Confidencialidad |
Queda estrictamente prohibido para el personal que ejecute labores dentro del Departamento de Salud, asi
como para la Mandataria, divulgar o utilizar para otra finalidad diferente a la ejecución o desarrollo de las
actividades, servicios contratados, cualquier información y/o antecedentes de la Municipalidad a los que
pudiera tener acceso, por cualquier motivo, los que tendrán carácter confidencial.
El ejecuto y las personas que desarrollen los servicios, no podrán difundir o reproducir, en cualquier forma o
medio, total o parcial, información del Departamento de salud o sus usuarios, de la cual haya tomado
conocimiento en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación, reservándose el
Departamento de salud, el ejercicio civiles y penales en caso de infracción.
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Adjudicación, Readjudicación, deserción y renovación del proceso |
a. Adjudicación
Realizado el análisis de las ofertas indicado en el a numerado N° 14 y 15 de las presentes bases, la Comisión
evaluadora propondrá adjudicar al oferente que presente la oferta más conveniente a los intereses del
Departamento de Salud de Quinta de Tilcoco, siendo este el que obtuvo el mayor puntaje en la evaluación.
La adjudicación se informará mediante la dictación del respectivo acto administrativo (Decreto), el cual será
notificado a los oferentes a través de su publicación en el sistema de información Mercado Publico.
El o los proveedores a adjudicar deberán estar debidamente inscritos en el sistema de Registro de Proveedores
de Mercado Público y habilitados para contratar con el Estado, de lo contrario se otorgará plazo de 48 horas
para que el proveedor realice dicha inscripción.
Si no realiza la inscripción en el plazo establecido y/o su estado resulta Inhábil para contratar, la Municipalidad,
mediante el Departamento de Salud podrá readjudicar el proceso al siguiente mejor oferente (siempre y cuanto
su puntaje sea acorde al mínimo exigido), sin derecho a reclamo y/o indemnización.
La adjudicación se informará en la ficha asociada al proceso en el sistema de información Mercado Público,
estableciéndose, en todo caso, un plazo mínimo de 10 días corridos contabilizados desde la fecha de apertura
de éste, la que podrá variar a un plazo mayor en el caso que se requiera la aprobación del Concejo Municipal
para el contrato definitivo, en atención al monto involucrado en el proceso, cuando corresponda.
La Comisión Evaluadora privilegiará a aquella oferta que represente de mejor manera los intereses municipales
elevando Acta de los criterios técnicos, administrativos o financieros que sustenten dicha determinación.
b. Readjudicación
Se procederá a la readjudicacion al segundo mejor oferente en los siguientes casos:
1. Si el oferente no cumpliese con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases Administrativas y Técnicas para la suscripción del contrato o aceptación de los referidos documentos, la Entidad
Licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente
que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la publicación de la
adjudicación original, salvo que las Bases establezcan algo distinto.
2. Si el adjudicatario no da cumplimiento a cualquiera de las condiciones establecidas en el proceso, ya
sea en cuanto a la calidad, entrega, u otra del bien y/o servicio.
3. Si el adjudicatario pierde la condición de proveedor habilitado para contratar con el estado.
4. La no suscripción del Contrato en el plazo establecido en el numerando XXIV, letra A de las presentes
Bases administrativas, por causas imputables al adjudicatario y/o la no entrega de la garantía de Fiel
cumplimiento (cuando corresponda).
5. Si el adjudicatario manifiesta expresa y formalmente la imposibilidad de cumplir con lo ofertado en el
proceso licitatorio y por consiguiente adjudicado.
a) Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
b) Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del
plazo indicado en las presentes Bases.
Esto facultará a la Municipalidad, a través del Departamento de Salud para desestimar dicha propuesta y
hacer efectiva la Garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere.
c. Deserción
Se declarará desierto el proceso licitatorio en cualesquiera de las procedentes indicadas;
1. En el caso de no presentarse ofertas
2. Si éstas no son convenientes a los intereses de la unidad compradora y/o la Municipalidad
3. Cuando la (as) oferta (s) sea evidentemente contraria a los intereses del municipio o cuando la
contratación haya perdido oportunidad.
La deserción se informará en la ficha asociada al proceso licitatorio, mediante el sistema de información
Mercado Público, estableciéndose, en todo caso, un plazo mínimo de 15 días corridos contabilizados desde la
fecha de apertura de éste, la que podrá variar a un plazo mayor en el caso que se requiera la aprobación del
Concejo Municipal para el contrato definitivo, en atención al monto involucrado en el proceso (cuando
corresponda).
Se considerará no conveniente aquellas ofertas inferiores a los 70 puntos en la evaluación, estimándose con
ello que estas no cumplen con los requerimientos mínimos para otorgar un servicio oportuno y de acuerdo a
los solicitado, publicándose un nuevo llamado bajo los mismos términos si así lo dispone la unidad requirente o
generándose un proceso completamente nuevo u diferente.
d. Revocación
Si estando publicado el proceso se decide de manera debidamente justificada que no se podrá seguir el flujo
normal que conduce a la adjudicación, aun así, cuando existan ofertas, se tramitará el acto de revocación de
este, el cual podrá ser declarado de forma unilateral por el Departamento de Salud Municipal, inclusive
pudiéndose realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento.
Todo lo anterior mediante su acto administrativo correspondiente, que autorice y debidamente publicado en el
sistema de www.mercadopublico.cl.
Los oferentes renuncian a cualquier acción legal en contra de la Municipalidad en el caso de que los cambios y/o modificaciones efectuados del proceso licitatorio se efectúen e informen de manera oportuna, en
conformidad a las bases de licitación.
e. Invalidación
Declaración de invalidación de acto jurídico por no cumplir con los requisitos impuestos por la Ley.
Ya sea mediante oficio o a petición de parte, la autoridad podrá declarar nulos los actos considerados contrario
derecho, de forma parcial o total, previa audiencia del interesado, dentro de los dos años contados desde la
notificación o publicación del acto.
Tanto para el inicio del proceso de invalidación, como para la invalidación definitiva, deberá gestionarse el acto
administrativo correspondiente
f. Suspensión
El proceso licitatorio se podrá suspender por una cantidad de tiempo determinada y posteriormente continuar
con el proceso normal de la licitación, cuando el Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional
mediante el acto administrativo que ordene esta medida, debiendo así gestionarse el decreto que corresponda
para su correcta formalización. Dicho estado podrá designarse desde la publicación de las bases hasta antes de
la adjudicación.
g. Retrotraer
Si se detectaran errores, omisiones o faltas en el proceso de adjudicación, ya sea por parte del municipio y/o
oferente, aplicara dicho proceso de retrotraer a la acción previa del acto objetado. Para lo que deberá generarse
el informe que dé cuenta de la situación y el acto administrativo que corresponda.
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Resolución de Empates |
De existir una situación de empate entre los oferentes se priorizará el criterio de evaluación con más ponderación y, a partir de aquello, en orden decreciente los demás ítems contemplados a mayor detalle:
1. Oferta económica
2. Características técnicas
3. Plazo de entrega
4. Servicio técnico
5. Políticas de sustentabilidad e inclusión
6. Comportamiento contractual En la instancia en que persista el empate, se resolverá adjudicando al primer oferente que haya ingresado su oferta a través del portal de www.mercadopublico.cl, en virtud de lo que establezca el comprobante de oferta.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Consultas sobre la adjudicación: Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la
entidad licitante, dentro del plazo de 1 día hábil, contados desde la publicación del decreto de
adjudicación el sistema de mercado público, a través del siguiente correo electrónico
adquisiciones@saludquinta.cl. Consultas que serán remitidas a la unidad compradora correspondiente
a fin de dar respuesta a lo planteado por el proveedor, en un plazo no mayor a 2 días hábiles.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior
adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o
acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza
colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con
información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
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