Licitación ID: 3507-5-LE25
CAMIONETA CABINA SIMPLE - Readjudicada en Id 3507-5-R125
Responsable de esta licitación: Departamento de Salud
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 11
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Camiones ligeros o vehículos de deporte de utilidad 1 Unidad
Cod: 25101507
CAMIONETA CABINA SIMPLE, TRACCION 4X4, COLOR BLANCO SEGUN ANEXO TECNICO ADJUNTO.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CAMIONETA CABINA SIMPLE - Readjudicada en Id 3507-5-R125
Estado:
Readjudicada
Descripción:
La presente licitación tiene por objeto la adquisición de camioneta para reposición de ambulancia Puluqui, de acuerdo con los requerimientos y las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas especiales y documentos que forman parte de ellas y las aclaraciones que se hicieren a éstas
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Departamento de Salud
R.U.T.:
65.321.890-7
Dirección:
galvarino riveros 10
Comuna:
Calbuco
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-05-2025 15:32:00
Fecha de Publicación: 22-04-2025 16:46:32
Fecha inicio de preguntas: 22-04-2025 20:14:00
Fecha final de preguntas: 25-04-2025 12:14:00
Fecha de publicación de respuestas: 25-04-2025 18:14:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-05-2025 15:33:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-05-2025 15:33:00
Fecha de Adjudicación: 14-05-2025 10:28:56
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
No hay información de Antecedentes Administrativos
Documentos Técnicos
1.- anexo n°3
 
Documentos Económicos
1.- anexo n°4
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CUMPLIMIENTO ANEXO 3 SEGUN BASES 30%
2 Plazo de Entrega SEGUN BASES 20%
3 Precio SEGUN BASES 30%
4 Servicio o Asistencia Técnica SEGUN BASES 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO DESAM
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: DANIELA GUERERRO
e-mail de responsable de pago: daniela.guerrero@desamcalbuco.cl
Nombre de responsable de contrato: HERNAN SCHOLZ
e-mail de responsable de contrato: director@desamalbuco.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-65-2463209-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

  En el caso de producirse empate, entre dos o más proveedores se considerará el cumplimiento anexo 3 y si aún persiste el empate se aplicará el criterio asistencia técnica, precio y plazo de entrega respectivamente.

 

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Las consultas respecto de la adjudicación de la presente licitación se podrán hacer vía correo electrónico hasta 5 días hábiles después de adjudicada la licitación al Email: adquisiciones@desamcalbuco.cl

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
factoring
El Desam Calbuco deberá cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus proveedores, siempre y cuando se les notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones pendientes. Mediante la operacion del factoring, el proveedor o contratista cede un credito (una factura o derecho de cobrar) a una entidad financiera (factor) a cambio de que le pague la cantidad de dinero que señala el documento, sera, asimismo, cedible y tendra merito ejecutivo, la copia de la factura extendida por el comprador o beneficiario del servicio, en la medida en que cumpla con las requisitos señalados en las leyes N° 19.983 y N° 20.956. De acuerdo con lo establecido en la ley, la cesion del credito expresado en estas facturas solamente podra efectuarse mediante medios electronicos y se pondra en conocimiento del obligado al pago de ellas, mediante su anotacion en un registro publico electronico de transferencias de creditos contenidos en facturas electronicas que llevara el Servicio de lmpuestos lnternos. Segun ello, se entendera que la transferencia ha sido puesta en conocimiento del deudor el dia habil siguiente a aquel en que ella aparezca anotada en el registro señalado. En caso de que el Contratista quiera celebrar un contrato de factoring, debera notificar a la Unidad Tecnica junto con la Oficina de Adquisiciones (adquisiciones@desamcalbuco.cll) , antes de su celebracion. Asimismo, la empresa de factoring debera tomar las providencias necesarias y oportunas de notificacion a este Mandante, al fin de hacer efectivo el cobro de la respectiva factura. El Desam Calbuco no se obliga al pago del factoring en casos de: No estar la respectiva factura con la recepcion conforme de la mercaderia o del servicio prestado, tanto por la Unidad Tecnica o la unidad requirente. Existir obligaciones y/o multas pendientes del contratista. Se establece que el plazo para rechazar una factura sera el maximo convencional establecido en el articulo N° 4, numeral N° 2 de la ley N° 20.956, esto es, 8 dias. La entrega de la mercaderia o de las servicios debera efectuarse dentro de las 8 dias corridos siguientes a la recepcion de la facture en el SII. En caso de que la recepcion no haya sido efectuada en el plazo señalado y tampoco haya existido reclamo en contra de su contenido o de la falta total o parcial de entrega de las mercaderias o prestacion del servicio mediante alguno de los procedimientos establecidos en la ley, se presumira que las mercaderias han sido entregadas o el servicio ha sido prestado. En este ultimo caso, la factura quedara apta para su cesion, sin necesidad de que la recepcion conste en la misma. Asimismo, habiendo transcurrido el plazo de 8 (ocho) dias corridos, sin haber sido reclamada la factura electronica o la guia de despacho electronica, con su correspondiente factura, sera cedible y podra contar con merito ejecutivo, entendiendose recibidas las mercaderias entregadas o el servicio prestado. El Desam Calbuco no pagara facturas o documentos electronicos cedidos una vez que la obligacion contenida en las mismas hayan sido pagadas o se haya solicitado su pago par parte del Proveedor o Contratista al Desam Calbuco.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.