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RESOLUCION DE EMPATES |
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En caso de empate en el puntaje final de las ofertas, se adjudicará al oferente que tenga un mayor puntaje en el factor garantía de persistir el empate, se adjudicará al proveedor que obtenga el mayor puntaje en el factor plazo de entrega, de perdurar el empate se adjudicará al proveedor que tenga más alto puntaje en el factor precio, de persistir el empate, se adjudicará al proveedor que tenga el puntaje más alto en el factor experiencia. Si utilizados todos los mecanismos de desempates éste continúa, se adjudicará al oferente que subió primero su propuesta de acuerdo al comprobante de oferta electrónico que consta en el registro del Portal www.mercadopublico.cl.
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PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS DERIVADAS DE INCUMPLIMIENTO. |
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Detectada una situación que amerite la aplicación de las sanciones contempladas en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. A contar de la notificación singularizada, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
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CONSULTAS Y ACLARACIONES Y MODIFICACIONES DE BASES |
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Los interesados podrán formular consultas y pedir aclaraciones sobre las Bases, en las fechas indicadas en la página www.mercadopublico.cl, y solamente a través del foro de consultas de la licitación. Estas preguntas y respuestas se colocarán en conocimiento de todos los proveedores interesados a través del mismo sitio, en las fechas publicadas, sin indicar el autor de las mismas.
Para todos los efectos legales, las respuestas y aclaraciones formarán parte integrante de las bases administrativas o especificaciones técnicas de esta propuesta.
Las bases administrativas, técnicas o anexos, podrán ser modificadas previa dictación de resolución, antes del cierre de la recepción de las ofertas, para cuyo efecto, se publicarán dichas modificaciones en el sitio www.mercadopublico.cl, considerándose un plazo prudencial para que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
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MULTAS |
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El adjudicatario podrá ser sancionado por el CCM “Concepción” con el pago de multas, por retrasos en la entrega de los productos presentados en su oferta.
Las multas por atraso en la entrega se aplicarán por cada día corrido de atraso, el cual se calculará de un 3% del valor neto del producto adjudicado con un tope máximo de 10 días corridos, después de los 10 días corridos de atraso se terminará anticipadamente el contrato que fue formalizado por la Orden de Compra y se aplicará a las cantidades que se entreguen atrasadas respecto al plazo de entrega ofertada por el proveedor en el anexo N°2 adjunto a las bases. El plazo de entrega se comenzará a contar 24 horas posterior a la aceptación de la Orden de Compra por el portal www.mercadopublico.cl, para los casos en que el proveedor no haya aceptado la compra dentro de 24 horas de enviada la OC, se considerará que el plazo de entrega comienza 48 horas después de enviada.
17.1 Aplicación de Multa
Una vez detectado el incumplimiento, el CCM “Concepción” notificara al adjudicatario, por carta certificada, indicando el incumplimiento los días de atraso y el monto total de la multa. Se entenderá recibida tres días hábiles posterior a su recepción en Correos de Chile o la empresa de correos correspondiente. Una vez recibida la notificación el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Una vez vencido el plazo de este último, el CCM “Concepción” responderá los descargos del adjudicatario dentro de los plazos legales y si corresponde, mediante resolución fundada procederá a realizar el cobro de multa.
17.2 Cobro de Multa
El monto de la multa será rebajado del pago que el CCM “Concepción” deba efectuar al adjudicatario en la factura, una segunda opción es el cobro y pago directo en el Departamento de Finanzas del CCM “Concepción”, en un plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la resolución que dispone el pago, mediante cheque, vale vista o transferencia electrónica a nombre del Centro Clínico Militar Concepción.
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