Licitación ID: 3444-10-LE23
Serv.y mat. sensorizacion y mante. de cámaras
Responsable de esta licitación: Ejercito de Chile
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 378
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Sistemas de alarma 1 Unidad
Cod: 46171604
servicio de sensorizacion polvorines y mantenimiento de equipos de camaras  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Serv.y mat. sensorizacion y mante. de cámaras
Estado:
Adjudicada
Descripción:
servicio para sensorización de polvorines y mantenimiento de equipo de cámaras (para Cuartel Batuco, ubicado en Av. España 344, Batuco, Lampa)
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Regimiento Logístico del Ejército Nº2 Arsenales de Guerra
R.U.T.:
61.951.400-9
Dirección:
Camino las termas S/N
Comuna:
Colina
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-06-2023 19:54:00
Fecha de Publicación: 02-06-2023 17:34:16
Fecha inicio de preguntas: 02-06-2023 20:09:00
Fecha final de preguntas: 07-06-2023 20:09:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-06-2023 20:09:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-06-2023 19:55:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-06-2023 19:55:00
Fecha de Adjudicación: 05-07-2023 14:51:27
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
visita terreno obligatoria (dirección Av. España 344, Batuco, Lampa) 05-06-2023 8:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ENTREGA DE ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS. a.1) Para los oferentes “INSCRITOS Y HÁBILES” en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración de www.chileproveedores.cl:  Únicamente se les exigirá su condición de “HÁBIL” en el referido registro, al momento de la apertura de las ofertas. Sin embargo, es una obligación presentar en el Sistema de Información los antecedentes y documentos que se señalan en el “Punto a.3)”, para todo tipo de proponentes. a.2) Para los oferentes “NO INSCRITOS Y NO HÁBILES” en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración de www.chileproveedores.cl: a.2.1) Persona Natural:  Fotocopia de iniciación de actividades ante el SII.  Fotocopia de Cédula Nacional de Identidad. a.2.2) Persona Jurídica:  Fotocopia del RUT de la empresa.  Fotocopia del RUT del representante legal.  Copia de la inscripción de constitución en el Registro de Comercio con anotaciones marginales de una vigencia no superior a 60 (sesenta) días corridos contados, desde la publicación de las presentes bases de licitación.  Certificado de vigencia de la sociedad, extendido por el registro de Comercio respectivo, de una vigencia no superior a 60 (sesenta) días corridos contados, desde la publicación de las presentes bases de licitación.  Nombre de su(s) representante(s) legal(es) y documento (mandato, poder, acta de Directorio u otro), en el que consten sus atribuciones para representarla y obligarla. a.2.3) Persona jurídica, del registro de “Tu Empresa en un Día”: Se deja constancia que en el evento que las empresas hayan sido constituidas en virtud de la Ley N° 20.659 que “Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales”, se requerirá en relación a los antecedentes de constitución y/o modificación de la sociedad, los siguientes certificados de una fecha no superior a 60 (sesenta) días corridos contados, desde la publicación de las presentes bases de licitación: - Certificado de estatuto actualizado, - Certificado de vigencia. a.2.4) Unión Temporal de Proveedores:  Deberán adjuntar el documento que dé cuenta de la citada unión, indicando qué persona será la representante de la misma, así como las garantías, en caso de solicitarse.  Asimismo, deberán presentar los documentos que corresponda, según lo que dispone el Art. 67 bis del Reglamento de la Ley Nº 19.886 (Reglamento de la Ley comúnmente llamada Ley de Chilecompra) Así mismo, para los oferentes indicados en el “Punto a.2)” deberán presentar en el Sistema de Información los antecedentes y documentos que se señalan en el “Punto a.3)”, para todo tipo de proponentes. Los oferentes NO INSCRITOS y NO HÁBILES en Chileproveedores, deberán subir en formato digital al Portal los antecedentes Administrativos y Anexos solicitados en las presentes Bases, los que tendrán que estar disponibles al momento de la apertura de los antecedentes y en caso de imposibilidad debidamente justificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública para presentarlos digitalmente en el Portal Mercado Público, podrán entregarlos en soporte de papel el día y hora indicados en la ficha electrónica de la licitación, en cuyo caso dichos antecedentes serán abiertos en la fecha y hora dispuesta en la ficha antes indicada, levantándose un acta al efecto que se publicará en el portal. Los antecedentes serán recibidos en Avenida España N°344, Batuco, comuna de Lampa, Región Metropolitana, y aquellos presentados después de la hora y fecha dispuesta en la ficha electrónica y cronograma de la presente Licitación Pública, se considerarán como no recibidos. Será responsabilidad de los oferentes, NO INSCRITOS Y NO HÁBILES en “Chileproveedores”, se obligan a cerciorarse, que los antecedentes del “Punto a.2)” (persona natural y/o persona jurídica y/o UTP) se encuentren disponibles en las condiciones, requerimientos y plazos exigidos por la Institución, al momento de la apertura electrónica de las ofertas, en virtud de su naturaleza y calidad como oferente o participante. Por lo tanto, los antecedentes, documentación y fechas requeridas, son considerados un “FACTOR EXCLUYENTES” para participar en el proceso licitatorio. a.3) Para todo tipo de proponentes o participantes, será obligación y un deber, adjuntar o acompañar al momento de ofertar en el proceso concursal, a través del sistema de información web de Mercado Público los siguiente documentos y antecedentes, los cuales son considerados un “Factor excluyente:  Declaración jurada simple, en que conste que han estudiado y aceptado los términos de las bases de licitación conforme Anexo B “Declaración de conocimiento y conformidad con las bases administrativas, y técnicas”.  Declaración sobre eventual parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad o hasta el segundo grado de afinidad, o bien ser cónyuge, hijo o adoptado de algunos de los miembros del Ejército que deban pronunciarse o emitir opinión en el proceso de licitación, conforme Anexo C “Declaración jurada simple sobre no tener inhabilidad para contratar con el estado (parentesco con funcionarios públicos que intervienen en la licitación). De existir relación, se deberá identificar al pariente miembro del Ejército, para que se disponga su exclusión en el proceso de licitación.  Declaración jurada simple de no afectar causal del artículo Nº 10 en relación con el artículo 8 Nº 2 de la Ley Nº 20.393, que “Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica”, conforme Anexo D.  Declaración jurada de no registrar saldos insolutos de remuneraciones ni cotizaciones sociales, y de no haber sido condenado por prácticas antisindicales, ni por infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, ni condena por delitos concursales establecidos en el código penal (delitos en procedimientos de quiebra), conforme a Anexo E.  Ficha técnica del proveedor, conforme a Anexo F.  Plazo de ejecución del servicio y garantía post venta o servicio, conforme a Anexo G.  Oferta económica proveedor, solo para proveedor(s) nacional(s) o extranjero(s) Anexo H.  Oferta económica proveedor, solo para proveedor(s) Empresa(s) del Estado Anexo I  Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo (F30), que acredite que no registra deuda previsional de sus trabajadores, de una fecha no superior a 60 (sesenta) días desde su emisión; en caso de no proceder, justificar documentadamente. Por último, será responsabilidad de los oferentes, adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Será responsabilidad de los oferentes cerciorarse de que los antecedentes disponibles en el portal Chile Proveedores, cumplan con los requerimientos solicitados y estén actualizados y disponibles al momento de la apertura de los antecedentes.
Documentos Técnicos
1.- b) Oferta técnica. La oferta deberá contener la descripción del servicio a prestar y sus características técnicas, de acuerdo a lo expresado en Anexo A, lo que quedará materializado en el Anexo F (ficha técnica del proveedor). Las características técnicas son consideradas como factores excluyentes, y de no cumplir con los servicios ofertados con alguna de estas, la oferta será considerada como inadmisible, y no será evaluada.
 
Documentos Económicos
1.- c) Oferta económica Cada oferente deberá completar digitalmente los formularios puestos a disposición a través de portal Mercado Público. Las ofertas deberán ser puras y simples. No se aceptaran aquellas sujetas a condición, o las que se refieran a una modalidad distinta de la requerida en las presentes bases administrativas, debiendo ajustarse a los formatos contenidos en el “ANEXO H e I”. No se aceptaran otras formas o modalidades que no sean los “Anexos” señalados para evaluar económicamente las ofertas de los eventuales participantes, conforme a lo siguiente: • Proveedor nacional o extranjero (Anexo H): Cuando la oferta sea presentada por un “Proveedor nacional o extranjero”, deberá ofertar el precio con IVA Incluido, de acuerdo a lo señalado en el “Anexo H” de las presentes Bases. • Proveedor Empresa del Estado(Anexo I): Cuando la oferta sea presentada por un proveedor “Empresa del Estado”, deberá ofertar el precio sin IVA Incluido, de acuerdo a lo señalado en el “Anexo I” de las presentes Bases. Toda oferta que exceda el presupuesto precedentemente señalado, será rechazada y declarada inadmisible. (Factor obligatorio y excluyente) Los oferentes deberán ofertar por la totalidad del servicio requerida, siendo el no cumplimiento de esto de carácter excluyente. Los oferentes deberán constatar que el envío de sus ofertas a través del sistema de información haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes administrativos y anexos requeridos. Para ello, deberán verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 garantia postventa del servicio 20% Garantía igual o sobre 12 (doce) meses, una vez recepcionados los trabajos conformes. 7% Garantía 11 (once) meses hasta 07 (siete) meses, una vez recepcionados los trabajos conformes. 3% Garantía 06 (seis) meses hasta 04 (cuatro) meses, una vez recepcionados los trabajos conformes. Se debe establecer lo siguiente factores a considerar: 1. La garantía de post servicio ofertada por el proponente, será contada desde la recepción conforme y completa por parte del Ejército. 2. El proveedor adjudicado se obliga a reponer en iguales condiciones, exigencias y de acuerdo a los estándares estipulados en todos los “Anexos” de las presentes bases. 3. La reposición de los servicios objeto de esta licitación, deberá encontrarse cubierta por la garantía post servicios. En caso de que el total o parte de servicio licitado y/o contratado presente inconsistencias, la reposición se deberá efectuar en un plazo máximo señalado en el “Anexo A y G”. 4. Los costos que demande l 20%
2 tipo de sensores, alarma y control del sistema 30% Oferta: 1) Sensor magnético; 2) Sensor de movimiento; 3) Lector RFID; 4) Sensor Temperatura; y 5) sensor de humedad. 10% Oferta: 1) Sensor magnético; 2) Sensor de movimiento; 3) Sensor Temperatura; y 4) Sensor de humedad. 05% Oferta: 1) Sensor magnético; y 2) Sensor de movimiento; Los tipos de sensores, alarmas y control del sistema debe ser ofertado mediante el “ANEXO F”. 30%
3 precio Se evaluará con un 20% el valor más conveniente para el Regimiento, de acuerdo al siguiente porcentaje: (Menor valor de todas las ofertas presentadas) X 20 (Valor ofertado por la empresa a evaluar) El precio (Total) debe ser ofertado en pesos chilenos, dentro del presupuesto asignado para cada línea. Quien oferte un precio superior al establecido en las presentes bases de licitación, implicara descartar su oferta. Se reitera que se deberá ofertar económicamente, conforme los formatos “Anexo H” (Proveedor nacional o extranjero) o “Anexo I” (Proveedor Empresa del Estado) 20%
4 5. Reemplazo o reposición de elementos técnicos y 5% Sin costo para la institución. Inadmisible Con costo para la institución. El remplazo o reposición de elementos técnicos y estructurales que pudieren presentar defectos operativos, debe ser ofertado mediante el “ANEXO F”. 5%
5 Presentación de TODOS los documentos solicitados ( 5% Presentación de todos los documentos solicitados dentro del plazo originalmente dispuesto en el Art. 14 2% Presentación de documento(s) solicitado(s) pero fuera del plazo originalmente dispuesto (plazo extraordinario) La no presentación de la totalidad de los documentos solicitados en ninguna de las dos oportunidades otorgadas en los Arts. 14, 15 y 16 de las presentes bases, acarreará la eliminación del proceso de licitación y la oferta incompleta no será evaluada. La documentación deberá ser entregada en su totalidad ya que es evaluada en la matriz de evaluación de las bases de licitación. 5%
6 plazo ejecución del servicio Plazo de ejecución del servicio 20% Plazo de ejecución de los servicios, hasta el 30NOV2023. Inadmisible Plazo de ejecución de los servicios, igual o superior al 01DIC2023. Una vez firmado contrato, el RLE N.2 “AG”, hará entrega al adjudicatario o contratista, a través de “Acta de Entrega de los trabajos”, las dependencias donde se encuentra la ubicación del servicio contratado que se debe efectuar y se cumpla dentro de plazo. A contar del día hábil siguiente a la fecha de entrega del de “Acta de Entrega de los trabajos, la cual estará firmada por el mandante y contratista, se iniciarán los plazos ofertados por el proveedor contratado. En ningún caso, el plazo de ejecución del servicio, podrá ser igual o superior al 01DIC2023. Si esto sucediera la oferta se declarará inadmisible y no será evaluada (Factor excluyente). El plazo de ejecución del servicio, debe ser ofertado mediante el “ANEXO G”. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTARIOS
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: RAUL JAMIS MATUS
e-mail de responsable de pago: RAUL.JAMIS@EJERCITO.CL
Nombre de responsable de contrato: MAXIMILIANO CAMPOS AGUIRRE
e-mail de responsable de contrato: m.campos.a1985@gmail.com
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-26934000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
MULTAS
Art.55º. Se entenderá por atraso, el tiempo en días CORRIDOS, desde que se debió prestar el servicio hasta la fecha en que efectivamente se efectuó. Art.56º. Se sancionará el atraso en la prestación de los servicios a ser ejecutado, mediante la aplicación de una multa equivalente al 0,5% (cero coma cinco por ciento) del precio total (incluido IVA) adjudicado, por cada día CORRIDO de retraso en el servicio licitado, en la forma y condiciones convenidas. El rechazo en la no ejecución de los servicios por no cumplirse con las condiciones, requisitos, plazos o exigencias convenidas, será tratado como retardo en la entrega o ejecución, a menos que las Bases hubieran establecido alguna sanción distinta para el caso de rechazo en la cantidad. Las multas moratorias se podrán imponer hasta alcanzar un 20% del precio total (incluido IVA) adjudicado. Una vez alcanzado este máximo, podrá resolverse la relación jurídica entre las partes, o bien exigir su cumplimiento forzado, de conformidad a la Ley. Art.57º. Todas las multas señaladas, se pagarán mediante Vale Vista, dentro de 05 días hábiles siguientes, a contar de la notificación de la resolución que ordene aplicarla. Dicho vale vista deberá ser extendido a nombre de la TESORERÍA DEL ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, R.U.T. N° 61.101.049-4, con una vigencia de 30 (treinta) días hábiles posterior a la entrega. Trascurridos los mencionados 05 (cinco) días hábiles sin que se hubiere enterado efectivamente el pago de la multa, el Ejército se encontrará facultado para hacer efectiva la Garantía de fiel cumplimiento del contrato (en caso de solicitarse) y se aplicará su producto al pago de las multas. Si de la aplicación del producto de la garantía al pago de las multas, resultara un remanente, el Ejército practicará una liquidación y restituirá el saldo al proveedor, dentro del quinto día de percibido el valor de la garantía. Si en razón de los incumplimientos que hubieren dado lugar al cobro de multas mediante la ejecución de la garantía bancaria, no se hubiera resuelto la relación jurídica, el proveedor deberá entregar una nueva garantía de oportuno cumplimiento, a más tardar dentro de los cinco días hábiles siguientes a la ejecución de la primera, por el monto y vencimiento previsto de conformidad a las bases. Art.58º. Sin perjuicio de lo precedente expuesto, si transcurridos 05 (cinco) días hábiles desde la notificación de la resolución que ordene aplicar las multas, sin que el proveedor hubiere enterado su importe, la Institución, podrá deducir por vía administrativa, de los pagos que adeudare al mismo proveedor en virtud de otros contratos celebrados con el Fisco-Ejército de Chile, el monto de las multas adeudadas, entendiéndose para estos efectos que ambas obligaciones entre las partes son líquidas y actualmente exigibles. Art.59º. El administrador del contrato, que será de dotación del RLE N°2 Arsenales de Guerra”, notificará por carta certificada o de acuerdo con lo establecido en la Ley de “Vistos 2”, las eventuales multas o incumplimientos que se apliquen al proveedor. En contra de las multas, procederán los recursos de reposición y jerárquico. El recurso de reposición se interpondrá dentro del plazo de 05 (cinco) días hábiles ante la propia entidad licitante. En subsidio, podrá interponerse el recurso jerárquico. Rechazado total o parcialmente una reposición, se elevará el expediente al superior que corresponda si junto con ésta se hubiere interpuesto subsidiariamente recurso jerárquico. Cuando no se deduzca reposición, el recurso jerárquico se interpondrá para ante el superior jerárquico de quien hubiere dictado el acto impugnado, dentro de los 05 (cinco) días hábiles siguientes a su notificación. El monto de las multas aplicadas en forma definitiva se descontará del siguiente estado de pago del mes en que se produjo la causal de sanción, y si este no fuese suficiente, de los siguientes estados de pago hasta cubrir su valor en forma íntegra. Art.60º. Sólo procederá el cobro de Multas, en el evento de existir retardo imputable (dolo o culpa) en la prestación del Servicio, por parte del proveedor. Producido el retardo, el proveedor deberá dirigir una comunicación escrita a la Institución dentro de los primeros 05 (cinco) días hábiles de acontecido el hecho explicando lo ocurrido y acompañado todos los documentos y antecedentes comprobatorios del hecho. La Institución resolverá la petición por medio de una resolución fundada de acuerdo al mérito de los antecedentes acompañados o de los que obren en su conocimiento. El Comandante del Regimiento o quien lo subrogue resolverá la petición mediante resolución fundada, de acuerdo al mérito de los antecedentes acompañados, rechazándola o aceptándola. En este último caso, se aumentará el plazo de ejecución de los servicios, por el tiempo que dure el retardo no imputable al proveedor, de acuerdo al contenido de dichos antecedentes. En el evento de otorgarse aumento de plazo, las multas establecidas en estas bases solo se aplicarán a partir del día siguiente al vencimiento.
DISPOSICIONES VARIAS
Art.61°. La prestación de los servicios deberá efectuarse directamente en el lugar que se señala en estas bases y sus anexos, siendo de cargo del proveedor, la ejecución de los servicios solicitados en los lugares indicados. Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas se entenderán incorporadas, sin necesidad de mención expresa, en el o los correspondientes contratos u órdenes de compra que se suscriban con el oferente adjudicado y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se deriven, como de las que constan en estas Bases. Art.62º. La licitación, contrato y/o las órdenes de compra detalladas, se regirán por las normas jurídicas chilenas. Cualquier conflicto, disputa o diferencia de interpretación que pudiere surgir con motivo de la licitación, entre la aprobación de las bases y la adjudicación, ambas inclusive, serán sometidas a conocimiento del “Tribunal de Contratación Pública”. Con posterioridad a la adjudicación, la competencia para zanjar diferencias entre las partes la tendrán los tribunales ordinarios de la República de Chile, con sede en la ciudad y comuna de Santiago. Art.63º. En contra de las resoluciones que se pronuncien con ocasión de la licitación, procederá el recurso de reposición ante el mismo órgano que hubiere dictado el acto administrativo que se impugnare, dentro del plazo de 05 (cinco) días hábiles de su notificación, y en subsidio del primero, podrá interponerse el recurso jerárquico, ante el superior jerárquico de la autoridad que hubiere dictado el acto que se impugna. Rechazada totalmente o parcialmente una reposición, se elevará el expediente al superior que corresponda si junto con esta se hubiere interpuesto subsidiariamente recurso jerárquico. Cuando no se deduzca reposición, el recurso jerárquico se interpondrá para ante el superior jerárquico de quien hubiere dictado el acto impugnado, dentro los 05 (cinco) días hábiles siguientes a su notificación. Finalmente, lo dispuesto en los párrafos precedentes, en caso que los perjuicios efectivamente sufridos por el FISCO –EJÉRCITO DE CHILE, excedieren el de la multas pactadas o no cumpliere lo requerido por la Institución de acuerdo a la obligaciones pactadas en el presente pliego de condiciones, podrá remitir los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado (CDE) a fin de que se ejerzan las acciones encaminadas al cumplimiento forzado de la obligación o resarcir los perjuicios causados al patrimonio fiscal.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Art.64º. Sin perjuicio de las acciones y derechos que correspondan a la Institución, de conformidad al ordenamiento jurídico en caso de incumplimiento del proveedor adjudicado, se podrá ejercer la facultad de resolver y dar por terminado anticipadamente el contrato y hacer efectiva la garantía del fiel y oportuno cumplimiento ( en el caso de solicitarse), además de las causales establecidas en el Artículo 77 del Reglamento de la Ley Nº19.886, si el proveedor incurre en alguna de las situaciones que se describen a continuación, las que constituyen incumplimiento grave de las obligaciones del contrato: 1) Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes. 2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor, debidamente calificadas por el Ejército. Se entenderá por tales, entre otras, diferencia en el mantenimiento conforme a los requerimientos técnicos, obligaciones, plazos entre otros, descritos en Anexo A, Anexo F y demás anexos, expuestas en la presentes Bases y en especial, a lo señalado en conformidad a estas bases. 3) Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 5) Por incapacidad del adjudicatario para seguir adelante con la ejecución del contrato, derivada de problemas internos, huelga de sus trabajadores, quiebra, entre otros. 6) Por rechazo a la orden de compra, sin existir una causa o razón justificada. 7) Por haber sido condenado el proveedor por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales por del trabajador, dentro de los anteriores dos años. 8) Cobro de multas por un monto igual o superior al 20% (veinte por ciento) total (IVA Incluido) del monto contratado. 9) En caso de no renovación de la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento, en caso de haber sido requerida. 10) En caso de atraso superior a 10 (Diez) días corridos, contados desde la fecha prevista para la ejecución y/o recepción del servicio, sin causa justificada. La Entidad Licitante, salvo en las causales no imputables al proveedor, hará efectivo el cobro de la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato ( en el caso de solicitarse), en caso de ser solicitada. La calificación de si ha habido o no incumplimiento corresponderá exclusivamente a la Entidad Licitante, de conformidad a las obligaciones indicadas en las bases y el contrato u orden compra, sin perjuicio del derecho del proveedor a ejercer los recursos administrativos y acciones jurisdiccionales que estimare procedentes.
SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE RIESGOS
Art.74º. El contratista deberá dar cumplimiento a la obligación de higiene y seguridad prevista en el artículo 184 del Código del Trabajo y a todas las disposiciones legales y reglamentarias relativas al seguro social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, en especial las previstas en la Ley Nº 16.744 y el artículo 3º del S.D Nº 594, de 1999, del Ministerio de Salud, respecto del personal que ocupe en el cumplimiento del contrato. El Regimiento Logístico del Ejército Nº 2 “Arsenales de Guerra” podrá vigilar el cumplimiento por parte del contratista de estas normas, mediante el control que ejerza el encargado institucional. El administrador o quien este designe, además del personal de administración de riesgo perteneciente a esta Unidad, estarán facultados para suspender la ejecución del trabajo, cuando no se respeten las Normas de Prevención de Riesgo poniendo en peligro las personas o las instalaciones. La administración no aceptará personal de trabajo que no esté provisto de los elementos de seguridad que correspondan, de los trabajos, Normas de Seguridad e higiene Industrial y prescripciones mínimas de Prevención de Riesgos.
VESTUARIO E IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL
Art.75º. El contratista deberá proporcionar a su personal, vestuario y equipo de Trabajo, en correcto estado de conservación, y que lo proteja de algún eventual accidente. Cada trabajador del contratista deberá registrar su acceso y salida de las dependencias a través de un proceso de chequeo en la Guardia de la Unidad, mediante la entrega de su cédula de identidad. Eventualmente, se le podría proporcionar una tarjeta identificadora. Ante la necesidad de incorporar nuevo personal a los trabajos, el contratista deberá cumplir con las exigencias antes indicadas. Además, comunicará al RLE Nº2 “AG”, en un plazo no superior a 48 horas, de ocurrido, la relación del personal autorizado que haya dejado de pertenecer a la empresa. El contratista, previo al inicio de los trabajos, deberá presentar una nómina del personal que efectúa los trabajos, la que deberá incluir para cada trabajador: -Nombres y apellidos. -Fecha de nacimiento. -Cédula nacional de identidad. -Domicilio particular
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.