Licitación ID: 3500-2-LE26
SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR DAEM QUINTA
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE QUINTA DE TILCOCO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 38
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de autobuses regulares, recorridos fijos o servicios programados 80 Unidad
Cod: 78111802
RECORRIDO PRE-BASICACON ADULTO ACOMPAÑANTE, PARA COLEGIO VIOLETA FUENTES CARVAJAL  

2
Servicios de autobuses regulares, recorridos fijos o servicios programados 80 Unidad
Cod: 78111802
RECORRIDO PRE-BASICACON ADULTO ACOMPAÑANTE, PARA COLEGIO JAIME FELDMAN MILLER  

3
Servicios de autobuses regulares, recorridos fijos o servicios programados 80 Unidad
Cod: 78111802
RECORRIDO PRE-BASICA, CON ADULTO ACOMPAÑANTE COLEGIO AMPARO RAYO HORTA  

4
Servicios de autobuses regulares, recorridos fijos o servicios programados 80 Unidad
Cod: 78111802
RECORRIDO PRE-BASICACON ADULTO ACOMPAÑANTE, PARA COLEGIO RAUL RAMIREZ MAYOL  

5
Servicios de autobuses regulares, recorridos fijos o servicios programados 80 Unidad
Cod: 78111802
RECORRIDO COLEGIO ESPECIAL-COINCO  

6
Servicios de autobuses regulares, recorridos fijos o servicios programados 80 Unidad
Cod: 78111802
RECORRIDO COLEGIO ESPECIAL Y COLEGIO RAUL RAMIREZ -RENGO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR DAEM QUINTA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Municipalidad requiere realizar el llamado a Licitación Pública a personas naturales, jurídicas, empresas o proveedores del rubro, o unión temporal de proveedores, para la contratación del Servicio de Transporte Escolar en diferentes líneas de recorrido, con el propósito de facilitar las condiciones de desplazamiento de losas estudiantes de la comuna de Quinta de Tilcoco y sus localidades, y que por motivos económicos, condiciones especiales de movilidad, lejanía o falta de transporte público, se vean afectadosas para asistir regularmente a clases y poder ejercer el Derecho a la Educación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Educación
R.U.T.:
69.081.700-4
Dirección:
Miguel Cuadra #224
Comuna:
Quinta de Tilcoco
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-02-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 03-02-2026 11:34:30
Fecha inicio de preguntas: 03-02-2026 23:59:00
Fecha final de preguntas: 06-02-2026 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-02-2026 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-02-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-02-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 03-03-2026 14:27:10
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
No hay información de Antecedentes Administrativos
Documentos Técnicos
1.- 1 Ingreso de Copia Revisión Técnica vigente
 
2.- 2 Ingreso de Copia Permiso de Circulación vigente
 
3.- 3 Ingreso de copia de seguro contra terceros (Seguro obligatorio)
 
4.- 4 Certificado de Inscripción en el registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares
 
5.- 5 Capacidad de Asientos (considerando para su oferta los pasajeros a transportar por linea)
 
6.- 6 Año de Fabricación (mínimo 2008) Según lo instruido en el Decreto Supremo N°38 del Ministerio De Transportes Y Telecomunicaciones Articulo N°10.
 
7.- 7 Certificado de Emisiones contaminantes
 
8.- 8 Ingreso copia Licencia de Conducir del Chofer
 
9.- 9 Consulta de Inhabilidades para trabajar con menores de edad del Chofer y Adulto Acompañante Se verificará además la capacidad y antigüedad de los vehículos ofertados para efectos de su evaluación.
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios El Oferente deberá cumplir con los siguientes Requisitos Técnicos, para ello deberá ingresar en la plataforma los siguientes antecedentes escaneados en “Documentos Administrativos”: N° REQUISITO TECNICO CUMPLE PUNTOS SI NO 1 Ingreso de Copia Revisión Técnica vigente 10 2 Ingreso de Copia Permiso de Circulación vigente 10 3 Ingreso de copia de seguro contra terceros (Seguro obligatorio) 10 4 Certificado de Inscripción en el registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares 20 5 Capacidad de Asientos 10 6 Año de Fabricación (mínimo 2008) Según lo instruido en el Decreto Supremo N°38 del Ministerio De Transportes Y Telecomunicaciones Articulo N°10. 10 7 Certificado de Emisiones contaminantes 10 8 Ingreso copia Licencia de Conducir del Chofer 10 9 Consulta de Inhabilidades para trabajar con menores de edad del Chofer y Adulto Acompañante 10 40%
2 Experiencia de los Oferentes Se evaluará con mejor puntaje a aquella oferta que en el Formulario Nº2 “Experiencia del Oferente” indique en que organismos públicos y/o empresas del sector privado ha prestado servicios similares al consultado en esta Licitación (traslado de estudiantes). En el caso de tener contrataciones con el sector privado, deberá ingresar copia escaneada de dicho documento. Por otra parte, si el Oferente cuenta con Órdenes de Compra Electrónica, sólo bastará que las mencione, ya que se verificarán directamente en el portal. 30%
3 Precio El Oferente deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl, en la Línea de Compra, por el total de viajes, teniendo presente que el total de traslados es 80. Se comparará el precio de cada oferta por el precio menor ofertado. Este criterio se calculará mediante la siguiente fórmula: Precio Mínimo Ofertado X 100 Precio de la Oferta Se aplicará dos decimales, para el cálculo. Si al momento de la evaluación, el valor ofertado no se ajusta al presupuesto disponible, la oferta no será considerada. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: SUBVENCIÓN FAEP
Monto Total Estimado: 32000000
Justificación del monto estimado SUBVENCIÓN FAEP
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 4 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Finanzas DAEM - Municipalidad de Quinta de Tilcoco
e-mail de responsable de pago: contabilidadqta.daem@gmail.com
Nombre de responsable de contrato: Unidad de Adquisiciones y Compras Públicas DAEM
e-mail de responsable de contrato: pedro.cires@quintadetilcoco.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-72-2541136-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
El criterio de desempate estará determinado por el siguiente orden de prelación de los factores a evaluar, según puntaje obtenido: 

• Calidad técnica de los servicios 
• Experiencia Acreditable en transporte de pasajeros/as en edad escolar 
• Oferta económica  

De persistir el empate, se adjudicará entre estos oferentes, al que ha ingresado primero la oferta al Portal Mercado Público. 

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Adjudicación La adjudicación se realizará dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación. En caso de que no se realice la adjudicación dentro del plazo definido, La Municipalidad informará a través del Portal dicho cambio, justificando el incumplimiento del plazo antes señalado y asimismo indicando el nuevo plazo para la adjudicación.

La Municipalidad adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo con los criterios de evaluación definidos en las presentes bases. Para esta acción, se adjudicará la oferta mediante resolución fundada, la cual explicitará los criterios de evaluación que se han cumplido para adjudicar, debiendo notificar al adjudicatario y al resto de los oferentes a través de su publicación en el portal.

Cabe señalar que la licitación pública tendrá un puntaje mínimo de adjudicación, el cual corresponderá a 45 puntos ponderados, en atención a que menor a este, dicha oferta no es conveniente a los intereses del servicio. Para la Adjudicación, deberá considerarse la respectiva autorización presupuestaria. El Informe de la Comisión Evaluadora deberá contemplar a lo menos lo previsto en el artículo 57 del reglamento de la ley de compras públicas, es decir:

1) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.

2) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o este reglamento; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 de este reglamento.

3) La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.

4) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

5) La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

La Municipalidad declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando habiendo presentado ofertas, no resulten convenientes a los intereses de este, en base a razones objetivas y no discriminatorias que deberán ser fundamentadas en la respectiva resolución. También, podrá declararla inadmisible cuando no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes bases. En ambos casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización alguna por este concepto. La declaración de inadmisibilidad o de declarar desierta la presente licitación, se efectuará por resolución fundada, publicándose en el Portal.

La Municipalidad no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases. En este mismo sentido, no podrá adjudicar ofertas a Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con La Municipalidad o el Estado, ni tampoco podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo Oferente.

De acuerdo con lo señalado en el inciso tercero del artículo 120 del Decreto Nº661, de 2026, este Servicio exigirá al adjudicatario estar hábil en el Registro de Proveedores para poder suscribir el contrato definitivo. En caso de que al proveedor le sobrevenga alguna causal de inhabilidad con posterioridad a la inscripción, corresponderá realizar lo señalado en el artículo 159 del Reglamento.  

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Notificación de la Adjudicación
El Municipio comunicará su decisión de adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, la que se entenderá notificada a todos los oferentes luego de las 24 horas siguientes a la publicación.
Relativo a la Readjudicación.
La presente Licitación contempla la posibilidad de Readjudicación en los términos señalados en el inciso final del Artículo 58 del Reglamento. En ese contexto, procederá la Readjudicación si el adjudicatario fuese inhábil en los términos del Artículo 4 inciso 6° de la Ley 19.886 al momento de la suscripción del contrato o de la emisión de la orden de compra; si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes correspondientes para contratar, no acepta la orden de compra en el plazo establecido, no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en los plazos que se establecen en las presentes bases, el Municipio podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al Oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. En caso de que se proceda a adjudicar al oferente que corresponda de acuerdo con el orden establecido en el acta de evaluación, este deberá cumplir íntegramente lo establecido en las presentes bases. La Resolución Fundada de Readjudicación se publicará en el portal. El nuevo adjudicado será el proveedor que ocupe el 2º lugar en la evaluación del proceso en los términos estipulados en estas bases de licitación, siempre y cuando se mantengan las mismas condiciones realizadas en la propuesta pública, en caso contrario se declarará desierta la licitación y se realizará un nuevo proceso licitatorio. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que el adjudicatario sea una U.T.P. y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del Artículo 4 inciso 6 de la Ley 19.886, la U.T.P. deberá informar por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistir, la Licitación podrá ser readjudicada al siguiente Oferente mejor evaluado. Luego del retiro de alguno de sus miembros, la U.T.P. debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la U.T.P. que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta será dejada sin efecto y se podrá readjudicar al siguiente oferente mejor evaluado y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo con los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
De la deserción y revocación
El Municipio podrá declarar desierta la licitación, de acuerdo con el artículo 9 de la Ley de Compras. Esto es, cuando no se presenten ofertas o interesados, o bien, cuanto éstas no resulten convenientes a los intereses del Municipio. Por otro lado, el Municipio podrá “Revocar” el proceso licitatorio, aun cuando existan ofertas, en base a una decisión debidamente justificada conforme al artículo 61 de la Ley 19.880. La revocación dejará sin efecto la licitación y deberá ser fundada en razones de mérito, conveniencia u oportunidad y no procederá: a) Cuando se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente; b) Cuando la ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos. c) Cuando por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto. La revocación puede ser declarada de forma unilateral por el Municipio mediante resolución fundada que así lo autorice y se podrá realizar hasta el momento previo de la adjudicación. Finalmente, la suspensión consiste en detener el proceso licitatorio mediante Resolución del Tribunal de Contratación Pública, publicada en el portal, por un periodo determinado de tiempo y, posteriormente, seguir con el curso normal del proceso. La suspensión podrá aplicarse desde la publicación hasta la adjudicación. 20.6. De las Causales de Inadmisibilidad El Municipio declarará inadmisible la o las ofertas cuando las propuestas incurran en las siguientes causales: • Incurra en falsedad con respecto a la información proporcionada en la integración de su oferta. • Excedan presupuesto diario máximo disponible para esta contratación por la línea de adjudicación. • No presentación Anexo N°4 Oferta Económica. Anexo N°5 “Antecedentes Vehiculares” junto con el padrón del vehículo, Anexo N°6 “Nómina de conductores titulares y de reemplazo, copia de licencias de conducir del conductor titular y certificado de inhabilidad para trabajar con menores del conductor titular”, Anexo N°7 “Orden de preferencia de Líneas a ofertar”. • En caso de que los años de fabricación de los vehículos sean superiores a lo requerido. • En caso de que el Municipio, mediante foro inverso solicite cambio de conductor por encontrarse este inhábil para trabajar con menores, y el oferente haga caso omiso a dicha solicitud. • La oferta técnica no se adecúe o no resulte conveniente a los intereses del Servicio. • No presente garantía de seriedad de la oferta. • Cualquier otra causal establecida en las bases administrativas y técnicas.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.