Licitación ID: 3481-1-LE21
CONCESIÓN DEL CASINO DE SOLDADOS CONSCRIPTOS
Responsable de esta licitación: REGIMIENTO 12 "SANGRA"
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 376
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Concesionarios de casino de comida 1 Unidad
Cod: 90101604
El Regimiento N°12 Sangra tiene la necesidad de contratar el servicio de concesión del casino de Soldados Conscriptos, para la atención del personal de soldados y personal de planta de esta Unidad Regimentaria.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONCESIÓN DEL CASINO DE SOLDADOS CONSCRIPTOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Regimiento N° 12 "Sangra", tiene la necesidad de contratar el servicio de concesión del casino de soldados conscriptos, para la atención del personal de soldados y personal de planta de esta Unidad Regimentaria.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Regimiento N° 12 "Sangra"
R.U.T.:
61.101.015-K
Dirección:
Panamericana Sur KM 1015
Comuna:
Puerto Varas
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-01-2021 15:00:00
Fecha de Publicación: 15-01-2021 16:25:29
Fecha inicio de preguntas: 15-01-2021 18:00:00
Fecha final de preguntas: 22-01-2021 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-01-2021 13:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-01-2021 15:15:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-01-2021 15:15:00
Fecha de Adjudicación: 28-01-2021 10:13:49
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 01-02-2021
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA EN TERRENO EN RUTA 5 SUR KM 1015 (PUNTUALIDAD, LOS OFERENTES INTERESADOS DEBEN PRESENTARSE A LA VISITA POR SER EXCLUYENTE) 20-01-2021 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- SE ADJUNTAN BASES ADMINISTRATIVAS
Documentos Técnicos
1.- ANEXO DEL 01 AL 07
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 MEJORAS A CONSIDERAR Se evaluará este criterio, según lo ofertado por los proveedores en el Anexo N°6, otorgándose el máximo de la ponderación al proveedor que obtenga el mejor puntaje final, siendo evaluado el restante de los oferentes, conforme a la regla de tres simple. 30%
2 TIEMPO DE RESPUESTA ANTE EMERGENCIA Se evaluará este criterio conforme al tiempo de respuesta, que presenten los oferentes ante emergencias ocurridas en la operacionalidad de estos, en cuanto a su reparación y/o reposición según sea el caso: - Tiempo de respuesta inferior o igual a 06 hrs: obtendrá 07 ptos. - Tiempo de respuesta entre 06 a 12 hrs: obtendrá 05 ptos. - Tiempo de respuesta superior a 12 hrs: Obtendrá 03 ptos. 30%
3 PRECIO - Puntaje Precio x producto = Precio mínimo entre los oferentes x 100 Precio oferente - Puntaje final = Promedio precios por producto 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto disponible - delegación de facultades
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Esta Unidad Regimentaria no cuenta con el presupuesto disponible para este proceso licitatorio, porque es un servicio de concesión del casino de soldados conscriptos de la Unidad. La instalación sera proporcionada por la Unidad sin costo de arriendo.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Oficial de Finanzas
e-mail de responsable de pago: finanzas.sangra@ejercito.cl
Nombre de responsable de contrato: CHISTOPHER GÓMEZ RAMÍREZ
e-mail de responsable de contrato: adquisiciones.sangra@ejercito.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-26937797-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Departamento finanzas III División de montaña
Fecha de vencimiento: 31-12-2021
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Junto con la firma del contrato debe ser entregada la boleta de fiel cumplimiento del contrato a la sección 4ta. de la Unidad, dando cumplimiento al numeral N°10 de las Bases Administrativas.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la licitación del servicio de concesión del casino de soldados conscriptos” del Regimiento N°12 “Sangra”.
Forma y oportunidad de restitución: 30 días después del termino de la garantía por el oferente adjudicado, en el 1er. año de su contratación.
   
Beneficiario: Departamento finanzas III División de montaña
Fecha de vencimiento: 31-12-2022
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Junto con la firma del contrato debe ser entregada la boleta de fiel cumplimiento del contrato a la sección 4ta. de la Unidad, dando cumplimiento al numeral N°10 de las Bases Administrativas.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la licitación del servicio de concesión del casino de soldados conscriptos” del Regimiento N°12 “Sangra”.
Forma y oportunidad de restitución: 30 días después del termino de la garantía del 1er. año por el oferente adjudicado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PRECIO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “MEJORAS A CONSIDERAR”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "TIEMPO DE RESPUESTA ANTE EMERGENCIA” .
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
SOLO A TRAVÉS DEL FORO DEL PORTAL 
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
DAR CUMPLIMIENTO A LAS EXIGIDAS POR LA LEY
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
SOLO SE PODRÁN RECEPCIONAR ANTECEDENTES DE FORMA NO DE FONDO SOLO A TRAVÉS DEL PORTAL MERCADO PÚBLICO. 
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
GARANTÍAS DE FIEL CUMPLIMIENTO
El proponente adjudicado deberá otorgar un documento bancario (vale vista, boleta, certificado de fianza, u otro medio autorizado por la ley), que tenga las siguientes características: que sea a la vista, irrevocable y de realización inmediata. Los oferentes deberán hacer entrega de dos boletas de garantías, a fin de caucionar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones del contrato. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento deberá extenderse a favor del “Departamento de Finanzas de la III División de Montaña, RUT 61.101.012-5”, con una vigencia mínima de 30 días hábiles después del término de la garantía ofrecida por el proveedor, el documento bancario debe indicar la siguiente glosa “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la licitación del servicio de concesión del casino de soldados conscriptos” del Regimiento N°12 “Sangra”. 1ra Boleta con fecha de vencimiento 31.DIC.2021 por un monto de $500.000 2da Boleta con fecha de vencimiento31.DIC.2022 por un monto de $500.000 Al momento de la firma del contrato, el proveedor deberá entregar a la Unidad Regimentaria, un documento bancario que acredite la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de igual forma los antecedentes complementarios que sean solicitados por la entidad licitante. Transcurrido lo indicado en el punto anterior, sin que el proveedor haga entrega de la mencionada caución y antecedentes, se entenderá por este solo hecho, que no existe interés en contratar y que revoca o retira su oferta. En este caso, se procederá a dejar sin efecto la adjudicación mediante una resolución fundada y re adjudicar la segunda mejor oferta en la licitación, sin necesidad de demanda, requerimiento o notificación judicial. La devolución del instrumento de garantía por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, no podrá ser solicitada por los proveedores antes del término de este, salvo cuando se justifique la circunstancia de haber dado cumplimiento íntegro y oportuno al servicio prestado no existiendo obligaciones pendientes. No se aceptarán garantías, cheques, dinero en efectivo u otros documentos que no autorice la ley. El instrumento de garantía de seriedad de la oferta y fiel cumplimiento del contrato debe ser tomado por el oferente.
CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES DE LAS BASES
Esta propuesta pública se regirá por las presentes bases y condiciones contractuales, así mismo, formarán parte de las mismas, las modificaciones y las aclaraciones escritas que emita el Regimiento N°12 “Sangra”, sea que ellas fueran requeridas por los mismos participantes o bien impartidas por este centro de gestión de adquisiciones de oficio o resolución. Los oferentes podrán formular consultas y solicitar aclaraciones sobre dudas en las bases administrativas y técnicas, las que serán canalizadas solamente a través del portal Mercado Público. Las respuestas a las consultas realizadas por los interesados serán abiertas y publicadas para todos los interesados en el portal Mercado Público. Las bases administrativas, técnicas u otro documento de la propuesta, podrán ser modificadas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe, para cuyo efecto se otorgará un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl, con el objeto que los oferentes interesados, puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales requerimientos.
PERIODO DE VIGENCIA DEL CONTRATO
Comenzará a regir a partir de la emisión de la orden de compra generada en el portal Mercado Público, por un periodo de 02 (dos) años.
DE LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y SUSCRIPCIÓN
El Regimiento N°12 “Sangra”, se reserva el derecho de aceptar la oferta que, de acuerdo a la evaluación técnico-económica, estime más conveniente o la posibilidad de re-adjudicar o pasar al o los proveedores cuyas ofertas hayan sido las siguientes mejor evaluadas, declarar desierta la licitación, como asimismo, disminuir o ampliar las cantidades a adquirir, fraccionarlas o rechazarlas totalmente sin derecho a indemnizaciones, rehusando desde ya los oferentes al ejercicio de cualquier acción judicial o administrativa tendiente a renovar la resolución antes citada. La notificación de la resolución de adjudicación se entenderá efectuada luego de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no acepta la orden de compra en los plazos establecidos, no entrega los antecedentes legales para contratar o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. El incumplimiento, en cualquier forma, de la entrega del servicio, será motivo suficiente para dejarla sin efecto, reservándose el Regimiento N°12 “Sangra”, el derecho de ejercer las acciones judiciales que puedan derivarse por los daños y perjuicios que el atraso o incumplimiento le ocasione, sin perjuicios de su derecho de poner término al contrato. La empresa adjudicada no podrá bajo ningún pretexto, traspasar, subcontratar o ceder, total o parcialmente, a ningún título el contrato, sus obligaciones y derechos, ni tampoco el cumplimiento de las órdenes de compra. El incumplimiento de esta disposición de carácter esencial será motivo suficiente para que se ponga término inmediato al contrato, sin perjuicio de las indemnizaciones que procedan. Mediante Resolución Fundada se podrá declarar desierta la licitación cuando las ofertas no reúnan los requisitos establecidos en estas bases, como asimismo, declarar desierta la licitación si no se presentaran oferentes o si las ofertas presentadas no fueran convenientes para la Unidad. La presente licitación se formalizará mediante la firma de un contrato y la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de esta, por parte del proveedor, según lo establece en el Art N°63 del Reglamento de la Ley N° 19.886. El proveedor adjudicado deberá entregar al Oficial Supervigilante, una carpeta con los antecedentes del personal que contratará para brindar dicho servicio, dentro de un plazo no superior a 10 días hábiles a contar de la fecha de emisión de la orden de compra, adjuntando la siguiente documentación comprobatoria: - Copia del carnet de identidad por ambos lados. - Contrato de trabajo firmado por ambas partes. - Certificado de cotizaciones previsionales vigente. - Certificado de afiliación de los trabajadores a alguna mutualidad (Organismo Administrador de la Ley 16.744). - Certificado de aprobación de curso de manipulación de alimentos y/o carnet de manipulador de alimentos vigente. Cada vez que el proveedor adjudicado contrate nuevo personal, será de su responsabilidad, entregar al Oficial Supervigilante a la brevedad, la documentación indicada en el punto anterior.
INEXISTENCIA DE PAGO
El Regimiento N° 12”Sangra”, no efectuará pago alguno por los servicios prestados por el concesionario, y sus ingresos estarán constituidos únicamente por las ventas a los usuarios de la concesión del casino de soldados conscriptos, correspondientes al personal que se desempeña en la Unidad o personal de tránsito que se encuentre en las instalaciones de la Unidad Regimentaria, por lo tanto, el Regimiento N°12 “Sangra” no es responsable de la contingencia o pérdida para el concesionario. El concesionario deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Ley N°825 sobre Impuesto a las ventas y servicios (IVA).
MANTENCION E IMPLEMENTACION DE LA INSTALACIÓN
El concesionario será responsable de cualquier daño parcial o total que sufra la instalación entregada para el funcionamiento del casino de soldados conscriptos, considerando instalaciones eléctricas, red de agua potable, alcantarillado o cualquier otro daño de carácter infraestructural, que ocasione el personal que labore en dicha dependencia.
DEPENDENCIA
A los 12 meses del contrato, el concesionario deberá realizar una mantención general a la dependencia entregada para el funcionamiento del casino de soldados conscriptos, independiente a las mejoras ofertadas por este, según Anexo N°6. Al término del contrato, el concesionario deberá reintegrar el inventario de bienes muebles e inmuebles, en el mismo estado en que fueron entregados, sin embargo, se considerará el desgaste de estos por el uso durante el periodo del contrato, así como también, se fiscalizará las condiciones de la instalación y las mejoras realizadas conforme a su oferta.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.