Resolución de Empates |
Ante una igualdad de puntaje en la evaluación final de las ofertas, se adjudicará de la siguiente forma:
1° Por Mejor Oferta Económica.
2° Por Mejor Plazo de Entrega.
3° Por Mejor Comportamiento Contractual
4° Por Cumplimiento Formal.
5° Alcalde, quien dirimirá considerando la oferta que mejor resguarde los intereses municipales, a través de Decreto Fundado.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
La Municipalidad comunicará, a través del portal de Mercado Público, el resultado de la presente propuesta.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La MAHO podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, en tanto que las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio ni afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. Así mismo, la MAHO podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables.
Lo dispuesto en el párrafo anterior, se hará conforme a los términos del inciso segundo del Art. 40° del Reglamento de la Ley de Compras y el plazo para su presentación será de (02) dos días hábiles desde que se le notifique a través del portal al oferente que haya incurrido en la omisión, bajo el apercibimiento de que su oferta será declarada inadmisible si no cumple con dicho plazo.
La municipalidad de Alto Hospicio podrá declarar inadmisible la oferta si no se da respuesta a las aclaraciones solicitadas.
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Requerimientos |
Antecedentes que debe incluir la oferta:
En su oferta los proponentes deberán acompañar toda la información necesaria que permita evaluar su oferta, de acuerdo con la información solicitada en las Bases Administrativas y Técnicas, se deberá adjuntar:
ANEXO N° 1-A o 1-B “IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE” (REQUISITO FORMAL)
ANEXO N° 2 “CUMPLIMIENTO REQUÍSITOS TÉCNICOS MÍNIMOS” (REQUISITO INDISPENSABLE)
FICHA TÉCNICA DEL PRODUCTO OFERTADO O FOTOGRAFÍA en la que se pueda apreciar como mínimo nombre del producto y dispensación (en razón de corroborar Anexo N°2 “Cumplimiento Técnico”)
ANEXO N° 3 “OFERTA ECONÓMICA” (REQUISITO INDISPENSABLE)
El proveedor podrá ofertar mejores características técnicas a las solicitadas y éstas se entenderán como parte íntegra de su oferta.
El oferente que no adjunte la documentación indispensable exigida, la entidad licitante tendrá la facultad de declarar inadmisible la oferta en cuestión.
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De la Adjudicación de la Propuesta |
Se evaluará la oferta bajo los parámetros establecidos en la licitación una vez que la propuesta cumpla con los requerimientos mínimos establecidos. De no ser así, la Municipalidad podrá rechazar la propuesta al momento de la Apertura. La Municipalidad adjudicará la oferta mejor evaluada, siendo la mejor aquella que obtenga el mayor puntaje total de acuerdo con los Criterios de Evaluación indicados en el punto 6 de las presentes Bases Administrativas.
El proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas:
a) Decreto de Adjudicación: Se adjudicará a través de Decreto Alcaldicio.
b) Notificación de Adjudicación: Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar al adjudicatario mediante el portal con pleno conocimiento de los demás oferentes que se hubiesen presentado en la propuesta.
c) Publicación en página web: Se publicará en página web, en la licitación pública correspondiente.
d) Fecha de Adjudicación: En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en el cronograma www.mercadopublico.cl , la entidad licitante publicará una nueva fecha en el portal, informando allí las razones del atraso.
La entidad licitante se reserva la facultad de poder variar la cantidad de bienes adjudicados, distintos al licitado (mayor o menor) previa aprobación del proveedor mediante consulta en el portal.
Los proponentes podrán formular observaciones a la adjudicación dentro de las 24 horas siguientes a la publicación de la resolución, a través del portal www.mercadopublico.cl, las que serán resueltas por la unidad técnica a través de este mismo medio, dentro de los 02 días siguientes.
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Plazo de Adjudicación |
La adjudicación de la propuesta será efectuada por la Municipalidad de Alto Hospicio, de acuerdo con la evaluación de las propuestas, en un plazo máximo estimado de aproximadamente 10 días hábiles a contar del cierre de la licitación, la cual, puede sufrir modificaciones de acuerdo con las siguientes causas:
a) Existen más ofertas de lo estimado.
b) Complejidad de la evaluación de ofertas de la licitación.
c) Presentarse otras prioridades.
d) Solicitud de más recursos económicos.
e) Espera de la toma de conocimiento de la adjudicación por parte del Gobierno Regional o de la Toma de Razón de Contraloría del respectivo Convenio Mandato (sólo cuando proceda).
f) Espera de la Aprobación del Concejo Municipal (sólo cuando proceda).
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Entrega de los Bienes y/o Servicios |
Los bienes ofertados, como sus complementarios obligatorios y adicionales propuestos por el oferente, deberán ser entregados en las dependencias de la Farmacia Comunal, la cual está ubicado en Av. Los Álamos N° 3056, comuna de Alto Hospicio o en el lugar que determine la Unidad Técnica, pudiendo ésta establecer un procedimiento de entrega, solicitar entregas parcializadas o recurrir a procedimientos de entrega ofertados por el proponente. El no cumplimiento de los plazos de entrega facultará al Municipio de Alto Hospicio en cursar las respectivas multas, o dejar sin efecto la contratación mediante la anulación de la respectiva Orden de Compra. Además, la Municipalidad podrá re adjudicarla segundo, tercer y sucesivos mejores oferentes que alcancen los puntajes mínimos para adjudicar.
La Unidad Técnica será la encargada de recepcionar, evaluar, e instruir modificaciones y/o observaciones, levantar las recepciones conforme provisoria y/o definitiva para la certificación de las facturas y su posterior pago, sin perjuicio de las facultades de la Dirección de Control Municipal. Esta recepción no eximirá al proponente adjudicado de responder por los vicios, errores o defectos ocultos que no sean detectados al momento de la entrega de los bienes y/o servicios contratados.
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Deserción o inadmisibilidad de la oferta |
La Municipalidad podrá declarar inadmisible la o las ofertas presentadas si estas no cumplieran los requisitos establecidos en las bases, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes para los intereses de la Municipalidad, lo que se comunicará por Decreto Alcaldicio, a través del portal www.mercadopublico.cl, en atención al Artículo Nº 9 de la ley 19.886.
En ambos casos anteriormente mencionado, los proponentes no tendrán derecho a indemnización alguna, por los gastos en que ellos hubieren incurrido en la preparación de la propuesta.
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Multas |
En caso de existir un retraso en la entrega de los bienes, la entidad tendrá la facultad de impartir multas, las cuales deberán ser canceladas mediante vale vista u otro medio convenido entre las partes, a nombre del mandante o financista, según se requiera, el que debe ser entregado con antelación al pago, el cual no se efectuará mientras la multa no se encuentre cancelada, de acuerdo a lo siguiente:
Respecto de los plazos de entrega de los bienes Respecto de los plazos de reposición de bienes
1% del total de la Orden de Compra (impuestos incluidos), por cada día corrido de atraso en la entrega del bien/servicio, con tope del 30%. 1% del total de la Orden de Compra (impuestos incluidos), por cada día corrido de atraso en la entrega del bien/servicio, con tope del 30%., El cual no deberá superar los 05 (cinco) días hábiles desde la notificación por correo electrónico enviada por la Unidad Técnica Municipal.
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Sobre Re adjudicación |
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del Art.63 del reglamento de la ley 19.886, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje, dentro de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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Procedimiento para la aplicación de multa |
PRIMERO: Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, la Municipalidad a través de la Unidad Técnica correspondiente, notificará al proveedor, personalmente, por carta certificada, o mediante Oficio publicado a través del Sistema de Información de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa.
SEGUNDO: A contar de la notificación de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus DESCARGOS, por escrito, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
TERCERO: Vencido el plazo sin presentar descargos, la Municipalidad dictará el Decreto aplicando la Multa, el cual se notificará mediante el Sistema de Información de Compras Públicas www.mercadopublico.cl.
CUARTO: Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Municipalidad dispondrá de un plazo de hasta veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante Decreto Alcaldicio, lo que se notificará al Proveedor, personalmente o por carta certificada.
Las notificaciones por carta certificada, se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción, en la oficina de correos que corresponda.
Las notificaciones a través de la plataforma de compras públicas www.mercadopublico.cl, se entenderán practicadas luego de 24 horas transcurridas desde que la Municipalidad publique en el Sistema de Información el documento, de acuerdo a lo dispuesto en Art. 6° del Reglamento de la Ley 19.886.
Contra el Decreto que aplique la multa respectiva, procederá el Recurso de Reposición establecido en la Ley 19.880 de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos del Estado.
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Procedimiento para interponer recurso de reposición. |
PRIMERO: El Proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para presentar Recurso de Reposición, a contar de la fecha de notificación del Decreto Alcaldicio que aplica la multa, en el Sistema de Información de Compras Públicas www.mercadopublico.cl.
SEGUNDO: El Alcalde o autoridad competente, resolverá dentro de los veinte días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente el recurso. Se notificará dicho Decreto al respectivo proveedor mediante el Sistema de Información de Compras Públicas www.mercadopublico.cl.
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Cobro de multa |
PRIMERO: La multa producirá sus efectos una vez resueltos los recursos pertinentes, o haya vencido el plazo de su interposición sin que se hayan presentados. Desde ese momento el proveedor se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera.
SEGUNDO: El monto de las multas será rebajado del Estado de Pago que la Municipalidad deba efectuar al Proveedor en las facturas o boletas más próximas, y de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente al proveedor a través de la entrega de vale vista a nombre de la Municipalidad de Alto Hospicio, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento.
Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto de la Municipalidad de Alto Hospicio, al sector que corresponda según la Unidad Técnica.
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