Licitación ID: 3365-17-LE24
ADQ. DE EQUIPO DE ENTRE. DE PRIMERO AUXILIOS
Responsable de esta licitación: Ejercito de Chile, Regimiento Nº 6 Chacabuco -R N° 6
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 718
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Productos o servicios
1
Equipos de primer auxilio de servicios médicos de urgencia 1 Unidad
Cod: 42172001
ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE ENTRENAMIENTO DE PRIMEROS AUXILIOS PARA LAS TROPAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQ. DE EQUIPO DE ENTRE. DE PRIMERO AUXILIOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo es proponer la adquisición de elementos que permitan cumplir con los estándares establecidos en cuanto a la acción de los primeros auxilios para las tropas, por lo que estos elementos deben ser aquellos que permitan la configuración de diferentes tipos de heridas y lesiones asociadas al combate o accidentes, con el propósito de involucrarlos emocionalmente en el contenido, de tal manera de generar un aprendizaje significativo que permita mantener por más tiempo el conocimiento y ocuparlo en caso de algún accidente real, minimizando los riesgos en las operaciones.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Ejercito de Chile
Unidad de compra:
Regimiento Nº 6 Chacabuco -R N° 6
R.U.T.:
61.962.000-3
Dirección:
Avenida Collao 171
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-04-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 16-04-2024 12:30:33
Fecha inicio de preguntas: 16-04-2024 13:00:00
Fecha final de preguntas: 18-04-2024 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-04-2024 10:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 22-04-2024 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 22-04-2024 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 24-04-2024 10:43:04
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- bases administrativas
Documentos Técnicos
1.- anexos modificables
 
Documentos Económicos
1.- certificado presupuestario
2.- certificado convenio marco
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Servicio Post Venta El oferente deberá indicar en el anexo N.° 2, la garantía ofertada, con la finalidad de garantizar la adquisición, está deberá ser por un mínimo de 6 meses y deberá responder ante emergencias por la falla inesperada, eventos adversos en el sistema o algunos de sus componentes, comprometiéndose a estar disponible siempre que sea requerido. Deberá adjuntar certificado de compromiso. Las ofertas con garantías menores a 3 meses serán RECHAZADAS. Ej.: Garantía Ofertada.*100 Mayor Garantía Ofertada El porcentaje resultante se ponderará por 30%, obteniéndose la asignación del porcentaje final a conseguir en este criterio. 30%
2 Comportamiento contractual anterior El presente criterio medirá si el proponente durante la vigencia de una relación contractual con instituciones públicas y/o privadas o con unidades pertenecientes a las FF.AA., ha sido sancionado por el incumplimiento íntegro y oportuno de las obligaciones, incumplimientos de plazos comprometidos, aplicación de multas, cobro de garantías y/o el término anticipado de obra o servicio u otras medidas que hayan afectado al oferente, durante los últimos 2 (dos) años. En tales eventos, aquel proponente que no haya sido sancionado en los términos anteriores señalados será evaluado con la totalidad del porcentaje del criterio, a diferencia del que ha sido sancionado. Evaluándose de la siguiente manera: 1) No ha sido sancionado por el incumplimiento íntegro y oportuno de las obligaciones, incumplimientos de plazos comprometidos, aplicación de multas, cobro de garantías y/o el término anticipado de una licitación adjudicada u otras medidas que hayan afectado al oferente. 100 puntos. 2) Ha sido sancionado por el incumplimiento íntegro y oportuno de las obligaciones, incumplimientos de plazos comprometidos, aplicación de multas, cobro de garantías y/o el término anticipado de una licitación adjudicada u otras medidas que hayan afectado al oferente. 0 puntos. El puntaje resultante se ponderará por el 10 por ciento, obteniéndose la asignación del porcentaje final a conseguir en este criterio. 10%
3 Cumplimiento de los requisitos A los participantes se les otorgará un plazo de 25 horas continuas, después de la notificación que lo requiera, para que salven errores o presenten documentación de requisitos formales omitidos en la presentación de la oferta, evaluándose de la siguiente manera: 1) Cumple con los documentos formales dentro del plazo establecido (antes del cierre) sin necesidad de salvar errores u omisiones en la entrega de estos. 100 pts. 2) Responde a solicitud para salvar errores u omisiones formales después de cerrada la licitación en el plazo establecido, 40 pts. 3) No responde o realiza de manera incompleta a solicitud para salvar errores u omisiones formales, después de cerrada la licitación en el plazo establecido. Oferta Inadmisible. 10%
4 Plazo de Entrega Indicar el tiempo de entrega de los bienes (no superior a 07 días hábiles), en días hábiles en los anexos N.° 2. Ej: Menor Plazo*100 Plazo ofertas El porcentaje resultante se ponderará por 15%, obteniéndose la asignación del porcentaje final ofertado en este criterio. 15%
5 Precio Los valores ofertados deberán ser ingresados en el Anexo N.° 1. El criterio de la oferta económica será evaluado conforme a lo siguiente: De la oferta Económica (Anexo N.°1), se evaluará tomando de referencia el menor precio del total de la oferta y se aplicará la siguiente fórmula. Ej. Prec. Min. Ofert.*100 Precio ofertado El porcentaje resultante se ponderará por 35%, obteniéndose la asignación del porcentaje final a conseguir en este criterio. Nota: En caso de incongruencia, entre el valor ofertado en el anexo económico “Anexo N.° 1 y el “Comprobante de la oferta” (ficha electrónica) o cualquier otro documento o mención, prevalecerá y se evaluará con el anexo económico N.° 1 adjuntado en la presente licitación. 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22.04.002
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: IVANNIA SOBARZO ORTIZ
e-mail de responsable de pago: finanzas.r6@ejercito.cl
Nombre de responsable de contrato: daniela sandoval
e-mail de responsable de contrato: daniela.sandoval@ejercito.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-61378830-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
FACTURACION Y PAGO
Artículo 40°: La factura deberá ser emitida en relación a la Orden de Compra que esta Unidad Regimentaria genere a través del portal de Chilecompra y de acuerdo a los siguientes antecedentes: Razón Social : Regimiento N.° 6 "Chacabuco" R.U.T. : 61.962.000-3 Giro : Defensa. Dirección : Avenida Collao N.° 171 Concepción. Fono : 2/26937233 anexo 37233. Ciudad : Concepción. Artículo 41°: El Regimiento N.° 6 "Chacabuco", no pagará intereses, reajustes ni indemnizaciones de ningún tipo ante eventuales atrasos en el pago que supere los 30 días. Artículo 42°: en caso de realizar los pagos por Factoring, deberá dar estricto cumplimiento al Art. 75 del Reglamento, de la Ley 19.886, el oferente que se adjudique la presente licitación deberá avisar por lo menos, 05 días hábiles antes, de que se tramite el pago de la factura. Si no da aviso en la oportunidad y forma exigida por la ley, el pago se realizará al proveedor (cedente). La notificación de la cesión deberá hacerse legalmente y no deben existir obligaciones o multas pendientes. Artículo 43°: La cancelación de las facturas será dentro del plazo de 30 días previa recepción conforme de los bienes y aceptación de la o las órdenes de compra emitidas a través, del portal de Chilecompra. La forma de pago será mediante Vale Vista o depósito en cuenta corriente, esta última deberá ser informada oportunamente, por el proveedor adjudicado mediante lo ingresado en su anexo N.° 10, adjuntado a las presentes bases, de lo contrario el pago se efectuará mediante vale vista.
MULTAS
Artículo 46°: El Regimiento N.° 6 "Chacabuco", podrá cobrar multas en caso de retraso en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en las presentes Bases, equivalente al 2% del valor bruto total de la orden de compra por cada día hábil de atraso que dé origen a la aplicación de la multa, hasta alcanzar un 20% del valor bruto total de la orden de compra, cumplido el máximo se deberá poner término anticipado, de acuerdo a lo señalado en las numerales 1,2 y 3 del artículo 57°. Artículo 47°: El Regimiento N.° 6 "Chacabuco", podrá cobrar multa por elemento no entregado, fijando en un 2% por bien faltante, no pudiendo superar el 20% del valor bruto total de la orden de compra, cumplido este porcentaje, se deberá proceder al término anticipado. Artículo 48°: El Regimiento N.° 6 "Chacabuco", tendrá un plazo máximo de 05 (cinco) días hábiles, para evaluar la recepción conforme de los bienes, donde podrá cobrar multas en caso de inconformidad o novedades en la entrega, teniendo un plazo de 05 (cinco) días hábiles para la solución de las novedades, donde, posterior a esto, se procederá a cursar una multa del 10% del valor total de la orden de compra, en caso de no solucionar las novedades o volver a presentar un certificado de inconformidad de la ejecución de los trabajos. Artículo 49°: La multa aquí establecida será acumulable con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del proveedor en los casos establecidos en las presentes Bases de Licitación. Artículo 50°: Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, el administrador notificará inmediatamente de ello, personalmente o por carta certificada, la que se entenderá practicada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda, informando sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquella se motiva. A contar de la notificación antes señalada, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito antes el administrador del servicio, acompañado de todo el antecedente que respalden su posición. Artículo 51°: Transcurrido el plazo antes señalado, se procederá a dictar resolución fundada, dando respuesta a los descargos y determinando la multa correspondiente, la que será notificada personalmente o por carta certificada. Notificada la señalada resolución, el adjudicatario tendrá un plazo de 05 (cinco) días hábiles para interponer el recurso jerárquico que establece el artículo 59 de la Ley N.° 19.880 "de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado". Artículo 52°: El adjudicatario deberá pagar la(s) multa(s) mediante la emisión de un Vale Vista extendido a nombre del Comando de Operaciones Terrestre, RUT N. 61.970.300-6, dentro de los 5 (cinco) días hábiles una vez informado. En caso contrario, y de tener pagos pendientes, será descontada del pago final de la entrega del bien, esto se descontarán del monto original de la orden de compra, debiendo el proveedor emitir la factura por el valor de dicha operación matemática.
DEL INCUMPLIMIENTO
Cualquier incumplimiento de las obligaciones que impone la Orden de Compra facultará al Regimiento N.° 6 "Chacabuco" para solicitar el término anticipado del acuerdo o exigir su cumplimiento forzado, como también el cobro de la boleta de garantía de fiel y oportuno cumplimento de contrato, ambos casos con indemnización de perjuicios. Se entiende por incumplimiento, la no ejecución del proveedor de todo o parte de las obligaciones contraídas con la Unidad Regimentaria o en su efecto el no pago de las multas interpuestas, además de los reclamos respectivos que el mandante realizará al portal de Mercado público, por los incumplimientos contraídos a las respectivas bases de licitación. Artículo 54°: La calificación de si ha existido o no incumplimiento grave, corresponderá exclusivamente del Regimiento N.° 6 "Chacabuco". Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones de la orden de compra entre otras: 1. Cuando el proveedor no entregue los productos y/o servicio en los plazos y forma establecidos en las bases y su oferta. 2. Cuando el proveedor no pague las multas aplicadas. 3. En general por el incumplimiento grave de las obligaciones impuestas en las bases.