Licitación ID: 3420-7-LE21
Servicio de elaboración doc. para regular piscinas
Responsable de esta licitación: Ejercito de Chile
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 376
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Productos o servicios
1
Estudios de factibilidad 1 Unidad
Cod: 80101601
Servicio de Elaborar Requerimiento para el uso de piscinas conforme a la Normativa Vigente del Ministerio de Salud y de la Institución para el Predio Militar “Lo Aguirre”, perteneciente al PAF-CIMI.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de elaboración doc. para regular piscinas
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Servicio de Elaborar Requerimiento para el uso de piscinas conforme a la Normativa Vigente del Ministerio de Salud y de la Institución para el Predio Militar “Lo Aguirre”, perteneciente al Patrimonio de Afectación Fiscal del Comando de Industria Militar e Ingeniería, el que se encuentra ubicado en ruta 68 kilómetro 20, comuna de Pudahuel, ciudad Santiago, Región Metropolitana.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Comando de Industria Militar e Ingeniería - CIMI
R.U.T.:
61.101.054-0
Dirección:
Santa Isabel 1651, Santiago Centro
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-11-2021 12:00:00
Fecha de Publicación: 03-11-2021 12:18:53
Fecha inicio de preguntas: 09-11-2021 12:00:00
Fecha final de preguntas: 11-11-2021 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-11-2021 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-11-2021 12:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-11-2021 12:01:00
Fecha de Adjudicación: 24-11-2021 15:22:22
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Fecha de visita Técnica Articulo 14 de las Bases Administrativa 09-11-2021 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Podrán participar en esta propuesta todas las personas naturales o jurídicas, así como las Uniones Temporales de Proveedores – en adelante UTP - nacionales o extranjeras, a través de sus representantes con domicilio en Chile, que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con la administración del Estado y que cumplan todos los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas.
2.- Los oferentes, al momento de presentar sus propuestas, deberán adjuntar a través del sistema de información, los siguientes antecedentes: 1. Tratándose de personas naturales no inscritas en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de Administración: a. Fotocopia de la cédula nacional de identidad. b. Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. c. Declaración jurada simple para personas naturales conforme al anexo C, de las presentes bases. 2. Tratándose de personas jurídicas no inscritas en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración: a. Fotocopia del RUT de la empresa. b. Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. c. Declaración jurada simple para personas jurídicas conforme al anexo D, de las presentes bases. d. Nombre de su(s) representante(s) legal(es) y documento (mandato, poder, acta de Directorio u otro) en el que consten sus atribuciones para representarla y obligarla.
3.- 3. Las UTP, además deben adjuntar a su oferta el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato. A su vez, cada integrante de la UTP deberá presentar la siguiente documentación: - Declaración jurada simple conforme a anexo C o al Anexo D, según sea el caso, a fin de acreditar que no se encuentran afectos a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con los organismos del Estado. - Fotocopia del Rut de las instituciones participantes en la UTP. - Fotocopia de la cédula de identidad del representante o apoderado común de la UTP. - Certificado de vigencia de todas las instituciones participantes en la UTP, emitido por el registro de Comercio competente con una antigüedad no superior a 30 (treinta) días a la fecha de presentación de la oferta.
4.- 4. Para aquellos participantes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, "Chile proveedores", sólo se exigirá para ofertar su estado "hábil" en el referido Registro, siempre y cuando los antecedentes respectivos, señalados precedentemente, se encuentren disponibles en el portal en las condiciones y plazos previamente establecidos en estas bases. Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes cerciorarse que los referidos antecedentes se encuentren disponibles en el citado portal y que cumplan con los requisitos solicitados. En caso que el proveedor adjudicado, no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores, "Chile Proveedores", deberá proceder a su inscripción dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde el acto de adjudicación, requisito indispensable previo a suscribir el contrato y/o emitir la orden de compra. Tratándose de una UTP, cada proveedor integrante de la misma.
Documentos Técnicos
1.- Propuesta Técnica: Los oferentes deberán presentar su propuesta técnica a través del sistema de información conforme a lo solicitado en las Bases Técnicas, con anterioridad al término del plazo contemplado para el cierre de la recepción de ofertas, según los dispuesto en anexo B "Cronograma de Licitación", debiendo contemplar: el cumplimiento de los requerimientos establecidos en las bases técnicas, debiendo hacer expresa mención en el tiempo de ejecución del servicio y garantía post venta.
 
2.- Visita a Terreno: Los oferentes interesados en participar en la presente licitación, deberán concurrir a una visita a terreno, a efectuarse el día y hora establecido en el cronograma de anexo B, en el Predio Militar “Lo Aguirre”, el que se encuentra ubicado en ruta 68 kilómetro 20, comuna de Pudahuel, ciudad Santiago, Región Metropolitana. Se deja expresa constancia que la visita a terreno, será un requisito de carácter excluyente, de manera, que no se aceptarán las ofertas de aquellos proponentes que no hubieren participado en la misma. De la visita señalada precedentemente, se levantará la correspondiente acta junto con el acto de adjudicación, en la que se dejará constancia de los proponentes que se presentaren a la misma. Las empresas que asistan a la visita deberán prever que el personal destinado a esta tarea, deberán traer alcohol gel y mascarilla, bajo las condiciones mínimas establecidas por el MINSAL, procedimiento que se efectuara nuevamente en las dependencias del Predio Militar “Lo Aguirre”. Si se detectan personas con síntomas del COVID-19 (fiebre), no se permitirá el ingreso quedando registrado en acta de visita a terreno si mandará un representante en las horas restantes de la visita. La unidad tomará medidas de resguardo durante la visita como el distanciamiento social y se exigirá como medida de autocuidado el uso de mascarilla.
 
Documentos Económicos
1.- Los oferentes deberán presentar su propuesta económica mediante modelo de anexo A, a través del sistema de información, con anterioridad al término del plazo contemplado para el cierre de la recepción de ofertas, según lo dispuesto en anexo B "Cronograma de Licitación", debiendo considerar en el precio de la oferta, todos los costos necesarios, para dar cumplimiento a lo solicitado en las Bases Técnicas y para que el proponente pueda dar estricto cumplimiento al servicio.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Tiempo de Ejecución de los Servicios El presente criterio, se evaluará de conformidad con el número de días hábiles que el proveedor señale para efectos de ejecutar el servicio, de acuerdo con la siguiente fórmula: (Número menor de días ofertados / días ofertados) x 30 La cantidad mínima de días hábiles (se entenderá de lunes a viernes) ofertados para realizar el trabajo deberá ser de 20 (veinte) días hábiles y la cantidad máxima será de 26 (veintiséis) días hábiles, de existir propuestas que se encuentren fuera de este rango, se consideraran inadmisibles, por constituir el presente, un requisito excluyente. 30%
2 Garantía Post Venta Este criterio evaluará las ofertas en cuanto al número de meses de garantía post venta, que ofrece el oferente, otorgando los siguientes puntajes: (Número de meses ofertados/mayor número de meses ofertados) x 25 La cantidad mínima de meses de garantía post venta, a ofertar es de 12 (doce) meses y la cantidad máxima es de 18 (dieciocho) meses por el servicio de elaborar requerimientos señalados en el Anexo A. De existir propuesta de garantías superiores a este rango de meses en la evaluación sólo se considerará por la cantidad máxima de meses definidos. Si existen propuestas que consideren una cantidad de meses de garantía inferior al rango mínimo no serán evaluadas, considerándose inadmisible, por constituir el presente, un requisito de carácter excluyente. 25%
3 Precio El presente criterio, evaluará el precio ofertado con IVA incluido conforme al Anexo A, de conformidad con la siguiente formula: (Menor precio ofertado / Precio ofertado) x 45 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO DISPONIBLE
Monto Total Estimado: 5848000
Justificación del monto estimado El presupuesto disponible para la presente contratación corresponde a la suma de 5.848.000.- cinco millones ochocientos cuarenta y ocho mil pesos IVA incluido.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Todo proponente, cuya oferta exceda el presupuesto disponible para la presente contratación, no será evaluado y será declarada inadmisible.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: TCL ALEJANDRO HORTA NUÑEZ
e-mail de responsable de pago: dptofzas.cimi@ejercito.cl
Nombre de responsable de contrato: CRL Pablo Muñoz Romero
e-mail de responsable de contrato: asesorpaf.cimi@ejercito.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26935852-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

De producirse empates, la adjudicación se resolverá conforme al criterio cuyo puntaje sea el mayor, de acuerdo al siguiente orden de precedencia:

-       Criterio “Precio”

-       Criterio “Tiempo Ejecución de los Servicios”

-       Criterio “Garantía post venta”

En caso de persistir el empate, no obstante, lo dispuesto anteriormente, la licitación será declarada desierta.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Se rechazarán en el acto de apertura de la licitación, aquellas propuestas que no cumplan en general, con los requerimientos establecidos en las presentes bases administrativas, técnicas y anexos, no siendo evaluadas debiendo declararse inadmisible, con la salvedad de las excepciones expresamente contempladas en las presentes bases.

Las ofertas deberán formularse en forma pura y simple, no sujeta a modalidad, en idioma español, manteniendo su vigencia, por el plazo de 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de su presentación en el Sistema de Información.

Sin perjuicio de lo anterior, durante el período de evaluación, el Comando de Industria Militar e Ingeniería  podrá solicitar a los oferentes aclaraciones y pruebas, o bien, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando estas circunstancias no les confieran a dichos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información (artículo 40 del Reglamento Complementario de la Ley N.º 19.886).

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Bases Administrativas
Artículo 1°: Las presentes bases administrativas regulan el llamado a propuesta pública, para contratar el Servicio de Elaborar Requerimiento para el uso de piscinas conforme a la Normativa Vigente del Ministerio de Salud y de la Institución para el Predio Militar “Lo Aguirre”, perteneciente al Patrimonio de Afectación Fiscal del Comando de Industria Militar e Ingeniería, el que se encuentra ubicado en ruta 68 kilómetro 20, comuna de Pudahuel, ciudad Santiago, Región Metropolitana, conforme a las condiciones descritas en el presente instrumento. Artículo 2º: La presente propuesta será llevada a cabo, a través del sistema de información y será cursada a todos aquellos oferentes que se encuentren inscritos en el Portal "Mercado Público" y/o "Chile Proveedores". Artículo 3°: La presente propuesta se llevará a cabo en una etapa, lo que, de conformidad con la Ley, consiste en que en el acto de apertura se procederá a la apertura de la oferta técnica y económica. Artículo 4°: Podrán participar en esta propuesta todas las personas naturales o jurídicas, así como las Uniones Temporales de Proveedores – en adelante UTP - nacionales o extranjeras, a través de sus representantes con domicilio en Chile, que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con la administración del Estado y que cumplan todos los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas. Artículo 5°: Los oferentes, al momento de presentar sus propuestas, deberán adjuntar a través del sistema de información, los siguientes antecedentes: 1. Tratándose de personas naturales no inscritas en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de Administración: a. Fotocopia de la cédula nacional de identidad. b. Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. c. Declaración jurada simple para personas naturales conforme al anexo C, de las presentes bases. 2. Tratándose de personas jurídicas no inscritas en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración: a. Fotocopia del RUT de la empresa. b. Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. c. Declaración jurada simple para personas jurídicas conforme al anexo D, de las presentes bases. d. Nombre de su(s) representante(s) legal(es) y documento (mandato, poder, acta de Directorio u otro) en el que consten sus atribuciones para representarla y obligarla. 3. Las UTP, además deben adjuntar a su oferta el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato. A su vez, cada integrante de la UTP deberá presentar la siguiente documentación: - Declaración jurada simple conforme a anexo C o al Anexo D, según sea el caso, a fin de acreditar que no se encuentran afectos a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con los organismos del Estado. - Fotocopia del Rut de las instituciones participantes en la UTP. - Fotocopia de la cédula de identidad del representante o apoderado común de la UTP. - Certificado de vigencia de todas las instituciones participantes en la UTP, emitido por el registro de Comercio competente con una antigüedad no superior a 30 (treinta) días a la fecha de presentación de la oferta. 4. Para aquellos participantes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, "Chile proveedores", sólo se exigirá para ofertar su estado "hábil" en el referido Registro, siempre y cuando los antecedentes respectivos, señalados precedentemente, se encuentren disponibles en el portal en las condiciones y plazos previamente establecidos en estas bases. Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes cerciorarse que los referidos antecedentes se encuentren disponibles en el citado portal y que cumplan con los requisitos solicitados. En caso que el proveedor adjudicado, no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores, "Chile Proveedores", deberá proceder a su inscripción dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde el acto de adjudicación, requisito indispensable previo a suscribir el contrato y/o emitir la orden de compra. Tratándose de una UTP, cada proveedor integrante de la misma. deberá proceder a su inscripción en los términos señalados. Artículo 6°: El proveedor asume todos los gastos y responsabilidades, relacionados con las gestiones administrativas y riesgos de llevar a cabo los servicios solicitados. Las ofertas, documentos y correspondencia relativa a la licitación que intercambie el proponente y Comando de Industria Militar e Ingeniería deberán redactarse en idioma español. Artículo 7°: Los oferentes participantes en la presente propuesta estarán obligados a cumplir con los requisitos que se detallan en las presentes bases administrativas, bases técnicas, anexos y aclaraciones, los cuales forman parte integrante de estas bases. Artículo 8°: El presupuesto disponible para la presente contratación corresponde a la suma de $5.848.000.- (cinco millones ochocientos cuarenta y ocho mil pesos) IVA incluido. Todo proponente, cuya oferta exceda el presupuesto disponible para la presente contratación, no será evaluado y será declarada inadmisible. Artículo 9°: Formalización de la Relación Contractual: La contratación del Servicio de Elaborar Requerimiento para el uso de piscinas conforme a la Normativa Vigente del Ministerio de Salud y de la Institución para el Predio Militar “Lo Aguirre”, perteneciente al Patrimonio de Afectación Fiscal del Comando de Industria Militar e Ingeniería, el que se encuentra ubicado en ruta 68 kilómetro 20, comuna de Pudahuel, ciudad Santiago, Región Metropolitana, la relación contractual se formalizará a través de la emisión de la orden de Compra. Artículo 10°: Toda consulta o aclaración a las presentes bases administrativas, bases técnicas o informaciones adicionales que requieran los oferentes, deberán efectuarse sólo a través del sistema de información y dentro del plazo dispuesto en anexo B, "Cronograma de licitación", las que para todos los efectos legales forman parte integrante de estas bases. Las respuestas se pondrán a disposición de todos los proponentes, mediante el sistema de información, el día indicado en anexo B "Cronograma de Licitación". Artículo 11º: Se entenderá que, por la presentación de una propuesta, el proponente conoce y acepta irrevocablemente el contenido de las bases administrativas, técnicas, anexos y aclaraciones. Artículo 12º: Propuesta Económica: Los oferentes deberán presentar su propuesta económica mediante modelo de anexo A, a través del sistema de información, con anterioridad al término del plazo contemplado para el cierre de la recepción de ofertas, según lo dispuesto en anexo B "Cronograma de Licitación", debiendo considerar en el precio de la oferta, todos los costos necesarios, para dar cumplimiento a lo solicitado en las Bases Técnicas y para que el proponente pueda dar estricto cumplimiento al servicio. Artículo 13°: Propuesta Técnica: Los oferentes deberán presentar su propuesta técnica a través del sistema de información conforme a lo solicitado en las Bases Técnicas, con anterioridad al término del plazo contemplado para el cierre de la recepción de ofertas, según los dispuesto en anexo B "Cronograma de Licitación", debiendo contemplar: el cumplimiento de los requerimientos establecidos en las bases técnicas, debiendo hacer expresa mención en el tiempo de ejecución del servicio y garantía post venta. Artículo 14°: Visita a Terreno: Los oferentes interesados en participar en la presente licitación, deberán concurrir a una visita a terreno, a efectuarse el día y hora establecido en el cronograma de anexo B, en el Predio Militar “Lo Aguirre”, el que se encuentra ubicado en ruta 68 kilómetro 20, comuna de Pudahuel, ciudad Santiago, Región Metropolitana. Se deja expresa constancia que la visita a terreno, será un requisito de carácter excluyente, de manera, que no se aceptarán las ofertas de aquellos proponentes que no hubieren participado en la misma. De la visita señalada precedentemente, se levantará la correspondiente acta junto con el acto de adjudicación, en la que se dejará constancia de los proponentes que se presentaren a la misma. Las empresas que asistan a la visita deberán prever que el personal destinado a esta tarea, deberán traer alcohol gel y mascarilla, bajo las condiciones mínimas establecidas por el MINSAL, procedimiento que se efectuara nuevamente en las dependencias del Predio Militar “Lo Aguirre”. Si se detectan personas con síntomas del COVID-19 (fiebre), no se permitirá el ingreso quedando registrado en acta de visita a terreno si mandará un representante en las horas restantes de la visita. La unidad tomará medidas de resguardo durante la visita como el distanciamiento social y se exigirá como medida de autocuidado el uso de mascarilla. Artículo 15°: Se rechazarán en el acto de apertura de la licitación, aquellas propuestas que no cumplan en general, con los requerimientos establecidos en las presentes bases administrativas, técnicas y anexos, no siendo evaluadas debiendo declararse inadmisible, con la salvedad de las excepciones expresamente contempladas en las presentes bases. Las ofertas deberán formularse en forma pura y simple, no sujeta a modalidad, en idioma español, manteniendo su vigencia, por el plazo de 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de su presentación en el Sistema de Información. Sin perjuicio de lo anterior, durante el período de evaluación, el Comando de Industria Militar e Ingeniería podrá solicitar a los oferentes aclaraciones y pruebas, o bien, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando estas circunstancias no les confieran a dichos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información (artículo 40 del Reglamento Complementario de la Ley N.º 19.886). Artículo 16°: El Comando de Industria Militar e Ingeniería, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resultaren convenientes a sus intereses. Asimismo, podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas. En ambos casos, el proponente no tendrá derecho a indemnización alguna. La resolución que se pronuncie acerca de la presente propuesta pública, será fundada y comunicada a los oferentes adjudicados mediante el sistema de información. Artículo 17°: Criterios de Evaluación: Para la evaluación de las ofertas se aplicarán los siguientes criterios, con sus respectivos puntajes y ponderaciones: El presente criterio, evaluará el precio ofertado con IVA incluido conforme al Anexo A, de conformidad con la siguiente formula: (Menor precio ofertado / Precio ofertado) x 45 Ejemplo:  Oferta proveedor A: 75.000.000 (menor precio ofertado)  Oferta proveedor B: 80.000.000  Oferta proveedor C: 89.000.000 Cálculo de puntaje de acuerdo a las ofertas:  Proveedor A: (75.000.000/ 75.000.000) x 45 = 45,0 puntos  Proveedor B: (75.000.000/ 80.000.000) x 45 = 42,18 puntos  Proveedor C: (75.000.000/ 89.000.000) x 45 = 27,92 puntos El presente criterio, se evaluará de conformidad con el número de días hábiles que el proveedor señale para efectos de ejecutar el servicio, de acuerdo con la siguiente fórmula: (Número menor de días ofertados / días ofertados) x 30 Ejemplo:  Oferta proveedor A: 35 días (número de días menor ofertado)  Oferta proveedor B: 45 días  Oferta proveedor C: 50 días Cálculo de puntaje de acuerdo a las ofertas:  Proveedor A: (35/35) x 30 = 30,0 puntos  Proveedor B: (35/45) x 30 = 23,33 puntos  Proveedor C: (35/50) x 30 = 21,0 puntos La cantidad mínima de días hábiles (se entenderá de lunes a viernes) ofertados para realizar el trabajo deberá ser de 20 (veinte) días hábiles y la cantidad máxima será de 26 (veintiséis) días hábiles, de existir propuestas que se encuentren fuera de este rango, se consideraran inadmisibles, por constituir el presente, un requisito excluyente. Este criterio evaluará las ofertas en cuanto al número de meses de garantía post venta, que ofrece el oferente, otorgando los siguientes puntajes: (Número de meses ofertados/mayor número de meses ofertados) x 25 Ejemplo:  Oferta proveedor A: 12 meses  Oferta proveedor B: 18 meses  Oferta proveedor C: 24 meses (mayor número de meses ofertado) Cálculo de puntaje de acuerdo a las ofertas: Proveedor A: (12/24) x 25 = 12,5 puntos Proveedor B: (18/24) x 25 = 18,75 puntos Proveedor C: (24/24) x 25 = 25,0 puntos La cantidad mínima de meses de garantía post venta, a ofertar es de 12 (doce) meses y la cantidad máxima es de 18 (dieciocho) meses por el servicio de elaborar requerimientos señalados en el Anexo A. De existir propuesta de garantías superiores a este rango de meses en la evaluación sólo se considerará por la cantidad máxima de meses definidos. Si existen propuestas que consideren una cantidad de meses de garantía inferior al rango mínimo no serán evaluadas, considerándose inadmisible, por constituir el presente, un requisito de carácter excluyente. De producirse empates, la adjudicación se resolverá conforme al criterio cuyo puntaje sea el mayor, de acuerdo al siguiente orden de precedencia:  Criterio “Precio”  Criterio “Tiempo Ejecución de los Servicios”  Criterio “Garantía post venta” En caso de persistir el empate, no obstante, lo dispuesto anteriormente, la licitación será declarada desierta. Artículo 18°: El Comando de Industria Militar e Ingeniería, aceptará la propuesta más ventajosa, de conformidad con los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases administrativas y al acta de evaluación, mediante acto administrativo, debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del sistema de información. La presente licitación será adjudicada en la fecha señalada en el anexo B "Cronograma de Licitación", no obstante, se podrá cambiar esta fecha por motivos debidamente justificados, la que deberá ser autorizada y comunicada a los participantes mediante Resolución Fundada a través del sistema de información. Artículo 19º: Si el oferente adjudicado no aceptare la orden de compra, antes de 48 horas de emitida, se entenderá que dicho proveedor no tiene interés en contratar con la Institución, pudiendo dejar sin efecto la adjudicación, y adjudicarse al oferente que haya obtenido el siguiente mejor puntaje en la evaluación de la propuesta, y así sucesivamente. Artículo 20°: Asimismo, procederá la readjudicación si el adjudicatario fuere inhábil en los términos previstos en la Ley N.º 19.886 y su reglamento complementario, al momento de la emisión de la orden de compra. En el caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviera afecto a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, se deberá informar dicha situación por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles, señalando además si se desiste o si decide igualmente ejecutar la contratación adjudicada con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fueren hábiles. En el caso de no informar lo anterior o de no manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo anterior. De igual forma, si se produce el retiro de alguno de los miembros de la UTP y su integración no cumple con el mínimo de los integrantes para su funcionamiento, o el integrante que se retira es alguno de los hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, la adjudicación será dejada sin efecto y se readjudicará de acuerdo a los términos señalados en el artículo precedente. Multas por atraso en la entrega del servicio contratado. Artículo 21: En el caso que el proveedor adjudicado incurra en atrasos en la entrega del servicio contratado, salvo caso fortuito o fuerza mayor, se le cursará una multa por día de atraso, correspondiente al 1% (uno por ciento), del valor de la orden de compra, hasta alcanzar un máximo del 10% (diez por ciento), en cuyo caso se pondrá término anticipado a la contratación. Para estos efectos los días se considerarán hábiles (entiéndase hábiles administrativos de lunes a viernes, exceptuando: sábado, domingos y feriados). La aplicación de multas se realizará por resolución fundada, la que una vez notificada, el proveedor adjudicado, tendrá el plazo de 5 (cinco) días hábiles, para pagar el monto a que ascendiere la multa, mediante vale vista, extendido a nombre del COMANDO DE INDUSTRIA MILITAR E INGENIERÍA, Rut N.º 61.101.054-0, con el carácter de irrevocable y de realización inmediata. Si el proveedor adjudicado no da cumplimiento al pago de la multa dentro del plazo de 05 (cinco) días hábiles, establecido en el párrafo anterior, el monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos. Artículo 22º: Se entenderá como Fuerza Mayor, para los efectos de las presentes bases administrativas y de la orden de compra, a los hechos imprevisibles a los que no es posible resistir, que no dependen de la voluntad de las partes y que impiden el cumplimiento de las obligaciones contraídas en la respectiva orden de compra. Entre otros, se considera constitutivo de Fuerza Mayor a los supuestos de catástrofes naturales y actos de Gobierno o autoridad ejercidos por un funcionario público, establecidos en el artículo 45 del Código Civil, que afecten o incidan directamente en sus respectivas capacidades para cumplir con las obligaciones contraídas. La parte afectada notificará, por escrito, a la otra parte, dentro de los 5 (cinco) primeros días hábiles de acaecido el hecho, explicando lo ocurrido. La solicitud, deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la fuerza mayor o caso fortuito invocado, acompañando los correspondientes documentos y/o certificados de respaldo, para mejor resolver la calificación de la Fuerza Mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla, mediante Resolución Fundada, el Comando de Industria Militar e Ingeniería, en base a los antecedentes que oportunamente le proporcione el proveedor y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público. En el caso de comprobarse la Fuerza Mayor se otorgará un plazo al proveedor, que será el número de días que durará el imprevisto, para que pueda cumplir su obligación. En caso contrario, se deberá terminar el contrato de acuerdo a lo dispuesto en el título sobre Terminación Anticipada de las presentes Bases de Licitación. La parte que no pudiere cumplir con sus obligaciones procurará atenuar los daños y cumplirá con aquellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar a la causa de fuerza mayor. Si transcurrieren más de 5 (cinco) días desde el momento que se produjo alguno de los hechos indicados sin que se efectúe la comunicación y aportes de antecedentes a la institución, los días en exceso, sobre los 5 (cinco) días señalados para hacer la comunicación, estarán afectos a la aplicación de multas. Artículo 23°: El Comando de Industria Militar e Ingeniería, formalizará la adquisición, mediante la emisión y aceptación de la orden de compra, por parte del proveedor adjudicado. Artículo 24°: El adjudicatario, no podrá bajo ningún pretexto negociar, traspasar, ceder o delegar las obligaciones contraídas en el contrato y/o orden de compra a terceros. Por tanto, queda expresamente prohibida la cesión, con excepción de la cesión de sus créditos en contra del fisco o factoraje (factoring), siempre y cuando se notifique al Comando de Industria Militar e Ingeniería el contrato de factoring y no existan obligaciones o multas pendientes (artículo 75 del Reglamento de la Ley N.º 19 .886). Su infracción hará responsable al proveedor de los perjuicios ocasionados y será causal suficiente, para poner término de inmediato a la presente contratación. Artículo 25°: Una vez adjudicado y como requisito para la emisión de la orden de compra, el oferente adjudicado, deberá proceder a su inscripción en el registro de proveedores "Chileproveedores", en caso que no lo estuviere, en un plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde el acto de adjudicación, el no hacerlo, facultará al Comando de Industria Militar e Ingeniería, para adjudicar la licitación al oferente que ocupe el 2° lugar en la evaluación y así sucesivamente. Artículo 26º: Será obligación del proveedor adjudicado, entre otras, dar cumplimiento a todo lo establecido en la respectiva orden de compra, en las presentes bases administrativas, en las bases técnicas, aclaraciones, si las hubiere y su oferta. Artículo 27°: El Comando de Industria Militar e Ingeniería, podrá poner término anticipado al contrato por las siguientes causales. 1. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. 2. Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. 3. Si se disuelve la empresa adjudicada. 4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 5. Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años. 6. El no cumplimiento por parte del contratante de las obligaciones y especificas establecidas en las bases y en la oferta, en la entrega del servicio. 7. En caso de alcanzar el porcentaje máximo por concepto de multas. 8. El incumplimiento de cualquier obligación que no tenga establecida una sanción diversa. 9. Por mutuo acuerdo de las partes, fundamentando sus razones, sin derecho a indemnización o compensación alguna. 10. Fuerza mayor o caso fortuito. Artículo 28º: En el caso de las UTP procederán además las siguientes causales de término anticipado: a) La constatación de que sus integrantes constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica. b) Si se retira de la UTP un integrante que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. c) Si se ha ocultado información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. d) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. e) Disolución de la UTP. Artículo 29°: La declaración de término anticipado, se hará administrativamente, sin forma de juicio, mediante Resolución Administrativa. En ningún caso el término anticipado de la contratación, por las causales establecidas en las presentes bases, dará derecho a indemnización, ni generará algún tipo de derecho al proveedor o prestador del servicio. Para efectos de la aplicación de las medidas señaladas en el presente artículo, se estará al procedimiento señalado en la disposición siguiente. Artículo 30°: En caso de incumplimiento por parte del proveedor, de una o más obligaciones establecidas en las presentes bases, que den lugar a la aplicación de multas o a terminar anticipadamente la contratación, resultará aplicable el procedimiento establecido en la presente disposición. Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante emitirá el correspondiente acto administrativo, en el cual expondrá los antecedentes que configuran la aplicación de alguna de las medidas señaladas, siéndole notificada al proveedor adjudicado por carta certificada. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante, siendo perjuicio de la notificación de la Resolución personalmente o por carta certificada. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad Licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado mediante carta certificada y publicándose la resolución en el Sistema de Información. Se hace presente que en contra de lo resuelto por la entidad licitante, proceden los recursos de reposición y en subsidio jerárquico, los que deberán interponerse ante la presente autoridad dentro del plazo de 05 (cinco) días hábiles, en caso de que no se deduzca reposición podrá interponerse sólo el Jerárquico, dentro del plazo de 05 (cinco) días hábiles contados desde la notificación del acto, para que ante el Comandante en Jefe del Ejército, de conformidad a lo estipulado en la Ley N.º 19.880, que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Artículo 31°: El pago total se efectuará dentro del plazo de 30 (treinta) días corridos, contados desde que se hubiera dado cabal cumplimiento a la entrega de los bienes o servicios, mediante acta de conformidad, presentación de factura a nombre del Comando de Industria Militar e Ingeniería RUT N.º 61.101.054-0 y la entrega de documentos que acredite el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales con sus trabajadores. Artículo 32°: La forma de pago se efectuará, mediante transferencia bancaria, vale vista o cheque a nombre del proveedor adjudicado o bien mediante la modalidad que establezcan ambas partes. Artículo 33°: Tratándose de las UTP, será el representante designado en el acto de constitución quien deberá emitir la factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual. Artículo 34º: Para dirimir las diferencias que pudieran presentarse en la interpretación, aplicación o cumplimiento de las obligaciones que no pudieran solucionarse de común acuerdo, las partes se someterán a la jurisdicción y competencia del Tribunal de Compas Públicas en todas aquellas materias dispuestas en el artículo 22 y siguientes de la Ley N° 19.886; y a los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago en aquellas materias en que estos sean competentes. Artículo 35°: Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes bases administrativas, técnicas y anexos, se entienden incorporadas en la orden de compra, por lo tanto, el oferente se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que constan en estas bases.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.