De acuerdo con lo establecido en el artículo 40 del Decreto N° 250 de 2004, Reglamento de la Ley N° 19.886, el HOSPITAL podrá solicitar a los Oferentes, que salven errores u omisiones formales detectados durante la evaluación de las ofertas, siempre y cuando su rectificación no confiera a esos Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los Principios de Estricta Sujeción a las Bases y de Igualdad de los Oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los Oferentes, a través del Sistema de Información.
El HOSPITAL permitirá la presentación de antecedentes administrativos que los Oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichos antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
En este caso, los Oferentes tendrán 05 (cinco) días hábiles, contados desde el requerimiento del Hospital, el que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl, para aclarar, salvar errores u omisiones al momento de presentar su oferta, los que deberán ser entregados e ingresados a través del Sistema de Información, Portal www.mercadopublico.cl.