Resolución de Empates |
En caso que dos o más oferentes resulten empatados, se definirá en base a
la oferta que obtenga mayor puntaje en el criterio de evaluación "Precio".
En caso de mantenerse el empate, se definirá por el puntaje obtenido en
el criterio "Plazo de entrega".
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas respecto a la adjudicación deberán ser efectuadas directamente a la Sección Abastecimiento del IGM, al correo rurzua@igm.cl o a los teléfonos 224109374 - 224109489 - 224109405.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Los antecedentes administrativos (que no sean esenciales para la
evaluación de la respectiva oferta) que pudieran ser omitidos por los
oferentes, se recepcionarán hasta 24 horas después de requerido, sin
perjuicio de aplicarse lo indicado en el criterio de evaluación
"Cumplimiento de requerimientos formales".
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inscripción en Chileproveedores |
En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro
Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración deberá
inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la
notificación de la resolución de adjudicación.
Si resulta adjudicada una unión temporal de proveedores, cada proveedor integrante de ésta deberá inscribirse en ChileProveedores.
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Requisitos para contratar. |
Para la suscripción del contrato definitivo se verificará el registro del
adjudicatario en "ChileProveedores" y su estado de "hábil" para contratar
con el Estado, condición que deberá mantener durante la vigencia del
contrato, so pena del término anticipado de éste.
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Cláusula de Inadmisibilidad. |
El IGM se reserva el derecho a declarar inadmisibles las ofertas, en caso
de que las propuestas presentadas por los oferentes sobrepasen el
presupuesto máximo disponible para estos fines o estas no se ajusten integralmente a los requerimientos estipulados en estas bases de
licitación.
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Readjudicación |
El IGM, podrá readjudicar la presente licitación al oferente que hubiera
obtenido el segundo lugar en la evaluación en caso de que el oferente
adjudicado desista de su oferta, no entréguelos antecedentes legales para
esta contratación, se encuentre inhábil en el portal ChileProveedores al
momento de la emisión de la orden de compra o no cumpla con el plazo
ofrecido para la entrega del servicio licitado conforme a los
requerimientos técnicos indicados en estas bases.
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Modificación de adjudicación. |
En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en las
presentes bases de licitación, el IGM publicará una nueva fecha en el
portal www.mercadopublico.cl, informando las razones del cambio de
fecha.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Multas |
a) El IGM podrá aplicar multas por los siguientes montos y hechos:
1% diario del precio total neto del bien adquirido, por cada día de
atraso en la entrega de las licencias, hasta cuatro días.
2% diario del precio total neto del bien adquirido, por atraso en la
entrega de las licencias, entre cinco a 10 días.
b) El 10M podrá dar término a la orden de compra si el adjudicatario
sobrepasa los diez días de atraso en la entrega de las licencias,
cursándose la multa respectiva.
e) El monto de la eventual multa se descontarán del pago de la factura previa resolución que la establezca, para el caso de haberse dado termino anticipado a la orden de compra se cursará la multa conforme al
procedimiento establecido.
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Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos |
Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, por parte del IGM, éste notificará al adjudicatario en forma personal o por carta
certificada, indicando el incumplimiento, los hechos que lo constituyen y
el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación
precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para
efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes
que justifiquen sus argumentos.
2. Vencido el plazo sin presentar descargos, el IGM emitirá la respectiva
resolución aplicando la multa.
3. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el IGM tendrá un plazo de hasta 30 (treinta) días hábiles a contar de la
recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos parcial o
totalmente mediante una resolución que se notificará al adjudicatario por
correo certificado o personalmente y que se publicará en el portal web de
compras públicas dentro de las 24 horas siguientes a su desde su emisión.
4. El adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco días hábiles contados
desde la notificación de la resolución, para impugnarla mediante los
recursos contemplados en la ley 19.880, debiendo acompañar todos los
antecedentes que justifiquen la eliminación o la modificación de la
respectiva medida. El IGM tendrá un plazo no superior a 30 (treinta) días
hábiles para resolver el citado recurso.
5. La resolución que acoja el recurso podrá ratificar, modificar, o dejar sin
efecto el acto impugnado.
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