Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PRECIO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “GARANTÍA TÉCNICA”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas respecto a la adjudicación deberán ser efectuadas directamente a LA Sección Abastecimiento del IGM, al correo rurzua@igm.cl o a los teléfonos 224109374 - 224109489 - 224109405.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Los antecedentes administrativos (que no sean esenciales para la evaluación de la respectiva oferta) que pudieran ser omitidos por los oferentes, se recepcionarán hasta 24 horas después de requerido, sin perjuicio de aplicarse lo indicado en el criterio de evaluación "Cumplimiento de Requerimientos Formales".
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Inscripción en ChileProveedores |
En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro
Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración deberá
inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la
notificación de la resolución de adjudicación.
Si resulta adjudicada una unión temporal de proveedores, cada
proveedor integrante de ésta deberá inscribirse en ChileProveedores.
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Requisitos para contratar |
Para la suscripción del contrato definitivo se verificará el registro del adjudicatario en "chileproveedores" y su estado de "hábil" para contratar con el Estado.
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Cláusula de inadmisibilidad. |
El IGM se reserva el derecho de declarar inadmisibles las ofertas, en
caso de que las propuestas presentadas por los oferentes sobrepasen
el presupuesto máximo disponible para estos fines, o estas no se ajusten integralmente a los requerimientos técnicos estipulados en estas bases de licitación.
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Readjudicación |
El IGM, podrá readjudicar la presente licitación al oferente que hubiera obtenido el segundo lugar en la evaluación en caso de que el oferente adjudicado desista de su oferta, se encuentre inhábil en el
portal chilecompra al momento de suscribir el contrato definitivo, no cumpla con el plazo ofrecido para el inicio de los servicios o no entregue los servicios licitados conforme a los requerimientos técnicos indicados en estas bases.
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Fecha de adjudicación |
En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en las presentes bases de licitación, el IGM publicará una nueva fecha en el portal mercadopublico.cl, informando las razones del cambio.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Multas |
En caso de incumplimiento del plazo máximo de entrega del servicio estipulado en estas bases de licitación, el IGM cobrará una multa equivalente a12% del monto neto del servicio por cada día hábil de atraso, hasta un máximo de 10 días, los que serán contabilizados desde la recepción de la orden de compra.
En caso de que el atraso sobrepase los 10 días indicados anteriormente, el IGM podrá dar término anticipado al contrato por esta causal.
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Procedimiento para la aplicación de medidas por incumplimiento: |
1) Detectada una situación que amerite el cobro de la garantía o la aplicación de multa, por parte del IGM, éste notificará al adjudicatario personalmente o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto según corresponda. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que se estimen pertinentes.
2) Vencido el plazo sin presentar descargos, el IGM emitirá la respectiva resolución aplicando la multa.
3) Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el IGM tendrá un plazo de hasta 30 (treinta) días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante una resolución, que se notificará al adjudicatario por correo certificado, y que deberá ser publicada en el portal web de compras públicas dentro de las 24 horas siguientes a su emisión.
4) El adjudicatario dispondrá de un plazo de 5 (cinco) días hábiles, contados desde la notificación de la resolución, para impugnarla mediante los recursos contemplados en la ley 19.886, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar
o rechazar la respectiva medida. El IGM tendrá un plazo no superior a 30 (treinta) días hábiles para resolver el citado recurso.
5) La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
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