Licitación ID: 3444-5-LE23
Serv.y mat. de fosas y cámaras desgrasadoras
Responsable de esta licitación: Ejercito de Chile
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 378
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Maquinaria de inspección de alcantarillado 1 Unidad
Cod: 20111610
servicio de limpieza de cámara desgrasadoras  

2
Maquinaria de inspección de alcantarillado 1 Unidad
Cod: 20111610
servicio de limpieza de alcantarillas y fosas  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Serv.y mat. de fosas y cámaras desgrasadoras
Estado:
Adjudicada
Descripción:
OBJETO DE LA PROPUESTA Art.1º.El Fisco - Ejército de Chile - Regimiento Logístico del Ejército N°2 “Arsenales de Guerra”, en adelante, indistintamente el “Ejército”, la “Institución” o la “Entidad Licitante”, el RLE Nº2 “Arsenales de Guerra” o el “RLE Nº2 “AG”, llama a participar en la licitación para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE CÁMARAS DESGRASADORAS, ALCANTARILLAS Y FOSAS PARA EL REGIMIENTO LOGÍSTICO DEL EJERCITO Nº2 “ARSENALES DE GUERRA”, cuyas características, fechas de entregaejecución y antecedentes se precisan en las presentes Bases Administrativas y en sus anexos, por un monto máximo total de hasta 11.000.000 once millones de pesos IVA incluido. Que, la presente Licitación Pública, será adjudicada por 02 dos líneas conforme a lo siguiente: LINEA N.° SERVICIO ANEXO A PRESUPUESTO MÁXIMO NETO PRESUPUESTO MÁXIMO IVA INCLUIDO 1 CÁMARAS DESGRASADORAS 3.361.345 4.000.000 2 ALCANTARILLAS Y FOSAS 5.882.353 7.000.000 Toda oferta que exceda el presupuesto precedentemente señalado, será rechazada y declarada inadmisible. Se recuerda a los posibles oferentes que, en esta Licitación Pública se deberá ofertar DIGITALMENTE en PRECIOS NETOS SIN IVA, pero cuidando que los totales ofertados no superen los presupuestos disponibles por las 02 dos líneas los que ya contemplan el IVA. Los oferentes deberán ofertar por la totalidad de los bienes yo servicios requeridos por cada línea, siendo el no cumplimiento de esto de carácter excluyente y obligatorio.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Regimiento Logístico del Ejército Nº2 Arsenales de Guerra
R.U.T.:
61.951.400-9
Dirección:
Camino las termas S/N
Comuna:
Colina
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-04-2023 15:39:00
Fecha de Publicación: 17-04-2023 12:31:41
Fecha inicio de preguntas: 19-04-2023 13:00:00
Fecha final de preguntas: 20-04-2023 14:55:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-04-2023 15:55:00
Fecha de acto de apertura técnica: 28-04-2023 16:40:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 28-04-2023 16:40:00
Fecha de Adjudicación: 10-05-2023 11:21:54
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 08-05-2023
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
visita a terreno 19-04-2023 10:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ENTREGA DE ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS. a.1) Para los oferentes “INSCRITOS Y HÁBILES” en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración de www.chileproveedores.cl:  Únicamente se les exigirá su condición de “HÁBIL” en el referido registro, al momento de la apertura de las ofertas. Sin embargo, es una obligación presentar en el Sistema de Información los antecedentes y documentos que se señalan en el “Punto a.3)”, para todo tipo de proponentes. a.2) Para los oferentes “NO INSCRITOS Y NO HÁBILES” en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración de www.chileproveedores.cl: a.2.1) Persona Natural:  Fotocopia de iniciación de actividades ante el SII.  Fotocopia de Cédula Nacional de Identidad. a.2.2) Persona Jurídica:  Fotocopia del RUT de la empresa.  Fotocopia del RUT del representante legal.  Copia de la inscripción de constitución en el Registro de Comercio con anotaciones marginales de una vigencia no superior a 60 (sesenta) días corridos contados, desde la publicación de las presentes bases de licitación.  Certificado de vigencia de la sociedad, extendido por el registro de Comercio respectivo, de una vigencia no superior a 60 (sesenta) días corridos contados, desde la publicación de las presentes bases de licitación.  Nombre de su(s) representante(s) legal(es) y documento (mandato, poder, acta de Directorio u otro), en el que consten sus atribuciones para representarla y obligarla. a.2.3) Persona jurídica, del registro de “Tu Empresa en un Día”: Se deja constancia que en el evento que las empresas hayan sido constituidas en virtud de la Ley N° 20.659 que “Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales”, se requerirá en relación a los antecedentes de constitución y/o modificación de la sociedad, los siguientes certificados de una fecha no superior a 60 (sesenta) días corridos: - Certificado de estatuto actualizado, - Certificado de vigencia. a.2.4) Unión Temporal de Proveedores:  Deberán adjuntar el documento que dé cuenta de la citada unión, indicando qué persona será la representante de la misma, así como las garantías, en caso de solicitarse.  Además, cada integrante de la UTP debe obligatoriamente (Factor excluyente) presentar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitidos por la Dirección del Trabajo (F30).  Asimismo, deberán presentar los documentos que corresponda, según lo que dispone el Art. 67 bis del Reglamento de la Ley Nº 19.886 (Reglamento de la Ley comúnmente llamada Ley de Chilecompra) Así mismo, para los oferentes indicados en el “Punto a.2)” deberán presentar en el Sistema de Información los antecedentes y documentos que se señalan en el “Punto a.3)”, para todo tipo de proponentes. Los oferentes NO INSCRITOS y NO HÁBILES en Chileproveedores, deberán subir en formato digital al Portal los antecedentes Administrativos y Anexos solicitados en las presentes Bases, los que tendrán que estar disponibles al momento de la apertura de los antecedentes y en caso de imposibilidad debidamente justificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública para presentarlos digitalmente en el Portal Mercado Público, podrán entregarlos en soporte de papel el día y hora indicados en la ficha electrónica de la licitación, en cuyo caso dichos antecedentes serán abiertos en la fecha y hora dispuesta en la ficha antes indicada, levantándose un acta al efecto que se publicará en el portal. Los antecedentes serán recibidos en Camino a las termas S/N Peldehue; Comuna de Colina y aquellos presentados después de la hora y fecha dispuesta en la ficha electrónica y cronograma de la presente Licitación Pública, se considerarán como no recibidos. Será responsabilidad de los oferentes, NO INSCRITOS Y NO HÁBILES en “Chileproveedores”, se obligan a cerciorarse, que los antecedentes del “Punto a.2)” se encuentren disponibles en las condiciones, requerimientos y plazos exigidos por la Institución, al momento de la apertura electrónica de las ofertas, en virtud de su naturaleza y calidad como oferente o participante. Por lo tanto, los antecedentes, documentación y fechas requeridas, son considerados un “FACTOR EXCLUYENTES” para participar en el proceso licitatorio. a.3) Para todo tipo de proponentes o participantes, será obligación y un deber, adjuntar o acompañar al momento de ofertar en el proceso concursal, a través del sistema de información web de Mercado Público los siguiente documentos y antecedentes, los cuales son considerados un “Factor excluyente:  Declaración jurada simple, en que conste que han estudiado y aceptado los términos de las bases de licitación conforme Anexo B “Declaración de conocimiento y conformidad con las bases administrativas, y técnicas”.  Declaración sobre eventual parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad o hasta el segundo grado de afinidad, o bien ser cónyuge, hijo o adoptado de algunos de los miembros del Ejército que deban pronunciarse o emitir opinión en el proceso de licitación, conforme Anexo C “Declaración jurada simple sobre no tener inhabilidad para contratar con el estado (parentesco con funcionarios públicos que intervienen en la licitación). De existir relación, se deberá identificar al pariente miembro del Ejército, para que se disponga su exclusión en el proceso de licitación.  Declaración jurada simple de no afectar causal del artículo Nº 10 en relación con el artículo 8 Nº 2 de la Ley Nº 20.393, que “Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica”, conforme Anexo D.  Declaración jurada de no registrar saldos insolutos de remuneraciones ni cotizaciones sociales, y de no haber sido condenado por prácticas antisindicales, ni por infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, ni condena por delitos concursales establecidos en el código penal (delitos en procedimientos de quiebra), conforme a Anexo E.  Ficha técnica del proveedor, conforme a “Anexo F” (ficha técnica, plazo de entrega y garantía post venta)  Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo (F30), que acredite que no registra deuda previsional de sus trabajadores, de una fecha no superior a 60 (sesenta) días desde su emisión; en caso de no proceder, justificar documentadamente. Por último, será responsabilidad de los oferentes, adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Será responsabilidad de los oferentes cerciorarse de que los antecedentes disponibles en el portal Chile Proveedores, cumplan con los requerimientos solicitados y estén actualizados y disponibles al momento de la apertura de los antecedentes
Documentos Técnicos
1.- Las ofertas de los participantes, deberán contener la descripción de todos los elementos a adquirir y cumplir con todas las características y exigencias técnicas solicitadas, de acuerdo a lo expresado en el Anexo A “Especificaciones Técnicas Institucionales”, y debidamente materializado en el Anexo F (Oferta técnica del proveedor) las cuales son consideradas como factores excluyentes, y de no cumplir con los servicios ofertados con algunas de estas, la oferta se considerará como inadmisible, y no será evaluada. Las características, requisitos y exigencias técnicas son consideradas como factores excluyentes, y de no cumplir los servicios ofertados con algunas de éstas, la oferta se considerará como inadmisible, y no será evaluada. Los bienes y/o servicios licitados, cuyas características, requisitos, exigencias y/o plazos difieran de su naturaleza o del “Anexo A”, constituirán incumplimiento grave a las obligaciones del oferente adjudicado, lo que facultará al Ejército para resolver o poner término anticipado al contrato, junto al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de acuerdo con los antecedentes del caso, poner los datos en conocimiento del Consejo de Defensa del Estado (CDE), a fin de ejercer las acciones legales que estime procedentes, y sin perjuicio de ejecutar o cobrar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
 
Documentos Económicos
1.- Cada oferente deberá completar DIGITALMENTE el Comprobante de la Oferta a través del portal Mercado Público, recordando que la(s) oferta(S) para cada una de las líneas de la licitación debe ser por el total de los bienes requeridos (VALOR NETO). Toda oferta que exceda el presupuesto señalado, será rechazada y declarada inadmisible (factor excluyente). La(s) oferta(s) tendrá(n) una validez de 90 (noventa) días hábiles, contados desde la fecha de cierre de presentación de ofertas en el sistema de información
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Tiempo de ejecución del servicio 30% Plazo menor o igual de 5 (cinco) días de corridos, contados desde la notificación de la resolución que aprueba contrato. 15% Plazo igual o mayor a 6 (seis) días y hasta 25 (veinticinco) días de corridos, contado desde la notificación de la resolución que aprueba contrato. 5% Plazo igual o mayor a 26 (veintiséis) días corridos, contado desde la notificación de la resolución que aprueba contrato. 30%
2 Presentación de Todos los Documentos exigidos 10% 10% Todos los documentos presentados en el plazo originalmente dispuesto. 5 % Documento (s) presentados (s) en el plazo extraordinario. 10%
3 Garantía de los trabajos 25% Garantía igual o sobre 12 meses una vez recepcionados los trabajos conformes. 10% Garantía inferior a 12 meses y superior o igual a 7 meses una vez recepcionados los trabajos conformes. 5% Garantía inferior a 6 meses una vez recepcionados los trabajos conformes. 25%
4 Precio 35% 35% mejor oferta dentro del marco presupuestario disponible El resultado porcentual de cada oferta, se obtendrá por medio de la aplicación a cada una de ellas, de la fórmula indicada debajo de esta matriz de evaluación. 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: presupuestario
Monto Total Estimado: 11000000
Justificación del monto estimado conforme a bases de licitación
Contrato con Renovación: NO
Observaciones conforme a bases de licitación
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: raul jamis
e-mail de responsable de pago: finanza@gmail.com
Nombre de responsable de contrato: Mayor henot rojas
e-mail de responsable de contrato: finanza@gmail.com
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-26934000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

Art.25º. En el caso de producirse un empate entre dos o más oferentes en el mayor puntaje obtenido en el resultado final de la evaluación, deberá preferirse entre estas, la oferta que haya obtenido el mayor puntaje entre los criterios que se señala a continuación, bajo el orden de precedencia siguiente:

 

1º Precio.

2° Tiempo de ejecución del servicio.

3° Garantía de los trabajos.

4° Presentación de la documentación.

 

Si aún así persistiera el empate, será electo como oferente adjudicado aquel que haya presentado su oferta antes que el resto, de acuerdo a la hora y fecha indicada en el comprobante de presentación de la oferta. 

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
CONFIDENCIALIDAD
Art.67º. Durante la vigencia del contrato, como al término de este, el contratista no podrá divulgar o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción, incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando a la entidad licitante, para ejercer las acciones pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Con respecto a la información suministrada por el Ejército, el contratista se comprometerá a protegerla en forma razonable y apropiada y a utilizarla únicamente para llevar a cabo sus obligaciones conforme al contrato. Con respecto a la información suministrada por el Regimiento Logístico “Arsenales de Guerra”, el contratista se comprometerá en protegerla en forma razonable y apropiada y a utilizarla únicamente para llevar a cabo sus obligaciones conforme al contrato. Cualquier contravención a la obligación de confidencialidad, facultará al Regimiento Logístico Nº 2 “Arsenales de Guerra”, para resarcirse de todo perjuicio derivado de dicha obligación, incluido los perjuicios indirectos.
VISITA A TERRENO
Art.10º. Las Empresas participantes en esta licitación, deberán considerar una visita en terreno, de CARÁCTER OBLIGATORIA, EXCLUYENTE Y ESENCIAL en caso de no asistir, de la cual se levantará acta de los asistentes. La visita tiene hora de inicio y de término. La no concurrencia a esta visita a terreno, dará derecho a la Entidad Licitante, para declarar la inadmisibilidad, de todas las ofertas de los participantes que no se hubieran presentado en dicha visita, con el fin de tomar conocimiento del lugar donde se prestarán los servicios, observando las particularidades de éstos, haciendo presente cualquier circunstancia que no esté prevista en el presente documento o condición que pudiese entorpecer el cumplimiento de la ejecución de los requerimientos solicitados en las presentes Bases. Por lo tanto, la presente clausula se eleva a esencial, obligatoria y excluyente, no pudiendo desconocer su contenido y ejecución para participar en el concurso. Para los efectos de cumplir lo anterior, todos los oferentes deberán realizar una única visita en las instalaciones del cuartel N.°1 Peldehue ubicado en camino a las termas de colina S/N, comuna de colina, Acantonamiento de Emergencia Peldehue, casino de oficiales de las 10:00 a las 12:00hrs y en dependencias del cuartel N°2 “Batuco” del Regimiento Logístico N°2 “Arsenales de Guerra”, de las 13:30 hrs., a las 15:30 hrs., ubicado en Avenida España N°344, Batuco, comuna de Lampa, visita que será efectuada EL TERCER DÍA HÁBIL una vez publicada la licitación en el Portal. La visita es de carácter excluyente y esencial para la continuación en el proceso de licitación y su eventual adjudicación. La visita es de CARÁCTER OBLIGATORIO Y EXCLUYENTE, esencial para continuar en el proceso de licitación y su eventual adjudicación, y se realizará en la fecha y hora indicada en el cronograma del Art. 9º de estas bases y en la ficha electrónica de la licitación. Así mismo, la Institución ha ponderado la exigencia de “Visita en terreno”, determinando que, es una exigencia esencial del proceso, considerando la especialidad del servicio requerido, la información en los equipos a mantener y/o instalar, hechos comunicados en las especificaciones técnicas del pliego de condiciones.
INCUMPLIMIENTO Y SUS EFECTOS
Art.48º. Se entiende por incumplimiento grave, la no ejecución, ejecución tardía, imperfecta o incompleta por parte del proveedor de todo o parte de las obligaciones contraídas con la Institución o aquellas que por su naturaleza o magnitud hagan imposible cumplir con las prestaciones en conformidad al detalle en el contrato o en la orden de compra respectiva, la oferta del adjudicatario y el contrato suscrito entre la Institución y el adjudicatario. La calificación de si ha habido o no incumplimiento, será efectuada por la Institución, mediante resolución fundada que será notificada al proveedor. Contra ella procederán los recursos de reposición y jerárquico de conformidad a la ley. Art.49°. La Institución en caso de incumplimiento, se reserva el derecho a dejar sin efecto la contratación, procediendo al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin necesidad de demanda, requerimiento o notificación judicial. Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones del oferente adjudicado, aquel que por naturaleza o magnitud hace evidente la imposibilidad de cumplir con las prestaciones adeudadas. Art.50º. En caso de incumplimiento del proveedor, sea en la oportunidad de los servicios a ser prestados, el Fisco-Ejército de Chile (Regimiento Logístico del Ejército N°2 “Arsenales de Guerra”), PODRÁ OTORGAR UN PLAZO en los términos descritos en el Art. 52° de las presentes Bases. La Institución podrá terminar anticipadamente y/o resolver administrativamente el contrato, procediendo a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, sin necesidad de demanda, requerimiento o notificación judicial. Art.51º. La Institución estará facultada para rechazar la recepción de los trabajos realizados si el adjudicado no cumple con las condiciones de calidad o el servicio establecidos en presentes bases. Lo anterior será motivo suficiente para que la Institución, no reciba conforme los servicios, quedando facultada a hacer efectiva la respectiva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, sin necesidad de demanda, requerimiento o notificación judicial. Art.52º. Ante la ocurrencia de eventos de fuerza mayor, caso fortuito (definidos en el Art. 45 del Código Civil) u otra circunstancia no imputable al proveedor, éste deberá dirigir una comunicación escrita a la Institución dentro los primeros 05 (cinco) días hábiles de acontecido el hecho explicando lo ocurrido y acompañado todos los documentos y antecedentes comprobatorios del hecho. La Institución resolverá la petición por medio de una resolución fundada de acuerdo al mérito de los antecedentes acompañados o de los que obren en su conocimiento. El Comandante del Regimiento o quien lo subrogue resolverá la petición mediante resolución fundada, de acuerdo al mérito de los antecedentes acompañados, sea rechazándola o aceptándola. En este último caso, se aumentará el plazo de suscripción de los servicios, por el tiempo que dure el imprevisto, de acuerdo al contenido de dichos antecedentes. En el evento de otorgarse aumento de plazo, las multas establecidas en estas bases solo se aplicarán a partir del día siguiente al vencimiento del referido aumento.
MULTAS
Art.53º. Se entenderá por atraso, el tiempo en días desde que se debió prestar el servicio hasta la fecha en que efectivamente se efectuó. Art.54º. Se sancionará el atraso en la prestación de los servicios a ser suministrados, mediante la aplicación de una multa equivalente al 2% (dos por ciento) del precio total (IVA incluido) adjudicado, por cada día hábil de retraso en el servicio a ser prestado o ejecutado, hasta que se lleve a efecto para el Regimiento Logístico del Ejercito Nº2 “Arsenales de Guerra”, en la forma y condiciones convenidas. Las multas moratorias se podrán imponer hasta alcanzar un 20% del precio total (IVA incluido) adjudicado. Una vez alcanzado este máximo, podrá resolverse la relación jurídica entre las partes, o bien exigir su cumplimiento forzado, de conformidad a la Ley. Art.55º. Todas las multas señaladas, se pagarán mediante Vale Vista, dentro de 05 días hábiles siguientes, a contar de la notificación de la resolución que ordene aplicarla. Dicho vale vista deberá ser extendido a nombre de la TESORERÍA DEL ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, R.U.T. N° 61.101.049-4, con una vigencia de 30 (treinta) días hábiles posterior a la entrega. Trascurridos los mencionados 05 (cinco) días hábiles sin que se hubiere enterado efectivamente el pago de la multa, el Ejército se encontrará facultado para hacer efectiva la Garantía de fiel cumplimiento del contrato y se aplicará su producto al pago de las multas. Si de la aplicación del producto de la garantía al pago de las multas, resultara un remanente, el Ejército practicará una liquidación y restituirá el saldo al proveedor, dentro del quinto día de percibido el valor de la garantía. Si en razón de los incumplimientos que hubieren dado lugar al cobro de multas mediante la ejecución de la garantía bancaria, no se hubiera resuelto la relación jurídica, el proveedor deberá entregar una nueva garantía de fiel oportuno cumplimiento, a más tardar dentro de las 48 horas siguientes a la ejecución de la primera, por el monto y vencimiento previsto de conformidad a las bases. Art.56º. Sin perjuicio de lo precedente expuesto, si transcurridos 05 (cinco) días hábiles desde la notificación de la resolución que ordene aplicar las multas, sin que el proveedor hubiere enterado su importe, la Institución, podrá deducir por vía administrativa, de los pagos que adeudare al mismo proveedor en virtud de otros contratos celebrados con el Fisco-Ejército de Chile, el monto de las multas adeudadas, entendiéndose para estos efectos que ambas obligaciones entre las partes son líquidas y actualmente exigibles. Art.57º. El administrador del contrato, que será de dotación del RLE N°2 Arsenales de guerra”, notificará por carta certificada o de acuerdo con lo establecido en la Ley de “Vistos 2”, las eventuales multas o incumplimientos que se apliquen al proveedor. En contra de las multas, procederán los recursos de reposición y jerárquico. El recurso de reposición se interpondrá dentro del plazo de 05 (cinco) días hábiles ante la propia entidad licitante. En subsidio, podrá interponerse el recurso jerárquico. Rechazado total o parcialmente una reposición, se elevará el expediente al superior que corresponda si junto con ésta se hubiere interpuesto subsidiariamente recurso jerárquico. Cuando no se deduzca reposición, el recurso jerárquico se interpondrá para ante el superior jerárquico de quien hubiere dictado el acto impugnado, dentro de los 05 (cinco) días hábiles siguientes a su notificación. El monto de las multas aplicadas en forma definitiva se descontará del siguiente estado de pago del mes en que se produjo la causal de sanción, y si este no fuese suficiente, de los siguientes estados de pago hasta cubrir su valor en forma íntegra. Art.58º. Sólo procederá el cobro de Multas, en el evento de existir retardo imputable (dolo o culpa) en la prestación del Servicio, por parte del proveedor. Producido el retardo, el proveedor deberá dirigir una comunicación escrita a la Institución dentro de los primeros 05 (cinco) días hábiles de acontecido el hecho explicando lo ocurrido y acompañado todos los documentos y antecedentes comprobatorios del hecho. La Institución resolverá la petición por medio de una resolución fundada de acuerdo al mérito de los antecedentes acompañados o de los que obren en su conocimiento. El Comandante del Regimiento o quien lo subrogue resolverá la petición mediante resolución fundada, de acuerdo al mérito de los antecedentes acompañados, rechazándola o aceptándola. En este último caso, se aumentará el plazo de suscripción de los servicios, por el tiempo que dure el retardo no imputable al proveedor, de acuerdo al contenido de dichos antecedentes. En el evento de otorgarse aumento de plazo, las multas establecidas en estas bases solo se aplicarán a partir del día siguiente al vencimiento. Art.58º bis. Finalmente, sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos precedentes, en caso que los perjuicios efectivamente sufridos por el FISCO –EJÉRCITO DE CHILE, excedieren el de la multas pactadas o no cumpliere lo requerido por la Institución de acuerdo a la obligaciones pactadas en el presente pliego de condiciones, podrá remitir los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado (CDE) a fin de que se ejerzan las acciones encaminadas al cumplimiento forzado de la obligación o resarcir los perjuicios causados al patrimonio fiscal.
DISPOSICIONES VARIAS
Art.59°. La prestación de los servicios deberá efectuarse directamente en el lugar que se señala en estas bases y sus anexos, siendo de cargo del proveedor, la ejecución de los servicios solicitados en los lugares indicados. Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas se entenderán incorporadas, sin necesidad de mención expresa, en el o los correspondientes contratos u órdenes de compra que se suscriban con el oferente adjudicado y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se deriven, como de las que constan en estas Bases. Art.60º. La licitación, contrato y/o las órdenes de compra detalladas, se regirán por las normas jurídicas chilenas. Cualquier conflicto, disputa o diferencia de interpretación que pudiere surgir con motivo de la licitación, entre la aprobación de las bases y la adjudicación, ambas inclusive, serán sometidas a conocimiento del “Tribunal de Contratación Pública”. Con posterioridad a la adjudicación, la competencia para zanjar diferencias entre las partes la tendrán los tribunales ordinarios de la República de Chile, con sede en la ciudad y comuna de Santiago. Art.61º. En contra de las resoluciones que se pronuncien con ocasión de la licitación, procederá el recurso de reposición ante el mismo órgano que hubiere dictado el acto administrativo que se impugnare, dentro del plazo de 05 (cinco) días hábiles de su notificación, y en subsidio del primero, podrá interponerse el recurso jerárquico, ante el superior jerárquico de la autoridad que hubiere dictado el acto que se impugna. Rechazada totalmente o parcialmente una reposición, se elevará el expediente al superior que corresponda si junto con esta se hubiere interpuesto subsidiariamente recurso jerárquico. Cuando no se deduzca reposición, el recurso jerárquico se interpondrá para ante el superior jerárquico de quien hubiere dictado el acto impugnado, dentro los 05 (cinco) días hábiles siguientes a su notificación. Finalmente, lo dispuesto en los párrafos precedentes, en caso que los perjuicios efectivamente sufridos por el FISCO –EJÉRCITO DE CHILE, excedieren el de la multas pactadas o no cumpliere lo requerido por la Institución de acuerdo a la obligaciones pactadas en el presente pliego de condiciones, podrá remitir los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado (CDE) a fin de que se ejerzan las acciones encaminadas al cumplimiento forzado de la obligación o resarcir los perjuicios causados al patrimonio fiscal.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Art.62º. Sin perjuicio de las acciones y derechos que correspondan al Ejército de conformidad al ordenamiento jurídico, las causales establecidas en el artículo 77 del Reglamento de la Ley N°19.886, que sean atingentes, se podrá ejercer la facultad de modificar el contrato debidamente motivado y justificado, o resolver y dar por terminado anticipadamente el contrato y hacer efectiva la garantía del fiel y oportuno cumplimiento, si el proveedor incurre en alguna de las situaciones que se describen a continuación, las que constituyen incumplimiento grave de las obligaciones del contrato: 1) Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes. 2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor, debidamente calificadas por el Ejército. Se entenderá por tales, entre otras, diferencia en el mantenimiento conforme a los requerimientos técnicos, obligaciones, plazos entre otros, descritos en Anexo A, Anexo F y demás anexos, expuestas en la presentes Bases y en especial, a lo señalado en conformidad a estas bases. 3) Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 5) Por incapacidad del adjudicatario para seguir adelante con la ejecución del contrato, derivada de problemas internos, huelga de sus trabajadores, quiebra, entre otros. 6) Por el no cumplimiento, dentro de los plazos convenidos, de los reparos que les sean formulados por escrito por parte del Regimiento Logístico del Ejército Nº 2 “Arsenales de Guerra”. 7) Por rechazo a la orden de compra, sin existir una causa o razón justificada. 8) Por haber sido condenado el proveedor por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales por del trabajador, dentro de los anteriores dos años. 9) Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 10) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 11) Cobro de multas por un monto igual o superior al 20% (total) del monto contratado. 12) En caso de no renovación de la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento, en caso de haber sido requerida. 13) En caso de atraso superior a 20 días corridos, contados desde la fecha prevista para la ejecución el servicio, sin causa justificada. La Entidad Licitante, salvo en las causales no imputables al proveedor, hará efectivo el cobro de la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato. La calificación de si ha habido o no incumplimiento corresponderá exclusivamente a la Entidad Licitante, de conformidad a las obligaciones indicadas en las bases y el contrato u orden compra, sin perjuicio del derecho del proveedor a ejercer los recursos administrativos y acciones jurisdiccionales que estimare procedentes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.