Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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TESORERIA DE ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO
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Fecha de vencimiento:
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25-03-2022
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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El proveedor adjudicado deberá hacer entrega de un instrumento de garantía extendida a nombre de la Tesorería del Estado Mayor General del Ejército, RUT Nº 61.101.049 - 4, equivalente a un 5% del monto total adjudicado (Monto total exento de IVA), pagadera a la vista, en pesos chilenos, con el carácter de irrevocable y de realización inmediata, la cual garantizará el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, tales como que se pueden hacer efectivas multas, indemnizaciones por termino anticipado, por incumplimiento, pago de cotizaciones previsionales de sus trabajadores etc, debiendo ser entregada directamente a la Sección Finanzas del Regimiento Granaderos, ubicado en Avda. Larraguibel S/N. San Isidro, Quillota o en su defecto se admitirá sean entregadas electrónicamente a dicha sección, previa coordinación, siempre y cuando esta cumpla con los requisitos antes mencionados y dicha garantía admita para su validez la emisión y suscripción por tales medios.
Si bien la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato garantiza todas sus obligaciones, a modo de ejemplo garantizará, multas, indemnizaciones, pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores de la empresa, entre otros.
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Glosa:
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La glosa del instrumento de garantía deberá expresar: “Para la Adquisición de Gift Card para la celebración de la pascua del soldado del personal perteneciente a esta Unidad Regimentaria año 2021.”
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Forma y oportunidad de restitución:
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El instrumento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento al contrato deberá estar vigente durante la relación contractual y hasta 60 días hábiles contados desde la expiración del contrato, la cual deberá entregarse en la Oficina de la Sección Finanzas del Regimiento Escolta Presidencial N° 1 “Granaderos” dentro de los 05 (cinco) días hábiles, contados de la notificación de adjudicación.
Este instrumento de garantía será devuelto al oferente, dentro de los 61 días hábiles a la fecha del término del contrato en la Sección Finanzas del Regimiento Escolta Presidencial N° 1 “Granaderos”, siempre y cuando se haya dado cumplimiento íntegro y oportuno al contrato.
Este instrumento de garantía se exige en atención a la necesidad de dar cumplimiento efectivo y oportuno al requerimiento solicitado y al elevado impacto y consecuencias que un eventual incumplimiento, por lo que se otorga para caucionar el cumplimiento oportuno de todas las obligaciones que se imponen al adjudicatario, pudiendo ser ejecutadas unilateralmente y por vía administrativa y por la sola voluntad del Regimiento si procede alguna de las causales derivadas del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones estipuladas en el contrato a través de la correspondiente resolución fundada. En caso de cobro de la garantía de cumplimiento por parte del Regimiento, derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que imponga el contrato.
Modificándose las fechas de entrega unilateralmente por parte del Regimiento, lo que será informado previamente al adjudicatario personalmente o por carta certificada, será responsabilidad de cada adjudicatario realizar los trámites pertinentes para mantener vigente la boleta de cumplimiento.
El costo del instrumento de garantía será de cargo exclusivo de los oferentes.
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