Licitación ID: 3367-8-LE22
Repuestos y accesorios para vehículos
Responsable de esta licitación: Ejercito de Chile, Regimiento Logístico N° 5 "Magallanes
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 720
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Kit de mantenimiento de vehículo de soporte en tierra 1 Unidad
Cod: 25191513
LINEA N° 1 PRESUPUESTO DISPONIBLE $ 901.852.- BUS M/BENZ MARCOPOLO OF.1721/59 PPU: FYWS-82 N° de motor: 924998U1076011 N° de chasis: 9BM384078EB927586 Año: 2014 Conforme a descripción técnica Art. 31  

2
Kit de mantenimiento de vehículo de soporte en tierra 1 Unidad
Cod: 25191513
LINEA N° 2 PRESUPUESTO DISPONIBLE $ 1.221.452.- BUS M/BENZ MARCOPOLO OF.1721/59 PPU: FYWS-83 N° de motor: 924998U1072215 N° de chasis: 9BM384078EB924274 Año: 2014 Conforme a descripción técnica Art. 31  

3
Kit de mantenimiento de vehículo de soporte en tierra 1 Unidad
Cod: 25191513
LINEA N° 3 PRESUPUESTO DISPONIBLE $ 1.221.452.- BUS M/BENZ MARCOPOLO OF.1721/59 PPU: FYWS-84 N° de motor: 924998U1069410 N° de chasis: 9BM384078EB921620 Año: 2014 Conforme a descripción técnica Art. 31  

4
Kit de mantenimiento de vehículo de soporte en tierra 1 Unidad
Cod: 25191513
LINEA N° 4 PRESUPUESTO DISPONIBLE $ 1.093.774.- BUS M/BENZ COMIL OF.1721/52 PPU: UJ-5307 N° de motor: 377.973-10-481589 N° de chasis: 9BM384072YB249624 Año: 2001. Conforme a descripción técnica Art. 31  

5
Kit de mantenimiento de vehículo de soporte en tierra 1 Unidad
Cod: 25191513
LINEA N° 5 PRESUPUESTO DISPONIBLE $ 519.200.- MINIBUS MERCEDES BENZ SPRINTER 313 CDI PPU: BRCF-26 N° de motor: 611981-70-073532 N° de chasis: 8AC9036728A981313 Año: 2008 Conforme a descripción técnica Art. 31  

6
Kit de mantenimiento de vehículo de soporte en tierra 1 Unidad
Cod: 25191513
LINEA N° 6 PRESUPUESTO DISPONIBLE $ 503.200.- STATION WAGON HYUNDAI TERRACAN 4x4 PPU: XF-1528 N° de motor: D4BH4921368 N° de chasis: KMHNM81WP4U135750 Año: 2004 Conforme a descripción técnica Art. 31  

7
Kit de mantenimiento de vehículo de soporte en tierra 1 Unidad
Cod: 25191513
LINEA N° 7 PRESUPUESTO DISPONIBLE $ 499.200.- CAMIONETA S.W. TOYOTA RUNNER PPU: BGDP-57 N° de motor: 1GR5517944 N° de chasis: JTEBU14R78K002903 Año: 2008. Conforme a descripción técnica Art. 31  

8
Kit de mantenimiento de vehículo de soporte en tierra 1 Unidad
Cod: 25191513
LINEA N° 8 PRESUPUESTO DISPONIBLE $ 523.200.- CAMIONETA NISSAN TERRANO PPU: FSBJ-45 N° de motor: YD25436809T N° de chasis: 3N6PD23Y9DK036765 Año: 2013 Conforme a descripción técnica Art. 31  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Repuestos y accesorios para vehículos
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Adquisición de “Repuestos y accesorios para vehículos”, administrativos, de cargo del Regimiento Logístico Nº 5 “Magallanes”, ubicado en el Barrio Industrial KM 7 12 Norte, comuna Punta Arenas, XII Región de Magallanes y Antártica Chilena.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Ejercito de Chile
Unidad de compra:
Regimiento Logístico N° 5 "Magallanes
R.U.T.:
61.927.400-8
Dirección:
Barrio Industrial Km 7, 5 Norte
Comuna:
Punta Arenas
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 11-07-2022 20:00:00
Fecha de Publicación: 01-07-2022 14:36:41
Fecha inicio de preguntas: 01-07-2022 16:00:00
Fecha final de preguntas: 04-07-2022 20:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-07-2022 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-07-2022 10:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-07-2022 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 22-07-2022 17:03:17
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N° 2 Declaración jurada
No hay información de Antecedentes Técnicos
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 1 Formato oferta económica - técnica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio X= Menor precio ofertado x 100/Oferta económica presentada 50%
2 Garantía post venta 100 puntos: 12 o más meses. 50 puntos : De 6 a 11 meses. 10 puntos : De 3 a 5 meses. 0 puntos : Menor a 3 meses o no indica 15%
3 Plazo de Entrega 100 puntos: De 01 a 15 días hábiles. 50 puntos: De 16 a 20 días hábiles. Rechazo oferta: Más de 20 días hábiles o no indica. 30%
4 Cumplimiento formal de las bases Conforme a lo establecido en el art. 44. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: presupuestos
Monto Total Estimado: 5448176
Justificación del monto estimado Presupuesto total disponible
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Las ofertas económicas no pueden superar el presupuestos disponible asignados a cada linea.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Felipe Flores Acuña
e-mail de responsable de pago: finanzas.rl5@ejercito.cl
Nombre de responsable de contrato: LEONARDO PALMA GONZALEZ
e-mail de responsable de contrato: raul.arriagada@ejercito.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-26933927-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
XXIII. Facultad de Readjudicar. Art.62. La institución podrá re adjudicar el proceso de licitación, en caso de que el oferente adjudicado: a. Desista, renuncie, abandone, o no cumpla íntegramente los trámites posteriores a la adjudicación. b. Si el adjudicado es declarado inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley Nº 19.886 o no proporciona los antecedentes que le sean requeridos para verificar dicha condición. c. No se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado una vez que se realice la adjudicación, conforme a lo señalado en el artículo 16º de la ley Nº 19.886. d. Por la no aceptación de la orden de compra en el plazo establecido conforme a lo indicado en el artículo N° 53. e. Por rechazo unilateral de la orden de compra, por parte del proveedor. De ser necesaria la re adjudicación del proceso licitatorio, la institución procederá a realizar una nueva evaluación de las ofertas presentadas, con los oferentes restantes, utilizando los mismos criterios de evaluación estipulados en las presentes bases.
Del presupuesto
Art.3. El presupuesto disponible total para la adquisición de repuestos para vehículos motorizados administrativos es de $ 6.483.330.- IVA Incluido, con cargo al ítem 22.04.011 “Repuestos y accesorios para mantenimiento y reparación de vehículos”, separados en “Presupuestos independientes por líneas” según el siguiente detalle: LÍNEA N° 1 BUS M/ BENZ MARCO POLO FYWS-82 $ 901.852.- Linea N° 2 BUS M/ BENZ MARCO POLO FYWS-83 $1.221.452.- Linea N° 3 BUS M/ BENZ MARCO POLO FYWS-84 $ 1.221.452.- Linea N° 4 BUS M/ BENZ COMIL UJ-5307 $ 1.093.774.- Linea N° 5 MINIBUS SPRINTER M/BENZ BRCF-26 $ 519.200.- Linea N° 6 CAMIONETA HYUNDAY TERRACAN XF-1528 $ 503.200.- Linea N° 7 CAMIONETA TOYOTA RUNNER BGDP-57 $ 499.200.- Linea N° 8 CAMIONETA NISSAN TERRANO FSBJ-45 $ 523.200.-
De la oferta económica
Formulario de oferta “Económica” (Anexo Nº 1). Art.24. Los proponentes deberán completar y adjuntar el anexo respectivo en el cual se señalan los antecedentes con los cuales se evaluarán y diferenciarán las ofertas, antecedentes económicos y comerciales. El registro de dicha información en el formulario antes señalado, será de carácter obligatorio, debe indicar el “valor unitario, subtotal y valor total neto del repuesto, además debe coincidir el valor indicado en el formulario de ingreso de oferta con el precio citado en el anexo económico”. De existir diferencia entre los valores indicados en la oferta realizada en el anexo económico y el formulario de ingreso de la oferta, se considerará para el proceso de evaluación lo reflejado en el “formulario de ingreso de la oferta”. Art.25. Las ofertas deberán ser puras y simples. No se aceptarán aquellas sujetas a plazo, modo o condición alguna, o las que refieran a una modalidad de pago distinta de la requerida en las presentes bases administrativas, debiendo ajustarse al formato contenido en las presentes bases. Art.26. Las ofertas deberán ser presentadas en pesos chilenos, los precios de los proponentes serán fijos y no estarán sujetos a variaciones o reajustes por motivo o concepto alguno, con una vigencia de 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de del acto de apertura de las ofertas. Art.27. Los oferentes podrán presentar sus ofertas por “LÍNEAS INDEPENDIENTES”, pero por la totalidad de los repuestos solicitados en cada una de ellas, conforme a las especificados indicadas en el artículo Nº 31, ítems requeridos, el no cumplimento de este requerimiento implicará el “Rechazo” de la oferta. Art.28. Se requiere que las propuestas no sobrepasen el presupuesto disponible por “LÍNEA”, el incumplimiento de esta condición implicará “Rechazar” la propuesta. Art.29. La Institución no pagará o reembolsará dinero por sobre el monto ofertado bajo ningún concepto, toda vez que se entiende que el monto de la oferta cubre todos los ítems de costo de los elementos o servicios solicitados.
De la oferta técnica
Art.23. Los proponentes podrán adjuntar a la oferta todos los antecedentes técnicos que permitan describir claramente la oferta realizada, además indicar en el correspondiente (Anexo Nº 1) lo siguiente: Plazo de entrega: deberá expresarse en días hábiles, contados desde la aceptación de la orden de compra. Garantía post venta: indicado en meses comenzara regir desde la recepción conforme de los artículos.
De la adjudicación
Art.46. La Institución aceptará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje, de acuerdo con las variables de evaluación contempladas en estas bases, adjudicando totalmente la propuesta mediante resolución fundada, la que contendrá las variables de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. Art.47. Para adjudicar, será necesario que el proveedor obtenga un mínimo de 70% como resultado en la matriz de evaluación, del grupo por el cual realizo su oferta, por tanto, aun cuando exista un solo oferente, si este no accediera al 70% solicitado por grupo, la oferta se declarará inadmisible. Art.48. Dicha resolución será notificada al adjudicado y al resto de los oferentes mediante el sistema de información, en la fecha prevista en el “Cronograma” de la presente licitación. Art.49. No obstante, lo anterior, cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el “Cronograma” contenido en las presentes bases y en la ficha digital, la entidad licitante informará en el sistema de información, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, indicando un nuevo plazo para la adjudicación. De la facultad de declarar desierta o inadmisible la licitación, suspenderla o dejarla sin efecto. Art.50. La institución declarará la licitación “Desierta” en todo o en parte, cuando no se presentan ofertas, o bien, si habiéndose presentado, estas no resulten convenientes para los intereses de la Institución. Art.51. Se declararán inadmisibles las ofertas que no cumplan con los requisitos exigidos en las presentes bases de licitación. Art.52. La entidad licitante se reserva el derecho de suspender y/u dejar sin efecto la licitación por razones fundadas, hasta antes de la fecha de cierre de recepción de las ofertas, sin derecho a indemnización alguna por este concepto. La resolución fundada que declare desierta la licitación o inadmisibles las ofertas, será notificada a los participantes mediante el sistema de información.
De las ordenes de compra o contrato
Art.53. El contrato se formalizará mediante la emisión de la/las ordenes de compras respectivas y la/las aceptaciones de estas por parte de los proveedores, en un plazo 2 días hábiles de emitida dicha solicitud, conforme a lo establecido en el artículo 63º de la ley Nº19.886. Por otra parte, si la orden de compra no es aceptada en el tiempo anteriormente mencionado, se entenderá que el proveedor no tiene la intención de contratar con la Institución, y se rechazará la orden de compra pudiendo la entidad licitante hacer uso de su facultad de re adjudicar conforme a lo dispuesto en estas bases. Art.54. La empresa adjudicada no podrá, bajo ningún pretexto, negociar, traspasar, ceder o delegar las obligaciones contraídas en el contrato u orden de compra a terceros. Por tanto, queda expresamente prohibida la cesión por parte del proveedor, con excepción de la cesión de sus créditos en contra del fisco o factoring, siempre y cuando se notifique a la entidad licitante de este contrato y no existan obligaciones o multas pendientes (Art.75 del Reglamento Ley Nº 19.886). Su infracción hará responsable al proveedor de los perjuicios ocasionados será causal suficiente para poner término de inmediato al contrato u orden de compra y hacer efectivas las garantías de haberlas. Art.55. La entidad licitante no responderá, en caso alguno, por impuestos distintos del IVA, tales como impuestos específicos, contribuciones, transporte, aranceles de organismos certificadores, tasas, derechos fiscales, notariales u otro cualquiera sea su causa o naturaleza.
Recepción de factura
Art.59. Para la recepción de la o las facturas, los repuestos solicitados en la presente licitación, deberán haber sido recepcionados conforme. Se entenderá por recepción conforme, la recepción cuantitativa y cualitativa de los mismos y de acuerdo a lo señalado en el artículo Nº 31 ítem requerido. Art.60. La entidad licitante tendrá la facultad para rechazar el resultado, si estos no cumplen la especificación técnica de la oferta, lo que implicará que la institución no realizará el pago correspondiente por los bienes, hasta que esta situación no sea corregida por el proveedor. Art.61. Asimismo, será obligatorio que el proveedor haya aceptado la orden de compra respectiva, en caso contrario no será recibida a pago la factura correspondiente. Por tanto, no se hará recepción conforme de los bienes o servicios si la OC, no se encuentra en estado de “Aceptada”. El detalle de la factura debe coincidir con los anexos económicos, detallando producto y valor correspondiente. La factura deberá ser emitida a nombre de: Giro: Defensa. Razón Social: Regimiento Logístico N° 5 “Magallanes” Rut: 61.927.400-8 Dirección: Barrio Industrial Km. 7,5 norte, Punta Arenas Forma de pago: Crédito
Del incumplimiento y sus efectos
Art.63. Cualquier incumplimiento del o los adjudicatarios facultará a la entidad licitante, para aplicar una o más sanciones que se contemplan en los siguientes artículos. Se entiende por “Incumplimiento” la no ejecución por parte del proveedor de todo o parte de las obligaciones contraídas con la entidad licitante. Art.64. La calificación de si ha existido o no incumplimiento, corresponderá exclusivamente a la entidad licitante, conforme a las bases de licitación, sin perjuicio del derecho del proveedor a ejercer los recursos administrativos y acciones judiciales que estimare procedentes. Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, aquel de tal magnitud, que importe un perjuicio grave a los intereses de la institución, y especialmente los siguientes: a.El atraso en la entrega de los productos en un plazo que supere los 10 días corridos. b.Renuncia por parte del proveedor, antes del término convenido. c.no pago de las multas aplicadas en el plazo señalado en el artículo N° 67. Art.65. La sanción por incurrir en cualquiera de las causales señaladas anteriormente, será, no sólo el término anticipado del contrato, (cancelación de la orden de compra), sino, además, el cobro total de las multas indicadas en las presentes bases y garantía si la hubiera.
Del incumplimiento y sus efectos
Art.63. Cualquier incumplimiento del o los adjudicatarios facultará a la entidad licitante, para aplicar una o más sanciones que se contemplan en los siguientes artículos. Se entiende por “Incumplimiento” la no ejecución por parte del proveedor de todo o parte de las obligaciones contraídas con la entidad licitante. Art.64. La calificación de si ha existido o no incumplimiento, corresponderá exclusivamente a la entidad licitante, conforme a las bases de licitación, sin perjuicio del derecho del proveedor a ejercer los recursos administrativos y acciones judiciales que estimare procedentes. Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, aquel de tal magnitud, que importe un perjuicio grave a los intereses de la institución, y especialmente los siguientes: a.El atraso en la entrega de los productos en un plazo que supere los 10 días corridos. b.Renuncia por parte del proveedor, antes del término convenido. c.no pago de las multas aplicadas en el plazo señalado en el artículo N° 67. Art.65. La sanción por incurrir en cualquiera de las causales señaladas anteriormente, será, no sólo el término anticipado del contrato, (cancelación de la orden de compra), sino, además, el cobro total de las multas indicadas en las presentes bases y garantía si la hubiera.
Efectos derivados por incumplimineto
a) Multas: En la eventualidad que el proveedor adjudicado incurra en el incumplimiento de las obligaciones contraídas con la entidad licitante, deberá pagar multa por: - Retrasos en el plazo de entrega. - Rechazo del bien o servicio. - Termino anticipado. b) Multa por retraso: Se entenderá por atraso en la entrega del (los) bien (es) o servicios, el tiempo transcurrido en días hábiles contados desde la fecha prevista para la entrega del (los) bienes o servicios fijada por la oferta del proveedor, estipulada en el contrato u orden de compra, hasta la fecha de recepción conforme por parte de la institución, independiente de los tiempos que se tomen para subsanar los defectos detectados en el proceso de recepción, descontando de este, el tiempo que la unidad requiera para la recepción y posterior emisión del certificado de recepción conforme. Por el retraso en el plazo de entrega definido en su oferta y esto no ha sido debidamente justificado por el proveedor, se aplicará una multa equivalente al 3% (tres por ciento) del valor neto del bien o servicio no entregado, por cada día hábil de retraso, con un máximo de 10 días hábiles. Multa total a cobrar (multa 3 % diaria) x (cantidad de días de retraso) Una vez alcanzado este máximo, será calificado como incumplimiento grave, pudiendo darse termino anticipado al compromiso contractual. Las multas no podrán sobrepasar el 30% del valor total del contrato. c) Multa por rechazo: Se entenderá por rechazo, cuando los bienes o servicios especificados en las presentes bases administrativas, no cumplan con las características técnicas fijadas por la entidad licitante y aceptadas por el proveedor. 1er. Rechazo: Se aplicará una multa equivalente al 1% (uno por ciento) del valor neto del bien o servicio rechazado. 2do. Rechazo: Se aplicará una multa equivalente al 2% (uno por ciento) del valor neto del bien o servicio rechazado. 3er. Rechazo: Se aplicará una multa equivalente al 3% (uno por ciento) del valor neto del bien o servicio rechazado. Una vez alcanzado este máximo, será calificado como incumplimiento grave, pudiendo darse termino anticipado al compromiso contractual. d) Multa por termino anticipado del contrato: En caso de resolución o termino anticipado del compromiso contractual por causas imputables al proveedor, se aplicará una multa relativa al 10% (diez por ciento) del precio total convenido. El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento, si la hubiere. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los tribunales ordinarios de justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. Las multas deberán ser pagadas mediante vale vista a nombre de la Tesorería del Ejército de Chile RUT 61.101.052-4, dirección Avenida Almirante Blanco Encalada 1724, Santiago dentro de los siguientes 10 (diez) días corridos, contados desde efectuado el cobro por la Institución, informado por correo electrónico o carta certificada. Mediante transferencia bancaria, a nombre de FORA MONEDA NACIONAL RUT N° 61.101.052-4, correo finanzas.te@ejercito.cl, cuenta corriente N° 9005579 del Banco Estado, debiendo remitir el comprobante de transferencia al correo raul.arriagada@ejercito.cl.
Procedimiento de aplicación de sanción
Art.71. Detectada una situación que amerite la aplicación de cualquier sanción señalada en las presentes bases, el administrador del respectivo contrato, designado en estas bases administrativas, notificará inmediatamente de ello al proveedor, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la eventual sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva. El proveedor tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles, desde la recepción de la notificación, para efectuar sus descargos por medio de carta certificada, ante el administrador del correspondiente contrato, anexando todos los antecedentes que respalden su posición. Vencido el plazo indicado en el punto precedente, sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada según decisión discrecional de la institución. Con todo, los procedimientos de regirán en conformidad a la Ley Nº 19.880, que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”. Si el proveedor adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido, la institución tendrá un plazo de 30 (días) días hábiles contados de la recepción del descargo para rechazarlo o acogerlo, total o parcialmente. Procedimiento que se formalizará a través de una resolución fundada del comandante del Regimiento Logístico N° 5 “Magallanes” y en la que quedará reflejada las características de la sanción a aplicar, la citada resolución será notificada personalmente o por medio de carta certificada al respectivo proveedor.