Licitación ID: 3482-4-LE24
SERVICIO DE ALIMENTACIÓN Y CAFETERÍA
Responsable de esta licitación: Ejercito de Chile, Regimiento N° 9 "Chillán"
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 710
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Cafetería 1 Unidad
Cod: 30221003
Se solicita la adquisición del servicio de cafetería y alimentación para el Regimiento N.°9 "Chillán"  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE ALIMENTACIÓN Y CAFETERÍA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Que, el Regimiento N. 9 Chillán solicita el servicio de cafetería y alimentación para ser empleado en el casino de soldados de esta Unidad Regimentaria, conforme a requerimiento técnico y bases de licitación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Ejercito de Chile
Unidad de compra:
Regimiento N° 9 "Chillán"
R.U.T.:
61.962.200-6
Dirección:
Vicente Mendez N° 146
Comuna:
Chillán
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-02-2024 15:31:00
Fecha de Publicación: 30-01-2024 11:14:14
Fecha inicio de preguntas: 30-01-2024 12:01:00
Fecha final de preguntas: 01-02-2024 14:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-02-2024 18:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-02-2024 15:32:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-02-2024 15:32:00
Fecha de Adjudicación: 09-02-2024 20:09:16
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA DE CARACTER EXCLUYENTE, EN AVENIDA VICENTE MENDEZ N.146, CHILLÁN. REGIÓN DE ÑUBLE 31-01-2024 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- según bases de licitación.
Documentos Técnicos
1.- según bases de licitación.
 
Documentos Económicos
1.- según bases de licitación.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA Y RECREACIÓN De este criterio de evaluación, se evaluarán tomando de referencia los proyectos de mejoramiento de la infraestructura de la dependencia, considerando el costo de estos reflejado en el anexo N.°1, y junto con ello, las especies y/o juegos de recreación para las dependencias del casino, los valores de las ofertas económicas deberán ser expresadas en números enteros y en moneda nacional y se les aplicará la siguiente fórmula: Ej.: Mejor propuesta ecónomica de proyectos *100 Precio de Oferta El puntaje resultante se ponderará por 40%, obteniéndose la asignación del porcentaje final a conseguir en éste criterio. Los presentes proyectos deberán estar a disposición a medida que esta Unidad Regimentaria los solicite, considerando la no ejecución de estos como incumplimiento. 40%
2 EXPERIENCIA EN EL RUBRO Se solicita indicar la experiencia en el rubro en base a datos concretos ya sea en empresas o locales adjudicados para ejercer en el rubro. Se solicita anexar el material comprobatorio, se evaluará de la siguiente manera. Ej.: PRESENTA EXPERIENCIA EN EL RUBRO (material comprobatorio) SI NO 100 PUNTOS 0 PUNTOS El puntaje resultante se ponderará por 30%, obteniéndose la asignación del porcentaje final a conseguir en éste criterio. 30%
3 PRECIO Se evaluará el precio total de los productos solicitados en el Anexo N.°3 Oferta Económica, del formato adjunto y será evaluado de acuerdo con el siguiente detalle: Ej: Menor precio ofertado*100/ Oferta. El puntaje resultante se ponderará por 30%, obteniéndose la asignación del porcentaje final a conseguir en éste criterio. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: NO HAY
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Jorge Palma Olivares
e-mail de responsable de pago: jorge.palma.o@ejercito.cl
Nombre de responsable de contrato: Agustin Novoa Espinoza
e-mail de responsable de contrato: agustinovoaez1998@gmail.com
Teléfono de responsable del contrato: 56-09-57768861-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente Licitación.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: COMANDO DE OPERACIONES TERRESTRE
Fecha de vencimiento: 02-03-2026
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario debe presentar una garantía, equivalente a $1.000.000 (un millón de pesos), la que deberá ser cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro del mismo de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, como por ejemplo: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 68 del reglamento de la Ley Nº 19.886, a nombre del COMANDO DE OPERACIONES TERRESTRES, Rut: 61.970.300-6.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Forma y oportunidad de restitución: Al término del contrato que tiene vigencia de 02 (dos) años según bases de lictación.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
VÍNCULOS DE DEPENDENCIA Y LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD
Se deja constancia que el vínculo jurídico que emana de esta Licitación será de compraventa de bienes o servicios y no un contrato de trabajo, sin que existan vínculos de subordinación o dependencia alguna entre el R Nº 9 y el personal de la empresa adjudicataria. Por lo tanto, para todos los efectos legales, la empresa tendrá la responsabilidad total y exclusiva de su condición de empleador para con sus trabajadores, liberando de toda responsabilidad al R Nº 9, frente a acciones entabladas por terceros, con ocasión de accidentes de cualquier especie, cuasidelitos, demandas laborales o civiles, demandas por errores u omisiones culpables o dolosas, u otras referidas al no pago de remuneraciones y obligaciones de carácter previsional de los trabajadores a su cargo y en general de cualquier otra obligación que el Proveedor haya asumido con terceros en relación al bien o servicio licitado.
CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES
El adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la licitación, y en especial los establecidos en las bases, salvo que una norma legal especial permita expresamente la cesión de derechos y obligaciones. Los documentos justificativos de los créditos que de ellos emanen serán transferibles de acuerdo con las reglas de derecho común.
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
El Regimiento N.º 9 “Chillán” y el proveedor no serán responsables en caso de demoras o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, en conformidad al concepto establecido en el artículo 45º del Código Civil de la República de Chile. La parte afectada notificará, por escrito, a la contraparte, dentro de los 5 primeros días corridos de acaecidos el o los hechos, explicando lo ocurrido. La solicitud de prórroga, deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la fuerza mayor o caso fortuito invocado, acompañando los correspondientes documentos y/o certificados de respaldo, para mejor resolver la solicitud. La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla, mediante resolución fundada al Regimiento N.º 9, en base a los antecedentes que oportunamente le proporcione el proveedor adjudicado y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público. La parte que no pudiere cumplir con sus obligaciones, procurará atenuar los daños y cumplirá con aquellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar a la causa de fuerza mayor o caso fortuito. De producirse alguno de los eventos antes mencionados, el plazo del cumplimiento de las obligaciones contraídas con el Regimiento N.° 9 “Chillán”, se entenderá suspendido por el tiempo que dure tal evento. En estos casos no regirá la aplicación de multas.