Licitación ID: 3522-16-LE19
ADQUISICIÓN, IMPLEMENTACIÓN DE CONTENEDORES (FORA)
Responsable de esta licitación: Ejercito de Chile
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 378
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Unidades para contenedores 1 Unidad
Cod: 30201803
ADQUISICIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE CONTENEDORES MODULARES PARA CUADRA DE ALUMNOS EN TRÁNSITO ESCUELA DE INTELIGENCIA DEL EJÉRCITO.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN, IMPLEMENTACIÓN DE CONTENEDORES (FORA)
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
ADQUISICIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE CONTENEDORES MODULARES PARA CUADRA DE ALUMNOS EN TRÁNSITO ESCUELA DE INTELIGENCIA DEL EJÉRCITO.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Escuela de Inteligencia - ESCINTEL
R.U.T.:
61.101.055-9
Dirección:
Carretera Gral. San Martín s/n Km 35, Santiago
Comuna:
Colina
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-12-2019 16:00:00
Fecha de Publicación: 11-12-2019 11:48:51
Fecha inicio de preguntas: 11-12-2019 12:10:00
Fecha final de preguntas: 18-12-2019 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-12-2019 15:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-12-2019 16:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-12-2019 16:05:00
Fecha de Adjudicación: 24-12-2019 12:56:54
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a terreno 13-12-2019 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- conforme a base de licitación
Documentos Técnicos
1.- conforme a base de licitación
 
Documentos Económicos
1.- conforme a anexo N° 1 de base de licitación
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica La oferta de menor valor, se considerará como base para el cálculo porcentual del puntaje del resto de las ofertas, conforme a la formula indicada en el cuadro contiguo. Se debe considerar IVA incluido en el Anexo 1. X= MENOR PRECIO OFERTADO * 100 PRECIO EVALUADO 40%
2 Garantía de los servicios ofertados La asignación de puntaje en este criterio, consiste en un documento firmado ante notario en el cual se acreditará el plazo de garantía por la “adquisición de contenedores para cuadras de alumnos en tránsito de la ESCINT”, de acuerdo a la siguiente tabla de ponderación: Tiempos de Garantía Puntos 18 meses 100 01 a 17 meses 50 No indica 0 25%
3 Cumplimiento de Requisitos Formales Éste criterio será aplicado en base a los documentos solicitados en el Art 26, Art 27 y los anexos estipulados en las bases. 100 PUNTOS: A los oferentes que presenten su oferta cumpliendo todos los requisitos administrativos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos, hasta antes del cierre de presentación de las ofertas incluyendo Certificado extendido por la Dirección del Trabajo, (Formulario N°30 “Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales”, de la Dirección del Trabajo), en el cual conste que se encuentra al día en el pago de las cotizaciones previsionales de todos sus trabajadores. 40 PUNTOS: Al oferente que haya incumplido los requisitos administrativos o haya omitido antecedentes o certificaciones con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2º del reglamento de la Ley Nº 19.886 y dentro del plazo extraordinario de 48 (cuarenta y ocho) horas. 0 PUNTOS: La no presentación de los documentos formales. 20%
4 PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA IMPLEMENTACIÓN La asignación de puntaje en este criterio, consiste en un documento firmado ante notario en el cual se acreditará el plazo para la adquisición de contenedores para cuadras de alumnos en tránsito requerido, de acuerdo a la siguiente tabla de ponderación. Se considera como “días hábiles” en el Anexo N° 1. Tiempo de ejecución días hábiles Puntos 29 días 100 30 o más días 50 No indica 0 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Fondos presupuestarios
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Que estos montos presupuestarios estan por FORA exentos de IVA.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: Yenniffer Quezada
e-mail de responsable de pago: finanzas19013@gmail.com
Nombre de responsable de contrato: claudio barra uribe
e-mail de responsable de contrato: claudiobarrau@hotmail.com
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26935967-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: COMANDO DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA
Fecha de vencimiento: 31-07-2020
Monto: 10 %
Descripción: El oferente cuya oferta hubiere sido aceptada, deberá tomar el documento, pagadero a la vista e irrevocable.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la adquisición e implementación de contenedores para cuadras de alumnos en tránsito de la Escuela de Inteligencia”
Forma y oportunidad de restitución: El presente documento se devolverá al adjudicatario 60 días hábiles a partir del término del contrato, en la Sección Finanzas del Instituto, siempre y cuando no se verifiquen observaciones al servicio prestado.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: COMANDO DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA
Fecha de vencimiento: 31-07-2020
Monto: 10 %
Descripción: El oferente cuya oferta hubiere sido aceptada, deberá tomar el documento, pagadero a la vista e irrevocable.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la adquisición e implementación de contenedores para cuadras de alumnos en tránsito de la Escuela de Inteligencia”
Forma y oportunidad de restitución: El presente documento se devolverá al adjudicatario 60 días hábiles a partir del término del contrato, en la Sección Finanzas del Instituto, siempre y cuando no se verifiquen observaciones al servicio prestado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA, NOTIFICACIÓN Y READJUDICACIÓN. Art. 51 Efectuada la evaluación de las ofertas, por parte del Oficial Jefe de la Sección Proyectos e Infraestructura del Instituto yo quien lo subrogue, procederá a elaborar un informe final de proposición de adjudicación, el que contendrá un resumen del proceso de licitación incluyendo a todos los participantes, señalándose las observaciones que se hubiesen realizado en el proceso de apertura y evaluación de ofertas, los antecedentes de las ofertas indicando el puntaje obtenido por cada proponente. Dicho informe que se pondrá a disposición del Director de la Escuela de Inteligencia, autoridad que resolverá en última instancia la adjudicación a través de la dictación de la respectiva resolución de adjudicación. Art. 52 La ESCINT adjudicará mediante resolución fundada al oferente que haya obtenido el puntaje más alto respecto de la sumatoria de puntajes de la matriz de decisión, de acuerdo con los criterios contemplados en estas bases, adjudicando la propuesta mediante resolución fundada a través del sistema de compras públicas www.mercadopúblico.cl, a la cual se le adjuntará el informe de evaluación respectivo. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo precedente, la ESCINT podrá adjudicar la licitación al proveedor cuya oferta no haya obtenido el máximo puntaje, pero que constituya la más ventajosa para los intereses y necesidades del Instituto, lo que deberá ser justificado en la respectiva resolución de adjudicación. Por su parte, la ESCINT declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases. Asimismo, la entidad licitante declarará “Desierta” la presente licitación si no se presentaren ofertas, o bien, si habiéndose presentado, éstas no resulten convenientes para sus intereses, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley Nº 19.886, mediante resolución fundada, que será notificada a los participantes mediante el portal de mercado pú
Resolución de Empates

Art. 37         En caso de empate en la evaluación entre dos o más oferentes, la adjudicación se efectuará a quien tenga una mejor evaluación parcial de acuerdo al orden de prelación entre los criterios de evaluación señalados precedentemente, es decir:

  1. “OFERTA ECONÓMICA”.
  2. “GARANTÍA DE LA ADQUISICIÓN E IMPLEMENTACIÓN”.
  3. “CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES”.
  4. “PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA IMPLEMENTACIÓN”.

Finalmente, en caso de que aún con la aplicación de esta regla se mantenga el empate, se adjudicará al oferente que haya efectuado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, en conformidad al certificado de presentación de oferta emitido por el mencionado portal.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.