Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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Hospital Clínico de la Fuerza Aérea de Chile, RUT 61.103.007-K.
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Fecha de vencimiento:
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16-04-2021
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Monto:
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500000
Peso Chileno
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Descripción:
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1.- Instrumento de Garantía de Seriedad de la Oferta:
Según el artículo 31 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, para garantizar la seriedad de sus ofertas, los oferentes deberán otorgar una garantía a través de un Instrumento, de forma física o electrónica, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, tomado por el oferente participante o un tercero a su nombre, de acuerdo con lo establecido en el Anexo “F” de las presentes Bases Administrativas.
Deberá contener la glosa que se establece en el Anexo “F” de las Bases Administrativas.
En caso que el Instrumento de Garantía presentado no cumpla con cualquiera de los requisitos establecidos, será rechazado de plano y el oferente quedará fuera del presente proceso de Licitación, por lo que la respectiva oferta será declarada inadmisible, en conformidad con lo establecido en el Párrafo III.-, letra F.-, numeral 3.- de las presentes Bases Administrativas.
El o los oferentes deberán siempre mantener vigente el Instrumento de Garantía de Seriedad de la Oferta, hasta que se cumplan las condiciones establecidas para proceder a su devolución. En virtud de lo anterior, si una vez aceptado por parte del Hospital el referido Instrumento, la vigencia de éste fuere insuficiente, él o los oferentes deberán renovarlo a lo menos el antepenúltimo día hábil bancario a su vencimiento, por uno de un plazo que cubra hasta la fecha en que deba reemplazarse por el Instrumento Financiero de Fiel y Oportuno Cumplimiento. De lo contrario, el Hospital hará efectivo el Instrumento vigente antes de su vencimiento.
2.- Entrega:
El Instrumento de Garantía antes señalado, será otorgado física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y entregarse a “EL HOSPITAL”, dentro del plazo, lugar y horario, que se indica en el Anexo “L” de estas Bases Administrativas.
En caso que no se cumpla lo anterior, la respectiva oferta será rechazada por el Hospital, por no cumplir con las Bases Administrativas que regulan la Propuesta, no siendo considerada dentro del proceso de Licitación, tal como está previsto en el Párrafo III.-, letra F.- Nº 3.- de estas Bases.
3.- Efectividad de la garantía:
La Entidad Licitante estará facultada para hacer efectivo el Instrumento de Garantía de Seriedad de la Oferta en el caso que se regula en la letra B.-, Nº 2.- más adelante, procediendo administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Asimismo, la Garantía de Seriedad de la Oferta podrá ser cobrada unilateralmente, por el Hospital, en los siguientes casos:
a.- Si “EL OFERENTE” retira su propuesta o si desiste de ella, en el período de vigencia de la misma.
b.- Si “EL OFERENTE” adjudicado no acredita encontrarse inscrito en el Registro Oficial de Proveedores del Estado de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la fecha de suscripción de los contratos, o bien, antes de la emisión de la Orden de Compra, si correspondiere.
c.- Si con posterioridad a la Oferta y Adjudicación, “EL HOSPITAL” advierte que el Oferente ha infringido, infringe o presenta inhabilidades a que hace referencia el artículo 4º de la Ley Nº 19.886.
Igualmente, se hará efectiva la garantía, si el Oferente adjudicado se niega a entregar los antecedentes legales para contratar, que no consten en el Registro Oficial de Proveedores del Estado (Chileproveedores), a cumplir con su oferta y/o si se niega a aceptar la Orden de Compra que se emita.
En estos casos, además de hacer efectiva la Garantía regulada en el presente Párrafo, el Hospital dejará sin efecto la adjudicación de la presente Propuesta, pudiendo adjudicar al oferente siguiente mejor evaluado.
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Glosa:
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Para garantizar la Seriedad de la Oferta de la Licitación Pública para la adquisición de Equipo de Mediciones Otoacústicas
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Forma y oportunidad de restitución:
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La devolución de la Garantía por Seriedad de la Oferta de aquellos oferentes no adjudicados, se efectuará a partir de la notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación, conforme a la letra I.- del Párrafo III.- de las Bases, en la forma y condiciones establecidas a continuación.
La Dirección de Abastecimiento, a través de la Subdirección de Contratos No Médicos, será la encargada de entregar un formulario debidamente firmado, para el retiro del documento en la Caja Recaudadora – Pagadera, ubicada en dependencias de la Subdirección de Contabilidad y Finanzas, lo cual procederá solamente en caso de renovación, modificación y devolución de los documentos de garantía.
Posterior a la devolución del documento de garantía, el encargado de la Caja Recaudadora – Pagadera, ubicada en dependencias de la Subdirección de Contabilidad y Finanzas, confeccionará el Recibo de Entrega conforme al oferente.
No obstante ello, la Garantía de Seriedad de la Oferta, correspondiente a la segunda oferta mejor evaluada, será devuelta al oferente, al momento de la firma del Contrato o de la aceptación de la orden de compra, según corresponda, una vez que el oferente adjudicado haga entrega del Instrumento Financiero de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento.
Tratándose del Proveedor adjudicado, “EL HOSPITAL” procederá a devolverle la respectiva Garantía, mediante el mismo proceso señalado en el inciso precedente, una vez que haya entregado la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, regulada en la letra B.- siguiente.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Hospital Clínico de la Fuerza Aérea de Chile, RUT 61.103.007-K.
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Fecha de vencimiento:
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31-12-2021
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Monto:
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10
%
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Descripción:
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1.- Instrumento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato:
De acuerdo con el artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, el Oferente adjudicado deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Contrato o de la orden de compra, según corresponda, a través de un Instrumento, de forma física o electrónica, que asegure el cobro de la Garantía de manera rápida y efectiva, tomada por el Oferente adjudicado o un tercero a su nombre, de acuerdo con lo establecido en el Anexo “F” de las presentes Bases Administrativas.
Deberá contener el número de Propuesta Pública (ID) y su glosa, según lo dispuesto en el Anexo “F” de las Bases Administrativas.
El Oferente adjudicado siempre deberá mantener vigente la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, hasta que se cumplan las condiciones establecidas para proceder a su devolución. En virtud de lo anterior, si una vez aceptada por parte del Hospital la referida Garantía, la vigencia de ésta fuere insuficiente, él o los Oferentes deberán renovarla a lo menos el antepenúltimo día hábil antes de su vencimiento, por una Garantía en las mismas condiciones señaladas precedentemente, de lo contrario, el Hospital hará efectiva la Garantía vigente antes de su vencimiento.
2.- Entrega:
Esta Garantía deberá ser entregada al Hospital posterior a la adjudicación y hasta 15 días hábiles posterior a la adjudicación. Sólo cuando se reciba la Garantía de Fiel cumplimiento de contrato se podrá hacer devolución de la Garantía de Seriedad de la oferta al proveedor adjudicado y al segundo oferente mejor evaluado.
En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Si la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento no fuere entregada dentro del momento y plazo antes indicado, el Hospital dejará sin efecto la adjudicación, haciendo efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta, pudiendo adjudicar la presente Licitación al Oferente siguiente mejor evaluado, quien deberá cumplir con la misma exigencia.
3.- Efectividad de la garantía:
En caso de incumplimiento grave del Proveedor adjudicado de las obligaciones que le impone el presente acuerdo, y previa notificación del administrador del contrato, facultará al Hospital para hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento, ni acción judicial o arbitral alguna.
Lo anterior, sin perjuicio de las acciones judiciales que corresponden al Hospital para solicitar el cumplimiento forzado o la resolución del Contrato, más la indemnización de perjuicios correspondientes.
Asimismo, con cargo a la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones contractuales que afecten al contratista.
4.- Aumento de la garantía:
En el caso previsto en el Párrafo III.-, letra G.-, N° 4.- de las Bases Administrativas, referido a la situación en que el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue y cumplidas las demás exigencias allí señaladas, el Hospital podrá, a través de una Resolución Fundada, totalmente tramitada, requerirle una ampliación de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, hasta por la diferencia del precio de la oferta que le sigue.
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Glosa:
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Para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato por el Suministro de Equipo de Medición Otoacústicas
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Forma y oportunidad de restitución:
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5.- Devolución de la garantía:
No procediendo causales para hacerla efectiva, la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato se efectuará al término de su vigencia y no antes de 61 días hábiles, desde la fecha de término del contrato, en dependencias de la Dirección de Abastecimiento- Departamento de Contratos No Médicos, conforme al mismo procedimiento para devolución de la garantía de seriedad de oferta señalado en el número 4.- de la letra A.- del Párrafo IV.- de las presentes Bases Administrativas.
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