Resolución de Empates |
En caso de empate entre oferentes al final de la evaluación, la oferta adjudicada será determinada de acuerdo a los siguientes criterios, en orden de prelación a los criterios de evaluación:
Primará el mayor puntaje en criterio precio, en segunda instancia se considerará el mayor puntaje en criterio especificaciones técnicas y envasado, en tercera instancia se considerara el mayor puntaje en criterio certificado de bioequivalencia, en cuarta instancia se considerara el mayor puntaje en criterio fecha de vencimiento, en quinta instancia se considerara el mayor puntaje en criterio monto mínimo de despacho y en sexta instancia se considerara el mayor puntaje en criterio registro ISP. Si a pesar de esto persiste el empate, se declarara desierta la línea.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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vencimiento |
El proveedor NO podrá enviar medicamentos con una fecha inferior a la comprometida por él en la licitación, la cual no podrá ser inferior a 12 meses. Los medicamentos que sean enviados con fecha de vencimiento inferior a la comprometida, no serán recepcionados, devolviéndose al proveedor. En este caso, se podrá readjudicar la línea al proveedor con segundo mejor puntaje
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plazos, entrega y condiciones de pago |
Datos para la emisión de factura:
Nombre: I. Municipalidad de Santo Domingo
RUT: 69.073.500-8
Dirección: Plaza Cabildo S/N
Comuna: Santo Domingo
Se deberá enviar la totalidad de los productos contenidos en la orden de compra junto con la factura electrónica, la cual deberá venir impresa y ser entregada junto con los productos en:
Dirección: Arturo Phillips 325 Local 4
Comuna: Santo Domingo
Los fármacos enviados deberán estar en perfectas condiciones, en su empaque original y sin ningún daño, ya sea producto del traslado u otra razón ajena al mandante. El departamento de Salud de la ilustre municipalidad de Santo Domingo tiene el derecho de revisar el contenido del empaque antes de la firmar cualquier tipo de documento de recepción conforme al distribuidor. Cualquier desperfecto o error en los productos enviados, habilitará a la persona encargada de no recepcionarlos, enviándolos de vuelta al proveedor, el cual deberá reemplazarlos por productos nuevos, dentro del plazo de entrega ofertado.
Si por algún motivo de fuerza mayor, el proveedor no cuenta con algún producto contenido en la orden de compra, este deberá dar aviso por escrito de ese hecho y enviar los otros productos contenidos en la orden de compra (O.C) con GUIA DE DESPACHO y una vez que envíen el o los producto faltantes, es decir, se recepcione la totalidad de los productos contenidos en la orden de compra, procederán a enviar la factura por la totalidad de los productos solicitados en la O.C.
Los productos contratados se cancelarán dentro de los 30 días siguientes a la recepción conforme y completa de los productos contenidos en la orden de compra. La forma de pago es a través de cheque nominativo a nombre de la empresa o proveedor adjudicado
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adjudicacion y orden de compra |
Sólo se adjudicará el oferente que obtenga un puntaje total de la evaluación, igual o superior a 45 puntos. Si el mayor puntaje de una línea es menor a 45 puntos, esta línea se deberá declarar desierta.
La comisión se reserva el derecho de rechazar todas o algunas de las ofertas si estas no resultan convenientes a los intereses institucionales o exceden los marcos presupuestarios disponibles, sin incurrir en responsabilidad alguna por tratarse del ejercicio de potestades facultativas propias, así reconocidas expresamente por los proponentes
En caso de no adjudicarse o no resolverse la inadmisibilidad de las ofertas o la deserción del proceso, en el plazo señalado en el cronograma establecido en el portal, el organismo fijará un nuevo plazo de días hábiles, para dictar el acto administrativo respectivo, el cual, se informará a través de www.mercadopublico.cl, junto a las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo original
Las órdenes de compra serán emitidas únicamente por el Departamento de Salud de la Ilustre Municipalidad de Santo Domingo, a través del portal mercado público al proveedor que resulte con la línea de producto adjudicada.
Tipo de Adjudicación:
La adjudicación será bajo la modalidad "Con emisión de Orden de Compra”.
Notificación:
La adjudicación de la propuesta se materializará a través de Decreto Alcaldicio, el cual será publicado oportunamente en el sistema de informaciones. Toda la información del proceso, quedará disponible en el portal www.mercadopublico.cl, (Información de carácter pública)
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requisitos generales |
1. Los valores ofertados deberán ser netos y deben considerar todos y cada uno de los gastos relacionados con el servicio requerido, incluyendo el envío.
2. Se deberá indicar claramente el plazo de entrega comprometido en el anexo n°5 y este será el plazo establecido para la entrega de los productos, por parte del proveedor, una vez aceptada la orden de compra. Aquellos postulantes que no indiquen cantidad de días en forma explicita o comprometan la entrega del producto en un plazo superior a los 5 días hábiles desde la fecha de aceptación de la orden de compra, no continuarán en el proceso. Si después del plazo establecido, no se han recepcionado los medicamentos en la dirección de despacho, se podrá considerar incumplimiento de contrato y se podrá readjudicar.
3. Solo se adjudicara a productos que obtengan un puntaje total de la evaluación, igual o superior a 45 puntos. Si el mayor puntaje de una línea es menor a 45 puntos, esta línea se deberá declarar desierta
4. Los productos deberán ser recepcionados en las dependencias de la Bodega central CESFAM y PSR, de lunes a viernes de 8:30 a 16:30, en Arturo Phillips 325 Local n°4, Santo domingo, V Región. Estos deberán estar en perfectas condiciones, en su empaque original y sin ningún daño, ya sea producto del traslado u otra razón ajena al mandante. Cualquier desperfecto o error en los productos enviados habilitará a la persona encargada de no recepcionarlos, enviándolos de vuelta al proveedor, el cual deberá reemplazarlos por productos nuevos, dentro del plazo de entrega ofertado.
5. El proveedor asume todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos que los ofertados, cualquiera sea su origen naturaleza o procedencia. En general, el proveedor deberá asumir todos los gastos que sean necesarios para el cumplimiento de lo ofertado en la presente licitación.
6. Se podrán declarar desiertas líneas de medicamentos cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la Bodega central CESFAM y PSR, es decir, cuando el valor total ofertado sea igual o similar al valor del medicamento en farmacia privada, cuando el mínimo de facturación exigido por el oferente sea menor que el total a adquirir a éste o cualquier otro hecho que se considere como no conveniente.
7. Los productos solicitados son indispensables para el buen funcionamiento de los establecimientos, dependientes del servicio de salud municipal, por lo que en caso de resultar la licitación desierta, se podrá proceder a adquirir los bienes a través de trato directo, tal como lo establece el artículo 10 N° 7 letra L del reglamento de adquisiciones publicas
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