Licitación ID: 3420-12-LE19
Adquisición e instalación 04 equipos climatización
Responsable de esta licitación: Ejercito de Chile
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 376
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Productos o servicios
1
Servicios de fabricación de equipo de aire acondicionado, ventilación o refrigeración 1 Unidad
Cod: 73161517
Adquisición e Instalación de 04 (cuatro) equipos de climatización para el Casino que utiliza el personal del CIMI, DIVAE e IGM, ubicado en Avenida Santa Isabel N° 1651, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Adquisición e instalación 04 equipos climatización
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Adquisición e instalación de 04 cuatro equipos de climatización para el Casino que utiliza el personal del CIMI, DIVAE e IGM, ubicado en Avenida Santa Isabel N° 1651, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Comando de Industria Militar e Ingeniería - CIMI
R.U.T.:
61.101.054-0
Dirección:
Santa Isabel 1651, Santiago Centro
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-12-2019 11:00:00
Fecha de Publicación: 13-11-2019 10:27:30
Fecha inicio de preguntas: 20-11-2019 15:00:00
Fecha final de preguntas: 25-11-2019 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-11-2019 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-12-2019 11:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-12-2019 11:01:00
Fecha de Adjudicación: 20-12-2019 15:54:58
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Fecha visita a terreno (Artículo 14 de las bases de licitación) 20-11-2019 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Los oferentes, al momento de presentar sus propuestas, deberán adjuntar a través del Sistema de Información, los siguientes antecedentes: 1. Tratándose de personas naturales no inscritas en el Registro Oficial de Contratistas de la Administración: a. Fotocopia de la cédula nacional de identidad. b. Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. c. Declaración jurada simple para personas naturales conforme a Anexo C, de las presentes bases.
2.- 2. Tratándose de personas jurídicas no inscritas en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración: a. Fotocopia del RUT de la empresa. b. Poder simple de representación de quien comparece presentando la oferta. c. Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. d. Declaración jurada simple para personas jurídicas conforme Anexo D, de las presentes bases.
3.- 3. Las UTP, además deben adjuntar a su oferta el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado. A su vez, cada integrante de la UTP deberá presentar una declaración jurada simple conforme al Anexo C o al Anexo D, según sea el caso, a fin de acreditar que no se encuentran afectos a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con los organismos del Estado.
4.- 4. Para aquellos participantes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, “Chileproveedores”, sólo se exigirá para ofertar su estado “hábil” en el referido Registro, siempre y cuando los antecedentes respectivos, señalados precedentemente, se encuentren disponibles en el portal en las condiciones y plazos previamente establecidos en estas bases.
Documentos Técnicos
1.- Los oferentes deberán presentar su propuesta técnica, a través del Sistema de Información con anterioridad al término del plazo contemplado para el cierre de recepción de ofertas de la presente propuesta, según lo dispuesto en Anexo B “Cronograma de Licitación”, debiendo contemplar: el cumplimiento de los requerimientos establecidos en las Bases Técnicas, debiendo hacer expresa mención al Plazo de ejecución de instalación y Garantía de la adquisición.
 
2.- Los oferentes interesados en participar en la presente licitación, deberán concurrir a una visita a terreno, a efectuarse el día y hora establecido en el cronograma de anexo B, en dependencias del Casino que utiliza el personal del CIMI, DIVAE e IGM, ubicado en Avenida Santa Isabel N° 1651, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Se deja expresa constancia que la visita a terreno, será un requisito de carácter excluyente, de manera, que no se aceptarán las ofertas de aquellos proponentes que no hubieren participado en la misma. De la visita señalada precedentemente, se levantará la correspondiente acta, en la que se dejará constancia de los proponentes que se presentaren a la misma.
 
Documentos Económicos
1.- Los oferentes deberán presentar su propuesta económica mediante modelo de anexo A, a través del sistema de información, con anterioridad al término del plazo contemplado para el cierre de recepción de ofertas de la presente propuesta según lo dispuesto en anexo B “Cronograma de Licitación”, debiendo considerar en el precio de la oferta, todos los costos necesarios para dar cumplimiento a lo solicitado.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
- Declaración jurada simple para personas naturales conforme al anexo C, de las presentes bases.
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: Poder simple de representación de quien comparece presentando la oferta.
- I18n entry not found: Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
- I18n entry not found: Declaración jurada simple para personas jurídicas conforme al anexo D, de las presentes bases.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio El presente criterio, se evaluará de conformidad al precio ofertado por los proponentes y se evaluará de la forma siguiente: (Menor precio ofertado/oferta evaluada) x 45 45%
2 Garantía de la adquisición Este criterio evaluará las ofertas en cuanto al número de meses de garantía de los equipos que ofrece la empresa, otorgando los siguientes puntajes: (Oferta evaluada/mayor número de meses ofertados) x 30 30%
3 Plazo de ejecución de instalación El presente criterio, se evaluará de conformidad con el número de días hábiles que el proveedor señale para efectos del plazo de instalación, de acuerdo con la siguiente fórmula: (Número menor de días ofertados/oferta evaluada) x 20 20%
4 Cumplimiento de requerimientos formales A los oferentes que ingresen oportunamente los antecedentes administrativos requeridos (que no sean esenciales para la evaluación de la respectiva oferta), se les asignarán 05 (cinco) puntos, aquellos oferentes que no adjunten todos los antecedentes requeridos o la presentación de algún antecedente omitido por el oferente se recepcionarán hasta 24 horas después de requerido y será evaluado con (0) puntos en este criterio. La no presentación de los antecedentes, requeridos durante las 24 horas en el sistema de información, se considerarán inadmisibles, por constituir el presente, un requisito excluyente. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: presupuesto disponible
Monto Total Estimado: 5000000
Justificación del monto estimado El presupuesto para la presente adquisición asciende a la suma de 5.000.000.- cinco millones de pesos, exento de IVA correspondiente a Fondo Rotativo de Abastecimiento FORA, sin reajustes por concepto alguno.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Todo proponente, cuya oferta exceda el presupuesto disponible para la presente contratación, no será evaluado y declarada inadmisible. La oferta no debe contemplar IVA, considerando que la fuente de financiamiento corresponde al presupuesto FORA-INSTITUC
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: TCL ALEJANDRO HORTA NUÑEZ
e-mail de responsable de pago: deptofzas.cimi@ejercito.cl
Nombre de responsable de contrato: TCL GUILLERMO STEVENS ARCE
e-mail de responsable de contrato: asesorpaf.cimi@ejercito.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26935852-35836
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES DE LICITACIÓN
Artículo 1º: Las presentes Bases Administrativas regulan el llamado a propuesta pública, para la adquisición e instalación de 04 (cuatro) equipos de climatización para el Casino que utiliza el personal del CIMI, DIVAE e IGM, ubicado en Avenida Santa Isabel N° 1651, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, conforme a las condiciones descritas en el presente instrumento. Artículo 2º: La presente propuesta será llevada a cabo, a través del Sistema de Información y será cursada a todos aquellos oferentes que se encuentren inscritos en portal “Mercado Público” y/o “Chile Proveedores”. Artículo 3º: La presente propuesta se llevará a cabo en una etapa, lo que, de conformidad con la Ley, consiste en que en el acto de apertura se procederá a abrir la oferta técnica y económica. DE LOS PARTICIPANTES Artículo 4º: Podrán participar en esta propuesta todas las personas naturales o jurídicas, así como las Uniones Temporales de Proveedores -en adelante UTP-nacionales o extranjeras, a través de sus representantes con domicilio en Chile, que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con la Administración del Estado y que cumplan todos los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas. Artículo 5º: Los oferentes, al momento de presentar sus propuestas, deberán adjuntar a través del Sistema de Información, los siguientes antecedentes: 1. Tratándose de personas naturales no inscritas en el Registro Oficial de Contratistas de la Administración: a. Fotocopia de la cédula nacional de identidad. b. Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. c. Declaración jurada simple para personas naturales conforme a Anexo C, de las presentes bases. 2. Tratándose de personas jurídicas no inscritas en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración: a. Fotocopia del RUT de la empresa. b. Poder simple de representación de quien comparece presentando la oferta. c. Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. d. Declaración jurada simple para personas jurídicas conforme Anexo D, de las presentes bases. 3. Las UTP, además deben adjuntar a su oferta el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado. A su vez, cada integrante de la UTP deberá presentar una declaración jurada simple conforme al Anexo C o al Anexo D, según sea el caso, a fin de acreditar que no se encuentran afectos a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con los organismos del Estado. 4. Para aquellos participantes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, “Chileproveedores”, sólo se exigirá para ofertar su estado “hábil” en el referido Registro, siempre y cuando los antecedentes respectivos, señalados precedentemente, se encuentren disponibles en el portal en las condiciones y plazos previamente establecidos en estas bases. Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes cerciorarse que los referidos antecedentes se encuentren disponibles en el citado portal y que cumplan con los requisitos solicitados. En caso que el proveedor adjudicado, no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores, “Chile Proveedores”, deberá proceder a su inscripción dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde el acto de adjudicación, requisito indispensable previo a suscribir el contrato y/o emitir la orden de compra. Tratándose de una UTP, cada proveedor integrante de la misma, deberá proceder a su inscripción en los términos señalados. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 6°: El proveedor asume todos los gastos y responsabilidades, relacionados con las gestiones administrativas que demande su oferta. Las ofertas, documentos y correspondencia relativa a la licitación que intercambie el proponente y el Comando de Industria Militar e Ingeniería deberán redactarse en idioma español. Artículo 7°: Los oferentes participantes en la presente propuesta estarán obligados a cumplir con los requisitos que se detallan en las presentes Bases Administrativas, Técnicas, Anexos y aclaraciones, los cuales forman parte integrante de estas bases. Artículo 8°: El presupuesto para la presente adquisición asciende a la suma de $5.000.000.- (cinco millones de pesos), exento de IVA correspondiente a Fondo Rotativo de Abastecimiento (FORA), sin reajustes por concepto alguno. Todo proponente, cuya oferta exceda el presupuesto disponible para la presente contratación, no será evaluado y declarada inadmisible. La oferta no debe contemplar IVA, considerando que la fuente de financiamiento corresponde al presupuesto FORA-INSTITUCIONAL. Artículo 9°: Tipo de Contrato: Adquisición e instalación de 04 (cuatro) equipos de climatización para el Casino que utiliza el personal del CIMI, DIVAE e IGM, ubicado en Avenida Santa Isabel N° 1651, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, se materializará a través de Orden de Compra. Artículo 10°: Toda consulta o aclaración a las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas o informaciones adicionales que requieran los oferentes, deberán efectuarse sólo a través del sistema de información y dentro del plazo dispuesto en Anexo B, “Cronograma de Licitación”, las que para todos los efectos legales forman parte integrante de estas bases. Las respuestas se pondrán a disposición de todos los proponentes mediante el sistema de información, el día indicado en Anexo B “Cronograma de Licitación”. DE LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Artículo 11°: Se entenderá que, por la presentación de una propuesta, el proponente conoce y acepta irrevocablemente el contenido de las bases administrativas, técnicas, anexos y aclaraciones. Artículo 12°: Propuesta económica: Los oferentes deberán presentar su propuesta económica mediante modelo de anexo A, a través del sistema de información, con anterioridad al término del plazo contemplado para el cierre de recepción de ofertas de la presente propuesta según lo dispuesto en anexo B “Cronograma de Licitación”, debiendo considerar en el precio de la oferta, todos los costos necesarios para dar cumplimiento a lo solicitado. Artículo 13º: Propuesta Técnica: Los oferentes deberán presentar su propuesta técnica, a través del Sistema de Información con anterioridad al término del plazo contemplado para el cierre de recepción de ofertas de la presente propuesta, según lo dispuesto en Anexo B “Cronograma de Licitación”, debiendo contemplar: el cumplimiento de los requerimientos establecidos en las Bases Técnicas, debiendo hacer expresa mención al Plazo de ejecución de instalación y Garantía de la adquisición. Artículo 14°: Visita a Terreno: Los oferentes interesados en participar en la presente licitación, deberán concurrir a una visita a terreno, a efectuarse el día y hora establecido en el cronograma de anexo B, en dependencias del Casino que utiliza el personal del CIMI, DIVAE e IGM, ubicado en Avenida Santa Isabel N° 1651, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Se deja expresa constancia que la visita a terreno, será un requisito de carácter excluyente, de manera, que no se aceptarán las ofertas de aquellos proponentes que no hubieren participado en la misma. De la visita señalada precedentemente, se levantará la correspondiente acta, en la que se dejará constancia de los proponentes que se presentaren a la misma. Artículo 15º: Se rechazarán en el acto de apertura de la licitación, aquellas propuestas que no cumplan en general, con los requerimientos establecidos en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, declarándose inadmisibles. Las ofertas deberán formularse en forma pura y simple, no sujetas a modalidad, en idioma español, manteniendo su vigencia, por el plazo de 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de su presentación en el Sistema de Información. Sin perjuicio de lo anterior, durante el período de evaluación, el Comando de Industria Militar e Ingeniería podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o bien, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando estas circunstancias no les confieran a dichos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información (Artículo 40 del reglamento complementario de la Ley N° 19.886). DE LA ADJUDICACIÓN Artículo 16°: El comando de Industria Militar e Ingeniería, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resultaren convenientes a sus intereses. Asimismo, podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes Bases Administrativas y Técnicas. En ambos casos, el proponente no tendrá derecho a indemnización alguna. La resolución que se pronuncie acerca de la presente propuesta pública, será fundada y comunicada al oferente adjudicado mediante sistema de información. Artículo 17º: Criterios de Evaluación: Para la evaluación de las ofertas se aplicarán los siguientes criterios, con sus respectivos puntajes y ponderaciones: Precio = 45 % (máximo puntos 45) El presente criterio, se evaluará de conformidad al precio ofertado por los proponentes y se evaluará de la forma siguiente: (Menor precio ofertado/oferta evaluada) x 45 Ejemplo:  Oferta proveedor A: $ 580.000. (menor precio ofertado)  Oferta proveedor B: $ 619.000.  Oferta proveedor C: $ 630.000. Cálculo de puntaje de acuerdo a las ofertas:  Proveedor A: (580.000 /580.000) x 45 = 45 puntos  Proveedor B: (580.000 /619.000) x 45 = 42,16 puntos  Proveedor C: (580.000 /630.000) x 45 = 41,42 puntos Garantía de la adquisición = 30 % (máximo puntos 30) Este criterio evaluará las ofertas en cuanto al número de meses de garantía de los equipos que ofrece la empresa, otorgando los siguientes puntajes: (Oferta evaluada/mayor número de meses ofertados) x 30 Ejemplo:  Oferta proveedor A: 12 meses (mayor meses ofertados)  Oferta proveedor B: 9 meses  Oferta proveedor C: 6 meses Cálculo de puntaje de acuerdo a las ofertas:  Proveedor A: (12/12) x 30 = 30 puntos  Proveedor B: (9/12) x 30 = 22,5 puntos  Proveedor C: (6/12) x 30 = 15 puntos Plazo de ejecución de instalación = 20% (máximo puntos 20) El presente criterio, se evaluará de conformidad con el número de días hábiles que el proveedor señale para efectos del plazo de instalación, de acuerdo con la siguiente fórmula: (Número menor de días ofertados/oferta evaluada) x 20 Ejemplo  Oferta proveedor A: 2 días (menor días ofertados)  Oferta proveedor B: 3 días  Oferta proveedor C: 4 días Cálculo de puntaje de acuerdo a las ofertas:  Proveedor A: (2/2) x 20 = 20 puntos  Proveedor B: (2/3) x 20 = 13,33 puntos  Proveedor C: (2/4) x 20 = 10 puntos Cumplimiento de requerimientos formales= 05 % (máximo puntos 05) A los oferentes que ingresen oportunamente los antecedentes administrativos requeridos (que no sean esenciales para la evaluación de la respectiva oferta), se les asignarán 05 (cinco) puntos, aquellos oferentes que no adjunten todos los antecedentes requeridos o la presentación de algún antecedente omitido por el oferente se recepcionarán hasta 24 horas después de requerido y será evaluado con (0) puntos en este criterio. La no presentación de los antecedentes, requeridos durante las 24 horas en el sistema de información, se considerarán inadmisibles, por constituir el presente, un requisito excluyente. De producirse empates, la adjudicación se resolverá conforme al criterio cuyo puntaje sea el mayor, de acuerdo al siguiente orden de precedencia: 1. Criterio “Precio” 2. Criterio “Garantía de la adquisición” 3. Criterio “Plazo de ejecución de instalación” 4. Criterio “Cumplimiento de requerimientos formales” En caso de persistir el empate, no obstante, lo dispuesto anteriormente, la licitación será declarada desierta. Artículo 18°: El Comando de Industria Militar e Ingeniería, aceptará la propuesta más ventajosa, de conformidad con los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases administrativas y al acta de evaluación confeccionada al efecto, mediante acto administrativo, debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del sistema de información. La presente Licitación será adjudicada en la fecha señalada en el Anexo B “Cronograma de Licitación”, no obstante, se podrá cambiar esta fecha por motivos debidamente justificados, la que deberá ser autorizada y comunicada a los participantes mediante Resolución Fundada, a través del sistema de Compras Públicas. Artículo 19°: Si el oferente adjudicado, no acepta la orden de compra antes de 48 horas de emitida, se entenderá que dicho proveedor no tiene interés en contratar con la Institución, pudiendo dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar al oferente que haya obtenido el siguiente mejor puntaje en la evaluación de la propuesta, y así sucesivamente. Artículo 20°: Asimismo, procederá la readjudicación si el adjudicatario fuere inhábil en los términos previstos en la Ley, al momento de la emisión de la orden de compra. En el caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviera afecto a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, se deberá informar dicha situación por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles, señalando además si se desiste o si decide igualmente ejecutar la contratación adjudicada con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fueren hábiles. En el caso de no informar lo anterior o de no manifestar su intensión de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo anterior. De igual forma, si se produce el retiro de alguno de los miembros de la UTP y su integración no cumple con el mínimo de los integrantes para su funcionamiento, o el integrante que se retira es alguno de los hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, la adjudicación será dejada sin efecto y se readjudicará de acuerdo a los términos señalados en el artículo precedente. DE LAS MULTAS Multas por atraso en entrega de los trabajos Artículo 21º: En el caso que el proveedor adjudicado incurra en atrasos en las fechas de entrega de los equipos e instalación, salvo caso fortuito o fuerza mayor, se le cursará una multa por día de atraso, correspondiente al 0,5 % (cero coma cinco por ciento), del valor de la orden de compra, hasta alcanzar un máximo de 5 % (cinco por ciento), en cuyo caso se pondrá término anticipado a la adquisición. Para estos efectos los días se considerarán hábiles. La aplicación de multas se realizará por resolución fundada, la que una vez notificada, el proveedor adjudicado, tendrá el plazo de 5 (cinco) días hábiles, para pagar el monto a que ascendiere la multa, mediante vale vista, extendido a nombre del Comando de Industria Militar e Ingeniería, RUT 61.101.054-0, con el carácter de irrevocable y de realización inmediata. Para efectos de la aplicación de las medidas señaladas, se estará al procedimiento establecido en el artículo N° 30 de las presentes bases. FUERZA MAYOR Artículo 22°: El Comando de Industria Militar e Ingeniería y el proveedor no serán responsables en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, definidos como tales por el artículo 45 del Código Civil de la República de Chile. La parte afectada notificará, por escrito, a la otra parte, dentro de los 5 (cinco) primeros días de acaecido el hecho, explicando lo ocurrido. La solicitud, deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la fuerza mayor o caso fortuito invocado, acompañando los correspondientes documentos y/o certificados de respaldo, para mejor resolver. La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla, mediante Resolución Fundada, al Comando de Industria Militar e Ingeniería, en base a los antecedentes que oportunamente le proporcione el proveedor y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público. La parte que no pudiere cumplir con sus obligaciones procurará atenuar los daños y cumplirá con aquellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar a la causa de fuerza mayor. De producirse alguno de los eventos antes mencionados, el plazo de entrega se entenderá suspendido por el tiempo que dure tal evento. En estos casos no regirá la aplicación de multas. Si transcurrieren más de 5 (cinco) días desde el momento que se produjo alguno de los hechos indicados sin que se efectúe la comunicación y aportes de antecedentes a la Institución, los días en exceso, sobre los 5 (cinco) días señalados para hacer la comunicación, estarán afectos a la aplicación de multas. DEL CONTRATO Y/O ORDEN DE COMPRA Artículo 23°: El Comando de Industria Militar e Ingeniería, formalizará la adquisición e instalación de 04 (cuatro) equipos de climatización para el Casino que utiliza el personal del CIMI, DIVAE e IGM, ubicado en Avenida Santa Isabel N° 1651, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana mediante la emisión de la orden de compra, y aceptación de la misma, por parte del proveedor adjudicado. Artículo 24°: El adjudicatario, no podrá bajo ningún pretexto negociar, traspasar, ceder o delegar las obligaciones contraídas en el contrato y/o orden de compra a terceros. Por tanto, queda expresamente prohibida la cesión, con excepción de la cesión de sus créditos en contra del fisco o factoraje (factoring), siempre y cuando se notifique al Comando de Industria Militar e Ingeniería del Ejército el contrato de factoring y no existan obligaciones o multas pendientes (Artículo 75 del Reglamento Complementario de la Ley Nº 19.886). Su infracción hará responsable al proveedor de los perjuicios ocasionados y será causal suficiente, para poner término de inmediato a la presente contratación. Artículo 25°: Una vez adjudicado y como requisito para la emisión de la orden de compra, el oferente adjudicado, deberá proceder a su inscripción en el registro de proveedores “Chile Proveedores”, en caso que no lo estuviere, en un plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde el acto de adjudicación, el no hacerlo, facultará al CIMI para adjudicar la licitación al oferente que ocupa el 2° lugar en la evaluación y así sucesivamente. Artículo 26º: Será obligación del proveedor adjudicado, entre otras, dar cumplimiento a todo lo establecido en la respectiva orden de compra, en las presentes bases administrativas, en las bases técnicas, aclaraciones si las hubiere y su oferta. TÉRMINO ANTICIPADO Artículo 27º: El Comando de Industria Militar e Ingeniería, podrá modificar o poner término anticipado a la contratación, por las causales establecidas en el artículo 77° del Reglamento de la Ley Nº 19.886, sin perjuicio de las siguientes: 1. El no cumplimiento por parte del contratante de las obligaciones y especificaciones establecidas en las bases técnicas y en la oferta, para la adquisición e instalación de 04 (cuatro) equipos de climatización para el casino que utiliza el personal del CIMI, DIVAE e IGM. 2. En caso de alcanzar el porcentaje máximo por concepto de aplicación de multas, establecido en el Artículo N° 21 de estas bases. 3. El incumplimiento de cualquier obligación que no tenga establecida una sanción diversa. 4. Por mutuo acuerdo de las partes. En este evento, las formas y condiciones del término anticipado se establecerán en el finiquito que se suscriba entre las partes. Artículo 28°: En el caso de las UTP procederán además las siguientes causales de término anticipado: a) La constatación de que sus integrantes constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica. b) Si se retira de la UTP un integrante que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. c) Si se ha ocultado información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. d) Inhabilidad sobreviviente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no puedas continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. e) Disolución de la UTP. Artículo 29º: La declaración de término anticipado, se hará administrativamente, sin forma de juicio, mediante Resolución Administrativa. En ningún caso el término anticipado de la contratación por las causales establecidas en las presentes bases, dará derecho a indemnización, ni generará algún tipo de derecho al proveedor o prestador del servicio. Para efectos de la aplicación de las medidas señaladas en el presente artículo, se estará al procedimiento señalado en la disposición siguiente. EFECTOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO Artículo 30º: En caso de incumplimiento por parte del proveedor, de una o más obligaciones establecidas en las presentes bases, que den lugar a la aplicación de multas o a terminar anticipadamente la contratación, resultará aplicable el procedimiento establecido en la presente disposición. Previo a la adopción y ejecución de alguna de las medidas señaladas precedentemente, el Comando de Industria Militar e Ingeniería, emitirá el correspondiente acto administrativo, en el cual expondrá los antecedentes que configuran la aplicación de alguna de las medidas señaladas y dando traslado al proveedor, para que dentro del término de 5 (cinco) días hábiles, efectué sus descargos. Evacuado o no el traslado por parte del proveedor, el Comando de Industria Militar e Ingeniería, si procediere, procederá a la aplicación de alguna de las medidas señaladas, mediante resolución fundada, pronunciándose sobre los descargos que se hubieren efectuado, y publicándose la misma en el sistema de información. En contra de la resolución señalada precedentemente, procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”. DE LOS PAGOS Artículo 31°: El pago total se efectuará dentro del plazo de 30 (treinta) días corridos, contados desde que se hubiera dado cabal cumplimiento de la entrega e instalación de 04 (cuatro) equipos de climatización para el Casino que utiliza el personal del CIMI, DIVAE e IGM y fuere aceptado conforme, mediante la presentación de factura a nombre del Comando de Industria Militar e Ingeniería, Rut 61.101.054-0, y la acreditación de haber dado cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores. Artículo 32°: La forma de pago se efectuará, mediante transferencia bancaria, vale vista o emisión de cheque a nombre del proveedor adjudicado o bien mediante la modalidad que establezcan ambas partes. Artículo 33°: Tratándose de las UTP, será el representante designado en el acto de constitución quien deberá emitir la factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual. DE LAS DISPOSICIONES FINALES Artículo 34°: Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes bases administrativas se entienden incorporadas en la orden de compra, por lo tanto, el oferente se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que constan en estas bases.
Resolución de Empates

De producirse empates, la adjudicación se resolverá conforme al criterio cuyo puntaje sea el mayor, de acuerdo al siguiente orden de precedencia:

  1. Criterio “Precio”
  2. Criterio “Garantía de la adquisición”
  3. Criterio “Plazo de ejecución de instalación” 
  4. Criterio “Cumplimiento de requerimientos formales”

En caso de persistir el empate, no obstante, lo dispuesto anteriormente, la licitación será declarada desierta.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Sin perjuicio de lo anterior, durante el período de evaluación, el Comando de Industria Militar e Ingeniería podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o bien, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando estas circunstancias no les confieran a dichos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información (Artículo 40 del reglamento complementario de la Ley N° 19.886).

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.