de un accidente.
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