Resolución de Empates |
Primará el mayor puntaje en el criterio técnico subcategoria especificaciones técnicas en segunda instancia se considerará el mayor puntaje en criterio Precio, en tercera instancia se considerara el mayor puntaje en criterio servicio post venta y en cuarta instancia se considerara el mayor puntaje en criterio plazo de entrega. Si a pesar de esto persiste el empate, se declarara desierta la línea.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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multas |
El departamento de salud de la Ilustre municipalidad de Santo Domingo podrá aplicar multas al proveedor adjudicado, según se detalla:
ÍTEM PRODUCTO O SERVICIO DESCRIPCIÓN DE LAS MULTAS MONTO DE LA MULTA EN UF
1 Atraso No cumplir con la entrega de los productos en el plazo referido por el proveedor en la adjudicación de la licitación. El atraso máximo permitido será de 24 días hábiles, contados desde que se envía la orden de compra. Posterior a ese plazo se podrá readjudicar 0,2 UF por día de atraso
2 Calidad Envío de productos diferentes a los ofertados, especificado en las especificaciones dadas por el proveedor 1,5 UF
La unidad de fomento para la aplicación de las multas será aquella correspondiente al día correspondiente a la notificación de la aplicación de la misma.
El departamento de salud notificara al proveedor de la aplicación de estas multas por medio electrónico al representante local con copia al representante legal de la empresa, individualizados en el anexo N° 1 de la licitación, quienes tendrán dos días hábiles para apelar a esta multa. Si en este tiempo no existe apelación, la multa se entenderá como aceptada por el proveedor.
El proveedor deberá emitir un vale vista por el monto de la multa, a nombre de la Ilustre Municipalidad de Santo Domingo o ingresar, a través de Tesorería Municipal, el monto en dinero de la multa aplicada
La aplicación de la multa es independiente si el monto de la adquisición es menor a esta.
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facturacion |
Los valores netos unitarios ofertados deberán estar en pesos.
Datos para la emisión de factura:
Nombre: I. Municipalidad de Santo Domingo
RUT: 69.073.500-8
Dirección: Plaza Cabildo S/N
Comuna: Santo Domingo
La factura recepcionada conforme se cancelará dentro de los 30 días siguientes a la recepción conforme y completa de los productos contenidos en la orden de compra. La forma de pago es a través de cheque nominativo a nombre de la empresa o proveedor adjudicado
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condiciones de entrega |
El producto deberá ser entregado en las dependencias del Departamento de salud de la I.Municipalidad de Santo Domingo, según los siguientes datos:
• Dirección: Arturo Phillips n° 325, Local 4, Santo Domingo
• Horario de entrega e instalación: De lunes a viernes de 9:00 AM a 16:30 PM
• Teléfono de contacto: (35) 2200628
El equipo deberá estar en perfectas condiciones, es decir, con embalajes que garanticen su confiabilidad al momento de ser utilizados, en su empaque original y sin ningún daño, ya sea producto del traslado u otra razón ajena al mandante. Cualquier desperfecto o error en el equipo enviado, habilitará a la persona encargada de no recepcionarlos, enviándolos de vuelta al proveedor, el cual deberá reemplazarlos por un nuevo equipo, dentro del plazo de entrega ofertado.
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plazo de entrega |
El plazo de entrega corresponderá a los días especificados por el proveedor en la presentación de la oferta, estos se cuentan desde que se acepta la orden de compra y no podrá ser superior a 20 días hábiles. Transcurrido el periodo comprometido por el proveedor, se considerara incumplimiento de contrato por parte del proveedor, donde la I. Municipalidad de Santo Domingo podrá re adjudicar al segundo mejor oferente
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condiciones generales |
1. Los valores ofertados deberán ser netos y deben considerar todos y cada uno de los gastos relacionados con el servicio requerido. Estos valores regirán durante todo el tiempo que dure el contrato, sin modificación.
2. Se requiere que los antecedentes referentes a las especificaciones técnicas estén completos (presentación del producto u otras características especiales solicitadas) y se indiquen por cada producto al momento de ofertar en el Portal en el recuadro “ESPECIFICACIONES DEL PROVEEDOR” o “DESCRIPCIÓN DE LA OFERTA, y además en el anexo técnico n°4 adjunto, información relevante para el proceso de evaluación.
3. La Ilustre municipalidad de santo domingo se reserva el derecho de declarar desierta una o más líneas de la licitación, cuando considere que las ofertas no resulten convenientes a sus intereses.
4. El proveedor no podrá ceder o transferir el presente contrato a persona natural o jurídica alguna. Pero podrá realizar subcontrataciones parciales, para la ejecución de todos o de alguno de los servicios complementarios, manteniéndose como único y exclusivo responsable, ante el municipio. Tales subcontrataciones caducarán indefectiblemente, al vencimiento del contrato y no podrán hacerse valer ante la Municipalidad, por ningún concepto.
5. Será responsabilidad del proveedor, el pago total de las cotizaciones Previsionales, la retención y el pago de Impuestos y en general, el cumplimiento de las Leyes Sociales y Tributarias, con relación al personal que contrata, no existiendo vínculo de subordinación o dependencia de ninguna clase, entre la Municipalidad y el personal del Proveedor.
6. Los productos solicitados son indispensables para el abastecimiento de fármacos del servicio, por lo que en caso de resultar líneas desiertas, se podrá proceder a adquirir los bienes a través de trato directo, tal como lo establece el artículo 10 N° 7 letra L del reglamento de compras publicas
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