Resolución de Empates |
En caso de empate entre oferentes al final de la evaluación, la oferta adjudicada será determinada de acuerdo a los siguientes criterios, en orden de prelación a los criterios de evaluación:
En caso de empate entre oferentes al final de la evaluación, la oferta adjudicada será determinada de acuerdo a los siguientes criterios, en orden de prelación a los criterios de evaluación:
- Primará el mayor puntaje en criterio precio
- En segunda instancia, se considerará el mayor puntaje en criterio Especificaciones técnicas
- En tercera instancia se considerara el mayor puntaje en criterio plazo de entrega
- Si a pesar de esto persiste el empate, se declarara desierta la línea de la licitación.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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requisitos generales |
1. Los valores ofertados deberán ser netos y deben considerar todos y cada uno de los gastos relacionados con el servicio requerido, incluyendo el envío.
2. Se deberá indicar claramente el plazo de envío de los productos comprometido en el anexo n°5 y este será el plazo establecido para su recepción en la dirección indicada. Este plazo no podrá ser superior a 20 días hábiles.
3. Solo se adjudicara a productos que obtengan un puntaje total de la evaluación, igual o superior a 45 puntos. Si el mayor puntaje de una línea es menor a 45 puntos, esta línea se deberá declarar desierta
4. El proveedor no podrá ceder o transferir el presente contrato a persona natural o jurídica alguna. Pero podrá realizar subcontrataciones parciales, para la ejecución de todos o de alguno de los servicios complementarios, manteniéndose como único y exclusivo responsable, ante el municipio. Tales subcontrataciones caducarán indefectiblemente, al vencimiento del contrato y no podrán hacerse valer ante la Municipalidad, por ningún concepto
5. El proveedor asume todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos que los ofertados, cualquiera sea su origen naturaleza o procedencia. En general, el proveedor deberá asumir todos los gastos que sean necesarios para el cumplimiento de lo ofertado en la presente licitación.
6. Será responsabilidad del proveedor, el pago total de las cotizaciones Previsionales, la retención y el pago de Impuestos y en general, el cumplimiento de las Leyes Sociales y Tributarias, con relación al personal que contrata, no existiendo vínculo de subordinación o dependencia de ninguna clase, entre la Municipalidad y el personal del Proveedor.
7. Los productos solicitados son indispensables para el buen funcionamiento del CESFAM Fernando Rodríguez Vicuña, dependiente del servicio de salud municipal, por lo que en caso de resultar la licitación desierta, se podrá proceder a adquirir los bienes a través de trato directo, tal como lo establece el artículo 10 N° 7 letra L del reglamento de adquisiciones publicas
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del contrato |
Desde la fecha de adjudicación de la siguiente propuesta, el proveedor adjudicado contará con un máximo de 10 días hábiles, para proceder a la firma del contrato respectivo y enviar la garantía de fiel Cumplimiento de Contrato, como se señala en las bases suscritas.
Si al día hábil n° 11, el proveedor no hace entrega del la garantía por fiel cumplimiento de contrato, no podrá firmar el contrato y el departamento de Salud de la I.Municipalidad de Santo Domingo podrá re- adjudicar al segundo mejor puntaje no teniendo compromiso alguno con el proveedor que no cumple con los plazos estipulados; lo mismo ocurrirá si el contrato no es firmado al día hábil n° 11.
El contrato de suministro tendrá un plazo de validez desde el la firma del contrato y hasta el término de la garantía de los productos adjudicados.
El plazo de entrega de los productos ofertados, comenzará a correr desde la fecha del decreto alcaldicio que autoriza contrato entre ambas partes. El proveedor no podrá enviar los productos, sin la aprobación de este documento
La Municipalidad podrá poner término anticipado al contrato sin necesidad de demanda ni requerimiento judicial, y sin obligación de pagar indemnización alguna a favor del Proveedor, pudiendo ejercer todos los demás derechos y acciones legales que le correspondan, en caso de incurrir este en cualquiera de las siguientes causales:
• Entrega de productos diferentes a los ofertados
• Entrega de productos en mal estado, sin su envase original, sin los sellos correspondientes o cualquier otro desperfecto, que pueda afectar o hacer dudar de la calidad del producto
• No reconstitución de la boleta de garantía de fiel cumplimiento de contrato, en el plazo indicado en las presentes bases
• Si el Proveedor o sus representantes legales, fuesen condenados por delitos que merezca pena aflictiva o por algunos de los delitos de la Ley 20.393.
• Si traspasare o subcontratase la totalidad o parte del contrato, sin la aprobación de la Municipalidad.
• Por pactar o presentar proposiciones de convenios extrajudiciales con sus acreedores; presentar proposiciones de convenio judicial preventivo; declaratoria o solicitud de quiebra, o fuera declarado en quiebra.
• Por incumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de sus empleados.
• Disolución, término de giro, o liquidación de la empresa Proveedor.
• Las demás contempladas en las presentes Bases, en la Ley o en el Contrato.
Si se presenta cualquiera de las situaciones anteriores y la causal de incumplimiento fuera subsanable, el Administrador del Contrato notificará por escrito al Proveedor, a fin de que este, dentro de un plazo máximo de 5 días hábiles, proceda a solucionar la causal de incumplimiento y cumpla con lo ofertado.
Si transcurrido el plazo otorgado, el Proveedor no hubiere solucionado la causal de incumplimiento a plena satisfacción de la Municipalidad, esta podrá poner término anticipadamente al Contrato notificado por escrito al Proveedor y haciendo efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
No obstante, la Municipalidad podrá poner término anticipado al contrato en cualquier momento de su vigencia y/o renovaciones, sin expresión de causa y sin necesidad de declaración judicial o arbitral alguna y, si derecho a indemnización o compensación de ninguna especie a favor del Proveedor, previo aviso por escrito, enviado al domicilio que éste hubiere indicado en la comparecencia del Contrato, mediante correo certificado, con a lo menos 60 días de anticipación a la nueva fecha de término. En este caso solo se pagaran las facturas recepcionadas completas, conformes y fecha de emisión anterior a la fecha de aviso al término de contrato por la Municipalidad, a su entera satisfacción, hasta la fecha señalada en la comunicación.
Sin prejucio de lo anterior, el proveedor adjudicado será responsable solidario frente a las eventuales demandas que se interpongan en contra del Municipio, cuando éstas tengan su fundamento en fallas en la Calidad del medicamento adjudicado.
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DE LAS MULTAS |
La unidad Técnica, podrá aplicar multas al proveedor adjudicado, según el siguiente detalle:
ÍTEM PRODUCTO O SERVICIO DESCRIPCIÓN DE LAS MULTAS MONTO DE LA MULTA EN PESOS
1 Atraso
No cumplir con la entrega de los productos en el plazo referido por el proveedor en la adjudicación de la licitación. El atraso máximo permitido será de 10 días hábiles, contados desde que se envía la orden de compra. Posterior a ese plazo se podrá cobrar la boleta de Fiel cumplimento de contrato
$ 15.000.- (quince mil) por día de atraso
La Unidad Técnica, notificará al proveedor de la aplicación de estas multas por medio electrónico al representante local del proveedor, con copia al representante legal de la empresa, individualizados en el anexo N° 1 de la licitación, quienes tendrán (3) tres días hábiles para apelar a esta multa. Si en este tiempo no existe apelación, la multa se entenderá como aceptada por el proveedor.
El proveedor deberá emitir un vale vista o realizar un ingreso municipal, por Tesorería Municipal, por el monto de la multa, a nombre de la Ilustre Municipalidad de Santo Domingo.
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de los plazos |
Los productos deberán ser entregados en el plazo indicado por oferente, como plazo máximo, contados desde la fecha del decreto que aprueba contrato. Sin este documento, el proveedor no podrá enviar los productos.
Los productos deberán ser enviados a la siguiente dirección
• Dirección de entrega: las hortensias n° 146, santo domingo, v región
• Horario de entrega: de lunes a viernes de 8:30 am a 16:30 pm
• Teléfono de contacto: (35) 2204501
Los productos deberán estar en perfectas condiciones, en su empaque original y sin ningún daño, ya sea producto del traslado u otra razón ajena al mandante. La unidad técnica, tendrá el derecho de revisar el contenido del empaque antes de la firmar recibo conforme o cualquier tipo de documento de recepción conforme al distribuidor. Cualquier desperfecto o error en los productos enviados, habilitará a la persona encargada de no recepcionarlos, enviándolos de vuelta al proveedor, el cual deberá reemplazarlos por productos nuevos, dentro del plazo de entrega ofertado.
Se deberá enviar la totalidad de los productos contenidos en la orden de compra junto con la factura electrónica, la cual deberá venir impresa y ser entregada junto con los productos en la dirección anteriormente señalada.
Los datos de facturación son:
I.Municipalidad de santo domingo
Rut: 69.073.500-8
Dirección: plaza del cabildo s/n santo domingo
Fono: 035-2200654
La factura se pagará dentro de los 30 días siguientes a la recepción conforme y completa de los productos contenidos en la orden de compra. La forma de pago es a través de transferencia electrónica a nombre de la empresa o proveedor adjudicado
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