Licitación ID: 3375-13-LQ23
Kit de alimentación y complementos para kit
Responsable de esta licitación: Ejercito de Chile, Comandancia Gral. Guarnición de Ejército Región Metropolit
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 720
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Platos combinados estables sin refrigerar 20360 Kit
Cod: 50192703
Kit de alimentación para el personal que será empleado en la Región Metropolitana en el Plebiscito Constitucional, a realizarse el 17 de Diciembre de 2023, conforme a Bases Técnicas  

2
Bebidas 3524 Botella
Cod: 50202311
Bebida gaseosa 591 ml  

3
Agua 3524 Botella
Cod: 50202301
Agua mineral sin gas 500 cc.  

4
Pan en conserva 7048 Unidad
Cod: 50181906
Panes adicionales, en formato de bolsas de 8 unidades de 75 grs. cada pan, en total 881 bolsas  

5
Postres preparados 3524 Pote
Cod: 50192301
Compotas de postre de fruta picada de 150 grs.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Kit de alimentación y complementos para kit
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Comandancia General de la Guarnición de Ejército de la Región Metropolitana, se encuentra en la necesidad de adquirir 20.360 “Kit de alimentación para el personal que será empleado en la Región Metropolitana en el Plebiscito Constitucional, a realizarse el 17 de Diciembre de 2023” y 881 Bolsas de complementos para kit de alimentación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Ejercito de Chile
Unidad de compra:
Comandancia Gral. Guarnición de Ejército Región Metropolit
R.U.T.:
61.101.042-7
Dirección:
Zenteno 102, Santiago Centro
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-11-2023 19:00:00
Fecha de Publicación: 11-10-2023 15:53:11
Fecha inicio de preguntas: 18-10-2023 11:00:00
Fecha final de preguntas: 20-10-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 25-10-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-11-2023 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-11-2023 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 14-11-2023 11:35:44
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Entrega de muestras, en Zenteno 102, Santiago, RM, conforme a bases técnicas 18-10-2023 10:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
No hay información de Antecedentes Administrativos
No hay información de Antecedentes Técnicos
Documentos Económicos
1.- Anexo A "Oferta económica"
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio El presente criterio, se evaluará de conformidad al Anexo A o similar, considerando el precio ofertado con IVA incluido por los proponentes y se evaluará de la siguiente forma: (Menor precio ofertado/oferta evaluada) x 50 50%
2 Embalaje El presente criterio evaluará el embalaje y el cumplimiento de las condiciones de los productos solicitados, desglosándose de la siguiente manera: 1) Embalaje del kit de alimentación 15% - Todos los productos en caja = 15 puntos - Ciertos productos en caja y otros en bolsa = 10 puntos - Todos los productos en bolsa = 05 puntos - Todos los productos a granel = oferta inadmisible y no sujeta a evaluación 2) Complementos 15% - Cumple con la totalidad de los productos y sus unidades de medida = 15 puntos - No cumple con la totalidad de los productos y hay variación en las unidades de medida = oferta inadmisible y no sujeta a evaluación 30%
3 Experiencia en el rubro El presente criterio, evaluará la experiencia del oferente en el tenor de los productos requeridos, esto se acreditará con la presentación de copias de facturas de los años 2021, 2022, 2023 (máximo 12 facturas por año) y se ponderará de acuerdo a la siguiente formula: (número de facturas presentadas/ mayor número facturas presentadas) x 20 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Fondos Presupuestarios año 2023
Monto Total Estimado: 314177612
Justificación del monto estimado Capítulo 21 “Fondos Presupuestarios”, Subtítulo 22 “Bienes y Servicios de Consumo”, Ítem 01 “Alimentos y bebidas”, Asignación 001 “Para personas”, con cargo a la cuenta “Otros anticipos”
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesorería del Estado Mayor General del Ejército
e-mail de responsable de pago: valentina.santibanez@ejercito.cl
Nombre de responsable de contrato: Teniente Coronel CARLOS CÁRCAMO PAREDES
e-mail de responsable de contrato: carlos.carcamo@ejercito.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26932592-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Tesorería del Estado Mayor General del Ejército
Fecha de vencimiento: 20-11-2023
Monto: 1 %
Descripción: No hay información
Glosa: Para Garantizar la Seriedad de la Oferta en el proceso licitatorio de adquisición de 20.360 “Kit de alimentación para el personal que será empleado en la Región Metropolitana en el Plebiscito Constitucional, a realizarse el 17 de Diciembre de 2023” y 881 Bolsas de complementos para kit de alimentación, asociado a la licitación pública ID 3375-13-LQ23
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía se efectuará dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación, en las dependencias de la entidad licitante, Zenteno 102, Santiago, Región Metropolitana.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Tesorería del Estado Mayor General del Ejército
Fecha de vencimiento: 31-12-2023
Monto: 10 %
Descripción: No hay información
Glosa: Para Garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para adquisición de 20.360 “Kit de alimentación para el personal que será empleado en la Región Metropolitana en el Plebiscito Constitucional, a realizarse el 17 de Diciembre de 2023” y 881 Bolsas de complementos para kit de alimentación, asociado a la licitación pública ID 3375-13-LQ23
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía se efectuará dentro del plazo de 02 días corridos, en las dependencias de la entidad licitante, Zenteno 102, Santiago, Región Metropolitana.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS PARA ADQUIRIR 20.360 “KIT DE ALIMENTACIÓN PARA EL PERSONAL QUE SERÁ EMPLEADO EN LA REGIÓN METROPOLITANA EN EL PLEBISCITO CONSTITUCIONAL, A REALIZARSE EL 17 DE DICIEMBRE DE 2023” Y 881 BOLSAS DE COMPLEMENTOS PARA KIT DE ALIMENTACIÓN
Artículo 1º: Las presentes bases administrativas regulan el llamado a propuesta pública, para la adquisición de 20.360 “Kit de alimentación para el personal que será empleado en la Región Metropolitana en el Plebiscito Constitucional, a realizarse el 17 de Diciembre de 2023” y 881 Bolsas de complementos para kit de alimentación, conforme a las condiciones descritas en el presente instrumento. Artículo 2º: La presente propuesta será llevada a cabo, a través del sistema de información y será cursada a todos aquellos oferentes que se encuentren inscritos en el Portal “Mercado Público” y/o “Chile Proveedores”. Artículo 3º: La presente propuesta se llevará a cabo en una etapa, lo que, de conformidad con la Ley, consiste en que en el acto de apertura se procederá a la apertura de la oferta técnica y económica. Todos los plazos señalados en las presentes Bases de Licitación, serán en días corridos, salvo que se establezca expresamente lo contrario. En caso de que algún plazo expire en día inhábil, este se entenderá prorrogado automáticamente hasta el día hábil siguiente. Para estos efectos, se considerarán días inhábiles los sábados, domingos y festivos.
DE LOS PARTICIPANTES
Artículo 4º: Podrán participar en esta propuesta todas las personas naturales o jurídicas, así como las Uniones Temporales de Proveedores -en adelante UTP-nacionales o extranjeras, a través de sus representantes con domicilio en Chile, que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con la Administración del Estado y que cumplan todos los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas. Artículo 5°: Los oferentes, al momento de presentar sus propuestas, deberán adjuntar a través del sistema de información, los siguientes antecedentes: 1. Tratándose de personas naturales no inscritas en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de Administración: a. Fotocopia de la cédula nacional de identidad. b. Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. c. Declaración jurada simple para personas naturales conforme al Sistema Electrónico. 2. Tratándose de personas jurídicas no inscritas en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración: a. Fotocopia del RUT de la empresa. b. Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. c. Declaración jurada simple para personas jurídicas conforme al Sistema Electrónico. d. Nombre de su(s) representante(s) legal(es) y documento (mandato, poder, acta de Directorio u otro) en el que consten sus atribuciones para representarla y obligarla. 3. Las UTP, además deben adjuntar a su oferta el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato. A su vez, cada integrante de la UTP deberá presentar la siguiente documentación: - Declaración jurada simple conforme al Sistema Electrónico, según sea el caso, a fin de acreditar que no se encuentran afectos a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con los organismos del Estado. - Fotocopia del Rut de las instituciones participantes en la UTP. - Fotocopia de la cédula de identidad del representante o apoderado común de la UTP. - Certificado de vigencia de todas las instituciones participantes en la UTP, emitido por el registro de Comercio competente con una antigüedad no superior a 30 (treinta) días a la fecha de presentación de la oferta. 4. Para aquellos participantes que se encuentren hábil o inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, “Chile proveedores”, sólo se exigirá para ofertar su estado “hábil” en el referido Registro, siempre y cuando los antecedentes respectivos, señalados precedentemente, se encuentren disponibles en el portal en las condiciones y plazos previamente establecidos en estas bases. Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes cerciorarse que los referidos antecedentes se encuentren disponibles en el citado portal y que cumplan con los requisitos solicitados. En caso de que el proveedor adjudicado, no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores, “Chile Proveedores”, deberá proceder a su inscripción dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde el acto de adjudicación, requisito indispensable previo a suscribir el contrato y/o emitir la orden de compra. Tratándose de una UTP, cada proveedor integrante de la misma, deberá proceder a su inscripción en los términos señalados. Artículo 6°: Los oferentes podrán presentar sus ofertas en soporte papel y en conformidad a lo dispuesto y bajo las circunstancias señaladas en el Artículo 62, del DS N.º 250 del Ministerio de Hacienda de 2004. En tal sentido, los oferentes que requieran acogerse a dicho artículo, deberán acreditar la imposibilidad de realizar la oferta mediante el sistema de información, en cuyo caso para presentar dicha oferta no se modificará por dicha circunstancia, en caso de que uno o más oferentes se acojan a lo señalado precedentemente, tendrán los mismos plazos en días y horarios estipulados en las presentes bases de licitación y en el Anexo B “Cronograma de la licitación”, debiendo presentar toda su documentación en un sobre, junto a ello deberá presentar una hoja en duplicado con la información que contiene el sobre (índice) el cual deberá ser firmado con nombre, R.U.T y fecha, por el representante legal y el Supervisor de Mercado Público de la unidad licitante, con la hora y fecha exacta en la cual se realizó la entrega por parte del oferente.
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 7°: El proveedor asumirá todos los gastos y responsabilidades, relacionados con las gestiones administrativas y riesgos de llevar a cabo los servicios solicitados. Las ofertas, documentos y correspondencia relativa a la licitación que intercambie el proponente y la Comandancia General de la Guarnición de Ejército de la Región Metropolitana deberán redactarse en idioma español. Artículo 8°: Los oferentes participantes en la presente propuesta estarán obligados a cumplir con los requisitos que se detallan en las presentes bases administrativas, bases técnicas, anexos y aclaraciones, los cuales forman parte integrante de estas bases. Las ofertas deberán incluir la totalidad de los productos solicitados, Kit de alimentación para el personal que será empleado en la Región Metropolitana en el Plebiscito Constitucional, a realizarse el 17 de Diciembre de 2023” y Complementos para kits de alimentación. No se aceptarán propuestas que no incluyan la totalidad de lo solicitado, el oferente que incumpla con este requerimiento no será considerado en la evaluación, declarándose inadmisible su oferta. Artículo 9°: La presente licitación se efectuará en una sola etapa, lo que, de conformidad a la ley, consiste en que, en el acto de apertura a través del sistema de información, se procederá a la apertura de la oferta económica y técnica y se recibirán los antecedentes administrativos. Artículo 10°: El presupuesto para la presente adquisición asciende a la suma total de $314.177.612.- (trescientos catorce millones ciento setenta y siete mil seiscientos doce pesos) impuesto y gastos incluidos Artículo 11°: Tipo de Contrato: La contratación de la adquisición de 20.360 “Kit de alimentación para el personal que será empleado en la Región Metropolitana en el Plebiscito Constitucional, a realizarse el 17 de Diciembre de 2023” y 881 Bolsas de complementos para kit de alimentación, se materializará a través de la Orden de Compra, emitida por la entidad licitante a través del sistema de información Mercado Público y la suscripción del respectivo Contrato, conforme a lo establecido en el Art. 63 del Reglamento de la Ley N.º 19.886. Artículo 12°: Toda consulta o aclaración a las presentes bases administrativas, bases técnicas o informaciones adicionales que requieran los oferentes, deberán efectuarse sólo a través del sistema de información y dentro del plazo dispuesto en anexo B, “Cronograma de Licitación”, las que para todos los efectos legales forman parte integrante de estas bases. Las respuestas se pondrán a disposición de todos los proponentes, mediante el sistema de información, el día indicado en anexo B “Cronograma de Licitación”. Artículo 13°: La entidad licitante podrá modificar las bases administrativas, sus anexos y plazos de licitación hasta antes de la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Respecto de la modificación de las bases administrativas, técnicas y sus anexos estos serán modificados por medio de resolución fundada y publicadas en el portal de Mercado Público, en el sitio www.mercadopublico.cl, considerándose un plazo prudencial para que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
PACTO DE INTEGRIDAD
Artículo 14°: El oferente declara que por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación, asimismo el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder premios, dádivas o pagos, cualquiera sea su naturaleza tipo y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma. b) El oferente se obliga a revisar y verificar toda información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. c) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. d) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones y oportunidades ofertadas.
DE LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Artículo 15°: Propuesta económica: Los oferentes deberán presentar su propuesta económica mediante modelo de anexo A o similar, a través del sistema de información, dentro del plazo contemplado para el cierre de la presente propuesta según lo dispuesto en anexo B “Cronograma de Licitación”, debiendo considerar en el precio de la oferta, todos los costos necesarios, para dar cumplimiento a lo solicitado. Artículo 16º: Propuesta Técnica: Los oferentes deberán presentar su propuesta técnica, a través del sistema de información con anterioridad al término del plazo contemplado para el cierre de la presente propuesta, según lo dispuesto en anexo B “Cronograma de Licitación”, considerando la composición de los productos solicitados y la logística de entrega, conforme a lo dispuesto en el Anexo “Bases Técnicas”. Artículo 17°: Entrega de muestras: Los oferentes deberán entregar una muestra del kit de alimentación, esta entrega es de carácter obligatoria y en las dependencias de la entidad licitante, ubicada en calle Zenteno N.º 102, comuna de Santiago, en la fecha establecida en el Anexo B “Cronograma de litación”, a las 10:30 horas a 12:00 (único horario), con un margen de atraso de 15 minutos, resultando las 12:15 horas como tope, horario en que se cierra el “Acta de entrega de muestra”. Adicionalmente y si la empresa oferente lo considera necesario se le otorgará un tiempo no mayor a 15 minutos para realizar una presentación de sus productos. No se recibirán muestras en otra fecha que no sea la establecida ni después del horario informado, considerando que la entrega de muestras constituye un requisito excluyente, por ende, el oferente que no dé cumplimiento a esta, automáticamente queda fuera del proceso de licitación. Artículo 18º: Se rechazarán en el acto de apertura de la licitación, aquellas propuestas que no cumplan en general, con los requerimientos establecidos en las presentes bases administrativas, técnicas y anexos, declarándose inadmisibles. Las ofertas deberán formularse en forma pura y simple, no sujetas a modalidad en idioma español, manteniendo su vigencia, por el plazo de 60 (sesenta) días corridos contados desde la fecha de su presentación en el Sistema de Información. Sin perjuicio de lo anterior, durante el período de evaluación, la Comandancia General de la Guarnición de Ejército de la Región Metropolitana, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones y pruebas, o bien, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando estas circunstancias no les confieran a dichos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información (artículo 40 del Reglamento Complementario de la Ley N.° 19.886).
DE LA ADJUDICACIÓN
Artículo 19°: La Comandancia General de la Guarnición de Ejército de la Región Metropolitana, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resultaren convenientes a sus intereses. Asimismo, podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas. La entidad licitante se reserva el derecho a declarar desierta la licitación, si en el resultado de la evaluación técnica y/o económica, se concluye que NINGUNA DE LAS OFERTAS representan o sirven a los intereses institucionales descritos en las presentes bases, esto se informará por medio de una Resolución Fundada que así lo disponga, la cual será publicada en el Sistema de Información. Por este hecho los oferentes no tendrán derecho a ningún tipo de indemnización o de reclamar alguna reparación, además también se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas. Artículo 20º: Criterios de Evaluación: Para la evaluación de las ofertas se aplicarán los siguientes criterios, con sus respectivos puntajes y ponderaciones: NRO. ITEM PONDERACIÓN 1. Precio 50 % 2. Embalaje 30 % 3. Experiencia en el rubro 20 % TOTAL 100 % Precio = 50% El presente criterio, se evaluará de conformidad al Anexo A o similar, considerando el precio ofertado con IVA incluido por los proponentes y se evaluará de la siguiente forma: (Menor precio ofertado/oferta evaluada) x 50 Ejemplo: - Oferta proveedor A: $ 17.000.000 (menor precio ofertado) - Oferta proveedor B: $ 18.000.000 - Oferta proveedor C: $ 19.000.000 Cálculo de puntaje de acuerdo a las ofertas: - Proveedor A: (17.000.000/17.000.000) x 50 = 50,00 puntos - Proveedor B: (17.000.000/18.000.000) x 50 = 47,22 puntos - Proveedor C: (17.000.000/19.000.000) x 50 = 44,74 puntos Todo proponente, cuya oferta exceda el presupuesto disponible para la presente adquisición, no será evaluado y será declarada inadmisible su oferta, conforme a lo estipulado en el Artículo 10°, de las presentes bases. Embalaje = 30 % El presente criterio evaluará el embalaje y el cumplimiento de las condiciones de los productos solicitados, desglosándose de la siguiente manera: 1) Embalaje del kit de alimentación 15% - Todos los productos en caja = 15 puntos - Ciertos productos en caja y otros en bolsa = 10 puntos - Todos los productos en bolsa = 05 puntos - Todos los productos a granel = oferta inadmisible y no sujeta a evaluación 2) Complementos 15% - Cumple con la totalidad de los productos y sus unidades de medida = 15 puntos - No cumple con la totalidad de los productos y hay variación en las unidades de medida = oferta inadmisible y no sujeta a evaluación Experiencia en el rubro = 20% El presente criterio, evaluará la experiencia del oferente en el tenor de los productos requeridos, esto se acreditará con la presentación de copias de facturas de los años 2021, 2022, 2023 (máximo 12 facturas por año) y se ponderará de acuerdo a la siguiente formula: (número de facturas presentadas/ mayor número facturas presentadas) x 20 Ejemplo:  Oferta proveedor A: 12 facturas  Oferta proveedor B: 18 facturas  Oferta proveedor C: 24 facturas (mayor número de documentos presentados) Cálculo de puntaje de acuerdo a las ofertas:  Proveedor A: (12/24) x 20 = 10 puntos  Proveedor B: (18/24) x 20 = 15 puntos  Proveedor C: (24/24) x 20 = 20 puntos No se considerarán facturas de otros años y/o de productos que no tengan referencia o no sean relativos a los solicitados en las presentes bases. Si adjunta más de 12 facturas por año, se considerarán sólo 12 y de forma aleatoria. De no presentar facturas se le asignará 0% en este criterio. Artículo 21°: Las propuestas serán evaluadas por una comisión, de conformidad con los criterios de evaluación de las presentes bases, confeccionando al respecto, un acta de evaluación. El Comandante General de la Guarnición de Ejército de la Región Metropolitana, adjudicara la presente licitación, a la propuesta que resulte ser más ventajosa, de conformidad con la evaluación efectuada por la precitada comisión, mediante acto administrativo debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información. La presente Licitación será adjudicada en la fecha señalada en el Anexo B “Cronograma de Licitación”, no obstante, se podrá cambiar esta fecha por motivos debidamente justificados, la que deberá ser autorizada y comunicada a los participantes mediante Resolución Fundada, a través del sistema de compras públicas. Artículo 22°: Si el oferente adjudicado no suscribiere el contrato o no acepta la orden de compra dentro de las 48 horas posterior a la emisión de la orden de compra, se entenderá que dicho proveedor no tiene interés en contratar con la Institución, pudiendo dejar sin efecto la adjudicación, y adjudicarse al oferente que haya obtenido el siguiente mejor puntaje en la evaluación de la propuesta, y así sucesivamente. Artículo 23°: Asimismo, procederá la readjudicación si el adjudicatario fuere inhábil en los términos previstos en la Ley, al momento de la emisión de la orden de compra. En el caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviera afecto a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, se deberá informar dicha situación por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles, señalando además si se desiste o si decide igualmente ejecutar la contratación adjudicada con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fueren hábiles. En el caso de no informar lo anterior o de no manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo anterior. De igual forma, si se produce el retiro de alguno de los miembros de la UTP y su integración no cumple con el mínimo de los integrantes para su funcionamiento, o el integrante que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, la adjudicación será dejada sin efecto y se readjudicará de acuerdo a los términos señalados en el artículo precedente.
CONSULTA RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Artículo 24º: Una vez realizada y publicada la adjudicación, y en caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la misma, podrán comunicarse vía correo electrónico y exclusivamente para estos efectos a la casilla marco.torrejon@ejercito.cl, ello en un plazo de hasta 02 (dos) días hábiles, contados desde fecha de la resolución de adjudicación. Dichas aclaraciones, tanto preguntas como respuestas serán publicadas como anexos a la licitación, por medio de Resolución Fundada y subida al Sistema de Información. La entidad licitante se reserva el derecho de visitar las dependencias de los oferentes durante el proceso de adjudicación, para verificar su capacidad, tecnología en uso, mano de obra utilizada y otros aspectos de interés para la Institución, indistintamente de los Criterios de Evaluación establecidos en las presentes bases.
DE LAS MULTAS
Multas por atraso de la entrega de los trabajos: Artículo 25º: En el caso que el proveedor adjudicado incurra en atrasos en la entrega de los productos, salvo caso fortuito o fuerza mayor, se le cursará una multa por día de atraso, correspondiente al 2% (dos por ciento), del valor bruto total adjudicado, hasta alcanzar un máximo del 10% (diez por ciento), en cuyo caso se pondrá término anticipado a la contratación. Para estos efectos los días se considerarán corridos. La aplicación de multas se realizará por resolución fundada, la que una vez notificada, el proveedor adjudicado, tendrá el plazo de 5 (cinco) días hábiles para pagar el monto a que adeudare, mediante vale vista, extendido a nombre de la TESORERÍA DEL ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, R.U.T N.º 61.101.049-4, con el carácter de irrevocable y de realización inmediata. En caso de que el oferente no efectúe el pago de la multa, la entidad licitante queda facultada para descontar del estado de pago pendiente la totalidad de la multa, previa resolución fundada, además podrá poner término anticipado a la relación contractual, de conformidad al procedimiento contemplado en las presentes bases, esto sin prejuicio de las acciones ordinarias de cobro que le asistan. Para efecto de la aplicación de las medidas señaladas se estará sujeto al procedimiento establecido en el artículo 43 de las presentes bases. El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento, si la hubiere.
FUERZA MAYOR
Artículo 26°: El Comandante General de la Guarnición de Ejército de la Región Metropolitana y el proveedor, no serán responsables en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, definidos como tales por el artículo 45 del Código Civil. La parte afectada notificará, por escrito, a la otra parte, dentro de los 5 (cinco) primeros días de acaecido el hecho, explicando lo ocurrido. La solicitud, deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la fuerza mayor o caso fortuito invocado, acompañando los correspondientes documentos y/o certificados de respaldo, para mejor resolver. La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla, mediante Resolución Fundada, a la Comandancia General de la Guarnición de Ejército de la Región Metropolitana, en base a los antecedentes que oportunamente le proporcione el proveedor y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público. La parte que no pudiere cumplir con sus obligaciones procurará atenuar los daños y cumplirá con aquellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar a la causa de fuerza mayor. De producirse alguno de los eventos antes mencionados, el plazo de entrega de los “Kit de alimentación para el personal que será empleado en la Región Metropolitana en el Plebiscito Constitucional, a realizarse el 17 de Diciembre de 2023” y Complementos para kits de alimentación, se entenderá suspendido por el tiempo que dure tal evento. En estos casos no regirá la aplicación de multas. Si transcurrieren más de 5 (cinco) días desde el momento que se produjo alguno de los hechos indicados sin que se efectúe la comunicación y aportes de antecedentes a la institución, los días en exceso, sobre los 5 (cinco) días señalados para hacer la comunicación, estarán afectos a la aplicación de multas.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA
Artículo 27°: En virtud de lo indicado en el Art. 31 del Reglamento de Compras Públicas, el otorgamiento de la garantía de seriedad de la oferta será obligatorio en las contrataciones que superen las 2.000 UTM. El oferente, al momento de presentar su oferta, deberá adjuntar en el sistema de información el documento financiero que caucionará la seriedad de su oferta, en el caso de ser pólizas o certificados de fianza, y en el caso de ser boletas de garantía o vales vistas, deberá entregarlas de manera física en las dependencias de la entidad licitante y en horario laboral, esto es, desde a 08:30 a 17:00 hrs. Dicha garantía debe ser irrevocable, de ejecución inmediata, expresada en moneda nacional (pesos), a nombre de la Tesorería del Estado Mayor General del Ejército, RUT N.º 61.101.049-4, por un monto equivalente al 1% del disponible presupuestario para este proceso licitatorio, IVA incluido, con una vigencia de hasta el 20NOV2023. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. Sin embargo, este plazo podrá extenderse cuando en las bases se haya contemplado la facultad de adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último se desistiera de celebrar el respectivo contrato (cláusula de readjudicación). La citada garantía deberá contener la siguiente glosa: Para Garantizar la Seriedad de la Oferta en el proceso licitatorio de adquisición de 20.360 “Kit de alimentación para el personal que será empleado en la Región Metropolitana en el Plebiscito Constitucional, a realizarse el 17 de Diciembre de 2023” y 881 Bolsas de complementos para kit de alimentación, asociado a la licitación pública ID 3375-13-LQ23.
GARANTÍA POR FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Artículo 28º: En virtud de lo indicado en el Art. 68 del Reglamento de Compras Públicas, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, una vez producida la adjudicación, el oferente adjudicado entregará las cauciones o garantías que correspondan, a favor de la entidad licitante. Lo anterior, en relación al riesgo involucrado en la contratación puesto que, ante el incumplimiento de obligaciones, las cuales quedarán reflejadas en el contrato respectivo, los productos solicitados equivalen a la alimentación del personal desplegado en las funciones de custodiar los locales de votación del Plebiscito Constitucional, a realizarse el 17 de Diciembre de 2023. El proveedor adjudicado, dentro del plazo máximo de 05 (cinco) días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del sistema de información, deberá entregar la boleta de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en las dependencias de la entidad licitante y en horario laboral (Lunes a Viernes, excepto festivos, de 08:30 a 12:30 y de 14:00 a 16:30 horas). El adjudicatario deberá entregar una garantía (instrumento financiero) por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, irrevocable, de ejecución inmediata, expresada en moneda nacional, a nombre de la Tesorería del Estado Mayor General del Ejército, RUT N.º 61.101.049-4, por un monto equivalente al 10% del total adjudicado, con una vigencia de hasta el 31DIC2023. En el caso de ser boletas de garantía o vales vistas, el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de un documento confeccionado por la entidad financiera emisora, que certifique la autenticidad de la caución respectiva. En caso de no presentarse esta garantía en tiempo y forma, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la(s) orden(es) de compra emitida(s) y resolución de adjudicación, pudiendo readjudicar esta propuesta al segundo oferente mejor evaluado y así sucesivamente, o declarar desierto el proceso, situaciones que deberán ser reflejadas el portal www.mercadopublico.cl, por medio de Resolución fundada. La citada garantía deberá contener la siguiente glosa: Para Garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para adquisición de 20.360 “Kit de alimentación para el personal que será empleado en la Región Metropolitana en el Plebiscito Constitucional, a realizarse el 17 de Diciembre de 2023” y 881 Bolsas de complementos para kit de alimentación, asociado a la licitación pública ID 3375-13-LQ23. La devolución de dicha garantía se hará efectiva en un plazo de 2 (dos) días hábiles contados desde término de vigencia de esta, fecha estimada de devolución 02ENE2024. Artículo 29º: El proveedor adjudicado, deberá mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato hasta que se cumplan las condiciones establecidas para proceder a su devolución. En virtud de lo anterior, si en los 15 (quince) días hábiles previos al vencimiento de la garantía se mantuvieran aún obligaciones pendientes por parte del proveedor, este deberá renovarla, presentado una prórroga o nueva garantía con las mismas exigencias y vigencia que las indicadas precedentemente o aquella vigencia requerida por la entidad licitante al momento de solicitar su renovación. De no dar cumplimiento a lo anterior, se podrá resolver el contrato previo al vencimiento de la garantía vigente. Si el proveedor no renovaré dicha garantía en el plazo señalado, la entidad licitante podrá cobrarla administrativamente a su sola presentación y sin más trámite. Artículo 30º: La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser cobrada en los siguientes casos: a) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas con esta medida en las presentes bases y en el contrato respectivo. b) Cuando por una causa imputable al adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato u orden de compra que corresponde. c) Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, este se redondeará al número entero más cercano. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los entes competentes para perseguir judicialmente la responsabilidad del contratante incumplidor. En caso de hacerse efectiva la garantía y seguir vigente el contrato, el proveedor adjudicado deberá entregar, dentro de un plazo de 05 (cinco) días hábiles contados desde el cobro de la primera, una nueva garantía de fiel cumplimiento, la que deberá cumplir con los mismos requisitos señalados en las presentes bases de licitación. De no dar cumplimiento a lo anterior, se podrá resolver el contrato. Artículo 31º: No procediendo causales para hacerla efectiva, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta al proveedor en un plazo de 10 (diez) días hábiles, al término de su periodo de vigencia, para lo cual se contactará al proveedor por los medios disponibles, con la finalidad de coordinar su devolución. Artículo 32º: Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% (cincuenta por ciento) del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, la Comandancia General de la Guarnición de Ejército de la Región Metropolitana podrá, por medio de resolución fundada debidamente tramitada, adjudicar esa oferta, solicitando una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
CONTRATO Y ORDEN DE COMPRA
Artículo 33°: La Comandancia General de la Guarnición de Ejército de la Región Metropolitana elaborará el respectivo contrato, el que deberá ser suscrito por las partes dentro del término de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación, previo a la suscripción de este, el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de la correspondiente Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, emitiéndose con posterioridad la Orden de Compra, para aceptación de la misma, por parte del proveedor adjudicado. Artículo 34°: Las partes podrán acordar modificaciones al presente contrato, después de su entrada en vigencia, debiendo dichas modificaciones contar con un Addendum escrito, que debidamente firmado por las partes, pasará a formar parte integrante del presente contrato, si dichas modificaciones se amplían o extienden los servicios requeridos, será obligación de la empresa caucionar los mismos, mediante la ampliación proporcional de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato o mediante la entrega de una nueva garantía por un monto proporcional, debiendo garantizar dichos servicios bajo los mismos términos y condiciones que al servicio principal. En tal caso, no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado. Artículo 35°: La relación contractual tendrá una vigencia desde la suscripción del contrato y hasta la recepción conforme del servicio y la adquisición. La adquisición de los productos se formalizará mediante el contrato y la posterior aceptación de las órdenes de compra por parte del proveedor. Artículo 36°: El adjudicatario, no podrá bajo ningún pretexto negociar, traspasar, ceder o delegar las obligaciones contraídas en el contrato y/o orden de compra a terceros. Por tanto, queda expresamente prohibida la cesión, con excepción de la cesión de sus créditos en contra del fisco o factoraje (factoring), siempre y cuando se notifique a la Comandancia General de la Guarnición de Ejército de la Región Metropolitana del contrato de factoring y no existan obligaciones o multas pendientes (artículo 75 del Reglamento de la Ley N.°19.886). Su infracción hará responsable al proveedor de los perjuicios ocasionados y será causal suficiente para poner término de inmediato a la presente contratación. Artículo 37°: Una vez adjudicado y como requisito para la suscripción del contrato y emisión de la orden de compra, el oferente adjudicado, deberá proceder a su inscripción en el registro de proveedores “Chileproveedores”, en caso de que no lo estuviere, en un plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde el acto de adjudicación, el no hacerlo, facultará a la Comandancia General de la Guarnición de Ejército de la Región Metropolitana para adjudicar la licitación al oferente que ocupa el 2° lugar en la evaluación y así sucesivamente. Artículo 38º: Será obligación del proveedor adjudicado, entre otras, dar cumplimiento a todo lo establecido en el respectivo contrato y la orden de compra, en las presentes bases administrativas, en las bases técnicas, aclaraciones, si las hubiere y su oferta.
MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO
Artículo 39º: La entidad licitante podrá poner término anticipado al contrato o modificar el mismo, si concurren las causales establecidas en el Artículo 77° del reglamento de la Ley N.° 19.886, sin prejuicio de las siguientes: 1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad y cuando dicho incumplimiento le genera a la entidad licitante un perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. 3. Estado de notaria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 5. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución de contrato, con un máximo de seis meses. 6. Si el adjudicatario se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. 7. Si se disuelve la empresa adjudicada. 8. Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquel, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiera implicar conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. b) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c) Tergiversar hechos con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. 9. En caso de que el atraso en la entrega de servicios supere los 10 (diez) días hábiles del plazo ya establecido para tales efectos en las presentes bases. 10. En caso de que las multas cursadas por atraso sobrepasen el 10% del valor total contratado. 11. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes bases. 12. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años a la mitad del periodo de ejecución contractual, con un máximo de seis meses. En todos los casos señalados precedentemente se procederá a la readjudicación de la presente licitación, conforme al artículo 77º del Reglamento de la Ley N.º 19.886, que indica; “Sin perjuicio de las demás causales establecidas en este artículo, cuando se trate de las causales contenidas en los numerales 1 y 6, la posibilidad de modificar el contrato deberá encontrarse prevista en las bases de la licitación. En tal caso, no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado”. Artículo 40°: En el caso de las UTP procederán además las siguientes causales de término anticipado: La constatación de que sus integrantes constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica. a) Si se retira de la UTP un integrante que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. b) Si se ha ocultado información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. c) Inhabilidad sobreviviente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no puedas continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. d) Disolución de la UTP. e) El no cumplimiento de lo señalado en requisitos para contratar de las presentes bases técnicas. Artículo 41º: La declaración de término anticipado o modificación, se hará administrativamente, sin forma de juicio, mediante Resolución Administrativa. En ningún caso el término anticipado de los servicios, por las causales establecidas en las presentes bases, dará derecho a indemnización, ni generará algún tipo de derecho al proveedor o prestador del servicio. Para efectos de la aplicación de las medidas señaladas en el presente artículo, se estará al procedimiento señalado en la disposición siguiente.
EFECTOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO
Artículo 42º: En caso de incumplimiento por parte del proveedor, de una o más obligaciones establecidas en las presentes bases, que den lugar a la aplicación de multas o a terminar anticipadamente la contratación, resultará aplicable el procedimiento establecido en la presente disposición. Previo a la adopción y ejecución de alguna de las medidas señaladas precedentemente, la Comandancia General de la Guarnición de Ejército de la Región Metropolitana, emitirá el correspondiente acto administrativo, en el cual expondrá los antecedentes que configuran la aplicación de alguna de las medidas señaladas y dando traslado al proveedor, para que dentro del término de 5 (cinco) días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Por otro lado, vencido este plazo con o sin descargos la entidad licitante, tendrá el plazo de 30 días hábiles para pronunciarse respecto a la multa mediante una resolución fundada, siendo esta publicada en el Sistema de Información. Además, sin perjuicio de esa notificación se notificará de forma personal al proveedor o mediante envió de carta certificada. Evacuado o no el traslado por parte del proveedor, la Comandancia General de la Guarnición de Ejército de la Región Metropolitana, si procediere, ejecutará la aplicación de alguna de las medidas señaladas, mediante resolución fundada, pronunciándose sobre los descargos que se hubieren efectuado, y publicándose la misma en el Sistema de Información. En contra de la resolución señalada precedentemente, procederán los recursos dispuestos en la Ley N.º 19.880, que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”.
DE LOS PAGOS
Artículo 43°: El pago total se efectuará dentro del plazo de 30 (treinta) días corridos, contados desde que se hubiera dado entrega total de los 20.360 “Kit de alimentación para el personal que será empleado en la Región Metropolitana en el Plebiscito Constitucional, a realizarse el 17 de Diciembre de 2023” y 881 Bolsas de complementos para kit de alimentación, mediante acta de conformidad emitida por la entidad licitante. La factura deberá ser emitida por el proveedor, conforme al monto y detalle de la orden de compra emitida a través del portal Chilecompra y requiere contener los siguientes antecedentes: 1. Factura comercial emitida a nombre de: - Razón Social: Ejército de Chile Comandancia General de la Guarnición - RUT: 61.101.042-7 - Giro: Actividades de defensa - Dirección: Zenteno 102, Comuna de Santiago, RM. 2. Acta de recepción conforme emitida por la entidad licitante. En caso de realizar los pagos factoring suscritos por el proveedor, este deberá dar estricto cumplimiento al Art. 75 del D.S N.º 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, el oferente que se adjudique la presente licitación deberá avisar por lo menos, 05 (cinco) días hábiles antes de que se tramite el pago de la factura. Si no da aviso en el plazo y forma exigida por la ley, el pago se realizará al proveedor (cedente). La notificación de la cesión deberá hacerse legalmente y no deben existir obligaciones o multas pendientes. Como una forma de dar cumplimiento a la tramitación de la documentación contable, se requiere que el proveedor una vez adjudicado presente la siguiente documentación: - Certificado de antecedentes laborales y previsionales. - Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. Artículo 44°: La forma de pago se efectuará, mediante transferencia bancaria, vale vista o cheque a nombre del proveedor adjudicado o bien mediante la modalidad que establezcan ambas partes. Artículo 45°: Tratándose de las UTP, será el representante designado en el acto de constitución quien deberá emitir la factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
DE LAS DISPOSICIONES FINALES
Artículo 46°: Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes bases, administrativas, se entienden incorporadas en la orden de compra y contrato, por lo tanto, el oferente se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que constan en estas bases.
CLAUSULA DE INTERPRETACIÓN
Artículo 47°: Los vacíos o puntos obscuros o dudosos de las presentes bases, se interpretan e integran de conformidad la Ley sobre adquisiciones y enajenaciones de bienes corporales e incorporales, muebles y servicios de las fuerzas armadas y su Reglamento complementario y la Ley de bases de contratos Administrativos de suministro y prestaciones de servicios y su reglamento y específicamente conforme al deber de resguardo de los recursos fiscales y los principios de igualdad de oferentes, probidad y buena Fe.
ANEXOS
Artículo 48º: Los anexos que se indican a continuación, forman parte integrante de las presentes bases: • ANEXO A “Oferta económica” • ANEXO B “Cronograma de la Licitación”