Licitación ID: 3375-6-LE24
Adquisición de 3.908 Kit de alimentación
Responsable de esta licitación: Ejercito de Chile
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 377
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Platos combinados estables sin refrigerar 3908 Unidad
Cod: 50192703
Kit de alimentación para el acto eleccionario “Primarias de Gobernadores Regionales y Alcaldes año 2024”  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Adquisición de 3.908 Kit de alimentación
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Comandancia General de la Guarnición de Ejército de la Región Metropolitana, se encuentra en la necesidad de adquirir 3.908 Kit de alimentación para el acto eleccionario “Primarias de Gobernadores Regionales y Alcaldes año 2024”
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Comandancia Gral. Guarnición de Ejército Región Metropolit
R.U.T.:
61.101.042-7
Dirección:
Zenteno 102, Santiago Centro
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-05-2024 19:00:00
Fecha de Publicación: 06-05-2024 16:15:09
Fecha inicio de preguntas: 09-05-2024 11:00:00
Fecha final de preguntas: 10-05-2024 14:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-05-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-05-2024 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-05-2024 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 17-05-2024 16:36:35
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Entrega de muestras, en Zenteno 102, Santiago conforme a bases técnicas 09-05-2024 10:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
No hay información de Antecedentes Administrativos
No hay información de Antecedentes Técnicos
Documentos Económicos
1.- Anexo A "Oferta económica"
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia en el rubro El presente criterio, evaluará la experiencia del oferente en el tenor de los productos requeridos, esto se acreditará con la presentación de copias de facturas de los años 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024 (máximo 04 facturas por año) y se ponderará de acuerdo a la siguiente formula: (número de facturas presentadas/ mayor número facturas presentadas) x 30 30%
2 Cumplimiento de requisitos formales A los oferentes que ingresen oportunamente y de manera correcta todos los antecedentes administrativos requeridos, como también a aquellos que los hayan llenado a través del sistema de información (si corresponde), se les asignará 20 %. Aquellos oferentes que no adjunten los antecedentes requeridos o para la evaluación de su oferta, se recepcionarán hasta 24 horas después de requerido por sistema de información y será evaluado con 0 (cero) %, este criterio. La no presentación de los antecedentes requeridos durante las 24 horas, por el sistema de información, en los plazos y formas contemplados precedentemente, tendrá como efecto ser declarada inadmisible su oferta. 20%
3 Precio El presente criterio, se evaluará de conformidad al Anexo A o similar, considerando el precio ofertado con IVA incluido por los proponentes y se evaluará de la siguiente forma: (Menor precio ofertado/oferta evaluada) x 50 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Fondos Presupuestarios año 2024
Monto Total Estimado: 62735124
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: GLADYS SEGUEL LAVÍN
e-mail de responsable de pago: deptofzas.cimi@ejercito.cl
Nombre de responsable de contrato: ERNESTO KASS SANDOVAL
e-mail de responsable de contrato: kass_mil@hotmail.com
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-26932462-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: COMANDO DE INDUSTRIA MILITAR E INGENIERÍA
Fecha de vencimiento: 09-08-2024
Monto: 10 %
Descripción: Garantía (instrumento financiero) por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, irrevocable, de ejecución inmediata, expresada en moneda nacional.
Glosa: Para Garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para la adquisición de 3.908 Kit de alimentación para el acto eleccionario “Primarias de Gobernadores Regionales y Alcaldes año 2024”, asociado a la licitación pública ID 3375-6-LE24
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de dicha garantía se hará efectiva en un plazo de 2 (dos) días hábiles contados desde término de vigencia de esta, fecha estimada de devolución 12JUL2024.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS PARA ADQUIRIR 3.908 KIT DE ALIMENTACIÓN PARA EL ACTO ELECCIONARIO “PRIMARIAS DE GOBERNADORES REGIONALES Y ALCALDES AÑO 2024”
Artículo 1º: Las presentes bases administrativas regulan el llamado a propuesta pública, para la adquisición 3.908 Kit de alimentación para el acto eleccionario “Primarias de Gobernadores Regionales y Alcaldes año 2024”, conforme a las condiciones descritas en el presente instrumento. Artículo 2º: La presente propuesta será llevada a cabo, a través del sistema de información y será cursada a todos aquellos oferentes que se encuentren inscritos en el Portal “Mercado Público” y/o “Chile Proveedores”. Artículo 3º: La presente propuesta se llevará a cabo en una etapa, lo que, de conformidad con la Ley, consiste en que en el acto de apertura se procederá a la apertura de la oferta técnica y económica. Todos los plazos señalados en las presentes Bases de Licitación, serán en días corridos, salvo que se establezca expresamente lo contrario. El plazo entre el llamado y cierre de recepción de ofertas será de 5 días corridos por tratarse de la adquisición de bienes de simple y objetiva especificación. En caso de que algún plazo expire en día inhábil, este se entenderá prorrogado automáticamente hasta el día hábil siguiente. Las referencias a días hábiles se entenderán hechos a hábiles administrativos, considerándose días inhábiles los sábados, domingos y festivos.
DE LOS PARTICIPANTES
Artículo 4º: Podrán participar en esta propuesta todas las personas naturales o jurídicas, así como las Uniones Temporales de Proveedores -en adelante UTP-nacionales o extranjeras, a través de sus representantes con domicilio en Chile, que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con la Administración del Estado y que cumplan todos los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas. Artículo 5°: Los oferentes, al momento de presentar sus propuestas, deberán adjuntar a través del sistema de información, los siguientes antecedentes: 1. Tratándose de personas naturales no inscritas en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de Administración: a. Fotocopia de la cédula nacional de identidad. b. Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. c. Declaración jurada simple para personas naturales conforme al Sistema Electrónico. 2. Tratándose de personas jurídicas no inscritas en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración: a. Fotocopia del RUT de la empresa. b. Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. c. Declaración jurada simple para personas jurídicas conforme al Sistema Electrónico. d. Certificados, emitidos por el Registro de Comercio respectivo, con una antigüedad no superior a 60 (sesenta) días a la fecha de presentación de la oferta, como a continuación se detalla: 1) Certificado de poder de representante legal vigente 2) Certificado de vigencia de la sociedad 3. Las UTP, además deben adjuntar a su oferta la escritura pública o privada que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la de la relación contractual. A su vez, cada integrante de la UTP deberá presentar la siguiente documentación: a. Declaración jurada simple conforme al Sistema Electrónico, según sea el caso, a fin de acreditar que no se encuentran afectos a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con los organismos del Estado. b. Fotocopia del Rut de las instituciones participantes en la UTP. c. Fotocopia de la cédula de identidad del representante o apoderado común de la UTP. d. Certificado de vigencia de todas las instituciones participantes en la UTP, emitido por el registro de Comercio competente con una antigüedad no superior a 60 (sesenta) días a la fecha de presentación de la oferta. 4. Para aquellos participantes que se encuentren hábil o inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, "Chile Proveedores", sólo se exigirá para ofertar su estado "hábil" en el referido Registro, siempre y cuando los antecedentes respectivos, señalados precedentemente, se encuentren disponibles en el portal en las condiciones y plazos previamente establecidos en estas bases. Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes cerciorarse que los referidos antecedentes se encuentren disponibles en el citado portal y que cumplan con los requisitos solicitados. En caso de que el proveedor adjudicado, no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores, “Chile Proveedores”, deberá proceder a su inscripción dentro del plazo de 05 (cinco) días hábiles contados desde el acto de adjudicación, requisito indispensable para emitir la orden de compra. De conformidad a lo dispuesto en el Art. 41 del Reglamento de la Ley N.°19.886, la entidad licitante no adjudicará ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con entidades del Estado. No adjudicará ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo Oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley. Tratándose de una UTP, cada proveedor integrante de la misma, deberá proceder a su inscripción en los términos señalados. Artículo 6°: Los oferentes podrán excepcionalmente presentar sus ofertas en soporte papel y en conformidad a lo dispuesto y bajo las circunstancias señaladas en el Artículo 62, del DS N.º 250 del Ministerio de Hacienda de 2004. En tal sentido, los oferentes que requieran acogerse a dicho artículo, deberán acreditar la imposibilidad de realizar la oferta mediante el sistema de información, en cuyo caso para presentar dicha oferta no se modificará por dicha circunstancia, en caso de que uno o más oferentes se acojan a lo señalado precedentemente, tendrán los mismos plazos en días y horarios estipulados en el Anexo B “Cronograma de licitación” de las presentes bases y, debiendo presentar toda su documentación en un sobre, junto a ello deberá presentar una hoja en duplicado con la información que contiene el sobre (índice) el cual deberá ser firmado con nombre, R.U.T y fecha, por el representante legal y el Supervisor de Mercado Público de la unidad licitante, con la hora y fecha exacta en la cual se realizó la entrega por parte del oferente.
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 7°: El proveedor asumirá todos los gastos y responsabilidades, relacionados con las gestiones administrativas y riesgos de llevar a cabo lo solicitado. Las ofertas, documentos y correspondencia relativa a la licitación que intercambie el proponente y la Comandancia General de la Guarnición de Ejercito de la Región Metropolitana y Comando de Industria Militar e Ingeniería (CGEERM/CIMI) deberán redactarse en idioma español. Artículo 8°: Los oferentes participantes en la presente propuesta estarán obligados a cumplir con los requisitos que se detallan en las presentes bases administrativas, bases técnicas, anexos y aclaraciones, los cuales forman parte integrante de estas bases. Artículo 9°: Para el presente presupuesto disponible la entidad licitante cuenta con el monto de $62.735.124.- (sesenta y dos millones setecientos treinta y cinco mil ciento veinticuatro pesos), impuestos y gastos incluidos. Las ofertas que excedan el presupuesto disponible serán declaradas inadmisibles, no siendo sujeto a evaluación, ya que ofertar dentro del monto informado es considerado un requisito excluyente para presentar su propuesta. Artículo 10°: Tipo de Contrato: La adquisición de Kit de alimentación para el acto eleccionario “Primarias de Gobernadores Regionales y Alcaldes año 2024”, se materializará a través de la emisión y aceptación de su respectiva Orden de Compra. Artículo 11°: Toda consulta o aclaración a las presentes bases administrativas, bases técnicas o informaciones adicionales que requieran los oferentes, deberán efectuarse sólo a través del sistema de información, en el foro de preguntas dispuesto para ello, lo anterior dentro del plazo dispuesto en el Anexo B “Cronograma de licitación”, las que para todos los efectos legales forman parte integrante de estas bases. Las respuestas se pondrán a disposición de todos los proponentes, mediante Resolución, la cual será publicada en el portal de Mercado Público, en el plazo indicado en el Anexo B “Cronograma de licitación”. Artículo 12°: La entidad licitante podrá modificar las bases administrativas, bases técnicas, sus anexos y plazos de licitación hasta antes de la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Respecto de la modificación de las bases administrativas, técnicas y sus anexos estos serán modificados por medio de resolución fundada y publicadas en el portal de Mercado Público, en el sitio www.mercadopublico.cl, considerándose un plazo prudencial para que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones, en un mínimo de 03 (tres) días corridos.
PACTO DE INTEGRIDAD
Artículo 13°: El oferente declara que por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación, asimismo el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder premios, dádivas o pagos, cualquiera sea su naturaleza tipo y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma. b) El oferente se obliga a revisar y verificar toda información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. c) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. d) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones y oportunidades ofertadas.
DE LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Artículo 14°: Se entenderá que, por la presentación de una propuesta, el proponente conoce y acepta irrevocablemente el contenido de las bases administrativas, técnicas, anexos y aclaraciones. Artículo 15°: Propuesta económica: Los oferentes deberán presentar su propuesta económica mediante modelo de anexo A o similar, a través del sistema de información, dentro del plazo contemplado para el cierre de la presente licitación según lo dispuesto en el Anexo B “Cronograma de licitación”, debiendo considerar en el precio de la oferta, todos los costos necesarios, para dar cumplimiento a lo solicitado. En caso de disconformidad entre el Anexo A “Oferta económica” y el Comprobante de Ingreso de la Oferta, primará lo expuesto en el Anexo A. Artículo 16º: Propuesta Técnica: Los oferentes deberán presentar su propuesta técnica conforme a todo lo requerido en las Bases Técnicas, a través del sistema de información con anterioridad al término del plazo contemplado para la recepción de ofertas, según lo dispuesto en el Anexo B “Cronograma de licitación”, debiendo contemplar el requerimiento técnico Embalaje presente en las Bases Técnicas. Artículo 17º: Se rechazarán en el acto de apertura de la licitación, aquellas propuestas que no cumplan en general, con los requerimientos establecidos en las presentes bases administrativas, técnicas y anexos, declarándose inadmisibles. Las ofertas deberán formularse en forma pura y simple, no sujetas a modalidad, salvo aquellas expresamente contempladas en las presentes bases, en idioma español, manteniendo su vigencia por el plazo de 60 (sesenta) días corridos contados desde la fecha de su presentación en el Sistema de Información. Sin perjuicio de lo anterior, durante el período de evaluación, la Comandancia General de la Guarnición de Ejercito de la Región Metropolitana y Comando de Industria Militar e Ingeniería (CGGERM/CIMI) podrá solicitar a los oferentes aclaraciones y pruebas, o bien, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando estas circunstancias no les confieran a dichos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información (artículo 40 del Reglamento Complementario de la Ley N.° 19.886). Entrega de muestras: Los oferentes deberán entregar una muestra del kit de alimentación, esta entrega es de carácter obligatoria y en las dependencias de la entidad licitante, ubicada en calle Zenteno N.º 102, comuna de Santiago, en la fecha establecida en el Anexo B “Cronograma de Litación”, a las 10:30 horas (único horario), con un margen de atraso de 15 minutos, resultando las 10:45 horas como tope, horario en que se cierra el “Acta de entrega de muestra”. Adicionalmente y si la empresa oferente lo considera necesario se le otorgará un tiempo no mayor a 15 minutos para realizar una presentación de sus productos. No se recibirán muestras en otra fecha que no sea la establecida ni después del horario informado, considerando que la entrega de muestras constituye un requisito excluyente, por ende, el oferente que no dé cumplimiento a esta, automáticamente queda fuera del proceso de licitación.
DE LA ADJUDICACIÓN
Artículo 18°: La Comandancia General de la Guarnición de Ejercito de la Región Metropolitana y Comando de Industria Militar e Ingeniería (CGGERM/CIMI), podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resultaren convenientes a sus intereses. Asimismo, podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas. La entidad licitante se reserva el derecho a declarar desierta la licitación, si en el resultado de la evaluación técnica y/o económica, se concluye que NINGUNA DE LAS OFERTAS representan o sirven a los intereses institucionales descritos en las presentes bases, esto se informará por medio de una Resolución Fundada que así lo disponga la cual será publicada en el Sistema de Información. Por este hecho los oferentes no tendrán derecho a ningún tipo de indemnización o de reclamar alguna reparación, además también se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas. Artículo 19°: Evaluación de las ofertas: El requirente, Depto. IV “Logística”, de esta unidad, será el encargado de la dirección del presente proceso licitatorio y de la evaluación de las ofertas. Para este fin podrá, entre otros, (sin que la enumeración sea taxativa): a) Responder el foro de preguntas presentadas por los oferentes, si las hubiera. b) Solicitar aclaración de las ofertas si las hubiera. c) Calificar toda la documentación presentada, y evaluar las ofertas. d) Confeccionar un acta de Evaluación de las Ofertas y presentarla al Jefe de Estado Mayor de la CGGERM/CIMI, para trámite de Resolución de Adjudicación. Artículo 20º: Criterios de Evaluación: Para la evaluación de las ofertas se aplicarán los siguientes criterios, con sus respectivos puntajes y ponderaciones: NRO. ITEM PONDERACIÓN 1. Precio 50 % 2. Experiencia en el rubro 30 % 3. Cumplimiento de requisitos formales 20 % TOTAL 100 % Precio = 50% El presente criterio, se evaluará de conformidad al Anexo A o similar, considerando el precio ofertado con IVA incluido por los proponentes y se evaluará de la siguiente forma: (Menor precio ofertado/oferta evaluada) x 50 Ejemplo: - Oferta proveedor A: $ 17.000.000 (menor precio ofertado) - Oferta proveedor B: $ 18.000.000 - Oferta proveedor C: $ 19.000.000 Cálculo de puntaje de acuerdo a las ofertas: - Proveedor A: (17.000.000/17.000.000) x 50 = 50,00 % - Proveedor B: (17.000.000/18.000.000) x 50 = 47,22 % - Proveedor C: (17.000.000/19.000.000) x 50 = 44,74 % Todo proponente, cuya oferta exceda el presupuesto disponible para la presente adquisición, no será evaluado y será declarada inadmisible su oferta, conforme a lo estipulado en el Artículo 9°, de las presentes bases. Experiencia en el rubro = 30 % El presente criterio, evaluará la experiencia del oferente en el tenor de los productos requeridos, esto se acreditará con la presentación de copias de facturas de los años 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024 (máximo 04 facturas por año) y se ponderará de acuerdo a la siguiente formula: (número de facturas presentadas/ mayor número facturas presentadas) x 30 Ejemplo:  Oferta proveedor A: 10 facturas  Oferta proveedor B: 15 facturas  Oferta proveedor C: 20 facturas (mayor número de documentos presentados) Cálculo de puntaje de acuerdo a las ofertas:  Proveedor A: (10/20) x 20 = 10 %  Proveedor B: (15/20) x 20 = 15 %  Proveedor C: (20/20) x 20 = 20 % No se considerarán facturas de otros años y/o de productos que no tengan referencia o no sean relativos a los solicitados en las presentes bases. Si adjunta más de 4 facturas por año, se considerarán sólo 4 y de forma aleatoria. De no presentar facturas se le asignará 0% en este criterio. Cumplimiento de requisitos formales = 20% A los oferentes que ingresen oportunamente y de manera correcta todos los antecedentes administrativos requeridos, como también a aquellos que los hayan llenado a través del sistema de información (si corresponde), se les asignará 20 %. Aquellos oferentes que no adjunten los antecedentes requeridos o para la evaluación de su oferta, se recepcionarán hasta 24 horas después de requerido por sistema de información y será evaluado con 0 (cero) %, este criterio. La no presentación de los antecedentes requeridos durante las 24 horas, por el sistema de información, en los plazos y formas contemplados precedentemente, tendrá como efecto ser declarada inadmisible su oferta. La Entidad Licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. La Entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. De producirse empates, la adjudicación se resolverá de acuerdo al siguiente orden de precedencia: 1. Criterio “Precio” 2. Criterio “Experiencia en el rubro” 3. Criterio “Cumplimiento de requisitos formales” En caso de persistir el empate, no obstante, lo dispuesto anteriormente y debido a la importancia del hecho que convoca este proceso licitatorio y el tiempo acotado, se adjudicará la propuesta a quien haya ingresado primero su oferta en el sistema de información. Artículo 21°: Las propuestas serán evaluadas por el requirente de esta entidad licitante, de conformidad con los criterios de evaluación de las presentes bases, confeccionando al respecto, un acta de evaluación. La Comandancia General de la Guarnición de Ejercito de la Región Metropolitana y Comando de Industria Militar e Ingeniería (CGGERM/CIMI), adjudicara la presente licitación, a la propuesta que resulte ser más ventajosa, de conformidad con la evaluación efectuada por el requirente y supervigilante, mediante acto administrativo debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información. La presente licitación será adjudicada en la fecha señalada en el Anexo B “Cronograma de licitación”, no obstante, se podrá cambiar esta fecha por motivos debidamente justificados, la que deberá ser autorizada y comunicada a los participantes mediante Resolución Fundada a través del sistema de Compras Públicas, dentro del plazo para contratar. Artículo 22°: Si el oferente adjudicado no acepta la orden de compra 48 horas posterior a la emisión de esta, se entenderá que dicho proveedor no tiene interés en contratar con la Institución, pudiendo dejar sin efecto la adjudicación, y adjudicarse al oferente que haya obtenido el siguiente mejor puntaje en la evaluación de la propuesta, y así sucesivamente. Artículo 23°: Readjudicación La entidad licitante podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación, de acuerdo con el puntaje obtenido o con lo que se haya señalado en el Acta de Evaluación, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos: • Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato o no acepta la(s) orden(es) de compra. • En caso que el oferente adjudicado renuncie, abandone o no cumpla íntegramente los tramites posteriores a la adjudicación. • Si el adjudicatario es inhábil, para contratar con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley N.º 19.886, o no proporciona antecedentes que le sean requeridos para verificar dicha condición. • Si el oferente adjudicado no se inscribe en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado dentro del plazo indicado en las presentes bases. Artículo 24°: Asimismo, procederá la readjudicación si el adjudicatario fuere inhábil en los términos previstos en la Ley, al momento de la emisión de la orden de compra. En el caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviera afecto a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, se deberá informar dicha situación por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles, señalando además si se desiste o si decide igualmente ejecutar la contratación adjudicada con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fueren hábiles. En el caso de no informar lo anterior o de no manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo anterior. De igual forma, si se produce el retiro de alguno de los miembros de la UTP y su integración no cumple con el mínimo de los integrantes para su funcionamiento, o el integrante que se retira es alguno de los hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, la adjudicación será dejada sin efecto y se readjudicará de acuerdo a los términos señalados en el artículo precedente.
CONSULTA RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Artículo 25º: Una vez realizada y publicada la adjudicación, y en caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la misma, podrán comunicarse vía correo electrónico y exclusivamente para estos efectos a la casilla marco.torrejon@ejercito.cl, ello en un plazo de hasta 02 (dos) días hábiles, contados desde fecha de la resolución de adjudicación. Dichas aclaraciones, tanto preguntas como respuestas serán publicadas como anexos a la licitación, por medio de Resolución Fundada y subida al Sistema de Información. La entidad licitante se reserva el derecho de visitar las dependencias de los oferentes durante el proceso de adjudicación, para verificar su capacidad, tecnología en uso, mano de obra utilizada y otros aspectos de interés para la Institución, indistintamente de los Criterios de Evaluación establecidos en las presentes bases.
DE LAS MULTAS
Multas por atraso de la entrega del servicio. Artículo 26º: En el caso que el proveedor adjudicado incurra en atrasos en la entrega de los Kit de alimentación para el acto eleccionario “Primarias de Gobernadores Regionales y Alcaldes año 2024”, salvo caso fortuito o fuerza mayor, y entendiendo la complejidad de la adquisición, considerando el tiempo acotado para reaccionar, se le cursará una multa por día de atraso, correspondiente al 5% (cinco por ciento), del valor de la orden de compra, hasta alcanzar un máximo del 10% (diez por ciento), en cuyo caso se pondrá término anticipado a la contratación, la fecha a considerar como plazo de entrega final de los productos es el 04JUN2024. Para estos efectos los días se considerarán corridos. La aplicación de multas se realizará por resolución fundada, la que una vez notificada, el proveedor adjudicado, tendrá el plazo de 5 (cinco) días hábiles, para pagar el monto a que ascendiere la multa, mediante vale vista, extendido a nombre del Comando de Industria Militar e Ingeniería, RUT N.° 61.101.054-0, con el carácter de irrevocable y de realización inmediata. Para efecto de la aplicación de las medidas señaladas, se estará sujeto al procedimiento establecido en el Artículo 40º de las presentes bases. En caso de incumplimiento del pago precedentemente señalado y sin perjuicio de la aplicación de otras sanciones, el monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento, si la hubiere. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los entes competentes para perseguir judicialmente la responsabilidad del contratante incumplidor.
FUERZA MAYOR
Artículo 27°: La Comandancia General de la Guarnición de Ejercito de la Región Metropolitana y Comando de Industria Militar e Ingeniería (CGGERM/CIMI) y el proveedor no serán responsables en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, definidos como tales por el artículo 45 del Código Civil de la República de Chile. La parte afectada notificará, por escrito, a la otra parte, dentro de los 5 (cinco) primeros días de acaecido el hecho, explicando lo ocurrido. La solicitud, deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la fuerza mayor o caso fortuito invocado, acompañando los correspondientes documentos y/o certificados de respaldo, para mejor resolver. La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, le corresponderá resolverla, mediante Resolución Fundada, a la Comandancia General de la Guarnición de Ejercito de la Región Metropolitana y Comando de Industria Militar e Ingeniería (CGGERM/CIMI), en base a los antecedentes que oportunamente le proporcione el proveedor y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público. La parte que no pudiere cumplir con sus obligaciones procurará atenuar los daños y cumplirá con aquellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar a la causa de fuerza mayor. De producirse alguno de los eventos antes mencionados, el plazo de entrega de los Kit de alimentación para el acto eleccionario “Primarias de Gobernadores Regionales y Alcaldes año 2024”, se entenderá suspendido por el tiempo que dure tal evento o se podrá modificar o poner término a la contratación. En estos casos no regirá la aplicación de multas.
GARANTÍA POR FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Artículo 28º: En virtud de lo indicado en el Art. 68 del Reglamento de Compras Públicas, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, una vez producida la adjudicación y dentro del plazo para contratar, el oferente adjudicado entregará las cauciones o garantías que correspondan, a favor de la entidad licitante. Lo anterior, se exige en relación al riesgo involucrado en la contratación, puesto que, ante el incumplimiento de obligaciones reflejadas en las presentes bases, los productos solicitados equivalen a la alimentación del personal desplegado en las funciones de custodiar los locales de votación del acto eleccionario “Primarias de Gobernadores Regionales y Alcaldes año 2024”. El proveedor adjudicado, dentro del plazo máximo de 05 (cinco) días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del sistema de información, deberá entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en las dependencias de la entidad licitante y en horario laboral (Lunes a Viernes, excepto festivos, de 08:30 a 12:30 y de 14:00 a 16:30 horas). El adjudicatario deberá entregar una garantía (instrumento financiero) por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, irrevocable, de ejecución inmediata, expresada en moneda nacional, a nombre de COMANDO DE INDUSTRIA MILITAR E INGENIERÍA, R.U.T N.º 61.101.054-0, por un monto equivalente al 10% del total adjudicado, con una vigencia de hasta el 09AGO2024. Para las garantías electrónicas, basta con enviar el documento vía correo, ya que estas cuentan con un código QR de verificación en línea, en el caso de ser boletas de garantía o vales vista, el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de un documento emitido por la entidad financiera que certifique la autenticidad de la caución respectiva. En caso de no presentarse esta garantía en tiempo y forma, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la(s) orden(es) de compra emitida(s) y resolución de adjudicación, pudiendo readjudicar esta propuesta al segundo oferente mejor evaluado y así sucesivamente, o declarar desierto el proceso, situaciones que deberán ser reflejadas el portal www.mercadopublico.cl, por medio de Resolución fundada. La citada garantía deberá contener la siguiente glosa; “Para Garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para la adquisición de 3.908 Kit de alimentación para el acto eleccionario “Primarias de Gobernadores Regionales y Alcaldes año 2024”, asociado a la licitación pública ID 3375-6-LE24”. La devolución de dicha garantía se hará efectiva en un plazo de 2 (dos) días hábiles contados desde término de vigencia de esta, fecha estimada de devolución 12JUL2024. Artículo 29º: El proveedor adjudicado, deberá mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato hasta que se cumplan las condiciones establecidas para proceder a su devolución. En virtud de lo anterior, si en los 15 (quince) días hábiles previos al vencimiento de la garantía se mantuvieran aún obligaciones pendientes por parte del proveedor, este deberá renovarla, presentado una prórroga o nueva garantía con las mismas exigencias y vigencia que las indicadas precedentemente o aquella vigencia requerida por la entidad licitante al momento de solicitar su renovación. De no dar cumplimiento a lo anterior, se podrá resolver el contrato previo al vencimiento de la garantía vigente. Si el proveedor no renovaré dicha garantía en el plazo señalado, la entidad licitante podrá cobrarla administrativamente a su sola presentación y sin más trámite. Artículo 30º: La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser cobrada en los siguientes casos: a) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas con esta medida en las presentes bases. b) Cuando por una causa imputable al adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato u orden de compra que corresponde. En caso de hacerse efectiva la garantía y seguir vigente el contrato, el proveedor adjudicado deberá entregar, dentro de un plazo de 05 (cinco) días hábiles contados desde el cobro de la primera, una nueva garantía de fiel cumplimiento, la que deberá cumplir con los mismos requisitos señalados en las presentes bases de licitación. De no dar cumplimiento a lo anterior, se podrá resolver el contrato. Cuando el cálculo del monto del respectivo cobro convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, este se redondeará al número entero más cercano. Artículo 31º: Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% (cincuenta por ciento) del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, la Comandancia General de la Guarnición de Ejército de la Región Metropolitana podrá, por medio de resolución fundada debidamente tramitada, adjudicar esa oferta, solicitando ampliar garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
CONTRATO Y ORDEN DE COMPRA
Artículo 32°: La relación contractual tendrá una vigencia desde la aceptación de la orden de compra y hasta la recepción conforme de los productos y su pago. La adquisición de los productos se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la posterior aceptación de la misma por parte del proveedor, no requiriéndose suscribir contrato por tratarse de la adquisición bienes de simple y objetiva especificación. Artículo 33°: El adjudicatario, no podrá bajo ningún pretexto negociar, traspasar, ceder o delegar las obligaciones contraídas en el contrato y/u orden de compra a terceros, salvo que una norma legal especial lo permita. Por tanto, queda expresamente prohibida la cesión, con excepción de la cesión de sus créditos en contra del fisco o factoraje (factoring), siempre y cuando se notifique a la Comandancia General de la Guarnición de Ejército de la Región Metropolitana y Comando de Industria Militar, del contrato de factoring y no existan obligaciones o multas pendientes (artículo 75 del Reglamento de la Ley N.°19.886). Su infracción hará responsable al proveedor de los perjuicios ocasionados y será causal suficiente para poner término de inmediato a la presente contratación. Artículo 34º: Será obligación del proveedor adjudicado, entre otras, dar cumplimiento a todo lo establecido en la respectiva orden de compra, en las presentes bases administrativas, en las bases técnicas, aclaraciones, si las hubiere y su oferta. Artículo 35º: La distribución de los Kit de alimentación para el acto eleccionario “Primarias de Gobernadores Regionales y Alcaldes año 2024” se realizará conforme a la siguiente tabla: LUGAR DE CONCENTRACIÓN GRUPO 1 ENTREGA (03JUN2024) DIRECCIÓN DE ENTREGA CANTIDAD Regimiento de Infantería N.° 1 “Buin”. Av. El Salto N.º 2087, Recoleta. 2496 Regimiento Logístico del Ejército, N.° 1 “Bellavista”. Av. Guanaco N.º 2650, Conchalí. 64 CGGERM/CIMI Zenteno N.° 102, Santiago. 100 LUGAR DE CONCENTRACIÓN GRUPO 2 ENTREGA (04JUN2024) DIRECCIÓN DE ENTREGA CANTIDAD Escuela de Suboficiales. Camino a Rinconada de Maipú sin número, Maipú. 160 Escuela de Telecomunicaciones. Av. Talinay N.º 10499, La Reina. 1088 Sin perjuicio de lo antes señalado, esta entidad licitante podrá modificar lo dispuesto conforme a las necesidades del servicio, informando al adjudicatario previamente y de manera simple o por canal técnico, vía correo electrónico, llamada telefónica o mensajería.
MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO
Artículo 36º: La entidad licitante podrá poner término anticipado al contrato o modificar el mismo, si concurren las causales establecidas en el Artículo 77° del reglamento de la Ley N.° 19.886, sin prejuicio de las siguientes: 1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad y cuando dicho incumplimiento le genera a la entidad licitante un perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. 3. Estado de notaria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 5. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución de contrato, con un máximo de seis meses. 6. Si el adjudicatario se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. 7. Si se disuelve la empresa adjudicada. 8. Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquel, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiera implicar conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. b) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c) Tergiversar hechos con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. 9. En caso de que el atraso en la entrega de servicios alcance los 02 (dos) días corridos del plazo ya establecido para tales efectos en las presentes bases. 10. En caso de que las multas cursadas por atraso alcancen el 10% del valor total contratado. 11. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes bases. 12. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años a la mitad del periodo de ejecución contractual, con un máximo de seis meses. En los casos de los numerales N.ºs 2, 8, 9, 10 y 12, junto con el término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Artículo 37°: En el caso de las UTP procederán además las siguientes causales de término anticipado: La constatación de que sus integrantes constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica. a) Si se retira de la UTP un integrante que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. b) Si se ha ocultado información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. c) Inhabilidad sobreviviente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no puedas continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. d) Disolución de la UTP. e) El no cumplimiento de lo señalado en requisitos para contratar de las presentes bases técnicas. Artículo 38°: Las partes podrán acordar modificaciones a la presente relación contractual, después de su entrada en vigencia, debiendo dichas modificaciones contar con un Addendum escrito, que debidamente firmado por las partes, pasará a formar parte integrante de la orden de compra. En tal caso, no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto más allá de un 30 % del monto originalmente pactado. Artículo 39º: La declaración de término anticipado o modificación, se hará administrativamente, sin forma de juicio, mediante Resolución Administrativa. En ningún caso el término anticipado de los servicios, por las causales establecidas en las presentes bases, dará derecho a indemnización, ni generará algún tipo de derecho al proveedor o prestador del servicio. Para efectos de la aplicación de las medidas señaladas en el presente artículo, se estará sujeto al procedimiento señalado en la disposición siguiente.
EFECTOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO
Artículo 40º: En caso de incumplimiento por parte del proveedor, de una o más obligaciones establecidas en las presentes bases, que den lugar a la aplicación de sanciones o multas, resultará aplicable el procedimiento establecido en la presente disposición. Previo a la adopción y ejecución de alguna de las medidas señaladas precedentemente, la Comandancia General de la Guarnición de Ejército de la Región Metropolitana y Comando de Industria Militar e Ingeniería, emitirá el correspondiente acto administrativo, en el cual expondrá los antecedentes que configuran la aplicación de alguna de las medidas señaladas y dando traslado al proveedor, para que dentro del término de 5 (cinco) días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Por otro lado, vencido este plazo con o sin descargos la entidad licitante, tendrá el plazo de 30 días hábiles para pronunciarse respecto a la multa mediante una resolución fundada, siendo esta publicada en el Sistema de Información. Además, sin perjuicio de esa notificación se notificará de forma personal al proveedor o mediante envió de carta certificada. Evacuado o no el traslado por parte del proveedor, la Comandancia General de la Guarnición de Ejército de la Región Metropolitana, si procediere, ejecutará la aplicación de alguna de las medidas señaladas, mediante resolución fundada, pronunciándose sobre los descargos que se hubieren efectuado, y publicándose la misma en el Sistema de Información. En contra de la resolución señalada precedentemente, procederán los recursos dispuestos en la Ley N.º 19.880, que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”.
DE LOS PAGOS
Artículo 41°: El pago total se efectuará dentro del plazo de 30 (treinta) días corridos, contados desde que se hubiera dado entrega total de los Kit de alimentación para el acto eleccionario “Primarias de Gobernadores Regionales y Alcaldes año 2024”, mediante acta de conformidad emitida por la entidad licitante. La factura deberá ser emitida por el proveedor, conforme al monto y detalle de la orden de compra emitida a través del portal Chilecompra y requiere contener los siguientes antecedentes: 1. Factura comercial emitida a nombre de: - Razón Social: Ejército de Chile Comandancia General de la Guarnición - RUT: 61.101.042-7 - Giro: Actividades de defensa - Dirección: Zenteno 102, Comuna de Santiago, RM. 2. Acta de recepción conforme emitida por la entidad licitante. En caso de realizar los pagos factoring suscritos por el proveedor, este deberá dar estricto cumplimiento al Art. 75 del D.S N.º 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, el oferente que se adjudique la presente licitación deberá avisar por lo menos, 05 (cinco) días hábiles antes de que se tramite el pago de la factura. Si no da aviso en el plazo y forma exigida por la ley, el pago se realizará al proveedor (cedente). La notificación de la cesión deberá hacerse legalmente y no deben existir obligaciones o multas pendientes. Como una forma de dar cumplimiento a la tramitación de la documentación contable, se requiere que el proveedor una vez adjudicado presente la siguiente documentación: - Certificado de antecedentes laborales y previsionales de la empresa. - Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales para con los trabajadores de la empresa. Artículo 42°: La forma de pago se efectuará, mediante transferencia bancaria, vale vista o cheque a nombre del proveedor adjudicado o bien mediante la modalidad que establezcan ambas partes. Artículo 43°: Tratándose de las UTP, será el representante designado en el acto de constitución quien deberá emitir la factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
DE LAS DISPOSICIONES FINALES
Artículo 44°: Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes bases, administrativas, se entienden incorporadas en la orden de compra, por lo tanto, el oferente se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que constan en estas bases.
CLAUSULA DE INTERPRETACIÓN
Artículo 45°: Los vacíos o puntos obscuros o dudosos de las presentes bases, se interpretan e integran de conformidad la Ley sobre adquisiciones y enajenaciones de bienes corporales e incorporales, muebles y servicios de las fuerzas armadas y su Reglamento complementario y la Ley de bases de contratos Administrativos de suministro y prestaciones de servicios y su reglamento y específicamente conforme al deber de resguardo de los recursos fiscales y los principios de igualdad de oferentes, probidad y buena Fe.
ANEXOS
Artículo 46º: Los anexos que se indican a continuación, forman parte integrante de las presentes bases: • ANEXO A “Oferta económica” • ANEXO B “Cronograma de Licitación”
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.