Licitación ID: 3352-26-LE22
ADQ DE MATERIALES DEL RUBRO FERRETERÍA
Responsable de esta licitación: EJERCITO DE CHILE ESCUELA CABALLERIA QUI, Escuela de Caballería Blindada - ESC CBL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 718
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Llave "T" para grifos 58 Unidad
Cod: 27111720
Kit llave angular de 1/2"  

2
Grifos 618 Unidad
Cod: 40141702
Llave de paso campana para ducha 1/2" cromada SO, metal (agua fría-caliente)  

3
Tubería de plástico 71 Unidad
Cod: 31231313
Fitting universal para estanque, plástico.  

4
Enchufes eléctricos 297 Unidad
Cod: 39121402
Toma corriente triple 10A, armado, color gris.  

5
Cadena para contrapeso de ventana 160 Unidad
Cod: 31151605
Brazo de proyección 120x130 para ventanas  

6
Cadena para contrapeso de ventana 62 Unidad
Cod: 31151605
Brazo de proyección para ventanas de 60x60  

7
Sifones en P 22 Unidad
Cod: 40141716
Sifones metálicos para urinarios.  

8
Azulejos o baldosas de cerámica 6 Caja
Cod: 30131704
Cerámica para muralla, color blanca de 20x30  

9
Azulejos o baldosas de cerámica 6 Caja
Cod: 30131704
Cerámica piso, color beige de 40x40  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQ DE MATERIALES DEL RUBRO FERRETERÍA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Adquisición de materiales varios del rubro ferretería para uso en la Escuela de Caballería Blindada.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
EJERCITO DE CHILE ESCUELA CABALLERIA QUI
Unidad de compra:
Escuela de Caballería Blindada - ESC CBL
R.U.T.:
61.101.024-9
Dirección:
Avenida Salvador Allende N° 475
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-09-2022 15:01:00
Fecha de Publicación: 30-08-2022 16:42:04
Fecha inicio de preguntas: 30-08-2022 17:05:00
Fecha final de preguntas: 07-09-2022 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-09-2022 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-09-2022 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-09-2022 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 14-09-2022 17:01:34
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Artículo 12: La propuesta se compone de antecedentes administrativos ya individualizados, oferta técnica y económica, las que se deberán presentar directas y exclusivamente en el sistema de información, a través del formulario de presentación de oferta y sus Anexos, dentro del plazo establecido en éste y en el cronograma de esta licitación. Los oferentes deberán constatar que el envío de sus ofertas, a través del sistema de información haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes administrativos, técnicos, económicos y anexos requeridos, para ello deberán verificarse el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta”, que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Los oferentes deberán adjuntar todos los antecedentes necesarios para acreditar el cumplimiento de los criterios o factores que se establecen en la matriz de evaluación.
Documentos Técnicos
1.- Artículo 14: En términos generales, los bienes objeto de esta propuesta, están contenidos en el rubro de “Ferretería”. Las características técnicas de los productos requeridos por el Instituto son las que se describen en las bases técnicas y su propuesta deberá detallarse en el ANEXO N°1, en donde además indicará la forma y condición en que se ofrecerán los insumos requeridos, los que serán evaluadas conforme a los criterios y requisitos de las presentes bases. La oferta técnica deberá ser presentada en formato electrónico o digital, a través del Sistema de Información, por lo que la no presentación de este archivo implicará que la oferta será declarada INADMISIBLE.
 
Documentos Económicos
1.- Artículo 13: Deberá formularse en pesos, moneda de curso legal en Chile, en valores netos del impuesto del valor agregado, para luego indicar el IVA y precio final. La oferta económica deberá ser presentada conforme al formato del Anexo 2 y se deberán considerar todos los costos asociados a los bienes que se licitan. Cualquier requerimiento extraordinario, esencial y no previsto por el oferente al momento de efectuar su propuesta, será de su exclusivo cargo. No se aceptará, bajo ningún concepto, el recargo o incremento de los valores propuestos en la oferta y mantendrá su vigencia por al menos 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de su presentación en el Sistema de Información.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos El oferente que ingrese su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañado todos los antecedentes requeridos, obtendrá nota 7 (siete). Obtendrán nota 4 (cuatro) las ofertas que entreguen 1 o más documentos después del cierre de recepción de las ofertas. Obtendrán nota 0 (cero) aquellos oferentes que no entreguen la información requerida, aun cuando se les haya solicitado mediante el foro de aclaración de oferta. 5%
2 Requerimiento Técnico Se evaluará con nota 7 (siete) a quien cumpla con los requerimientos técnicos establecidos en las bases técnicas. Obtendrá nota 5 (cinco) quien ofrezca un producto con similares características a las establecidas en los requisitos técnicos. Obtendrá nota 0 (cero) quien no cumpla con los requerimientos técnicos o no los indique. 30%
3 Garantía Técnica Las ofertas serán evaluadas en forma ponderada de 7 a 0, tomando como base al proveedor que ofrezca un mayor tiempo de garantía de los productos ofertados. 10%
4 Plazo de Entrega Las ofertas serán evaluadas en forma ponderada de 7 a 0, tomando como base a quien ofrezca el menor plazo de entrega de los productos solicitados. 20%
5 Precio Las ofertas serán evaluadas por línea en forma ponderada de 7 a 0, tomando como base la oferta más económica, la que obtendrá nota 7. El precio deberá incluir TODOS los gastos asociados al bien. Oferta debe incluir el Anexo N°2 con su respectivo desglose. X=Menor precio ofertado=Nota obtenida*35% Precio evaluado 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Fondos Internos de Casino
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Las ofertas deben ser ingresadas en valores netos.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Paulina Aguilera Bustamante
e-mail de responsable de pago: finanzas.esccbl@ejercito.cl
Nombre de responsable de contrato: Nicolas Espinoza Montaner
e-mail de responsable de contrato: adquisiciones.esccbl@ejercito.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26935897-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se permite la subcontratación sólo en relación a aspectos logísticos relacionados a los productos, esto es, Almacenamiento y Transporte. En todos los casos es el oferente y eventual adjudicatario el único responsable del pleno cumplimiento de lo señala
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
I. BASES ADMINISTRATIVAS
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1: El Director de la Escuela de Caballería Blindada, en representación del Fisco-Ejército de Chile, en razón de sus facultades delegadas, llama a licitación pública para la adquisición de materiales del rubro de ferretería para el mantenimiento de los casinos de oficiales y suboficiales del Instituto.

Atículo 2: Las presentes bases administrativas contienen las disposiciones por las cuales se regularán, regirán e interpretarán, según sea el caso, las relaciones de la Escuela de Caballería Blindada con los proveedores, en adelante indistintamente “Proponentes”, “Oferentes” o “Participantes”, durante el proceso de llamado a propuesta pública, presentación de las ofertas, su apertura, adjudicación y todas las materias relacionadas con la presente licitación.

Artículo 3: El llamado a propuesta, la presentación de las ofertas, las evaluación de las ofertas, la adjudicación de las ofertas, los contratos u órdenes de compra que en su virtud se celebren o se emitan y, en general, todas las actuaciones relacionadas con la propuesta, se efectuarán a través del Sistema Electrónico de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas, a que se refiere el artículo 19 de la Ley N°19.886, portal de internet www.mercadopublico.cl, en adelante, el Sistema de Información.

Artículo 4: Las bases de licitación están compuestas por las presentes bases administrativas, bases técnicas y anexos. Salva expresa mención en sentido contrario la expresión “Bases” se entenderá referida a todos los antecedentes suministrados por el Fisco-Ejército - Escuela de Caballería Blindada, para regulación de la presente propuesta pública. Los anexos que se indican a continuación, se entiende que forman parte integrante de las presentes bases de licitación:
- ANEXO 1 : Formato de presentación Oferta Técnica.
- ANEXO 2 : Formato de presentación Oferta Económica.
- ANEXO 3 : Declaración jurada sobre parentesco con funcionarios públicos que intervienen en la licitación (Exclusivo ESCCBL.)

PLAZOS Y GASTOS
Artículo 5: Todos los plazos contenidos en las presentes bases son de días corridos, a menos que se exprese lo contrario. En caso que un plazo fijado en el cronograma de la presente licitación, se cumpliere en día inhábil (sábado, domingo o festivo), se entenderá automáticamente prorrogado para el día hábil siguiente. Todos los gastos que demande participar en la propuesta, serán de cargo de cada oferente o proponente adjudicado, sin derecho a reembolso.

CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN
Artículo 6: El cronograma de actividades de la presente licitación, generará automáticamente las fechas por el sistema y estarán disponibles a partir del día de publicación de las presentes bases.

MODIFICACIÓN DE LAS BASES.
Artículo 7: Las bases administrativas, sus anexos correspondientes y plazos, podrán ser modificados, ya sea por iniciativa propia de la entidad licitante o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los proponentes, previa dictación de una resolución fundada, para lo cual se podrá aumentar la fecha de cierre de recepción de las ofertas en hasta 03 (tres) días hábiles contados desde la total tramitación de la resolución modificatoria correspondiente, e informada a través del Sistema de Información, a través del sitio web www.mercadopúblico.cl como archivo adjunto a la licitación, de tal manera que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones dentro de un plazo prudencial. No obstante, lo anterior cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el cronograma de la licitación, el Instituto informará en el Sistema de Información mediante resolución fundada las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, indicando un nuevo plazo.

LOS PARTICIPANTES
Artículo 8: Podrán participar en esta propuesta todas las personas naturales, jurídicas o uniones temporales de proveedores (UTP), nacionales o extranjeros, a través de sus representantes con domicilio en Chile, que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con al administración del Estado establecidas en el Art. 4° de la Ley 19.886, ni a la prohibición celebrar actos y contratos con organismos del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y delito de Cohecho que indica; ni aquellas condenadas por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el Art. 26 letra d) del Decreto Ley N°211 de 1973, que cumplan todos los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos. Las UTP, deberán, a través de su representante, adjuntar el momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar en esta forma

Artículo 9: Las personas naturales, jurídicas y/o UTP., que no se encuentren inscritas en el registro a que se hace referencia a continuación, cuyas ofertas resulten adjudicadas, deberán, dentro del plazo de 10 (diez) días corridos, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, proceder a inscribirse en la categoría o rubro correspondiente al objeto de la misma, en el Registro de Contratistas y Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contrataciones Pública, y dicha inscripción deberá encontrarse habilitada. En el caso de las UTP., cada integrante de dicha unión temporal deberá inscribirse en el citado registro, de conformidad a lo indicado en el Art. 67 bis del Decreto Supremo 250, Reglamento de la Ley 19.886.

Artículo 10: Los participantes deberán examinar todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones que figuren en las bases administrativas, bases técnicas y anexos, las que constituyen, junto con la serie de preguntas y respuestas que contienen las aclaraciones a las bases, la única fuente de información para la preparación de la oferta. Si el participante omite suministrar toda la información requerida en las bases de licitación o presenta una oferta que no se ajuste substancialmente y en todos sus aspectos a esos documentos, el riesgo será de su cargo y el resultado será el rechazo de la oferta, sin perjuicio de lo señalado en el Art. 23 de las presentes bases.

DE LAS CONSULTAS Y ACLARACIONES
Artículo 11: Las preguntas y aclaraciones a las presentes bases, especificaciones técnicas o informaciones adicionales que requieran los proveedores, deberán efectuarse sólo a través del sistema de información de “Mercado Público” dentro del plazo indicado en el cronograma de la licitación, considerando los días sábados, domingos y festivos como inhábiles para tales efectos. La entidad licitante pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas en el plazo establecido en el cronograma de actividades.

DE LAS OFERTAS
Artículo 12: La propuesta se compone de antecedentes administrativos ya individualizados, oferta técnica y económica, las que se deberán presentar directas y exclusivamente en el sistema de información, a través del formulario de presentación de oferta y sus Anexos, dentro del plazo establecido en éste y en el cronograma de esta licitación. Los oferentes deberán constatar que el envío de sus ofertas, a través del sistema de información haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes administrativos, técnicos, económicos y anexos requeridos, para ello deberán verificarse el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta”, que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Los oferentes deberán adjuntar todos los antecedentes necesarios para acreditar el cumplimiento de los criterios o factores que se establecen en la matriz de evaluación.

OFERTA ECONÓMICA
Artículo 13: Deberá formularse en pesos, moneda de curso legal en Chile, en valores netos del impuesto del valor agregado, para luego indicar el IVA y precio final. La oferta económica deberá ser presentada conforme al formato del Anexo 2 y se deberán considerar todos los costos asociados a los bienes que se licitan. Cualquier requerimiento extraordinario, esencial y no previsto por el oferente al momento de efectuar su propuesta, será de su exclusivo cargo. No se aceptará, bajo ningún concepto, el recargo o incremento de los valores propuestos en la oferta y mantendrá su vigencia por al menos 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de su presentación en el Sistema de Información.

OFERTA TÉCNICA
Artículo 14: En términos generales, los bienes objeto de esta propuesta, están contenidos en el rubro de “Ferretería”. Las características técnicas de los productos requeridos por el Instituto son las que se describen en las bases técnicas y su propuesta deberá detallarse en el ANEXO N°1, en donde además indicará la forma y condición en que se ofrecerán los insumos requeridos, los que serán evaluadas conforme a los criterios y requisitos de las presentes bases. La oferta técnica deberá ser presentada en formato electrónico o digital, a través del Sistema de Información, por lo que la no presentación de este archivo implicará que la oferta será declarada

INADMISIBLE. APERTURA DE LAS OFERTAS
Artículo 15: El acto de apertura electrónica tanto en la oferta técnica como económica será en una etapa, en el plazo señalado en el cronograma de la licitación a través del sistema de información, liberándose automáticamente las ofertas, en la fecha indicada en el cronograma de actividades.

GARANTÍA TÉCNICA
Artículo 16: Para efectos de resguardar la calidad de los bienes adquiridos, se hace presente que a esta licitación le serán aplicables las normas relativas a Garantía Técnica establecida en los artículos 20 y siguientes de la Ley Nº 19.496, de 1997 que “Establece Normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores”, entendiéndose que el Fisco-Ejército de Chile, inviste la calidad de “usuario” para estos efectos.
a) Que los bienes adquiridos sean nuevos, sin uso y que estén libres de defectos de materiales y fabricación.
b) El proveedor se obliga a reemplazar el o los elementos de los bienes adquiridos que tengan defectos de fabricación y/o presenten desperfectos.
c) Garantía de Reposición: El proveedor se obliga a reemplazar él o los elementos de los bienes adquiridos que tengan defectos de fábrica y/o presenten desperfectos, por otro(s) nuevo(s) y sin uso, en un plazo no superior a 7 (siete) días corridos, contados desde la notificación por escrito por parte de la Institución.
d) Debe cubrir la logística inversa y los costos de envío de las especies nuevas, en trayecto nacional e internacional si corresponde.
e) La Garantía Técnica de los productos, no podrá ser inferior a 3 (tres) meses desde su recepción en el Instituto, debiendo detallar en el Anexo 1, la garantía ofrecida.
En el evento que se hiciera efectiva la Garantía Técnica respecto de uno o más bienes, el proveedor correspondiente deberá hacerse responsable por una nueva garantía respecto del bien reparado o reemplazado, con las mismas extensiones y duración que la garantía técnica inicial.

EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Artículo 17: Por no corresponder esta licitación a una de las previstas en el inciso 5° del Artículo 37 del Reglamento Complementario de la Ley N°19.886, es decir, la evaluación de esta no reviste gran complejidad, y no es superior a 1.000 UTM, por lo que se omite la designación de una comisión evaluadora. De esta forma, y como una buena práctica, para garantizar imparcialidad y competencias entre oferentes, el estudio y evaluación de las propuestas será realizado por los siguientes puestos directivos del Instituto o quienes los subroguen, quienes elaborarán el respectivo cuadro comparativo de conformidad a la Matriz de Evaluación, junto con el Acta de Evaluación de las propuestas y la proposición respectiva a la autoridad facultada para adoptar la decisión final:
- Subdirector
- Comandante de la Unidad de Cuartel
- Jefe de la Sección Administrativa
Lo anterior considerará todos los antecedentes exigidos en las bases y establecerá el puntaje asignado a cada una de las líneas ofertadas, mediante análisis de los criterios de evaluación, de acuerdo con los factores de evaluación y puntajes obtenidos. El proveedor adjudicado será el que obtenga el mayor puntaje en dicha matriz, considerándose como la más conveniente al interés fiscal, pudiendo no corresponder al menor precio ofertado. Todo lo que se determine en el proceso de evaluación, será reflejado en el acta de evaluación la que será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, la que contendrá la proposición al Director de la Escuela, con la oferta más ventajosa, quien en definitiva decidirá y dictará la respectiva resolución de adjudicación. En su oportunidad, dichos integrantes deberán otorgar una declaración jurada en la que expresen no tener conflicto de intereses con los potenciales oferentes, de conformidad a lo establecido en el artículo 37 inciso 5º del Reglamento de la Ley Nº 19.886 (ANEXO 3).

CRITERIOS TÉCNICOS Y ECONÓMICOS
Artículo 18: Para la adjudicación, se evaluarán las ofertas conforme a una matriz de toma de decisión, que considera los siguientes criterios: Técnicos y Económicos, que se ponderarán conforme a los porcentajes que a continuación de expresan:

CRITERIO PORCENTAJE:
Precio 35 %
Requerimiento Técnico 30 %
Plazo de entrega de los productos 20 %
Garantía Técnica 10 %
Cumplimiento de requisitos formales 5 %

Detalle de los Criterios de evaluación
PRECIO: Las ofertas serán evaluadas por línea en forma ponderada de 7 a 0, tomando como base la oferta más económica, la que obtendrá nota 7. El precio deberá incluir TODOS los gastos asociados al bien. Oferta debe incluir el Anexo N°2 con su respectivo desglose. X = Menor precio ofertado = Nota obtenida *35% (Ponderación) Precio evaluado

REQUERIMIENTO TÉCNICO: Se evaluará con nota 7 (siete) a quien cumpla con los requerimientos técnicos establecidos en las bases técnicas. Obtendrá nota 5 (cinco) quien ofrezca un producto con similares características a las establecidas en los requisitos técnicos. Obtendrá nota 0 (cero) quien no cumpla con los requerimientos técnicos o no los indique.

PLAZO DE ENTREGA: Las ofertas serán evaluadas en forma ponderada de 7 a 0, tomando como base a quien ofrezca el menor plazo de entrega de los productos solicitados.

GARANTÍA TÉCNICA: Las ofertas serán evaluadas en forma ponderada de 7 a 0, tomando como base al proveedor que ofrezca un mayor tiempo de garantía de los productos ofertados.

CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES: El oferente que ingrese su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañado todos los antecedentes requeridos, obtendrá nota 7 (siete). Obtendrán nota 4 (cuatro) las ofertas que entreguen 1 o más documentos después del cierre de recepción de las ofertas. Obtendrán nota 0 (cero) aquellos oferentes que no entreguen la información requerida, aun cuando se les haya solicitado mediante el foro de aclaración de oferta.

RESOLUCIÓN DE EMPATE
Artículo 19: En caso de empate en la evaluación entre dos o más oferentes, la adjudicación se efectuará a quien tenga una mejor evaluación parcial de acuerdo con el orden de prelación entre los criterios de evaluación señalados precedentemente, es decir:
1. “PRECIO”.
2. “REQUERIMIENTO TÉCNICO”
3. “PLAZO DE ENTREGA”.
4. “GARANTÍA TÉCNICA”
5. “CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES”.
Finalmente, en caso de que aún con la aplicación de esta regla se mantenga el empate, se adjudicará al oferente que haya efectuado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, en conformidad al certificado de presentación de oferta emitido por el mencionado portal.

ERRORES Y OMISIONES DETECTADAS DURANTE LA EVALUACION
Artículo 20: Errores. Durante el período de evaluación, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales en la medida que no coincidan en aspectos sustanciales de la oferta y estas circunstancias no les confieran a dichos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes. Asimismo, no deberán afectar los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Se informará dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información, teniendo los oferentes individualizados 25 (veinticinco) horas de plazo para dar respuesta a lo solicitado. Omisiones en la documentación. La entidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido adjuntar al momento de efectuar la oferta, siempre que ellos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, en las presentes bases se encuentra especificado un plazo para la corrección de estas omisiones, contado desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del sistema. En estos casos las bases contemplan, dentro de los criterios de evaluación, la observancia de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a aquellas que no cumplan dentro del plazo con todo lo requerido. Los oferentes tendrán 25 (veinticinco) horas de plazo para presentar la documentación solicitada a través del sistema (Art. 40 del Reglamento de la Ley N°19.886).

INADMISIBILIDAD Y DESERCIÓN DE PROPUESTAS
Artículo 21: Se declararán inadmisibles las propuestas que no cumplan con todos los requisitos exigidos en las presentes bases de licitación.

Artículo 22: Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a los intereses de la Institución. En todos los casos antes indicados, la declaración deberá ser por resolución fundada y él o los oferentes, no podrán reclamar indemnización alguna en contra del Fisco-Ejército de Chile, Escuela de Caballería Blindada del Ejército. La Escuela de Caballería Blindada se reserva el derecho de suspender y/o revocar la licitación por razones fundadas, hasta antes del cierre de recepción de las ofertas, sin derecho a indemnización alguna por este concepto.

ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA
Artículo 23: La entidad licitante adjudicará al oferente que haya obtenido el puntaje más alto respecto de la sumatoria de las diferentes variables de decisión, de acuerdo con los criterios contemplados en estas bases, adjudicando la propuesta mediante resolución fundada a través del sistema de compras públicas www.mercadopublico.cl, a la cual se le adjuntará el informe de evaluación respectivo.
a) En el caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviera afecto a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, se deberá informar dicha situación por escrito, dentro del plazo de 05 (cinco) días hábiles contados desde que se produzca la causal, señalando además si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado con la integración del resto de sus miembros hábiles. En el caso de no informar lo anterior o de no manifestar sus intenciones de desistirse, la licitación será adjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
b) De igual forma, si se produce el retiro de algunos de los miembros de la UTP y su integración no cumple con el mínimo de 02 (dos) integrantes para su funcionamiento, o el integrante que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, la adjudicación será dejada sin efecto y se readjudicará de acuerdo a los términos señalados en el Art. 24 de las presentes bases.
c) La notificación se entenderá realizada luego de 24 (veinticuatro) horas transcurridas desde que se publique en el Sistema de Información, la resolución de adjudicación o readjudicación, según sea el caso.
Notificada la respectiva resolución, comenzará a correr el plazo para la firma del respectivo contrato de servicios.

READJUDICACIÓN
Artículo 24: La Escuela, podrá readjudicar al oferente que le siga al proveedor elegido, en orden de prelación, de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos: a) Si el oferente adjudicado no suscribe o no acepta la orden de compra en el plazo estipulado de 48 hrs., por causas imputables a él. b) Que el oferente adjudicado, se desista, renuncie, abandone o no cumpla íntegramente los trámites posteriores a la adjudicación. c) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley 19.886 o no proporciona los antecedentes que le sean requeridos para verificar dicha condición o no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, dentro del plazo de 5 (cinco) días corridos. b) De igual forma, si se produce el retiro de algunos de los miembros de la UTP y su integración no cumple con el mínimo de 02 (dos) integrantes para su funcionamiento, o el integrante que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. La notificación de la resolución de adjudicación o readjudicación según sea el caso, se entenderá realizada luego de 24 horas transcurridas desde que se publique en el sistema de información.

ORDEN DE COMPRA
Artículo 25: Atendiendo el monto involucrado en la presente licitación y en atención a lo dispuesto por el artículo 63º del Reglamento de la Ley Nº 19.886, la contratación de las especies se formalizará mediante la emisión de las respectivas órdenes de compra que se generen y la aceptación de estas por parte del o los proveedores. Las órdenes de compra que se generen, deberán especificar los bienes adquiridos, indicando el plazo y lugar de entrega de éstos, debiendo efectuar su aceptación por parte del proveedor adjudicado, en el plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas. En el evento de que alguna de las órdenes de compra no haya sido aceptada, la Escuela podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 (veinticuatro) horas desde dicha solicitud.

ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LOS BIENES ADQUIRIDOS
Artículo 26: Los productos serán entregados en la Escuela de Caballería Blindada, ubicada en Avenida Salvador Allende N°475, de la comuna y ciudad de Iquique, Región de Tarapacá, en el plazo estipulado por el proveedor en su oferta, contados desde la aceptación de la respectiva orden de compra. En caso que los productos no cumplan con los estándares exigidos, el oferente adjudicado procederá a subsanar las observaciones, no recepcionandose la correspondiente facturación, hasta que sea subsanado el inconveniente y recibido todo conforme. Los bienes adquiridos, se entenderán “desechados” cuando se hubieren detectado defectos susceptibles de ser corregidos, de manera que el bien pueda volver a ser presentado. Se entenderán “rechazados” si la naturaleza o magnitud del defecto no permita la corrección en términos absolutos o dentro del plazo establecido para la entrega del bien adquirido a conformidad de la Escuela, se entenderán rechazados los bienes adquiridos si han sido desechados en tres oportunidades.

FACTURACIÓN Y PAGOS
Artículo 27: La Escuela de Caballería Blindada recibirá el o los documentos tributarios una vez recibidos los bienes en su totalidad y conforme. El proveedor deberá regirse estrictamente a los productos indicados en las Orden de Compra y a su valor total ofertado. El pago se efectuará a 30 (treinta) días, previa aceptación por parte del proveedor de la orden de compra respectiva y la presentación de la factura, debiendo indicar la modalidad de pago (Cta.Cte., Vale Vista, Etc.), en el caso que la factura presentara diferencias u otros inconvenientes imputables al proveedor, el plazo mencionado contará desde su reingreso debidamente corregido.
La facturación deberá ser electrónica y ser enviada al correo electrónico adquisiones.esccbl@ejercito.cl y contener los siguientes datos de identificación:

RAZON SOCIAL : Escuela de Caballería Blindada del Ejército de Chile
RUT : 61.101.024-9
DIRECCIÓN : Avenida Salvador Allende Nº 475
CIUDAD Y COMUNA : Iquique
FONO : +56 2 26935897
GIRO : Actividades de Defensa

El gasto de la presente licitación, deberá imputarse a los fondos internos, en el Centro de Costos 1100005004 “Mantenimiento de Oficiales” y Centro de Costos 1100010004 “Mantenimiento de Suboficiales” de la Escuela de Caballería Blindada.

EFECTOS DEL INCUMPLIMIENTO
Artículo 28: Conforme a lo establecido en el artículo 79° del reglamento de la Ley N°19.886, en caso de incumplimiento por parte del proveedor de una o más obligaciones establecidas en las bases y en el contrato, la entidad licitante podrá aplicar multas, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas que se determinen, las que deberán encontrarse previamente establecidas en las presentes bases de licitación. Se entiende por incumplimiento la no ejecución por parte del proveedor adjudicado de todo o parte de las obligaciones contraídas con la Escuela de Caballería Blindada en la forma establecida en las bases de licitación y la orden de compra. La calificación de si ha habido o no incumplimiento, corresponderá exclusivamente a la Escuela de Caballería Blindada, de conformidad a las bases de licitación, sin perjuicio del derecho del proveedor a ejercer los recursos administrativos y acciones jurisdiccionales que estimare procedentes.

DE LAS MULTAS
Artículo 29: En caso de retraso en la entrega de los productos requeridos, la Escuela aplicará una multa equivalente al 1% (uno por ciento) del precio neto de cada producto, por cada día hábil de atraso, con un tope de 10 (diez) días hábiles. En caso de haber alcanzado el máximo de días de atraso, la Escuela podrá poner término anticipado al contrato o bien exigir su cumplimiento forzado, en conformidad a la Ley y las presentes bases administrativas. Las multas por atraso en la entrega de cada producto se aplicarán de acuerdo a la siguiente fórmula: Monto de la multa de cada producto = días hábiles de atraso en la entrega * valor neto del producto con atraso * 0,01 Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.

PROCEDIMIENTOS
Artículo 30: Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, o que constituya una causal de término anticipado, con excepción de la resciliación, la entidad licitante notificará de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Con todo, el adjudicatario será responsable por hechos imputables a su incumplimiento directo y no por acciones de por terceros no vinculados al adjudicatario. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario deberá adoptar medidas que permitan la corrección de los hechos recién mencionados.

Artículo 31: En caso de fuerza mayor, debidamente calificada por el Director de la Escuela de Caballería Blindada, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil, no se harán efectivas las multas. Las multas se podrán aplicar sin perjuicio del derecho de recurrir a los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer valer la responsabilidad del contratante incumplidor.

TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Artículo 32: La contratación terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en los artículos 13 de la Ley N°19.886 y 77 de su Reglamento, por las siguientes causales:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratistas.
b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c) El estado de notoria insolvencia por el proveedor.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Las demás que se establezcan en las presentes bases de licitación. El término anticipado de la contratación, deberá notificarse mediante documento fundado, con a lo menos 15 (quince) días de anticipación a la fecha en que se desea poner fin al contrato.
No obsta a que la ESCCBL se reserve el derecho a iniciar las acciones legales correspondientes y cobrar las multas, cuando la causal de término sea atribuible al proveedor.

CASO FORTUITO
Artículo 33: El proveedor adjudicado no será responsable en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, definidos conforme lo establece el artículo 45 del Código Civil. El afectado notificará por escrito, a la otra parte, dentro de los 5 (cinco) primeros días de acaecido el hecho, explicando lo ocurrido. Si transcurrieren más de 5 (cinco) días desde el momento que se produjo alguno de los hechos indicados sin que se efectúe la comunicación y aporte de antecedentes al contratante, los días de exceso sobre los cinco señalados para efectuar la comunicación, estarán afectos a la multa o cobro de la garantía de fiel cumplimiento. La solicitud de prórroga, deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la fuerza mayor o caso fortuito invocado, acompañando los correspondientes documentos y/o certificados de respaldo, para mejor resolver. La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá a la ESCCBL, mediante resolución fundada, en base a los antecedentes que oportunamente le proporcione el proveedor y/o aquellos otros que obtenga de terceros o sean de conocimiento público. La parte que no pudiere cumplir con sus obligaciones, procurará atenuar los daños y cumplirá con aquellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar a la causa de fuerza mayor o caso fortuito. El plazo de realización de los servicios se entenderá suspendido por el tiempo que dure tal evento. En estos casos no regirá la aplicación de multas ni cobro de la garantía de fiel cumplimiento.

DE LA CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
Artículo 34: El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total o parcial los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de las presentes bases de licitación, y en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre. Por lo tanto, la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente suministre los productos contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de sus obligaciones. Se permite la subcontratación sólo en relación a aspectos logísticos relacionados a los productos, esto es, Almacenamiento y Transporte. En todos los casos es el oferente y eventual adjudicatario el único responsable del pleno cumplimiento de lo señalado en estas bases.

PACTO DE INTEGRIDAD
Artículo 35: El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a) El “oferente” se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. b) El “oferente” se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. c) El “oferente” se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. d) El “oferente” se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. e) El “oferente” manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. f) El “oferente” se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. g) El “oferente” reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. h) El “oferente” se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Artículo 36: Para dirimir las diferencias que pudieran presentarse en la interpretación, aplicación o cumplimiento de las obligaciones que no pudieran solucionarse de común acuerdo, las partes se someterán a la jurisdicción y competencia del Tribunal de Compras Públicas en todas aquellas materias dispuestas en el Art. 22 y siguientes de la Ley N° 19.886, y a los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Iquique en aquellas materias en que estos sean competentes.

DISPOSICIONES FINALES
Artículo 37: Se presume que los oferentes, por el solo hecho de participar en la presente propuesta y presentar sus respectivas ofertas, conocen y aceptan irrevocablemente el contenido de las bases administrativas generales, especiales, especificaciones técnicas y sus anexos, además de las disposiciones contempladas en la Ley Nº 19.886 y su reglamento complementario, no pudiendo desconocer sus alcances, requisitos y normas legales y reglamentarias que la regulan, comprometiéndose a no tomar ventaja, para su provecho de cualquier posible deficiencia contenida en ella. Se deja expresa constancia de que los términos y condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, son las que deberán cumplir las partes, y se entienden incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato.
II. BASES TÉCNICAS
Descripción General
Artículo 38: Las presentes especificaciones técnicas, se refieren a la adquisición de productos del rubro de ferretería y otros, para uso en el mantenimiento y reparación del casino de oficiales y suboficiales de la Escuela de Caballería Blindada, conforme a las siguientes especificaciones mínimas:
58    Kit llave angular de 1/2” HI + flexible.
618 Llave de paso campana ½ cromada, SO SO metal, (conexión agua fría-caliente) - 309 para agua fría (azul) - 309 para agua caliente (roja)
71    Fitting universal plástico para estanque
297  Toma corriente triple armado 10a, color gris
160  Brazo de proyección 120x130 para ventanas
62    Brazo de proyección 60x60 para ventanas
22    Sifón Urinario Metálico Cromado 1 1/4
06   Caja de cerámica muralla baño 20x30, color blanco, caja de 1,5 m2. 
06   Caja de cerámica piso 40x40 , color beige, caja de 1 m2., antideslizante.

Requerimientos: Artículo 39: Los proveedores adjudicados, deberán entregar los productos en el plazo ofertado, plazo que deberá dar estricto cumplimiento para evitar futuros incumplimientos. La adquisición de los productos requeridos, considera la adquisición de productos de CALIDAD, debiendo detallarlos en el Anexo N°1 “Oferta Técnica”.
Garantía: El proveedor deberá indicar en el Anexo 1, el tiempo de garantía en meses de los productos ofertados.
Plazo de Entrega: El oferente deberá indicar el plazo de entrega de los productos, considerado que la recepción debe ser en la Escuela de Caballería Blindada en la ciudad de Iquique.