READJUDICACION |
Si el adjudicatario se desistiere, de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra, a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento de la Ley de Compras, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes Bases, para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Gobernación Marítima de Punta Arenas podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, podrá adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de quince (15) días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, salvo que las Bases establezcan algo distinto, según lo preceptuado en el Artículo 41, inciso final del Reglamento de la Ley de Compras quedando la Gobernación Marítima de punta Arenas facultada para adjudicar el servicio al proponente siguiente mejor evaluado.
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MULTAS |
En caso que el adjudicatario no diera cumplimiento al servicio ofrecido o alguno de los requerimientos administrativos, técnicos o condiciones exigidas en los documentos que rigen esta propuesta, o cualquier otra falta sin causa justificada, esta Gobernación Marítima se reservará el derecho de adoptar medidas de acuerdo a lo siguiente: TABLA DE MULTAS DÍAS DE ATRASO MULTAS 1 a 30 días hábiles 0,5 % diario a.- Se cobrará una multa del 0,5 % del valor neto del contrato, por cada día de atraso en la demora por la recepción de los requerimientos solicitados en las bases técnicas o por lo señalado en los tiempos ofrecidos por el oferente en su propuesta. b.- Para el pago de las multas mencionadas, la Gobernación Marítima de Punta Arenas, mediante resolución notificará al proveedor adjudicado, quien deberá entregar un Vale Vista nominativo u otro documento equivalente a nombre de la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD DE LA ARMADA RUT: 61.966.700-K c.- Se emitirá una carta certificada al domicilio registrado del adjudicatario detallando la infracción a las cláusulas del contrato, que ameriten la aplicación de la multa, con los detalles de la infracción y los montos que se deben cancelar por este concepto. d.- Se aceptarán descargos por escrito en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados a partir de la notificación de la carta que aplica las multas. La notificación se entenderá practicada a contar del 3er. día hábil, siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda. La Gobernación Marítima, resolverá dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de los descargos si acoge la petición. Superado el plazo se dará por entendido que el adjudicatario acepta las multas. En caso que el adjudicatario presente descargos, se evaluará las causas explicitadas por el adjudicatario y tendrá la facultad de eliminar o disminuir el monto de las multas o bien mantener lo descrito en la carta remitida al adjudicatario. Dicha resolución podrá recurrirse de conformidad a la Ley N° 19.880, según lo establecido en el artículo 79, del D.S. (H) 250, de 2004. e.- Objeto realizar el cobro de las multas, éstas se harán efectivas cuando no se cumplan los plazo establecidos por el oferente en su propuesta, o en cualquier caso no justificado por éste y como plazo máximo se establecen 30 días corridos a contar de la fecha en que debía ser recibido el bien o servicio, posterior a esta fecha se dará por terminado el contrato, y se harán efectivas las correspondientes multas.
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CONTRATO |
a.-El presente contrato se formalizará con la emisión de la orden de compra y aceptación de la misma por parte del proveedor adjudicado. b.- Cualquier modificación a los planes o condiciones del servicio acordado, deberá ser aprobado por la Gobernación Marítima de Punta Arenas. c.- El adjudicatario deberá iniciar los servicios a contar de la aceptación conforme de la orden de compra.
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Resolución de Empates |
En caso de igualdad de Puntajes Totales entre dos o más oferentes, se resolverá considerando el mayor puntaje obtenido en el criterio “Precio”. Si aun así persiste el empate, se considerará el mejor puntaje logrado en el criterio “Plazo de entrega del servicio”. De continuar la igualdad de puntajes, se considerará la mayor evaluación obtenida en el criterio “Comportamiento contractual anterior” y se persiste el empate se considerará el criterio de evaluación “Experiencia del oferente”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
A TRAVÉS DE PLATAFORMA MERCADO PUBLICO "FORO CONSULTAS"
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La no presentación oportuna de cualquiera de los antecedentes indicados en las bases administrativas será causal suficiente para que en el acto de Apertura correspondiente se declare inadmisible la oferta del licitante
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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