Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas respecto a la adjudicación de la presente licitación se podrán hacer vía correo electrónico hzapata@daemcalbuco.cl 5 días hábiles después de cerrada la licitación.
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Vigencia del contrato |
La vigencia del contrato será dentro del año escolar, de Marzo a Diciembre año 2020, pudiendo ser renovado por un período más, siempre y cuando el Servicio haya sido entregado en forma optima por el año 2020, sin tener ninguna observación sobre la ejecución de éste, al finalizar el año lectivo 2020, cada Director de Establecimiento donde se esté prestando el servicio, tendrá que certificar el comportamiento del oferente durante el año 2020, si este fuera positivo y si lo estimase el DAEM, se renovará el contrato por el año 2021; previa autorización mediante Decreto Alcaldicio indicando la renovación, la cuál deberá realizarse durante el mes de Enero del 2021. La renovación del contrato considera todos y cada uno de los puntos ofertados por el proponente adjudicado, el año 2020. En el caso de que exista alguna variación en el numero de kilómetros o capacidad de alumnos, se procederá a realizar una nueva Licitación, que incluya las modificaciones correspondientes al servicio requerido.
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Multas |
Se aplicará una multa equivalente al 80% (ochenta por ciento) del monto diario del Contrato por cada día que el recorrido llegue con atraso al establecimiento y en la tarde la salida no se realice a la hora programada de acuerdo a lo estipulado en las bases y en el contrato. Si la empresa contratada falla algún día con el recorrido, se le descontará el día no trabajado, en el pago inmediatamente en el mes subsiguiente a la falla de prestación del servicio. Las multas serán aplicadas administrativamente, proporcional al viaje no realizado, sin forma de juicio deducidas del estado de pago correspondiente. Si dentro de un mes tiene mas de 3 fallas en la prestación del servicio, será causal de término del contrato.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Resolución de Empates |
En caso de empate en la evaluación los criterios por los cuales se definirá el empate serán los siguientes:
a) Primera Opción: Evaluación Económica
b) Segunda Opción: Evaluación Técnica – Criterio Experiencia del Oferente.
c) Tercera Opción: Evaluación Técnica – Registro Transporte Escolar Rural.
d) Cuarta Opción: Evaluación Técnica – Antigüedad del vehículo ofertado.
e) Quinta Opción: Evaluación Técnica – cumplimiento de requisitos formales
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Supervisión de contrato |
El Encargado e Inspector de Transporte Escolar del DAEM, será el encargado de verificar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones asumidas por el adjudicatario. Además los Directores de cada establecimiento educacional velarán por el buen cumplimiento del contrato y certificarán mensualmente la ejecución de éste
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De la forma de pago |
Ordenes de Compra : a)La unidad de Adquisiciones emitirá la orden de compra a los proveedores a través del Portal www.mercadopublico.cl, la cual contendrá el detalle de los recorridos realizados durante el mes, el proveedor esta obligado a aceptar la orden de compra, para proceder al pago. b)El precio que cobrará “El Proveedor” por recorrido será el señalado en su oferta presentada en la licitación. c)Por el solo hecho de presentarse la propuesta y formular una oferta, se entenderá que el oferente deja establecido que conoce todas las condiciones de la presente licitación. El pago se efectuará mediante cheque extendido a la razón social del “Proveedor”. El plazo que tendrá el DAEM para efectuar el pago, será dentro de 30 días contados previa recepción conforme de la factura, el cuál deberá ser retirado en el DAEM de Calbuco, por la persona habilitada por el proveedor, mediante un poder y/o enviada vía Correos de Chile, mediante carta certificada.
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Contrato y término anticipado |
Contrato: Una vez notificada la adjudicación, las partes procederán a firmar el respectivo “Contrato de Suministro de prestación del servicio de Transporte Escolar”, el que será debidamente aprobado por medio de Resolución Alcaldicia. Para la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá estar inscrito en el Registro Oficial de Proveedores del Estado. En caso de no estarlo, deberá proceder a inscribirse dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde que el DAEM le comunique la adjudicación. Asimismo, deberá presentar estado “Hábil”. De no cumplirse con la condición del plazo ya señalado, y en el caso de no suscribir el adjudicatario el contrato respectivo dentro de las fechas que se indican, el DAEM podrá dejar sin efecto la adjudicación y proceder a realizar una re-adjudicación. En el evento del incumplimiento de las obligaciones que imponen las presentes bases de licitación, los Términos de Referencia, la oferta y/o el contrato, el DAEM de Calbuco, podrá dejar sin efecto de inmediato el correspondiente contrato por Ejecución del servicio. El proponente favorecido con la adjudicación no pondrá condiciones a la suscripción del convenio a ninguna aclaración, corrección o modificación de las bases, si ellas no han sido material de la serie de preguntas y respuestas. El oferente tendrá un plazo de 10 días corridos para suscribir el correspondiente contrato, el que se contará desde la fecha de comunicación de la resolución de adjudicación, de acuerdo a lo establecido para tales efectos en las Bases Administrativas. Término anticipado del Contrato : El contrato podrá terminar anticipadamente, por vía administrativa y sin forma de juicio, de acuerdo a las siguientes causales: a) Resciliación o Mutuo acuerdo de las partes. b) Si se produjese cualquier incumplimiento grave de las obligaciones del Adjudicatario en relación al contenido de su oferta. En este caso, el prestador del Servicio al cual se le adjudicó la licitación, no podrá reclamar indemnización alguna a la I. Municipalidad de Calbuco-DAEM. c) En el caso que el Servicio contratado no se iniciare en los tiempos establecidos. d) Si se produjese cualquier incumplimiento grave de las obligaciones del adjudicatario en relación a las exigencias detalladas en las presentes bases de Licitación. e) Declaración de Quiebra del Adjudicatario, o de insolvencia económica. f) Incumplimiento de cualquier de las obligaciones que las bases, el contrato, la ley o los reglamentos pertinentes impongan al adjudicatario. g) Las causales de término de contrato establecidas en el artículo 13° de la Ley N° 19.886, de Compras y Contratación Pública, articulo 79° ter del reglamento. Además de las siguientes disposiciones aplicables a las UTP: h) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificar tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. i) Si uno de los integrantes de la UTP se reitera de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta. j) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. k) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato de los restantes, en los mismos términos adjudicados. l) Disolución de la UTP. m) El DAEM podrá poner término al presente Contrato de Suministro con un aviso previo por escrito de 30 (treinta) días sin especificación de causa ni indemnización alguna. El mandante se reserva la facultad de poner término definitivo o suspender transitoriamente la ejecución del servicio en cualquier momento y bajo alguna de las siguientes circunstancias: por decisión del mandante, por causas imputables al contratista por incumplimiento del contrato, por acuerdo entre las partes (resciliación) o fallecimiento del contratista (solo si es persona natural).
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Obligaciones y domicilios de las partes |
el prestador del servicio estará obligado al cumplimiento integro de todas las normas jurídicas vigentes al momento de la adjudicación, así como de todas aquellas disposiciones legales que se dicten con posterioridad, las que presumen conocidas desde su entrada en vigencia y que formaran parte de la presenta licitación para todos los efectos legales. Las partes fijaran su domicilio en la ciudad de calbuco, sometiendo a la jurisdicción a los tribunales de esta comuna para todos los efectos legales.
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