Resolución de Empates |
En caso que dos o más oferentes resulten empatados, se definirá en base a
la oferta que obtenga mayor puntaje en el criterio de evaluación "Precio".
En caso de mantenerse el empate, se definirá por el puntaje obtenido en
el criterio "Plazo de entrega".
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas respecto a la adjudicación deberán ser efectuadas
directamente a la Sección Abastecimiento del IGM, al correo
rurzua@igm.cl o a los teléfonos 224109374 - 224109489 - 224109405.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Los antecedentes administrativos (que no sean esenciales para la
evaluación de la respectiva oferta) que pudieran ser omitidos por los
oferentes, se recepcionarán hasta 24 horas después de requerido, sin
perjuicio de aplicarse lo indicado en el criterio de evaluación
"Cumplimiento de requerimientos formales".
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Inscripción en ChileProveedores |
En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración deberá inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Si resulta adjudicada una unión temporal de proveedores, cada proveedor integrante de ésta deberá inscribirse en ChileProveedores.
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Requisitos para contratar. |
Para la suscripción del contrato definitivo se verificará el registro del adjudicatario en "ChileProveedores" y su estado de "hábil" para contratar con el Estado, condición que deberá mantener durante la vigencia del contrato, so pena del término anticipado de éste.
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Cláusula de Inadmisibilidad. |
El IGM se reserva el derecho a declarar inadmisibles las ofertas, en caso de que las propuestas presentadas por los oferentes sobrepasen el presupuesto máximo disponible para estos fines o estas no se ajusten
integralmente a los requerimientos estipulados en estas bases de licitación.
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Readjudicación |
El 10M, podrá readjudicar la presente licitación al oferente que hubiera
obtenido el segundo lugar en la evaluación en caso de que el oferente
adjudicado desista de su oferta, no entréguelos antecedentes legales para
esta contratación, se encuentre inhábil en el portal ChileProveedores al
momento de la emisión de la orden de compra o no cumpla con el plazo
ofrecido para la entrega de las licencias licitadas conforme a los
requerimientos técnicos indicados en estas bases.
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Modificación de adjudicación. |
En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en las presentes bases de licitación, el IGM publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.c l, informando las razones del cambio de fecha.
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Multas |
a) El 10M podrá aplicar multas por los siguientes montos y hechos: 1% diario del precio total neto del bien adquirido, por cada día de atraso en la entrega de las licencias, hasta cuatro días.
2% diario del precio total neto del bien adquirido, por atraso en la entrega de las licencias, entre cinco a 10 días. El plazo de entrega será contabilizado desde la recepción de la orden de
compra (24 horas desde enviada al adjudicatario).
b) El IOM podrá dar término a la orden de compra si el adjudicatario sobrepasa los diez días de atraso en la entrega de las licencias, cursándose la multa respectiva.
e) El monto de la eventual multa se descontarán del pago de la factura previa resolución que la establezca, para el caso de haberse dado termino anticipado a la orden de compra se cursará la multa conforme al
procedimiento establecido.
d) Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos:
1) Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, por parte del IOM, éste notificará al adjudicatario en forma personal o por carta certificada, indicando el incumplimiento, los hechos que lo
constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos por escrito, acompañando
todos los antecedentes que justifiquen sus argumentos.
2) Vencido el plazo sin presentar descargos, el IOM emitirá la respectiva resolución aplicando la multa.
3) Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el 10M tendrá un plazo de hasta 30 (treinta) días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazados o acogerlos parcial o
totalmente mediante una resolución que se notificará al adjudicatario por correo certificado o personalmente y que se publicará en el portal web de compras públicas dentro de las 24 horas siguientes a su desde su emisión.
4) El adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución, para impugnada mediante los recursos contemplados en la ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen la eliminación o la modificación de la respectiva medida. El IOM tendrá un plazo no superior a 30 (treinta) días hábiles para resolver el citado recurso.
5) La resolución que acoja el recurso podrá ratificar, modificar, o dejar sin efecto el acto impugnado.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Modificación de las bases de licitación |
El IGM podrá, de oficio o producto de las consultas efectuadas por los oferentes, efectuar modificaciones a las presentes bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto proceso licitatorio. En todo
caso, toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades y publicidad del acto administrativo que regule la licitación y contemplará un plazo prudencial para que los oferentes puedan conocer y adecuar sus
ofertas a las modificaciones. Sin perjuicio de lo anterior, los eventuales cambios serán comunicados a todos los participantes, a través del sistema de información de compras públicas.
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