Licitación ID: 3444-27-LE22
Serv. seguridad con sensorización para Polvorines
Responsable de esta licitación: Ejercito de Chile
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 330
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Mantenimiento de alarmas 1 Unidad
Cod: 92121701
Servicio de seguridad y sensorizacion para el cuartel n.°2 batuco del RLE. N..2 ARSENALES DE GUERRA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Serv. seguridad con sensorización para Polvorines
Estado:
Revocada
Descripción:
El Fisco - Ejército de Chile - Regimiento Logístico del Ejército N°2 “Arsenales de Guerra”, en adelante, indistintamente el “Ejército”, la “Institución” o la “Entidad Licitante”, el RLE Nº2 “Arsenales de Guerra” o el “RLE Nº2 “AG”, llama a participar en la licitación para la contratación del SERVICIO DE SEGURIDAD CON SENSORIZACIÓN PAR LOS POLVORINES DEL CUARTEL N.°2 “BATUCO” DEL REGIMIENTO LOGÍSTICO DEL EJÉRCITO N.°2 “ARSENALES DE GUERRA”
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Regimiento Logístico del Ejército Nº2 Arsenales de Guerra
R.U.T.:
61.951.400-9
Dirección:
Camino las termas S/N
Comuna:
Colina
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-08-2022 15:04:00
Fecha de Publicación: 10-08-2022 14:25:02
Fecha inicio de preguntas: 10-08-2022 17:37:00
Fecha final de preguntas: 12-08-2022 12:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-08-2022 17:37:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-08-2022 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-08-2022 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 01-09-2022 15:05:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- a.1) Para los oferentes “INSCRITOS Y HÁBILES” en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración de www.chileproveedores.cl:  Únicamente se les exigirá su condición de “HÁBIL” en el referido registro, al momento de la apertura de las ofertas. Sin embargo, es una obligación presentar en el Sistema de Información los antecedentes y documentos que se señalan en el “Punto a.3)”, para todo tipo de proponentes. a.2) Para los oferentes “NO INSCRITOS Y NO HÁBILES” en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración de www.chileproveedores.cl: a.2.1) Persona Natural:  Fotocopia de iniciación de actividades ante el SII.  Fotocopia de Cédula Nacional de Identidad. a.2.2) Persona Jurídica:  Fotocopia del RUT de la empresa.  Fotocopia del RUT del representante legal.  Copia de la inscripción de constitución en el Registro de Comercio con anotaciones marginales de una vigencia no superior a 60 (sesenta) días corridos contados, desde la publicación de las presentes bases de licitación.  Certificado de vigencia de la sociedad, extendido por el registro de Comercio respectivo, de una vigencia no superior a 60 (sesenta) días corridos contados, desde la publicación de las presentes bases de licitación.  Nombre de su(s) representante(s) legal(es) y documento (mandato, poder, acta de Directorio u otro), en el que consten sus atribuciones para representarla y obligarla. a.2.3) Persona jurídica, del registro de “Tu Empresa en un Día”: Se deja constancia que en el evento que las empresas hayan sido constituidas en virtud de la Ley N° 20.659 que “Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales”, se requerirá en relación a los antecedentes de constitución y/o modificación de la sociedad, los siguientes certificados de una fecha no superior a 60 (sesenta) días corridos contados, desde la publicación de las presentes bases de licitación: - Certificado de estatuto actualizado, - Certificado de vigencia. a.2.4) Unión Temporal de Proveedores:  Deberán adjuntar el documento que dé cuenta de la citada unión, indicando qué persona será la representante de la misma, así como las garantías, en caso de solicitarse. Asimismo, deberán presentar los documentos que corresponda, según lo que dispone el Art. 67 bis del Reglamento de la Ley Nº 19.886 (Reglamento de la Ley comúnmente llamada Ley de Chilecompra) Así mismo, para los oferentes indicados en el “Punto a.2)” deberán presentar en el Sistema de Información los antecedentes y documentos que se señalan en el “Punto a.3)”, para todo tipo de proponentes. Los oferentes NO INSCRITOS y NO HÁBILES en Chileproveedores, deberán subir en formato digital al Portal los antecedentes Administrativos y Anexos solicitados en las presentes Bases, los que tendrán que estar disponibles al momento de la apertura de los antecedentes y en caso de imposibilidad debidamente justificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública para presentarlos digitalmente en el Portal Mercado Público, podrán entregarlos en soporte de papel el día y hora indicados en la ficha electrónica de la licitación, en cuyo caso dichos antecedentes serán abiertos en la fecha y hora dispuesta en la ficha antes indicada, levantándose un acta al efecto que se publicará en el portal. Los antecedentes serán recibidos en Avenida España N°344, Batuco, comuna de Lampa, Región Metropolitana, y aquellos presentados después de la hora y fecha dispuesta en la ficha electrónica y cronograma de la presente Licitación Pública, se considerarán como no recibidos. Será responsabilidad de los oferentes, NO INSCRITOS Y NO HÁBILES en “Chileproveedores”, se obligan a cerciorarse, que los antecedentes del “Punto a.2)” (persona natural y/o persona jurídica y/o UTP) se encuentren disponibles en las condiciones, requerimientos y plazos exigidos por la Institución, al momento de la apertura electrónica de las ofertas, en virtud de su naturaleza y calidad como oferente o participante. Por lo tanto, los antecedentes, documentación y fechas requeridas, son considerados un “FACTOR EXCLUYENTES” para participar en el proceso licitatorio. a.3) Para todo tipo de proponentes o participantes, será obligación y un deber, adjuntar o acompañar al momento de ofertar en el proceso concursal, a través del sistema de información web de Mercado Público los siguiente documentos y antecedentes, los cuales son considerados un “Factor excluyente:  Declaración jurada simple, en que conste que han estudiado y aceptado los términos de las bases de licitación conforme Anexo B “Declaración de conocimiento y conformidad con las bases administrativas, y técnicas”.  Declaración sobre eventual parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad o hasta el segundo grado de afinidad, o bien ser cónyuge, hijo o adoptado de algunos de los miembros del Ejército que deban pronunciarse o emitir opinión en el proceso de licitación, conforme Anexo C “Declaración jurada simple sobre no tener inhabilidad para contratar con el estado (parentesco con funcionarios públicos que intervienen en la licitación). De existir relación, se deberá identificar al pariente miembro del Ejército, para que se disponga su exclusión en el proceso de licitación.  Declaración jurada simple de no afectar causal del artículo Nº 10 en relación con el artículo 8 Nº 2 de la Ley Nº 20.393, que “Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica”, conforme Anexo D.  Declaración jurada de no registrar saldos insolutos de remuneraciones ni cotizaciones sociales, y de no haber sido condenado por prácticas antisindicales, ni por infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, ni condena por delitos concursales establecidos en el código penal (delitos en procedimientos de quiebra), conforme a Anexo E.  Ficha técnica del proveedor, conforme a Anexo F.  Plazo de ejecución del servicio y garantía post venta o servicio, conforme a Anexo G.  Certificado de antecedentes laborales y previsionales y Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitidos por la Dirección del Trabajo (F30 y F30-1), que acredite que no registra deuda previsional de sus trabajadores, de una fecha no superior a 60 (sesenta) días desde su emisión, en caso de no proceder, justificar documentadamente. Por último, será responsabilidad de los oferentes, adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Será responsabilidad de los oferentes cerciorarse de que los antecedentes disponibles en el portal Chile Proveedores, cumplan con los requerimientos solicitados y estén actualizados y disponibles al momento de la apertura de los antecedentes.
Documentos Técnicos
1.- La oferta deberá contener la descripción del servicio a prestar y sus características técnicas, de acuerdo a lo expresado en Anexo A, lo que quedará materializado en el Anexo F (ficha técnica del proveedor). Las características técnicas son consideradas como factores excluyentes, y de no cumplir con los servicios ofertados con alguna de estas, la oferta será considerada como inadmisible, y no será evaluada.
 
Documentos Económicos
1.- Cada oferente deberá completar digitalmente el Comprobante de la Oferta a través del portal Mercado Público, recordando que la oferta debe ser por el total requerido. Se recuerda a los posibles oferentes que, en esta licitación deberán ofertar en PRECIOS NETOS (SIN IVA), cuidando que los totales ofertados no superen el presupuesto disponible (que ya contemplan el IVA). La presente licitación no puede exceder la suma de hasta $ 35.000.000 (treinta y cinco millones de pesos), IVA incluido. Toda oferta que exceda el presupuesto precedentemente señalado, será rechazada y declarada inadmisible. (Factor obligatorio y excluyente) Los oferentes deberán ofertar por la totalidad del servicio requerida, siendo el no cumplimiento de esto de carácter excluyente.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Se evaluará con un 35% el valor más conveniente para el Regimiento, de acuerdo al siguiente porcentaje: (Menor valor de todas las ofertas presentadas) X 35 (Valor ofertado por la empresa a evaluar) 35%
2 Plazo de ejecución del servicio 30% Plazo menor o igual a 80 (ochenta) días corridos, contados desde la notificación de la resolución que aprueba el contrato. Con fecha máxima de termino 30NOV2022. 15% Plazo menor o igual a 90(noventa) días corridos, contados desde la notificación de la resolución que aprueba el contrato. Con fecha máxima de termino 30NOV2022. 5% Plazo menor o igual a 100(cien) días corridos contados desde la notificación de la resolución que aprueba el contrato Con fecha máxima de termino 30NOV2022. 30%
3 Garantía Post venta 25% Garantía igual o sobre 12 (doce) meses una vez recepcionados los trabajos conformes. 10% Garantía igual o sobre 06 (seis) meses una vez recepcionados los trabajos conformes. 5% Garantía igual o sobre 03(tres) meses una vez recepcionados los trabajos conformes. En ningún caso la garantía post venta o servicio, podrá ser inferior a 03 (tres) meses. Si esto sucediera la oferta se declarará inadmisible y no será evaluada (Factor excluyente). La garantía post venta del servicio, debe ser ofertado mediante el “ANEXO G”. 25%
4 Presentación de Todos los Documentos exigidos • Se evaluará con un 10% la presentación de todos los documentos solicitados dentro del plazo originalmente dispuesto en el Art. 14. • La presentación de documento(s) solicitado(s) pero fuera del plazo originalmente dispuesto (plazo extraordinario), será evaluada con un 5%. La no presentación de la totalidad de los documentos solicitados en ninguna de las dos oportunidades otorgadas en los Arts. 14, 15 y 16 de las presentes bases, acarreará la eliminación del proceso de licitación y la oferta incompleta no será evaluada. La documentación deberá ser entregada en su totalidad ya que es evaluada en la matriz de evaluación de las bases de licitación. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuestario
Monto Total Estimado: 35000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: RAUL JAMIS MATUS
e-mail de responsable de pago: RAUL.JAMIS@EJERCITO.CL
Nombre de responsable de contrato: DANILO BAEZ
e-mail de responsable de contrato: DANILO.BAEZ@EJERCITO.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-226931973-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor no podrá proceder a la subcontratación del servicio prestado, salvo que medie autorización escrita de la Institución. Su infracción hará responsable al proveedor de los perjuicios ocasionados y será causal suficiente para poner término de i
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: TESORERÍA DEL ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, R.U.T. N° 61.101.049-4
Fecha de vencimiento: 15-03-2023
Monto: 10 %
Descripción: No hay información
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones del contrato emanado de la licitación pública ID Nº 3444-27-LE22””.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas por el oferente que resulte adjudicado, no podrá ser solicitada por los proveedores antes de 60 días hábiles posteriores al término del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
PRECIO
Art.42º. Los precios ofertados, en adelante, precio base de presentación a la propuesta en pesos chilenos (valor NETO, SIN IVA), se emplearán para establecer los montos de la orden de compra respectiva. Art.43º. El precio de la facturación será el que señale la orden de compra correspondiente al mes en que se materialice la entrega y recepción física de los elementos. Art.44º. La Institución, no responderá en caso alguno por impuestos distintos al IVA, tales como, impuestos específicos, contribuciones, transporte, aranceles de organismos certificadores, tasas, derechos fiscales, notariales u otros, cualquiera sea su causa o naturaleza, los que serán de cargo exclusivo del proveedor.
ANTECEDENTES PARA CONTRATAR
Art. 41°. El oferente adjudicado en la presente Licitación Pública se obliga a entregar posterior a la adjudicación, la documentación señalada en el punto a.2), ya sea para personas naturales, personas jurídicas o UTP del Art. 14º y siguientes de las presentes Bases, con el objeto de verificar su idoneidad jurídica. La no entrega de la documentación mencionada será causa de incumplimiento grave de las obligaciones de las presentes Bases, y otorgará a la Institución la facultad de dejar sin efecto su adjudicación y readjudicar al oferente o proponente siguiente mejor evaluado, siguiendo el mismo procedimiento establecido para la adjudicación, siempre y cuando sea conveniente a los intereses de la Institución
PAGO
Art.45º. La Institución, efectuará el pago correspondiente una vez recibidos los servicios y/o bienes, conforme en calidad, requerimientos, exigencias y cantidad, según el caso, acto administrativo que será verificado por el personal técnico de esta Unidad, realizándose el pago a través de la Tesorería del Estado Mayor General del Ejército dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la recepción conforme de la factura y sólo se pagarán los productos efectivamente entregados por el contratista y recibidos a satisfacción por la entidad licitante. Los proveedores deberán facturar una vez aceptado conforme los servicios. Se entenderá por servicios aceptados conforme, aquellos recibidos y ejecutados efectivamente, sin observaciones, a plena satisfacción por parte de la entidad licitante, en el cuartel N°2 “Batuco” del Regimiento Logístico del Ejercito Nº2 “Arsenales de Guerra”, ubicado en Avenida España N°344, Batuco, comuna de Lampa. La correspondiente factura deberá contener la razón social: Regimiento Logístico del Ejercito N° 2 “Arsenales de Guerra, R.U.T N°61.951.400-9, Dirección: Camino Las Termas sin número, Comuna de Colina, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Se deberá acompañar, por otra parte, los demás documentos exigidos para el pago (tales como: recepción conforme total y final) conforme a lo dispuesto en las presentes bases. Además de lo anterior, el proveedor adjudicado, deberá remitir al Centro de Gestión Financiera de RLE N°2 “AG”, de manera digital la factura en el momento de la emisión, a los correos: ignacio.huincatripay@ejercito.cl y raul.jamis@ejercito.cl@ejercito.cl. En conformidad al Dictamen 072829N10 de la Contraloría General de la República de fecha 03/10/2010, la demora administrativa o atraso en el proceso de pago, no faculta al prestador de servicios a interrumpir, suspender o cancelar el servicio. Art.46º. La forma de pago se efectuará en conformidad a lo indicado en el Art. 8° de la Ley N° 21.395, Ley de Presupuestos para el Sector Público correspondiente al año 2022. No obstante, podrá efectuarse el pago mediante la emisión de cheque o Vale a la Vista a nombre del proveedor adjudicado. En caso que el proveedor del servicio incumpla sus obligaciones de carácter laboral o previsional para con sus trabajadores (y que sean de su cargo) el monto respectivo se descontará de los estados de pago más próximos, en caso de haberlos, de las retenciones o de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, para lo cual el RLE Nº2 “AG” se entiende especialmente facultado por el contratista. Esta cláusula se encuentra establecida en concordancia con las normas del Código del Trabajo (Art. 183-C).
INCUMPLIMIENTO Y SUS EFECTOS
Art.50º. Se entiende por incumplimiento grave, la no ejecución, ejecución tardía, imperfecta o incompleta por parte del proveedor de todo o parte de las obligaciones contraídas con la Institución o aquellas que por su naturaleza o magnitud hagan imposible cumplir con las prestaciones en conformidad al detalle de la orden de compra respectiva, la oferta del adjudicatario y el contrato suscrito entre la Institución y el adjudicatario. La calificación de si ha habido o no incumplimiento, será efectuada por la Institución, mediante resolución fundada que será notificada al proveedor. Contra ella procederán los recursos de reposición y jerárquico de conformidad a la ley. Art.51°. La Institución en caso de incumplimiento, se reserva el derecho a dejar sin efecto la contratación o poner término anticipado a este, procediendo al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento (en caso de solicitarse), sin necesidad de demanda, requerimiento o notificación judicial Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones del oferente adjudicado, aquel que por naturaleza o magnitud hace evidente la imposibilidad de cumplir con las prestaciones adeudadas. Art.52º. En caso de incumplimiento del proveedor, sea en la oportunidad de los servicios a ser prestados, el Fisco-Ejército de Chile (Regimiento Logístico del Ejército N°2 “Arsenales de Guerra”), PODRÁ OTORGAR UN PLAZO en los términos descritos en el Art. 54° de las presentes Bases. La Institución podrá terminar anticipadamente y/o resolver administrativamente el contrato, procediendo a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato (en caso de solicitarse), sin necesidad de demanda, requerimiento o notificación judicial. Art.53º. La Institución estará facultada para rechazar la recepción de los trabajos realizados si el adjudicado no cumple con las condiciones de calidad o el servicio establecido en presentes bases. Lo anterior será motivo suficiente para que la Institución, no reciba conforme los servicios, quedando facultada a hacer efectiva la respectiva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato (en caso de solicitarse), sin necesidad de demanda, requerimiento o notificación judicial. Art.54º. Ante la ocurrencia de eventos de fuerza mayor, caso fortuito (definidos en el Art. 45 del Código Civil) u otra circunstancia no imputable al proveedor, éste deberá dirigir una comunicación escrita a la Institución dentro los primeros 05 (cinco) días hábiles de acontecido el hecho explicando lo ocurrido y acompañado todos los documentos y antecedentes comprobatorios del hecho. La Institución resolverá la petición por medio de una resolución fundada de acuerdo al mérito de los antecedentes acompañados o de los que obren en su conocimiento. El Comandante del Regimiento o quien lo subrogue resolverá la petición mediante resolución fundada, de acuerdo al mérito de los antecedentes acompañados, sea rechazándola o aceptándola. En este último caso, se aumentará el plazo de ejecución de los servicios, por el tiempo que dure el imprevisto, de acuerdo al contenido de dichos antecedentes. En el evento de otorgarse aumento de plazo, las multas establecidas en estas bases solo se aplicarán a partir del día siguiente al vencimiento del referido aument
MULTAS
Art.55º. Se entenderá por atraso, el tiempo en días CORRIDOS, desde que se debió prestar el servicio hasta la fecha en que efectivamente se efectuó. Art.56º. Se sancionará el atraso en la prestación de los servicios a ser ejecutado, mediante la aplicación de una multa equivalente al 2% (dos por ciento) del precio total (incluido IVA) adjudicado, por cada día CORRIDO de retraso en el servicio a ser prestado, hasta que se lleve a efecto la prestación del servicio de seguridad con sensorización para el cuartel N.°2 “Batuco” del Regimiento Logístico del Ejército N.°2 “Arsenales de Guerra”, licitado en la forma y condiciones convenidas. El rechazo en la no ejecución de los servicios por no cumplirse con las condiciones, requisitos, plazos o exigencias convenidas, será tratado como retardo en la entrega o ejecución, a menos que las Bases hubieran establecido alguna sanción distinta para el caso de rechazo en la cantidad. Las multas moratorias se podrán imponer hasta alcanzar un 20% del precio total (incluido IVA) adjudicado. Una vez alcanzado este máximo, podrá resolverse la relación jurídica entre las partes, o bien exigir su cumplimiento forzado, de conformidad a la Ley. Art.57º. Todas las multas señaladas, se pagarán mediante Vale Vista, dentro de 05 días hábiles siguientes, a contar de la notificación de la resolución que ordene aplicarla. Dicho vale vista deberá ser extendido a nombre de la TESORERÍA DEL ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, R.U.T. N° 61.101.049-4, con una vigencia de 30 (treinta) días hábiles posterior a la entrega. Trascurridos los mencionados 05 (cinco) días hábiles sin que se hubiere enterado efectivamente el pago de la multa, el Ejército se encontrará facultado para hacer efectiva la Garantía de fiel cumplimiento del contrato (en caso de solicitarse) y se aplicará su producto al pago de las multas. Si de la aplicación del producto de la garantía al pago de las multas, resultara un remanente, el Ejército practicará una liquidación y restituirá el saldo al proveedor, dentro del quinto día de percibido el valor de la garantía. Si en razón de los incumplimientos que hubieren dado lugar al cobro de multas mediante la ejecución de la garantía bancaria, no se hubiera resuelto la relación jurídica, el proveedor deberá entregar una nueva garantía de oportuno cumplimiento, a más tardar dentro de los cinco días hábiles siguientes a la ejecución de la primera, por el monto y vencimiento previsto de conformidad a las bases. Art.58º. Sin perjuicio de lo precedente expuesto, si transcurridos 05 (cinco) días hábiles desde la notificación de la resolución que ordene aplicar las multas, sin que el proveedor hubiere enterado su importe, la Institución, podrá deducir por vía administrativa, de los pagos que adeudare al mismo proveedor en virtud de otros contratos celebrados con el Fisco-Ejército de Chile, el monto de las multas adeudadas, entendiéndose para estos efectos que ambas obligaciones entre las partes son líquidas y actualmente exigibles. Art.59º. El administrador del contrato, que será de dotación del RLE N°2 Arsenales de guerra”, notificará por carta certificada o de acuerdo con lo establecido en la Ley de “Vistos 2”, las eventuales multas o incumplimientos que se apliquen al proveedor. En contra de las multas, procederán los recursos de reposición y jerárquico. El recurso de reposición se interpondrá dentro del plazo de 05 (cinco) días hábiles ante la propia entidad licitante. En subsidio, podrá interponerse el recurso jerárquico. Rechazado total o parcialmente una reposición, se elevará el expediente al superior que corresponda si junto con ésta se hubiere interpuesto subsidiariamente recurso jerárquico. Cuando no se deduzca reposición, el recurso jerárquico se interpondrá para ante el superior jerárquico de quien hubiere dictado el acto impugnado, dentro de los 05 (cinco) días hábiles siguientes a su notificación. El monto de las multas aplicadas en forma definitiva se descontará del siguiente estado de pago del mes en que se produjo la causal de sanción, y si este no fuese suficiente, de los siguientes estados de pago hasta cubrir su valor en forma íntegra. Art.60º. Sólo procederá el cobro de Multas, en el evento de existir retardo imputable (dolo o culpa) en la prestación del Servicio, por parte del proveedor. Producido el retardo, el proveedor deberá dirigir una comunicación escrita a la Institución dentro de los primeros 05 (cinco) días hábiles de acontecido el hecho explicando lo ocurrido y acompañado todos los documentos y antecedentes comprobatorios del hecho. La Institución resolverá la petición por medio de una resolución fundada de acuerdo al mérito de los antecedentes acompañados o de los que obren en su conocimiento. El Comandante del Regimiento o quien lo subrogue resolverá la petición mediante resolución fundada, de acuerdo al mérito de los antecedentes acompañados, rechazándola o aceptándola. En este último caso, se aumentará el plazo de ejecución de los servicios, por el tiempo que dure el retardo no imputable al proveedor, de acuerdo al contenido de dichos antecedentes. En el evento de otorgarse aumento de plazo, las multas establecidas en estas bases solo se aplicarán a partir del día siguiente al vencimiento.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Art.64º. Sin perjuicio de las acciones y derechos que correspondan a la Institución, de conformidad al ordenamiento jurídico en caso de incumplimiento del proveedor adjudicado, se podrá ejercer la facultad de resolver y dar por terminado anticipadamente el contrato y hacer efectiva la garantía del fiel y oportuno cumplimiento ( en el caso de solicitarse), además de las causales establecidas en el Artículo 77 del Reglamento de la Ley Nº19.886, si el proveedor incurre en alguna de las situaciones que se describen a continuación, las que constituyen incumplimiento grave de las obligaciones del contrato: 1) Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes. 2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor, debidamente calificadas por el Ejército. Se entenderá por tales, entre otras, diferencia en el mantenimiento conforme a los requerimientos técnicos, obligaciones, plazos entre otros, descritos en Anexo A, Anexo F y demás anexos, expuestas en la presentes Bases y en especial, a lo señalado en conformidad a estas bases. 3) Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 5) Por incapacidad del adjudicatario para seguir adelante con la ejecución del contrato, derivada de problemas internos, huelga de sus trabajadores, quiebra, entre otros. 6) Por el no cumplimiento, dentro de los plazos convenidos, de los reparos que les sean formulados por escrito por parte del Regimiento Logístico del Ejército Nº 2 “Arsenales de Guerra”. 7) Por rechazo a la orden de compra, sin existir una causa o razón justificada. 8) Por haber sido condenado el proveedor por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales por del trabajador, dentro de los anteriores dos años. 9) Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 10) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 11) Cobro de multas por un monto igual o superior al 20% (veinte por ciento) total del monto contratado. 12) En caso de no renovación de la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento, en caso de haber sido requerida. 13) En caso de atraso superior a 10 (Diez) días corridos, contados desde la fecha prevista para la ejecución y/o recepción del servicio, sin causa justificada. La Entidad Licitante, salvo en las causales no imputables al proveedor, hará efectivo el cobro de la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato ( en el caso de solicitarse), en caso de ser solicitada. La calificación de si ha habido o no incumplimiento corresponderá exclusivamente a la Entidad Licitante, de conformidad a las obligaciones indicadas en las bases y el contrato u orden compra, sin perjuicio del derecho del proveedor a ejercer los recursos administrativos y acciones jurisdiccionales que estimare procedentes.
CONFIDENCIALIDAD
Art.69º. Durante la vigencia del contrato, como al término de este, el contratista y su personal dependiente o colaborador, no podrá divulgar o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción, incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando a la entidad licitante, para ejercer las acciones pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Con respecto a la información suministrada por el Ejército, el contratista se comprometerá a protegerla en forma razonable y apropiada y a utilizarla únicamente para llevar a cabo sus obligaciones conforme al contrato. Con respecto a la información suministrada por el Regimiento Logístico “Arsenales de Guerra”, el contratista se comprometerá en protegerla en forma razonable y apropiada y a utilizarla únicamente para llevar a cabo sus obligaciones conforme al contrato. Cualquier contravención a la obligación de confidencialidad, facultará al Regimiento Logístico Nº 2 “Arsenales de Guerra”, para resarcirse de todo perjuicio derivado de dicha obligación, incluido los perjuicios indirectos.
Resolución de Empates

En el caso de producirse un empate entre dos o más oferentes en el mayor puntaje obtenido en el resultado final de la evaluación, deberá preferirse entre estas, la oferta que haya obtenido el mayor puntaje entre los criterios que se señala a continuación, bajo el orden de precedencia siguiente:

1º Precio.

2° Plazo de ejecución de los servicios

3° Garantía de los trabajos.

4° Presentación de la documentación.

Si aún así persistiera el empate, será electo como oferente adjudicado aquel que haya presentado su oferta antes que el resto, de acuerdo a la hora y fecha indicada en el comprobante de presentación de la oferta. 

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.