Licitación ID: 3420-2-LE22
Adquisición de insumos de impresoras para año 2022
Responsable de esta licitación: Ejercito de Chile, Comando de Industria Militar e Ingeniería - CIMI
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 718
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Tóner 1 Unidad
Cod: 44103103
Adquisición de insumos de impresoras para el año 2022  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Adquisición de insumos de impresoras para año 2022
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Adquirir insumos de impresoras para ser utilizadas por el personal del CIMI que cuenta con impresoras y se encuentra desempeñándose en las distintas áreas de la CGGERM CIMI
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Ejercito de Chile
Unidad de compra:
Comando de Industria Militar e Ingeniería - CIMI
R.U.T.:
61.101.054-0
Dirección:
Zenteno N° 102
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-07-2022 19:00:00
Fecha de Publicación: 24-06-2022 13:30:46
Fecha inicio de preguntas: 24-06-2022 15:30:00
Fecha final de preguntas: 28-06-2022 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-06-2022 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-07-2022 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-07-2022 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 13-07-2022 12:51:36
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Declaración jurada ausencia conflictos de interés e inhabilidades por condenas
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio (Precio mínimo ofertado/Precio Oferta)*60 60%
2 TIEMPO DE ENTREGA El presente criterio, se evaluará de conformidad con el número de días hábiles que el proveedor señale para efectos de entrega de los productos, de acuerdo con la siguiente fórmula: (NUMERO MENOR DE DÍAS OFERTADOS/DÍAS OFERTADOS)*30 La cantidad de días ofertados (se entenderá de lunes a viernes), para hacer entrega de los productos, deberá ser entre un mínimo de 3 (tres) días hábiles y la cantidad máxima será de 5 (cinco) días hábiles, de existir propuestas que se encuentren fuera de este rango, será considerada inadmisible no siendo sujeto de evaluación. El plazo de entrega de los productos deberá ser expresado en el anexo de oferta económica. Resultado se expresa en porcentaje. 30%
3 GARANTÍA DE LOS PRODUCTOS Este criterio evaluará las ofertas en cuanto al número de meses de garantía de los productos que presente el oferente, otorgando el porcentaje conforme a la siguiente fórmula: (NÚMERO DE MESES OFERTADOS/MAYOR NÚMERO DE MESES OFERTADOS)*10 La cantidad de meses de garantía a ofertar es de, mínimo 06 (seis) meses y un máximo de 12 (doce) meses. De existir propuestas con garantías inferior o superiores a este rango de meses, será considerada inadmisible no siendo sujeto de evaluación. La garantía de los productos deberá ser expresado en el anexo de oferta económica. Aquellas ofertas que estén expresadas en otra unidad de medida de tiempo que no sea el solicitado (meses), se evaluará con el tiempo mínimo de garantía, que equivale a 06 meses, entendiendo que por el sólo hecho de ofertar asume este período de garantía de los productos como parte de su oferta. Resultado se expresa en porcentaje. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Capítulo 04, ítem 22.04.009
Monto Total Estimado: 8860288
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Fondos presupuestarios año 2022, Sub título 22 Bienes y Servicios de consumo, Ítem 04 Materiales de uso o consumo, Asignación 009 Insumos, Repuestos y Accesorios computacionales.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Alejandro Horta Nuñez
e-mail de responsable de pago: deptofzas.cimi@ejercito.cl
Nombre de responsable de contrato: Horacio Aguilar
e-mail de responsable de contrato: horacio.aguilar@ejercito.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-26932592-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Art.1º
La Comandancia General de la Guarnición de Ejército de la Región Metropolitana y Comando de Industria Militar e Ingeniería, en adelante indistintamente “entidad licitante”, llama a propuesta pública, para la “Adquisición de insumos de impresoras, año 2022”. Las presentes bases contienen las disposiciones administrativas y bases técnicas por las cuales se regularán, regirán e interpretarán, según sea el caso, las relaciones de la entidad licitante con los proveedores, en adelante indistintamente “proponentes”, “oferentes” o “participantes”, durante el proceso de llamado a propuesta pública, presentación de las ofertas y posterior apertura de las ofertas, adjudicación y todas las materias relacionadas con la licitación en comento. El llamado a propuesta, la presentación de las ofertas, la evaluación de las ofertas, la adjudicación de las ofertas, los contratos u órdenes de compra que en su virtud se celebren o se emitan, se efectuarán a través del sistema electrónico de información de compras y contrataciones de la administración a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, a que se refiere el artículo 20º de la Ley N.º 19.886, portal de internet www.mercadopublico.cl, en adelante el “Sistema de Información”.
Art.2º
El oferente declara que por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación, asimismo el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder premios, dádivas o pagos, cualquiera sea su naturaleza tipo y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma. b. El oferente se obliga a revisar y verificar toda información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomado todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. c. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. d. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones y oportunidades ofertadas.
Art.3º
Las disposiciones que regirán este proceso de compra, serán las siguientes: a) Ley N.º 18.928, que fija las Normas sobre Adquisición y Enajenación de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas y su Reglamento Complementario. b) Ley N.º 19.886 Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento Complementario. c) Lo establecido en la Ley N.º 19.496 de 1997, que “Establece Normas Sobre Protección de los Derechos de los Consumidores”. d) Código del Trabajo. e) Las presentes Bases Administrativas y Técnicas, sus Anexos y Enmiendas posteriores. f) Las modificaciones a las presentes bases administrativas, técnicas y sus anexos si las hubiera. g) Las respuestas o aclaraciones a las consultas y/o solicitudes de aclaraciones a las bases administrativas, a las especificaciones técnicas y sus anexos. h) La oferta adjudicada. i) La resolución que adjudique la propuesta. j) La(s) orden(es) de compra emitida(s) a través del sistema de información. k) El(los) contrato(s) suscrito entre el(los) proveedor(es) y la unidad licitante. l) La(s) resolución(es) que aprueben el(los) contrato(s) suscritos entre el(los) proveedor(es) y la unida licitante. m) Las demás disposiciones de derecho público y privado que resulten pertinentes. En caso de contradicción, discrepancia o inconsistencia entre los términos de los documentos que forman parte integrante de las bases de licitación, se interpretaran en forma armónica. En conformidad a lo establecido en el Art. 92° del decreto N.º 250 del Ministerio de Hacienda de 24SEP2004, el cual señala las inhabilidades e incompatibilidades, conforme a lo siguiente: Causales: Estarán inhabilitados para inscribirse en el Registro de Proveedores los que, se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias: 1. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del libro segundo del Código Penal. 2. Registrar una o más deudas tributarias por el monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un periodo superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución. 3. Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. 4. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada. 5. Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada. 6. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras. 7. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. 8. En el caso de la causal en el número 1), la inhabilidad regirá a contar de la fecha en que la resolución se encuentre ejecutoriada y durará el mismo tiempo establecido para las inhabilidades señaladas en dichos artículos, salvo el caso del artículo 250 bis, en el que la inhabilidad durará 3 años. 9. En el caso de la causal indicada en el número 2), la inhabilidad durará mientras se encuentre pendiente el pago de la deuda, o bien 2 años desde que la respectiva resolución judicial que la declare se encuentre ejecutoriada. 10. Tratándose de la causal establecida en el número 3), la inhabilidad durará mientras se encuentre configurada la causal. Para las causales 4) y 7), la inhabilidad durará 2 años a contar desde que el respectivo pronunciamiento se encuentre ejecutoriado. Tratándose del deudor declarado en quiebra, la inhabilidad durará mientras se encuentre configurada la causal o, en último término, hasta un plazo de 2 años desde que la resolución que lo declara se encuentre ejecutoriada, salvo que se haya determinado la existencia de delitos relacionados con la quiebra a que se refieren los artículos 218 y siguientes del Libro IV del Código de Comercio, en cuyo caso el plazo será de 5 años. La inhabilidad de la sociedad afectará también a quienes tengan la administración de ésta tratándose de sociedades de responsabilidad limitada, incluidas las empresas individuales, así como colectivas en comandita. En el caso de sociedades anónimas, la inhabilidad afectará a todos sus directores. En todos los casos, la inhabilidad afectará a todos quienes tengan el uso de la razón social. Para los efectos de dar cumplimiento a las normas legales antes citadas, los oferentes deberán presentar declaraciones juradas, en las que declaran no estar afectos a las inhabilidades o incompatibilidades expresadas en las normas legales antes mencionadas.
Art.4º MODIFICACIÓN DE LAS BASES ANTES DEL CIERRE DE RECEPCIÓN DE OFERTAS.
La entidad licitante podrá modificar las bases administrativas, sus anexos y plazos de licitación hasta antes de la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Respecto de la modificación de las bases administrativas, técnicas y sus anexos estos serán modificados por medio de resolución fundada y publicadas en el portal de Mercado Público. Dichas modificaciones serán parte integrante de las bases de licitación.
Art.5º DE LOS OFERENTES
Podrán participar en esta propuesta las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras con domicilio en Chile, así como las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con la administración del Estado, en especial aquellas establecidas en el artículo 4º de la Ley N.º 19.886 y que cumplan todos los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas. Las personas naturales y/o jurídicas, que no se encuentren inscritas en el registro a que se hace referencia a continuación, cuyas ofertas resulten adjudicadas, deberán dentro de 10 (diez) días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, inscribirse en la categoría o rubro correspondiente al objeto de la misma, en el registro de proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública y en dicha inscripción deberá encontrarse habilitada. El participante deberá examinar todas las instrucciones, formularios, condiciones y fichas técnicas que figuren en las bases administrativas y sus anexos, junto con las serie de preguntas y respuestas que contienen las aclaraciones a las bases, la única fuente de información para la preparación de la oferta. Si el participante omite suministrar toda la información requerida en las bases de licitación o presenta una oferta que no se ajuste substancialmente en todos sus aspectos, el resultado será, en atención al principio de estricta sujeción a las bases, no se someterá a evaluación la oferta, declarándola inadmisible en la resolución que adjudique la licitación.
Art.6º DISPOSICIONES GENERALES
Todos los plazos contenidos en las presentes bases son de días hábiles, a menos que se exprese lo contrario. En el caso que un plazo fijado en las bases de la presente licitación cayere en día inhábil (sábado, domingo o festivo), se entenderá automáticamente prorrogado para el día hábil administrativo siguiente. Serán de cargo de los oferentes todos los costos inherentes y/o asociados a su participación en la licitación, a la preparación y presentación de su oferta, así como todos los gastos, derechos, fletes e impuestos que tengan su origen en la presente adquisición, la que se realizará con la emisión y aceptación de la Orden de Compra y suscripción de contrato por parte del adjudicatario. Será deber y responsabilidad exclusiva de los participantes conocer y analizar cuidadosa e íntegramente las bases administrativas, bases técnicas y anexos correspondientes, así como la legislación aplicable y todas las condiciones que de alguna manera incidan en el costo o valores finales, cualquier error u omisión por parte de los oferentes será de su propia cuenta y riesgo, siendo de su exclusiva responsabilidad el asumirlos. Los anexos que se indican a continuación, forman parte integrante de las presentes bases: ANEXO A Oferta económica. ANEXO B Cronograma de la Licitación. ANEXO C Declaración jurada simple para personas naturales (excluyente). ANEXO D Declaración jurada simple para personas jurídicas (excluyente). ANEXO E Declaración jurada simple para uniones temporales (excluyente).
Art.7º DE LAS CONSULTAS Y ACLARACIONES
Toda consulta o aclaración a las presentes bases y/o sus anexos o información adicional que requieran los oferentes, como también las respuestas que la entidad licitante emita, deberán efectuarse sólo a través del sistema de información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, solamente a través del foro de consultas de la licitación y dentro del plazo dispuesto en las presentes bases, las que para todos los efectos legales forman parte integral de esta licitación. Las bases administrativas o técnicas, podrán ser modificadas previa dictación de resolución fundada, antes del cierre de la recepción de las ofertas, para cuyo efecto, se publicarán dichas modificaciones en el sitio www.mercadopublico.cl, considerándose un plazo prudencial para que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
Art.8º ETAPAS Y PLAZOS DE LA LICITACIÓN
FECHA DE PUBLICACIÓN EN PORTAL MERCADO PÚBLICO : 24JUN2022 15:00 HRS. INICIO DE PREGUNTAS : 24JUN2022 15:30 HRS. PLAZO FINAL DE PREGUNTAS : 28JUN2022 18:00 HRS. FECHA DE PUBLICACIÓN DE RESPUESTAS : 30JUN2022 18:00 HRS. FECHA DE CIERRE RECEPCION DE OFERTAS : 04JUL2022 19:00 HRS. ACTO DE APERTURA ELECTRÓNICA : 05JUL2022 09:00 HRS. FECHA DE EVALUACIÓN : 06JUL2022 10:00 A 17:00 HRS. FECHA DE ADJUDICACIÓN : 15JUL2022 19:00 HRS. Conforme a Anexo B “Cronograma de licitación”.
Art.9º ACEPTACIÓN DE LAS BASES
Se entenderá que, por la presentación de una propuesta, el proponente conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas bases y sus anexos.
Art.10º DE LOS REQUISITOS
a) PARA OFERTAR: El(los) oferente(s), no deberá(n) haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos por el Código Penal dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta. Esto se acreditará mediante la declaración jurada disponible a través de la plataforma www.mercadopúblico.cl, y de acuerdo al Art. 6º de las presentes bases. Los oferentes deberán completar además los Anexos A, C, D y E (C, D y E dependiendo el tipo de proveedor que oferta). Los anexos deben ser en los formatos señalados o similares con la información exigida en ellos, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios que se encuentre a su disposición. b) PARA CONTRATAR El proveedor adjudicado deberá remitirlos una vez que se le comunique de la adjudicación por sistema y antes del envío de la orden de compra: Las ofertas deberán presentarse en la fecha dispuesta en las presentes bases conforme al siguiente detalle: ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS. • PERSONA NATURAL - Debe acompañar fotocopia simple de cédula nacional de identidad. - Copia simple de la iniciación de actividades, ante el servicio de impuestos internos. - Debe encontrarse inscrito y en estado hábil en el registro de proveedores. - Debe presentar una declaración jurada disponible en el registro de proveedores suscrita por el adjudicatario, donde declare que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6to del artículo 4º de la ley N.º 19.886. • PERSONA JURÍDICA - Copia simple del RUT de la empresa. - Copia simple de la iniciación de actividades ante el servicio de impuestos internos. - Copia simple del documento en donde conste la representación a favor de la persona jurídica que comparece. - Debe encontrarse inscrito en estado hábil en el Registro de proveedores. - Certificado de vigencia del poder del representante legal con una antigüedad no superior a 60 días corridos contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente a la época de presentación de la oferta. Este documento deberá adjuntarse a través del Registro de Proveedores. - Certificado de vigencia de la sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contado desde la fecha de notificación de la adjudicación o antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente. - Debe presentar una declaración jurada disponible en el registro de proveedores suscrita por el adjudicatario, donde declare que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6to del artículo 4 de la ley N.º 19.886, esta debe ser firmada por el representante legal de la persona jurídica o por quien tenga poder suficiente para representarla. Cuando resulte adjudicada una unión temporal de proveedores, dicha declaración deberá ser presentada por cada una de sus integrantes. • PROPONENTE UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP) - El oferente que participe en el presente proceso licitatorio a través de una (UTP), debe prestar especial atención a marcar la alternativa que indica que es este tipo de asociación, al momento de realizar la oferta electrónica e ingresar la identificación de cada persona que la integra. - Se deberá adjuntar escritura pública o privada, donde consta su formación, con la individualización del representante o apoderado con poderes suficientes, además de dicho documento deberá señalarse la solidaridad de cada uno de los participantes de la unidad. Esto de acuerdo al Art. 67° bis del reglamento de “Vistos 4)” el cual señala: “cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores se deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones igual o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disipaciones legales y reglamentarias que resulten aplicables el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si la entidad exige la inscripción en el registro de proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse. Al momento de la presentación de la oferta, los integrantes de la unión determinaran que antecedentes presentaran para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alaguno de los integrantes de la misma. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que contemple en virtud del dispuesto en el Art. 12 ° del Reglamento de Compras Públicas”. - En caso de omitirse a alguno de los integrantes de la unión temporal, no se podrá adjudicar dicha propuesta, no aceptando antecedentes de una persona no individualizados, en alguno de los anexos de identificación presentados por el oferente. - Formato de Anexo C y D que a continuación se explica: • Formato de Anexo C, si la UTP está compuesta por personas naturales (todos los integrantes personas naturales deberán acompañar Anexos C y E). • Formato de Anexo D, si la UTP está compuesta por personas jurídicas (todas deberán acompañar Anexos D y E). - Formato de Anexo E que suscribe el representante de la UTP. Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del estado aquellas que hayan sido condenadas por delitos provistos por el artículo 27° de la ley N.º 19.913, en el artículo 8 de la Ley N.º 18.314 y en los artículos 250° y 251° bis del código penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del estado. Lo anterior se verificará a través del registro dispuesto por la ley N.º 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Sin perjuicio de lo anterior, como se menciona en las presentes bases, el oferente debe adjuntar la totalidad de los anexos solicitados en las presentes bases de licitación o similares con toda la información exigida en ellos para admitir la oferta ya que son requisitos necesarios Anexos A, C, D y E (C, D y E dependiendo si el oferente es persona natural, persona jurídica o UTP ), de acuerdo a lo establecido en las bases, para considerar la oferta y evaluarla, de lo contrario no se considerará la oferta. ANTECEDENTES TÉCNICOS Conforme a las Bases técnicas de las presentes bases. ANTECEDENTES ECONÓMICOS Conforme a los anexos de las bases administrativas, técnicas y a la disponibilidad presupuestaria informada por esta Unidad. Las ofertas que excedan el monto total disponible, serán declaradas inadmisibles no siendo sujetas a evaluación. Se hace presente que toda oferta que no sea informada adecuadamente, de forma incompleta, o de una forma diferente a lo señalado en las bases de licitación, NO sea en peso chileno o que exceda el presupuesto asignado, será rechazada, declarándose inadmisible y no siendo sujeta a evaluación.
Art.11º ETAPAS DE LICITACIÓN
La presente licitación se efectuará en una sola etapa, lo que, de conformidad a la ley, consiste en que, en el acto de apertura a través del sistema de información, se procederá a la apertura de la oferta económica y técnica y se recibirán los antecedentes administrativos.
Art.12º DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas técnicas y económicas deberán ser presentadas a través del portal electrónico/sistema de información de la Dirección de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, en las fechas y horas publicadas en el Anexo B “Cronograma de la licitación”, no obstante, los oferentes podrán presentar sus ofertas en soporte en papel y en conformidad a lo dispuesto y bajo las circunstancias señaladas en el Artículo 62, del DS N.º 250 del Ministerio de Hacienda de 2004. En tal sentido, los oferentes que requieran acogerse a dicho artículo, deberán acreditar la imposibilidad de realizar la oferta mediante el sistema de información, en cuyo caso para presentar dicha oferta no se modificará por dicha circunstancia, en caso de que uno o más oferentes se acojan a lo señalado precedentemente, tendrán los mismos plazos en días y horarios estipulados en las presentes bases de licitación y en el Anexo B “Cronograma de la licitación”, debiendo presentar toda su documentación en un sobre, junto a ello deberá presentar una hoja en duplicado con la información que contiene el sobre (índice) el cual deberá ser firmado con nombre, R.U.T y fecha, por el representante legal y el Supervisor de Mercado Público de la unidad licitante, con la hora y fecha exacta en la cual se realizó la entrega por parte del oferente. Las ofertas deberán ser simples, formuladas en pesos, moneda de curso legal en Chile, y debiendo ajustarse al formato contenido en el Anexo A “Oferta económica”, de estas bases (indicar monto neto, IVA y monto total). Los proponentes deberán presentar sus ofertas en forma electrónica y en idioma español, a través del sistema de información conforme al formato contenido en las Bases técnicas. Serán declaradas inadmisibles las ofertas que no adjunten los antecedentes requeridos en bases de licitación, sean incompletas o no se ajuste a lo señalado en las presentes bases, y no sean efectuadas por el representante legal. Ante diferencias entre la cantidad ofertada en sistema de información y lo ofertado a través de Anexo A “Oferta Económica”, primará lo que señala en formulario de oferta económica Anexo A. Los gastos en que incurran los proponentes en el estudio y preparación de la propuesta, serán de su costo y cargo, sin derecho a devoluciones y/o indemnizaciones de ningún tipo por parte del ente licitante. La oferta económica deberá considerar que la entrega de los bienes debe efectuarse en la unidad militar señalada en las presentes bases de licitación o en la dirección que para este efecto se indique en la orden de compra de Mercado Público.
Art.13º DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura electrónica de las ofertas se efectuará en el plazo señalado en el Anexo B “Cronograma de licitación”, a través del sistema de información, a menos que dicho plazo se modifique, ampliándose, lo que será informado en el mismo portal. Lo anterior no constituye en ningún caso la adjudicación de la propuesta. Al momento de la apertura el control de los antecedentes legales y/o administrativos será meramente formal verificándose que se presenten todos los antecedentes requeridos para posteriormente en el período de evaluación de las ofertas, efectuar la revisión. Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá fijar nueva fecha y hora para la realización de dicho acto a través del Portal de Mercado Público por resolución fundada. Finalizado el acto de apertura en una etapa, se procederá a la revisión y análisis de los documentos y antecedentes exigidos en las bases de la licitación y a su evaluación, proponiendo la oferta que sea más conveniente para los intereses institucionales, señalando el orden de precedencia de dichas ofertas de acuerdo a los resultados de la aplicación de la matriz de evaluación, dicho resultado y propuesta se estampará en la correspondiente Acta de Evaluación.
Art.14º EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
Durante el período de evaluación, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales a través del sistema de información FORO INVERSO habilitado en el proceso de licitación, siempre y cuando no incidan en aspectos sustanciales de la oferta y estas circunstancias no les confieran a dichos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, esto mientras no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los oferentes. Para el proceso de adjudicación, se evaluará el producto ofertado conforme a una matriz de toma de decisión, que considerará parámetros ponderándolos conforme a porcentajes asignados. El sistema de evaluación de las propuestas, comprenderá la revisión, comparación y análisis de las ofertas recibidas (de acuerdo a la aplicación de la matriz de evaluación). La apertura consistirá en la verificación, de que los documentos y anexos cumplan con los requerimientos de las Bases Administrativas y Técnicas, tanto los subidos al portal por los oferentes, los disponibles en el portal mercado público y/o los presentados según lo establecido en las presentes bases. Luego se emitirá un informe (Acta de Evaluación) en donde se propondrá al Comandante General de la Guarnición de Ejército de la Región Metropolitana y Comando de Industria Militar e Ingeniería, adjudique la oferta que obtenga el mayor puntaje, conforme a matriz de evaluación. MATRIZ DE EVALUACIÓN: NRO. ITEM PONDERACIÓN 1. Precio 60 % 2. Tiempo de entrega 30 % 3. Garantía de los productos 10 % TOTAL 100 %
Art.15º EVALUACIÓN ECONÓMICA Y TÉCNICA DE LAS OFERTAS
1. Precio = 60% El presente criterio, se ponderará con el porcentaje más alto (50%) al precio más bajo, los restantes precios serán ponderados aplicando la fórmula de dividir el precio más bajo por el precio ofertado, multiplicado por 50. ( precio mínimo ofertado ) x 60 precio ofertado Toda propuesta que exceda el monto disponible (impuesto incluido), informado en las presentes bases, será considerada inadmisible no siendo sujeto de evaluación. Resultado se expresa en porcentaje. 2. Tiempo de entrega = 30% El presente criterio, se evaluará de conformidad con el número de días hábiles que el proveedor señale para efectos de entrega de los productos, de acuerdo con la siguiente fórmula: ( número menor de días ofertados ) x 30 días ofertado La cantidad de días ofertados (se entenderá de lunes a viernes), para hacer entrega de los productos, deberá ser entre un mínimo de 3 (tres) días hábiles y la cantidad máxima será de 5 (cinco) días hábiles, de existir propuestas que se encuentren fuera de este rango, será considerada inadmisible no siendo sujeto de evaluación. El plazo de entrega de los productos deberá ser expresado en el anexo de oferta económica. Resultado se expresa en porcentaje. 3. Garantía de los productos = 10% Este criterio evaluará las ofertas en cuanto al número de meses de garantía de los productos que presente el oferente, otorgando el porcentaje conforme a la siguiente fórmula: ( número de meses ofertadas ) x 10 Mayor número de meses ofertados La cantidad de meses de garantía a ofertar es de, mínimo 06 (seis) meses y un máximo de 12 (doce) meses. De existir propuestas con garantías inferior o superiores a este rango de meses, será considerada inadmisible no siendo sujeto de evaluación. La garantía de los productos deberá ser expresado en el anexo de oferta económica. Aquellas ofertas que estén expresadas en otra unidad de medida de tiempo que no sea el solicitado (meses), se evaluará con el tiempo mínimo de garantía, que equivale a 06 meses, entendiendo que por el sólo hecho de ofertar asume este período de garantía de los productos como parte de su oferta. Resultado se expresa en porcentaje.
Art.16º RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de empate en el puntaje final de las ofertas, se adjudicará al oferente que tenga un mayor puntaje en el criterio “Precio”, de persistir el empate, se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje en el criterio “Tiempo de entrega”, de persistir el empate, se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje en el criterio “Garantía de los productos” y si aun así, se mantuviese el empate, se dará por ganador, al oferente que primero hubiese presentado la oferta en www.mercadopublico.cl, para ello, se corroborará dicha circunstancia con los antecedentes del propio portal y/o los entregados de acuerdo a los estipulado en los artículos 13° y 14º de las presentes bases de licitación.
Art.17º OFERTAS TARDÍAS
No se aceptarán ofertas después de la fecha y hora establecida en el portal, por lo tanto, no podrán participar en el proceso de licitación, siendo declarados inadmisible y no sujetas a evaluación.
Art.18º PERÍODO DE VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas deberán tener una validez de 60 (sesenta) días corridos, contados desde el acto de apertura del proceso licitatorio.
Art.19º RESPONSABILIDAD DE LA EVALUACIÓN
Por tratarse de una adquisición menor a 1000 UTM no se conformará Comisión Evaluadora, conforme al artículo 37 del Reglamento complementario de la Ley N.º 19.886. El Comando de Industria Militar e Ingeniería será responsable de la evaluación en la presente licitación, ajustándose a los requerimientos establecidos en las Bases de Licitación, Criterios de Evaluación y Bases Técnicas, emitiendo la respectiva Acta de Evaluación con la proposición de adjudicación.
Art.20º SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES
Será responsabilidad de cada oferente proporcionar toda la información necesaria para la evaluación de su oferta de acuerdo a los criterios de evaluación que se detallan en las respectivas bases de licitación y de los requerimientos de las bases técnicas. Sin perjuicio de los señalado, la unidad licitante se reserva el derecho de utilizar la funcionalidades del portal Mercado público para aclarar un error u omisión detectado en el proceso de evaluación de ofertas, conforme a lo señalado en el Art. 40º del Reglamento Complementario de la ley N.º 19.886, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos un situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información. Para dicha subsanación se otorgará un plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas, contadas desde el requerimiento de la entidad licitante al oferente, la que se informará a través del Sistema de Información. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el periodo de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes. En caso de ocurrir lo anterior, la entidad licitante determinará la modificación del cronograma, la cual será informada y publicada en el Sistema de Información a través de Resolución Fundada.
Art.21º DECLARACIÓN DE DESERCIÓN DE OFERTAS
La entidad licitante se reserva el derecho a declarar desierta la licitación, si en el resultado de la evaluación técnica y/o económica, se concluye que NINGUNA DE LAS OFERTAS representan o sirven a los intereses Institucionales descritos en las presentes bases, esto se informará por medio de una Resolución Fundada que así lo disponga la cual será publicada en el Sistema de Información. Por este hecho los oferentes no tendrán derecho a ningún tipo de indemnización o de reclamar alguna reparación.
Art.22º ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
La entidad licitante, aceptará las propuestas más ventajosas y no estará obligada a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea la de menor valor. Podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases y especificaciones técnicas o anexos. Declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses de conformidad a lo establecido en el Acta de Evaluación para adjudicar o declarar desierta y/o lo estipulado en el artículo 16° “Resolución de Empates” de las presentes bases de licitación. Lo anterior, de acuerdo a lo señalado en la normativa legal y reglamentaria vigente aplicable, previa resolución fundada y dictada para tal efecto y sin derecho a indemnización de ningún tipo. Realizado el análisis de las ofertas y sus antecedentes, se procederá a su adjudicación, mediante la respectiva resolución, la que será notificada al proponente adjudicado a través del Sistema de Información. En el caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación de la presente licitación, se publicará una nueva fecha en el Sistema de Información, mediante resolución fundada, y exponiendo en ella las razones de la postergación con el fin de resguardar los derechos del oferente y la entidad licitante. Adjudicada la propuesta, el adjudicatario no podrá ceder o transferir a terceros los derechos y obligaciones que de ella emanen. El oferente que resulte adjudicado deberá cumplir con la totalidad de lo ofertado, de acuerdo a los requerimientos establecidos en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos. Consultas respecto a la adjudicación Una vez realizada y publicada la adjudicación, y en caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la misma, podrán comunicarse vía correo electrónico y exclusivamente para estos efectos a marco.torrejon@ejercito.cl, ello en un plazo de hasta 02 (dos) días hábiles, contados desde fecha de la resolución de adjudicación. Dichas aclaraciones, tanto preguntas como respuestas serán publicadas como anexos a la licitación, por medio de Resolución Fundada y subida al Sistema de Información. La entidad licitante se reserva el derecho de visitar las dependencias de los oferentes durante el proceso de adjudicación, para verificar su capacidad, tecnología en uso, mano de obra utilizada y otros aspectos de interés para la Institución, indistintamente de los Criterios de Evaluación establecidos en las presentes bases. Los proponentes cuyas ofertas no fueren seleccionadas, no tendrán derecho a indemnización por este hecho. El plazo para adjudicar será el establecido en Anexo B Cronograma de licitación, y contado desde la fecha de cierre para presentar ofertas. En caso de que, dentro de ese período, no se adjudicare la oferta, se informará de los motivos en el Sistema de Información mediante Resolución Fundada.
Art.23º READJUDICACIÓN
La entidad licitante podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación, de acuerdo con el porcentaje obtenido o con lo que se haya señalado en el Acta de Evaluación, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos: • Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato o no acepta la(s) orden(es) de compra. • En caso que el adjudicado renuncie, abandone o no cumpla íntegramente los tramites posteriores a la adjudicación. • Si el adjudicatario es inhábil, para contratar con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley N.º 19.886, o no proporciona antecedentes que le sean requeridos para verificar dicha condición. • Si el adjudicado no se inscribe en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado dentro del plazo indicado en las presentes bases.
Art.24º NOTIFICACIONES
Antes del vencimiento del periodo de validez de la oferta, la entidad licitante notificará al proponente adjudicado a través del Sistema de Información que su oferta ha sido aceptada, así como a los no seleccionados que su oferta no ha sido aceptada.
Art.25º FORMALIZACIÓN
La formalización de la presente licitación será a través de la emisión de la orden de compra y su posterior aceptación por parte del oferente adjudicado. En caso de que el proveedor adjudicado no acepte la orden de compra dentro de 48 horas hábiles desde su emisión, si el proveedor esta inhábil para contratar con el Estado, o no regularizó su situación dentro de un plazo de los 05 (cinco) días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación o si rechaza la orden de compra emitida por la entidad licitante, esta última estará facultada para anular dicha orden de compra como también para dejar sin efecto la adjudicación, procediendo a readjudicar.
Art.26º DE LOS VÍNCULOS DE DEPENDENCIA Y LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD.
Se deja constancia que las obligaciones emanadas de la relación contractual que se formalice a raíz de esta licitación, será la de compraventa de productos y no de contrato de trabajo, sin que existan vínculos de subordinación y dependencia alguna entre la entidad licitante y el personal de la empresa adjudicada. Por lo tanto, para todos los efectos legales, la empresa tendrá la responsabilidad total y exclusiva de su condición de empleador para con sus trabajadores, liberando de toda responsabilidad a la entidad licitante, frente a acciones entabladas por terceros, con ocasión de accidentes de cualquier especie, cuasidelitos, demandas laborales o civiles, demandas por errores u omisiones culpables o dolosas, u otras referidas al no pago de remuneraciones y obligaciones de carácter previsional de los trabajadores a su cargo y en general de cualquier otra obligación que el proveedor haya asumido con terceros en relación a los productos solicitados.
Art.27º DOCUMENTACIÓN INTEGRANTE
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos. a) Las bases de licitación y sus anexos. b) Las aclaraciones y respuestas surgidas del proceso de consultas a través del sistema de información. c) Modificaciones a las bases administrativas y técnicas efectuadas en el proceso de licitación, en caso de corresponder. d) La oferta técnica y administrativa. e) Resolución de adjudicación. f) Orden de compra. g) Otros antecedentes anexos que correspondan. h) La Ley N.º 19.886 y su respectivo Reglamento Complementario. En caso de incumplimiento por parte del adjudicatario, la entidad licitante se reserva el derecho a dejar sin efecto la(s) orden(es) de compra, no procediendo indemnización alguna a favor del proveedor. Se entenderá también por incumplimiento de la relación contractual el hecho de que una parte o el total de los productos solicitados, no cumplan las especificaciones señaladas en las presentes bases y/o sus anexos, lo que será calificado por personal designado por la entidad licitante para esos efectos.
Art.28º TÉRMINO ANTICIPADO
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, si concurre alguna de las siguientes causales que se señalan a continuación: 1) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. 2) Si se disuelve la empresa adjudicada. 3) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad y cuando dicho incumplimiento le genera a la entidad licitante un perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. 4) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquel, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiera implicar conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. b) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c) Tergiversar hechos con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. 5) En caso que el atraso en la entrega de los productos supere los 5 (cinco) días hábiles del plazo ya establecido para tales efectos en las presentes bases. 6) En caso que las multas cursadas por atraso sobrepasen el 10% del valor total contratado. 7) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes bases. 8) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años a la mitad del periodo de ejecución contractual, con un máximo de seis meses. 9) Fuerza mayor. a) La entidad licitante y el oferente, no serán responsables en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, definidos como tales en el artículo 45 del Código Civil de la República de Chile. b) La parte afectada notificará por escrito, a la otra parte dentro de los 05 (cinco) primeros días de acecido el hecho, explicando lo ocurrido. c) La solicitud deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la fuerza mayor o caso fortuito invocado, acompañando los correspondientes documentos y/o certificados de respaldo, para mejor resolver. d) La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla mediante resolución fundada de la entidad licitante, en base a los antecedentes que oportunamente le proporcione el oferente y/o aquellos que obtenga de terceros o sean de conocimiento público. e) La parte que no pudiere cumplir con sus obligaciones procurará atenuar los daños y cumplirá con aquellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar a la causa de fuerza mayor. f) De producirse alguno de los eventos antes mencionados, el plazo de ejecución de los servicios se entenderá suspendido por el tiempo que dure tal evento. En estos casos no regirá la aplicación de multas. g) Si transcurrieren más de 05 (cinco) días desde el momento que se produjo alguno de los hechos indicados sin que se efectué la comunicación y aportes de antecedentes a la institución, los días en exceso, sobre los 05 (cinco) señalados para hacer la comunicación, estarán afectos a la aplicación de multas. 10) En el caso de la Unión Temporal de Proveedores (UTP), la unidad licitante podrá declarar el término anticipado en los siguientes casos: a) La constatación de que sus integrantes constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica. b) Si se retira de la UTP un integrante que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. c) Si se ha ocultado información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. d) Inhabilidad sobreviviente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. e) Disolución de la UTP. f) El no cumplimiento de lo señalado en requisitos para contratar de las presentes bases. g) Las causales que a juicio de la autoridad licitante apliquen a las UTP en virtud del artículo 29º de las presentes bases. En estos casos de término anticipado se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos. Resuelto el término anticipado no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento de común acuerdo mediante resolución fundada. Si se verificase la ocurrencia de las situaciones enunciadas anteriormente, la entidad licitante pondrá término anticipado a la relación contractual, dictando la resolución correspondiente, sin previo aviso y lo comunicará al adjudicatario por carta certificada, dirigida al domicilio que haya proporcionado para la emisión de la orden de compra o el que informó el proveedor en www.mercadopublico.cl, además de la publicación en el sistema de información. La notificación y decisión anterior no otorgará derecho al adjudicatario a indemnización alguna. En tanto, la entidad licitante podrá deducir las acciones legales que correspondan, con el fin de obtener una reparación por los perjuicios que se le ocasionaren.
Art.29º PLAZO DE ENTREGA
Por tratarse de la sencilla adquisición de productos, el plazo de entrega tendrá directa relación con lo solicitado en las presentes bases, en su Art.15º EVALUACIÓN ECONÓMICA Y TÉCNICA DE LAS OFERTAS, numeral 2. Tiempo de entrega, siendo un mínimo de 3 (tres) días hábiles y la cantidad máxima será de 5 (cinco) días hábiles. Sin perjuicio de lo anterior, prevalecerá el tiempo de entrega ofertado por el proponente.
Art.30º DEL PROCEDIMIENTO DE PAGO
El pago se realizará dentro de los 30 días corridos desde la recepción y aceptación de la factura y de los restantes documentos necesarios para cursar dicho estado, según consta en la Ley 21.131. La forma de pago se efectuará mediante trasferencia bancaria, vale vista o cheque a nombre del proveedor adjudicado o bien mediante modalidad establecida por ambas partes. Tratándose de las UTP, será el representante designado en el acto de constitución quien deberá emitir la factura respectiva para cursar el pago que genere la ejecución contractual. La autorización para el uso de los recursos económicos consta en Certificado de disponibilidad de fondos N.º 740100/15/2022, de 18MAY2022, para la “Adquisición de insumos de impresoras, año 2022”, con cargo a los fondos presupuestarios del año 2022, sujeta a legítima disponibilidad presupuestaria del período anual correspondiente y al cumplimiento de las condiciones establecidas para el desembolso de dichos recursos, imputados al Subtítulo 22 “Bienes y servicios de consumo”, Ítem 04 “Materiales de Uso o Consumo”, Asignación 009 “Insumos, Repuestos y Accesorios Computacionales”, conforme a documento de “Vistos 11”.
Art.31º SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
Todo incumplimiento de la relación contractual imputable al proveedor, facultará a la entidad licitante para aplicar una o más de las sanciones que se indican, sin perjuicio de los restantes derechos que correspondan. Se considerarán incumplimiento de las obligaciones del proveedor las siguientes: a) Atraso en la entrega de los productos b) Suministro parcial de los productos. c) Suministro imperfecto de los productos, lo que será calificado por el personal de la entidad licitante, designado para esos efectos. Para los incumplimientos establecidos en las letras a) y b) procederá el termino anticipado conforme se estipula en el Art.28º de las presentes bases. Para el incumplimiento establecido en la letra c) procederá aplicar el cobro de garantía de los productos conforme a como se halla determinado y especificado en la oferta técnica y económica del proponente.
Art.32º PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS DERIVADAS DE INCUMPLIMIENTOS.
La entidad licitante notificará al proveedor de los incumplimientos y las conductas que lo constituyen, para que se dé solución dentro del plazo de 02 (dos) días hábiles, contados desde la fecha de notificación. Transcurrido este plazo, la entidad licitante se pronunciará sobre los hechos y la eventual sanción, a través de una resolución fundada, la que será notificada al proveedor. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 05 (cinco) días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una Resolución fundada de la entidad licitante y publicada en el Sistema de Información. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 (treinta) días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, sin perjuicio de la aplicación de la sanción. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una Resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá desarrollarse el contenido y las características de la medida. La indicada Resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 05 (cinco) días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley N.º 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 (treinta) días hábiles para resolver el citado recurso. La Resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Todas las notificaciones que digan relación con las materias tratadas en este numeral, se materializarán personalmente o vía carta certificada al domicilio indicado en la orden de compra y además de la publicación en el Sistema de Información.
Art.33º MONEDA DE PAGO Y FACTURACIÓN
El pago al proveedor adjudicado, sea nacional o extranjero, se realizará en pesos, de circulación legal en la República de Chile, la que será considerada como moneda de pago única y excluyente a todos los efectos derivados de la relación contractual. Lo anterior una vez verificada por esta unidad licitante, la recepción conforme de los productos y documentos pertinentes para procesar dicho acto. La factura será emitida por el proveedor conforme al monto de la orden de compra emitida a través del portal Chilecompra y requiere contener los siguientes antecedentes: 1. Factura comercial emitida a nombre del: • Razón Social: Comando de Industria Militar e Ingeniería • RUT: 61.101.054-0 • Giro: Otras actividades • Dirección: Zenteno 102, Comuna de Santiago, RM. 2. Acta de recepción conforme emitida por la entidad licitante. 3. Conforme a lo dispuesto en la Ley N.º 19.983, si se verificaran errores en cuanto al contenido de la respectiva factura o ausencia del Acta de recepción conforme, la entidad licitante deberá devolver la respectiva factura al oferente adjudicado en el momento de su entrega o reclamar en contra de su contenido, o de la falta del Acta de recepción conforme, dentro de los 08 (ocho) días corridos siguientes a su recepción. En caso de realizar los pagos factoring suscritos por el proveedor, este deberá dar estricto cumplimiento al Art. 75 del D.S N.º 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, el oferente que se adjudique la presente licitación deberá avisar por lo menos, 05 (cinco) días hábiles antes de que se tramite el pago de la factura. Si no da aviso en el plazo y forma exigida por la ley, el pago se realizará al proveedor (cedente). La notificación de la cesión deberá hacerse legalmente y no deben existir obligaciones o multas pendientes. Como una forma de dar cumplimiento a la tramitación de la documentación contable, se requiere que el proveedor una vez adjudicado presente la siguiente documentación: - Certificado de antecedentes laborales y previsionales. - Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. - Nómina con los datos de los trabajadores que prestarán el servicio en las dependencias durante la vigencia del contrato.
Art.34º CONFIDENCIALIDAD
Por el solo hecho de participar de la presente propuesta pública, los proveedores se obligan a mantener la reserva de la información que de ésta se derive. Lo anterior de acuerdo a lo prescrito por el artículo 436 del Código de Justicia Militar de Chile y sancionado en el Código Penal vigente.
Art. 35º DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS
Las presentes bases rigen la propuesta pública, para la “Adquisición de insumos de impresoras, año 2022”, de acuerdo a lo establecido en las Bases técnicas y, de conformidad a la evaluación de Art. 15°, 16° y 17º de las presentes bases. El proveedor durante todo el proceso licitatorio deberá cumplir con lo establecido en las bases técnicas y sus respectivas especificaciones, las que el proveedor declara conocer y aceptar y que forman parte integrante de estas bases, para todos los efectos legales. El oferente adjudicado deberá asumir a su costo todos los riesgos relacionados con la producción, adquisición, transporte, traslado y embalaje de los bienes, especies productos y servicios a ser contratados o suministrados hasta su total entrega o recepción conforme, como asimismo los gastos, derechos, cargas e impuestos si fuera del caso. Los productos solicitados y sus especificaciones, como también las cantidades, se informan en las bases técnicas, como a continuación se detalla: BASES TÉCNICAS PARA LA ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE IMPRESORA, QUE SERAN UTILIZADOS POR EL PERSONAL DEL CIMI GENERALIDADES Las presentes especificaciones técnicas (EE TT), se refieren a adquisición de insumos de impresora para el año 2022, que serán utilizados en las impresoras del CIMI, el cual utiliza el personal del CIMI en las distintas áreas de la CGGERM/CIMI. Los que deberán ser nuevos y originales. La cantidad mínima de días hábiles (se extenderá de lunes a viernes) ofertados para ejecutar la adquisición de insumos de impresora, deberá ser de 03 (tres) días y la cantidad máxima será de 05 (cinco) días hábiles, de existir propuestas que se encuentren fuera de este rango, se considerarán inadmisibles, por constituir el presente, un requisito excluyente. I. DETALLE DEL PRODUCTO CANTIDAD DETALLE DEL PRODUCTO O SERVICIO 10 TONER NEGRO 278A, PARA IMPRESORA HP 10 TONER NEGRO 285A, PARA IMPRESORA HP 6 TONER NEGRO 283A, PARA IMPRESORA HP 5 TONER NEGRO 81A, PARA IMPRESORA HP 20 TONER 30A, PARA IMPRESORA HP 8 IMAGEN DRUM 32A, PARA IMPRESORA HP 3 TONER 410A NEGRO CF410A 2 TONER 410A CYAN CF411A 2 TONER 410A AMARILLO CF412A 2 TONER 410A MAGENTA CF413A 4 TONER 130A NEGRO CF350A 3 TONER 130A CYAN CF351A 3 TONER 130A AMARILLO CF352A 3 TONER 130A MAGENTA CF353A 4 IMAGEN DRUM 130A-126A CE314A 8 TONER RICOH MP601 3 TONER RICOH IM 430 II. ADMINISTRACIÓN El proveedor mantendrá bajo su responsabilidad y custodia, todas las Especificaciones Técnicas, las consultas sobre aclaraciones y sus respectivas soluciones y las Bases de Licitación. III. RECEPCIÓN Y DOCUMENTACIÓN La recepción consistirá en una minuciosa revisión e inspección de los productos realizados referidos a la adquisición. IV. INICIO Y HORARIOS DE ENTREGA DE LOS PRODUCTOS La entrega, deberán ser iniciados, una vez aceptada la orden de compra. La recepción de los productos deberá ser entregados, de lunes a viernes horario de mañana de 08:30 a 13:00 hrs. y horario de tarde de14:00 a 16:30 hrs. V. OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR Serán obligaciones del proveedor adjudicado, entre otras las siguientes: 1) Entregar la adquisición en el tiempo y plazo ofertado. 2) Cumplir con la entrega total de los productos. 3) Cumplir con todo lo estipulado en las bases de licitación. 4) La empresa será la única responsable ante el CIMI. Por tanto, debe ser el único interlocutor válido.
Art. 36º DISPOSICIONES FINALES
Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes bases de licitación se entienden incorporadas a la correspondiente relación contractual que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, y el oferente se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se deriven, como de las que constan en estas bases. La licitación, sus anexos y la orden de compra respectiva, se regirán por las normas jurídicas chilenas y cualquier disputa o conflicto que surgiere con motivo del proceso de licitación. De no solucionarse de común acuerdo por las partes, los que debe ser perfeccionado mediante acto administrativo pertinente, será sometida a los tribunales ordinarios de la República de Chile, con sede en la ciudad y comuna de Santiago. Personal encargado para la Licitación Jefe Depto. Industria Militar o quien lo subrogue.